824 resultados para Teoría del poder bolivariana
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Análisis de la dinámica legitimadora de la Corte Constitucional en el tributo de estampillas, considerado desde la jurisdicción departamental, en el Estado colombiano.
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Resumen: El presente trabajo analiza la antroponimia de la aristocracia leonesa en los siglos X y XI, a fi n de contribuir a la comprensión de las estructuras de parentesco de los grupos aristocráticos, las manifestaciones de la memoria familiar y el papel del parentesco en la construcción del poder y el prestigio social. Se plantea que la aristocracia desarrolló una antroponimia específi ca basada en la reiteración de determinados nombres propios a lo largo de las generaciones, que constituyó un importante elemento de identifi cación de la parentela y que expresó en el plano simbólico la organización de los grupos de parentesco en función de la transmisión del poder y la afi rmación del prestigio familiar.
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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.
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Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.
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Resumen: Se planificaron las experiencias con el objeto de analizar el comportamiento del catalizador en la columna metálica de mayor diámetro. Se modificaron las masas usadas para verificar la eficiencia de retención respecto de la masa. Se realizaron ciclos de adsorción, desorción y readsorción sobre una misma muestra para determinar variaciones en la eficiencia del catalizador. En otra fase, en colaboración con el Dr. V. A. Ranea y el Dr. E. E. Mola (INIFTA, UNLP), se desarrolló el estudio teórico de la adsorción de moléculas de SO2, CH4, CO2, O2 y CO sobre Cr2O3(0001) mediante Teoría del Funcional Densidad (programa VASP, Vienna Ab-initio Simulation Package), y el estudio de la cinética de la reacción entre CH4, SO2 y el O2 junto con la presencia de especies sulfito y sulfato. Este estudio permitió hallar los sitios preferenciales de adsorción de S0 y la posible competencia con SO2 experimentalmente y por cálculos teóricos. Experimentalmente, se observa que la eficiencia de adsorción del catalizador respecto al SO2 es cercana al 100%. Se observa un pico de termodesorción a 1120 K. Luego, se estudió la oxidación de CH4 con SO2. Se observa que hay producción de CO2 desde temperatura inicial, seguida de un aumento significativo en la formación de CO2 hasta 330-340 K. Luego, la producción de CO2 se mantiene aproximadamente constante. Mediante el empleo de la ecuación de Arrhenius y resultados experimentales, se obtuvo la energía de activación de la reacción global, de 7 Kcal/mol. Mediante estudios teóricos, se determinó que la energía de quimisorción del SO2 sobre el Cr2O3 es de -3.09 eV para la configuración más estable, una energía de adsorción de O2 en estado disociativo de -1.567 eV, una energía para CH4 sobre O2 adsorbido previamente de -0.335 eV, y -0.812 eV para la configuración más estable de CO2 sobre el sustrato.
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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.
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Introducción: La teoría del crecimiento económico sigue siendo, como en los comienzos formales de la ciencia económica, el tema por resolver. De aquella preocupación de los economistas clásicos por explicar las causas de la riqueza de las naciones hace más de dos siglos, a los interrogantes de la actualidad, no hay tanta brecha como suele pensarse. Si existe un campo de la Economía con más interrogantes que leyes de comportamiento definitivamente identificadas, ese es el del crecimiento y desarrollo económico. En este trabajo se revisan los aportes principales de los últimos veinte años, para confluir en ciertos puntos centrales del debate actual acerca de las causas del crecimiento económico. Se parte de las teorías del crecimiento endógeno, para luego revisar someramente estrategias de desarrollo implementadas a la par que las teorías señaladas se desarrollaban. Finalmente, se revisan algunas nuevas tendencias en materia de explicación del desarrollo, desde lo institucional, hasta otras orientadas a recuperar el rol de las políticas económicas, fundamentadas sobre todo en las experiencias del sudeste asiático y en los recientes casos de desarrollo de Asia Pacífico, particularmente China, India o Vietnam
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Introducción: "A comienzos de la década de 1990 la delegación legislativa despertó luego de un prolongado letargo de casi sesenta años. No obstante su importancia como fuente del derecho, desde fines de la década de 1920 el reglamento delegado había vegetado confusamente, junto con el reglamento ejecutivo, bajo el entonces Artículo 86, inciso 2º de la Constitución (actualmente el Artículo 99, inciso 2º), sin que pronunciamiento judicial alguno lograra establecer con claridad las diferencias entre uno y otro. La Corte, rutinariamente, se había limitado a convalidar el obrar del Poder Ejecutivo en ambos reglamentos, apelando a dos reglas muy generales elaboradas –con diferencia de un año– en los casos “A.M. Delfino” y “Administración de Impuestos Internos c/ Chadwick, Weir y Cía. Ltda.”, a los que me referiré en el punto siguiente. Esta inercia jurisprudencial tuvo un cimbronazo en 1993, cuando la Corte resolvió “Cocchia c/ Estado Nacional”, forzando la teoría de la delegación legislativa para declarar la constitucionalidad de un decreto que había derogado un convenio colectivo de trabajo. Aisladamente este caso no hubiera tenido mayor trascendencia, pero en aquel entonces la sensibilidad hacia la hiperactividad presidencial estaba agudizada desde que la Corte, en “Peralta c/ Estado Nacional”, convalidara el llamado “Plan Bonex”, por medio del cual el Decreto Nº 36/1990 había ordenado la devolución de los depósitos bancarios en Bonos Externos con garantía dólar, títulos que todavía no habían sido emitidos..."
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Resumen: Los poderes territoriales predominaron en el nacimiento de los Estados en Europa occidental, en los que se advierten contrapesos entre órganos, de sustento consuetudinario y reconocimiento escrito de derechos. En la aparición y el afianzamiento del constitucionalismo escrito tienen singular importancia la transformación de confederaciones en Estados federales, en Estados Unidos, Suiza y Alemania; así como los procesos de Venezuela, Colombia, México, Brasil y Argentina. Su consolidación resulta de los sistemas de control de constitucionalidad: el difuso, que nace en Estados Unidos; y el concentrado, que comienza en Austria; ambos países federales. En la actualidad los Estados semicontinentales y las regiones de similares dimensiones pueden entenderse como superación del constitucionalismo, pues se ha modificado sustancialmente su ámbito geográfico, el cual resulta esencial para que la representación posea una inmediación suficiente y puedan funcionar los frenos y contrapesos que aseguran la moderación del poder. Una gran autonomía y fortaleza de las instituciones locales, es decir un auténtico federalismo, puede configurar un reaseguro suficiente para los objetivos iniciales del constitucionalismo: que el reconocimiento de los derechos y los equilibrios entre los titulares de poderes locales y centrales tengan la oportunidad de lograrse.
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Resumen: El presente artículo trata conjuntamente acerca de los contenidos y la estrategia para la Modernización del Estado que se desprende de las recientes experiencias en cuanto a la aplicación de las Reformas Económicas de los años 80s y 90s, como así también de los últimos desarrollos de nuevas áreas de investigación como la Economía Institucional y la Teoría del Capital Social. Desde este punto de vista para diseñar una Estrategia de Modernización del Estado es esencial una visión estratégica de las actividades que el Estado debe realizar, delegar o incentivar. Asimismo las orientaciones fundamentales pasan por la existencia de consensos sobre políticas de largo plazo, la independencia del funcionamiento, un correcto diseño de reglas en lugar de conductas discrecionales, un balance entre subsidiariedad y participación, el logro de la excelencia de la función pública y de la lucha contra la corrupción.
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Uno de los problemas centrales que ha ocupado a la filosofía política y jurídica ha sido, desde siempre, el de evitar el ejercicio arbitrario y discrecional del poder político por parte de los gobernantes; es decir, el de conjurar el peligro de la tiranía2. Son muchos los artificios pensados a lo largo de la historia para escapar de ese flagelo, pero entre ellos, el que aparece con mayor persistencia y continuidad en el tiempo es el del denominado “gobierno del derecho”, o “imperio de la ley” o, en las versiones más recientes, “Estado de Derecho”...
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.
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Este libro aborda diversos aspectos de un tema crucial en la historia contemporánea: la Unión Soviética. La Universidad del País Vasco, siguiendo la estela iniciada hace décadas en otros países, ha introducido en el plan de estudios de la carrera de Historia una asignatura optativa sobre "Historia Contemporánea y Cine", distancia que se ocuparon de acortar los estudios de, entre otros, Kracauer, Ferro, Sorlin, Paul Smith, Oms, Aldgate, Short, Jackson, O’Connor, Jarvie, Musser y Rosenstone. El cine se atreve a dar una visión diferente de la historia, que reconstruye utilizando medios distintos al del historiador. En este libro se muestran los diversos caminos que el cine tiene para acercarnos a la historia, centrándose en comentarios sobre las películas "El acorazado Potemkin", "El círculo del poder" y "Uno, dos, tres", además de una selección de documentales soviéticos sobre la Guerra Civil española y una relación no exhaustiva de otros filmes que hacen referencia a la historia de la Unión Soviética
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Este libro se ocupa del principal protagonista de la historia medieval de Bizkaia: el hidalgo. Como en el resto de Europa Occidental, la nobleza del Señorío, organizada social y políticamente en linajes, acapara las fuentes de renta y traza sus estrategias sobre la alianza y la violencia. Sin embargo, en Bizkaia, la violencia feudal alcanzará cotas extremas en lo que se conoce como "luchas de bandos". La competencia entre los hidalgos se fundamenta en un argumento tan sólido como simple: el "más valer". "Más valer" en rentas y atreguados, "más valer" en descendencia bastarda o legítima, "más valer" que mueve a matar al vecino como forma extrema de sometimiento. En este contexto el linaje destaca como una referencia existencial paralela a tan extrema ideología de la competencia. En él se desarrolla la vida, se revelan los signos del poder y se conforma la imagen propia sobre la de los antepasados. Al filo del 1500, esta manifestación local de la honra tendrá tal éxito que contagiará al resto de los vizcaínos de la época forzando la implantación de la "hidalguía universal"
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599 p.