1000 resultados para SEGURIDAD
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Resumen basado en el de la publicación
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Se presentan los proyectos y experiencias pedagógicas nominadas en la convocatoria de los premios 'Experiencias pedagógicas sobre seguridad en el entorno escolar' concedidos por el Ministerio del Interior para el curso 2006-2007. Incluye las bases, convocatoria y resolución del premio, el desarrollo de los tres proyectos y los tres accésits premiados en las distintas modalidades, según el tipo de centro, y un resumen del acto de entrega de premios.
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Se presentan los trabajos galardonados en los premios 'Experiencias Pedagógicas sobre Seguridad en el Entorno Escolar' en el año 2008. Las experiencias premiadas tratan la seguridad ciudadana, animando a la participación del sector educativo para el conocimiento real de la protección de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las libertades públicas. Los premios se dirigen a los centos escolares de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
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Los bajos recursos económicos, las malas condiciones alimentarias y de vivienda, el aumento de enfermedades entre la población de estudiantes universitarios europeos, y otros muchos problemas después de la II Guerra Mundial, ponen de manifiesto unas condiciones inseguras y deficientes de la población estudiantil, que son una de las principales razones del abandono de los estudios. Además, algunas de las carreras como medicina, farmacia, veterinaria, ciencias y las técnicas, implican un mayor riesgo de tipo profesional para quienes las estudian, por contagios y accidentes de laboratorio especialmente. Ante este panorama, se ve la necesidad de hacerles beneficiarios de algún tipo de sistema de garantías contra los riesgos sociales. Se estudia la viabilidad de establecer un sistema de seguridad social para los estudiantes en España, basado en ciertos caracteres específicos por el campo de aplicación al que se refiere, los riesgos, la necesidad de una afiliación, el tipo de prestaciones y financiación, para definir el sistema de gestión, puesto que no se puede incluir en el régimen general. Se comparan los casos de Gran Bretaña, Francia y Bélgica.
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La seguridad social de los maestros interinos se enfrenta al riesgo, como cualquier otro elemento de la Administración, de la disgregación, por la progresiva dispersión de los procesos de gestión. Hay partidarios de una situación contractual, frente a otros partidarios de una situación reglamentaria, lo cual conlleva la existencia del acto-condición. Pero el maestro interino pertenece sin dudas al trabajador sujeto a situación reglamentaria, ya que es un funcionario. Sin embargo es un funcionario con características especiales. Éstas vienen definidas en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o Estatuto de los Funcionarios Civiles del Estado. En el artículo 5õ se define a los funcionarios interinos como 'aquellos que por razones de necesidad o urgencia, ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera'. Se ahonda en los preceptos que la ley establece para los funcionarios interinos. Después se establecen una serie de conclusiones respecto a los maestros interinos, como que en dicho estatuto no se define la figura del maestro interino, aunque se detalla con precisión los requisitos para el nombramiento de los interinos, aspecto que es totalmente aplicable para los maestros. Se prosigue con el análisis de algunos artículos, que directamente hacen referencia a la profesión docente, y a los maestros interinos. El cumplimiento del Estatuto del Funcionario Público, requiere que se desarrolle el Decreto-ley 10/65, de 23 de septiembre, sobre Derechos pasivos y de Seguridad Social de los Funcionarios de empleo. Este decreto reconoce dos situaciones: la anterior a su promulgación, en 1965, en la que el funcionario de empleo se rige por el estatuto de clases pasivas; y la posterior a su promulgación, que tiene como novedad que los funcionarios se regirán por el Régimen General de la Seguridad Social, el cual sólo afectará a los funcionarios nombrados después del 1 de enero de 1965.
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La intimidación, el acoso sexual y la violencia, son tipos de conducta que no pueden ser ni desmentidos ni desatendidos. Consejos escolares, directores, docentes, alumnos y padres, han de estar implicados en el planteamiento de las diversas actividades de prevención y fomento y en compartir su responsabilidad. Es una de las tareas centrales de una escuela. Con una reforma educativa y organizativa radical sería posible mantener la tensión de los profesores, haciendo así en un futuro su vida más llevadera. Se intenta una cooperación con proyectos internacionales para aunar conceptos y poder trabajar siguiendo unas directrices generales a través de la Comisión Europea.
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Este artículo pertenece a un monográfico sobre la Globalización
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Se trata la problemática de la seguridad e higiene en el área de pretecnología en la segunda etapa de EGB, para lograr de los alumnos una actitud y un comportamiento positivo en el manejo de, los materiales, herramientas, máquinas y otros objetos y situaciones tecnológicas. Las cuestiones se pueden incluir en la programación en forma de objetivos operativos y deben afectar al comportamiento social del alumno, enseñándole a prevenir y evitar los riesgos que puedan provocar daños a ellos mismos y a las demás personas.
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación
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Se analiza la figura de la Seguridad Social y el Seguro Escolar español. El Seguro Escolar español tiene un triple ámbito de aplicación: el personal, material y territorial. De él se pueden beneficiar tanto los estudiantes españoles como los estudiantes de otros países y especialmente, los hispanoamericanos. En el Seguro Escolar podemos distinguir, los asegurados obligatorios y los condicionales. Los beneficios que otorga la Ley de Seguro Escolar beneficia a estudiantes españoles de menos de veintiocho años, que cursen estudios a los que se refiere las fases de la aplicación del seguro, que reúnan los requisitos que para las prestaciones que otorga el seguro, exigen los estatutos de mutualidad y los mismos beneficios a estudiantes hispanoamericanos con los que exista acuerdo de reciprocidad con sus países de origen.