1000 resultados para VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS


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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) presenta, un año más, su informe sobre discapacidad y derechos humanos, que analiza la aplicación en España de la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos de este colectivo. Al igual que en ediciones anteriores, se ha tomado como fuente las consultas y denuncias de vulneración de derechos de personas con discapacidad recibidas ante el propio Cermi; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la entidad; las consultas y denuncias de personas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales, así como la actividad de los diferentes operadores jurídicos.

El informe, correspondientea 2014, consta de cuatro partes. El capítulo central y el más extenso analiza la efectividad de los derechos de las personas con discapacidad, siguiendo el orden de los artículos de la Convención. El examen incorpora una síntesis del artículo, seguido de una descripción de la situación de las personas con discapacidad en ese ámbito; las vulneraciones o denuncias recibidas por el Cermi o por otros operadores jurídicos; los avances en el cumplimiento de los derechos, así como propuestas de mejora. El siguiente apartado del documento analiza los informes con consultas o quejas en torno a esta cuestión presentados por la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS), y los Defensores del Pueblo estatal y autonómicos. Finalmente, se recogen dos observaciones del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones relativas al igual reconocimiento como persona ante la ley, y a la accesibilidad.

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La misión del CERMI es articular y vertebrar el movimiento social español de la discapacidad para alcanzar la plena ciudadaa en igualdad de derechos y oportunidades. Dentro de esta misión, y en calidad de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante Convención o CDPD), se incardina este VIII Informe 2015 que describe la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España.

La inclusión de las personas con discapacidad como ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho en igualdad de oportunidades, tal y como consagra la Convención, es una labor que le corresponde a toda la sociedad. Por ello, la información que contiene el presente informe permite, a través de la denuncia y la reivindicación, que los operadores jurídicos en particular y la sociedad en general, tomen conciencia de estas realidades vulneradas, y que por tanto puedan conocer los ámbitos de actuación necesaria y de respeto obligado.

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¿Qué son y que significan los derechos humanos? Los derechos humanos, más que derechos propiamente dichos son procesos; es decir, el resultado, siempre provisional, de las luchas que los seres humanos ponen en práctica para poder acceder a los bienes necesarios para la vida. Por tanto, nosotros no comenzamos por los derechos, sino por los bienes exigibles o para vivir con dignidad: expresión, confesión religiosa, educación, vivienda, trabajo, medio ambiente, patrimonio histórico -artístico. Como se ve, para nosotros, el contenido básico de los derechos humanos no es el derecho a tener derechos. para nosotros, el contenido básico de los derechos humanos es el conjunto de luchas por la dignidad humana. Por eso siguiendo el planteamiento de Joaquín Herrera, la lucha por los derechos humanos requiere el compromiso de crear espacios de lucha para exigir el cumplimiento de los derechos humanos lo cual permitirá una vida digna. En el ámbito de la educación, podemos a través de un proceso de educación ético-crítico, percibir que la salida está en la voluntad de luchar por el derecho de la educación y por los otros derechos que permiten vivir con dignidad, a través del cambio y la transformación de las relaciones de acceso, producción y distribución de bienes, sin el ejercicio del derecho a la educación y los otros derechos no es posible tener una vida digna.

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En este trabajo se evidencia que comenzando el siglo XXI, el desplazamiento forzado por la violencia a ra?z del conflicto armado interno sigue siendo el fen?meno que evidencia una tragedia humanitaria y que se manifiesta en ?xodo continuo de poblaciones enteras desarraigadas de sus lugares de origen, familias enteras se ven forzadas a establecerse en nuevos lugares de refugio para salvar sus vidas. Tratan de construir sus vidas lejos de los enfrentamientos, masacres y amenazas propias del conflicto armado interno. Los motivos principales que causan el desplazamiento masivo en el pa?s son lo econ?mico y la violencia, lo cual tiene como antecedente los a?os cincuenta del siglo XX, sin embargo entre los a?os ochenta y noventa esta tragedia social alcanza proporciones inocultables a ra?z de las violaciones de los derechos humanos. Para las v?ctimas del conflicto armado la violaci?n de sus derechos por parte de algunas instituciones del Estado, o las infracciones de estos por otros actores, es un evento que altera la cotidianidad diaria y el hecho de no poder hacer valer sus derechos por desconocimiento o por su mecanismo de protecci?n lo cual constituye la poblaci?n m?s vulnerable. A ra?z de la magnitud de este fen?meno dentro del territorio nacional el Estado crea la ley 387 de 1987 mediante la que establece medidas para la prevenci?n de desplazamiento forzado. Sin embargo, el problema de vulneraci?n de derechos a la poblaci?n desplazada en Colombia no tiene que ver con la falta de mecanismo de protecci?n en el ordenamiento jur?dico, sino porque este, no ha sido aplicado efectivamente. En este trabajo se escogi? como grupo poblacional a mujeres cabeza de hogar del sector Charco Azul comuna 13 de Santiago de Cali. Porque evidencia la feminizaci?n de la pobreza en cabeza de las jefas de hogar de conformidad con el art?culo 2do de la Ley 82 de 1993 que luego fue modificada por la ley 1232 de 2008, tema que ha generado debate y pol?mica, ya que son ellas las...

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Este ensayo pretende discutir los modos de subjetivación propuestos por Michel Foucault y los derechos humanos. Tomando esas implicaciones Faucaultianas del cuidado de sí mismo y de una estilización de la existencia de la constitución en nuestras vidas, es posible substituir el llamado a lo universal y lo esencial por formas más disonantes de subjetivación, significativamente más singulares. Este ensayo se enfocó en un referencial bibliográfico que contempla obras de Foucault y obras sobre el autor, sobre derechos humanos, sin perder de vista las implicaciones practicas y las experiencias del campo jurídico. Sin embargo, la percepción de las insuficiencias de la teoría tradicional de los derechos humanos de encarar las diferencias de la subjetividad y de promover la autonomía y la emancipación de los sujetos, evidencia el motivo por el cual buscamos elementos nuevos de la subjetividad en la filosofía de Foucault y en una teoría critica de los derechos humanos..

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En un primer momento se plantearan en el desarrollo del protocolo algunas doctrinas que ilustran y orientan la evolución del pensamiento, concepto y posturas que se han tenido a través del tiempo hasta la actualidad sobre el fenómeno de la ancianidad y las personas adultas mayores. Según la Real Academia Española, la senectud1es el período de la vida humana que sigue a la madurez y proviene del latín ‘Senectus’, por lo cual se utiliza como sinónimo de ancianidad. Las palabras senectud y ancianidad se emplean solo tratándose de personas; vejez y vetustez, de personas y cosas. Ancianidad añade un matiz respetuoso, motivo por el cual se denominaasí, o personas adultas mayores, al grupo característico de éste estudio. Para poder desarrollar objetiva y esquemáticamente la investigación en cuanto a la situación que viven en la actualidad los adultos mayores y sus derechos, es necesario remontarse brevemente a la historia para conocer las diferentes posturas filosóficas y opiniones que nos ilustren sobre los principales expositores y su pensamiento respecto al fenómeno de la ancianidad, y cómo con el devenir del tiempo las sociedades han cambiado la percepción del hombre cuando llega a la etapa de la senectud. Desde un enfoque teórico, en la presente investigación se estudiarán las teorías psicosociales, entre otras, las cuales servirán como referente para evaluar científicamente la realidad social que viven actualmente los adultos mayores en estado de abandono en el país, desde los enfoques económico, social, cultural y político, como factores transversales de la problemática. Desde el punto de vista jurídico se enfatizará como un acontecimiento internacional importante dentro del reconocimiento y regulación de los derechos de los Adultos Mayores, la Primera Asamblea Mundial del Envejecimiento, realizada en Viena (1982) y el Protocolo de San Salvador (1998), a partir de los cuales se tomó a bien dar seguimiento a la creación de programas, planes, convenciones, etc. que colaboraron con el mejoramiento del quehacer estatal en el área de los derechos humanos de los adultos mayores. Es por ello que El Salvador adoptó el Código de Familia (1994), en el cual reconoce algunos derechos y trato que debe dárseles a las personas Adultas Mayores; posteriormente se da la creación de la Ley de Atención Integral para la persona Adulta Mayor (2002) la cual crea el Consejo Nacional de Atención Integral a los Programas de los Adultos Mayores (CONAIPAM) quien deberá fungir como ente rector del respeto y protección de sus derechos.

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Introducción En noviembre de 1998 se realizó en Ginebra (Suiza) un debate en Grupo Especial para conmemorar el 50 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Fue organizado por la organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en colaboración con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Consideramos conveniente dar a conocer fragmentos del Mensaje de Apertura del Director General Adjunto de la OMPI, Sr. Roberto Castillo.

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Colombia ha sido escenario de disputas violentas por poder político y económico entre diferentes sectores. Del mismo modo, el país también ha manifestado una debilidad muy significativa en cuanto a su memoria histórica, hecho que se ha traducido en la segmentación del país entre quienes tienen conocimiento y conciencia acerca del conflicto interno armado y aquellos que parecen considerarlo como una serie de eventos violentos que se da en un contexto ajeno, en una suerte de país paralelo. Por lo tanto, el interés de este trabajo es el de participar en la construcción de una memoria histórica que permita al lector evidenciar y dimensionar el alcance de las acciones gubernamentales en relación a la verdad, justicia y reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos

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Este texto plantea la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario como clave para la superación del «sufrimiento inútil» del sujeto; de este modo, muestra al nos-otros-originario como una zona de protección de los derechos de el-otro, hace una crítica en contra del nos-otros-caído como vulnerador de derechos fundamentales, y aborda la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario a través de una consumación definitiva de la "justicia".

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La Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (AECID) es un agente estatal que se encarga de desarrollar estrategias, comprendidas en sectores de cooperación como: la construcción de paz, crecimiento económico, desarrollo de género y gobernabilidad, con el objetivo de restablecer los derechos humanos en comunidades vulnerables víctimas del conflicto armado. En el caso de Colombia, este tipo de cooperación se da en el departamento del Chocó, a través de estrategias que emplean la ayuda humanitaria en busca de restablecer los derechos fundamentales de las comunidades tras el conflicto armado interno establecido en esta parte del país. En tal contexto, este estudio de caso pretende determinar si la AECID, a través de diferentes proyectos, logra restablecer los derechos humanos de los individuos del Chocó, además de analizar cómo la función de este agente estatal presenta un acercamiento entre el Estado colombiano y la población, teniendo en cuenta que la función de este ha sido casi nula.

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"La coyuntura actual de Colombia con ocasión de las conversaciones de paz que desde hace casi tres años se realizan en La Habana entre el Gobierno y la guerrilla de las farc, y la eventual entrada a un periodo de posconflicto, sumado a las tendencias internacionales en materia de protección de los derechos humanos, nos invitan como Academia a dirigir nuestra mirada sobre las discusiones contemporáneas alrededor de los derechos humanos en el marco de la globalización, evaluando los aportes que los Estados, los organismos internacionales y los expertos realizan constantemente en diversos temas, incluso antes impensables para la ciencia jurídica, pero que hoy ocupan lugares prioritarios en la agenda de los gobiernos y las organizaciones que propenden por la defensa de los derechos humanos."--presentación.

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El presente trabajo de investigación tiene como objetivo analizar el papel del Centro Forjar Ciudad Bolívar en la reincidencia de actos delictivos de los adolescentes infractores, basado en la teoría de la justicia restaurativa que se busca generar desde el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes en Colombia. De esta manera, se pretende demostrar que, al ser una política pública para generar una justicia restaurativa, su implementación ha sido fundamental dentro de la localidad, para generar un proceso de reinserción social y acompañamiento para evitar la reincidencia de actos delictivos de estos adolescentes. Para lograr este objetivo se utilizará un análisis metodológico cualitativo, basándose en estudios de las fuentes primarias, trabajo de campo a partir de entrevistas realizadas en el Centro Forjar de Ciudad Bolívar, para entender el impacto de la política pública en la localidad.

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 Resumen  El desarrollo progresivo del derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal se han visto enriquecidos con la lucha y posterior positivación de los derechos reproductivos, en tanto estos han generado una ampliación de los criterios sobre los cuales se basa la obligación del Estado respecto de los derechos humanos en general, y en particular de aquellos consagrados en el primer artículo de la Declaración Americana de Derechos y Deberes. Los países de América Latina, en el marco de dicha obligación, han adoptado posturas diversas frente a los derechos reproductivos, específicamente en lo que refiere a la despenalización del aborto consolidando tres grandes tendencias regionales que muestran aciertos y desaciertos. El presente artículo que surge como reflexión personal propuesta como aporte académico en el marco de los debates jurídicos llevados a cabo durante el I Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos, tiene como objetivo realizar una mirada a dichas tendencias con el fin de dar un panorama general de la situación de América Latina y su deuda frente a los derechos reproductivos y de esta manera pensar propuestas más holísticas para alcanzar la realización de dichos derechos, y consecuentemente seguir promoviendo progresivamente el desarrollo del derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal.Palabras clave: derechos reproductivos, vida, libertad personal, progresividad.AbstractThe progressive development of the right to life, liberty and personal security has been enriched by the struggle for and subsequent onset of reproductive rights, in as much as they have widened the State’s obligations towards the respect of human rights and in particular those enumerated in the first article of the American Declaration of the Rights and Duties. Latin American countries, within these requirements, have taken diverse stances towards reproductive rights, specifically with regards to the decriminalization of abortion, which can be reduced into three major trends representing successes as well as errors. This article comes as a personal reflection, and proposed as an academic contribution, in the context of legal debates held during the First Latin American Congress on Reproductive Rights Law. It is aimed at taking a look at these trends in order to give an overview on the situation in Latin America and its debt to reproductive rights, and, in this way, to ponder about more holistic proposals to achieve their fulfillment, hence progressively promoting the development of the right to life, to liberty and to personal security. Keywords: Reproductive rights, life, personal liberty, progressiveness.

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Resumen El concepto de reparación integral en Colombia está mediado en gran parte por las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ello ha propiciado algunos avances en materia de ampliar el espectro de las reparaciones económicas; en la posibilidad de reabrir investigaciones antes cobijadas por la intangibilidad de la cosa juzgada; en la participación de las víctimas en los procesos penales y disciplinarios, y en algunas formas de reparación simbólica. Sin embargo, en general hay carencia de verdadera voluntad política y de mecanismos jurídicos que posibiliten que la reparación integral sea una realidad.Además, el cruce de decisiones de la Corte Interamericana con las decisiones del Consejo de Estado colombiano, ha originado situaciones absurdas que, aunque teóricamente se ven como un avance, en términos reales son un retroceso frente a los derechos de las víctimas. Ello se debe a la aparente similitud de las competencias de ambos tribunales; a una equivocada lectura del Consejo de Estado sobre los límites y posibilidades reales de su jurisdicción, y finalmente, a que la Corte no ha adoptado criterios claros en relación con las reparaciones económicas y en relación con la coherencia en el cumplimiento de sus sentencias. Palabras clave: reparación, Colombia, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Consejo de Estado. Abstract The concept of integral reparation in Colombia is mediated largely by the decisions of the Inter-American Court of Human Rights. This has led to some progress in broadening the spectrum of economic reparations; in the possibility of reopening investigations sheltered by the intangibility for defendants; in the participation of victims in criminal and disciplinary proceedings, besides in some symbolic forms of reparation. However, there is general lack of real political will and legal mechanisms that enable that comprehensive reparation be a reality. Furthermore, crossing inter-American court decisions with the decisions of the Colombian State Council has created absurd situations that, although theoretically are seen as a breakthrough, in real terms are a retreat from the rights of victims. This is due to the apparent similarity in the competencies of both courts; a mistaken reading of the State Council on the limits and real possibilities of their jurisdiction, and finally, the Court has not adopted clear criteria regarding economic reparations and in relation to consistent com­pliance with its sentences.Keywords: repair, Colombia, Interamerican Court of Human rights, State Council.