997 resultados para Derechos de aduana


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La administración de justicia indígena, en la óptica de la construcción de un Estado plurinacional, implica reformular los conceptos de justicia y derecho. El reconocimiento del pluralismo jurídico rompe con el esquema del Estado nacional, donde solo cabe un sistema jurídico, siendo imposible entender la coexistencia de varios sistemas. El pluralismo jurídico significa que los miembros de la sociedad hegemónica acepten la existencia de diferentes concepciones de hombre, sociedad y derecho.

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Existe una gran similitud del estado de situación de nuestros pueblos sometidos al mismo modelo neoliberal, medidas de ajuste estructural indolentes que nos imponen los mismos resultados aciagos. Pese a que nuestros Estados han suscrito un sinnúmero de instrumentos internacionales, no solo han dejado de lado su aplicación, sino que los vulneran constantemente.

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Nuevas contextos exigen nuevas estrategias. Pero no puede hablarse de una estrategia de exigibilidad si ésta carece de una sostenibilidad de actores, de organizaciones, de sujetos sociales que se reconozcan como sujetos, como titulares de derechos y, por lo tanto, se organicen, movilicen y exijan la plena realización de esos derechos.

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Exigibilidad de los derechos humanos relacionados con la comunicación desde el ámbito de las políticas públicas La construcción de las políticas públicas, por medio de las cuales se concretan o no las condiciones generales disponibles para el disfrute de los derechos relacionados con la comunicación, ofrecen un terreno de acción de gran importancia en el cual es necesario participar, para hacer de él un espacio de exigibilidad con efectos de mayor cobertura que los que ofrece la justiciabilidad.

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Estamos en una época en la que se hace imprescindible un genuino y fructífero diálogo entre culturas para expandir y profundizar los consensos. Ni el universalismo debe enmascarar la brecha que existe entre diferentes percepciones sobre los derechos humanos, ni el relativismo puede enmascarar violaciones a los derechos de la niñez y adolescencia. La brecha no será acortada si la diferenciación cultural y la visibilidad de la niñez y adolescencia son negadas.

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Constitucionalmente, Ecuador es un Estado "pluricultural y multiétnico". La participación indígena en el último proceso constituyente, 1998, sostuvo dicho reconocimiento, el cual ha sido rehuido por el Estado ecuatoriano desde la misma independencia. Es que, aunque el reconocimiento de la multiculturalidad se redujera tan sólo a un gesto de la Constitución, ya podría resultar de por sí comprometido.

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En Colombia, los movimientos sociales buscan recuperar el espacio público y el de la ciudadanía, en un contexto donde el Estado bipartidista es débil a la vez que excluyente, donde los conflictos sociales se han desbordado y la violencia ha llegado a límites insospechados. Parte de estos movimientos sociales, el movimiento de los Derechos Humanos enfrenta diversos obstáculos: conflicto armado interno, paramilitarismo, impunidad, desplazamiento forzado, que dificultan el desarrollo de su labor.

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Este artículo tiene como referente a los derechos humanos, constituidos como parámetro ético mínimo internacionalmente reconocido, anclados en el marco de una discusión histórica, política, cultural y social que no acaba y que no se origina y explica solamente desde el derecho, sino desde las más diversas posibilidades disciplinares y perspectivas que incluyen al género, lo étnico, lo generacional, en fin las diversidades.

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El fenómeno de la migración, como movimiento o flujo de la población, ha existido siempre y nunca dejará de existir, por la heterogeneidad de causas que la producen: económicas, sociales, políticas, desastres naturales, etc. El incremento es notorio en países europeos como España, y es creciente el número de inmigrantes proveniente de la Región Andina.

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A partir del año 1986, Venezuela se adhiere al Protocolo sobre el Estatuto de Refugiados de 1967, y lo publica en la Gaceta Oficial de la República Nº 33.503, de fecha 2 de julio de 1986, por lo cual, las normas sobre refugio consagradas en dicho instrumento y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951(1), adquieren plena vigencia en nuestro ordenamiento jurídico desde 1986, con obligación para el Estado de adoptar la terminología y mecanismos internos necesarios para la aplicación de las normas consagradas en dicho instrumento. En este sentido, el camino de protección de los derechos de los refugiados en Venezuela a transitado desde un espacio meramente normativo, de reconocimiento de derechos contenidos en Convenios del Derecho Internacional de los Refugiados (2), lo que ha supuesto, la regulación constitucional (3), pasando por la vigente ley orgánica interna (4) y el recientemente promulgado reglamento general en la materia (5), todo lo cual, integra actualmente el marco normativo interno de protección de refugiados (as), en Venezuela, hasta llegar a la situación actual en la que nos encontramos con la instalación formal del órgano administrativo designado para el estudio y tramitación de las solicitudes de refugio, denominado "Comisión Nacional para los Refugiados"

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La migración implica una movilización humana que acarrea un sinnúmero de cambios en la persona, para los cuales no siempre está preparada. Cuando esta migración no es plenamente escogida sino obligada o realizada sin alternativas, deviene en una situación que atenta contra los derechos humanos del/la emigrante debido a varios factores. En el Perú, tenemos que distinguir entre migración interna, emigración externa e inmigración. Voy a referir cada uno de estos fenómenos, en el contexto intrarregional y relacionándolos, especialmente con Ecuador. El Convenio Binacional Perú - Ecuador se encuentra en plena realización de diagnósticos sobre la situación social de ambos países.

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El objetivo de este artículo es abordar dentro de un contexto general aspectos relacionados con las migraciones, la globalización y los derechos humanos en la región latinoamericana. En ese sentido, se pretende destacar que las migraciones son positivas tanto en los países de destino como de origen. En los países receptores se constituyen en un componente importante para los procesos de desarrollo económico, según la sectorización y dinámica de sus economías y de conformidad con el proceso de globalización que se está viviendo, como en los países de origen, en razón del envío de remesas que significa un aporte importante para sus familias que viven en condiciones

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La enfermedad de VHI/SIDA ha sido abordada por los países de la Comunidad Andina de formas diferentes, sin políticas claras en algunos casos, con instituciones establecidas pero sin financiamiento o con programa que cubren a personas que viven con el virus en porcentajes muy reducidos. Esta situación no tiene perspectivas de cambiar a corto

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El ejercicio de la administración de justicia de los pueblos indígenas es uno de los derechos colectivos más visibilizados en la sociedad ecuatoriana; sus prácticas, vistas desde una concepción occidental, han sido cuestionadas al argumentar que los usos y costumbres propios contravienen los principios de los derechos humanos. El presente estudio pretende aclarar el contexto y la definición de la justicia indígena como derecho propio, diferenciándola de otros hechos, tales como el linchamiento y ajusticiamiento. Reflexiona sobre cómo los derechos individuales (a la vida, la libertad, integridad, propiedad) están garantizados en la aplicación de la justicia indígena y analiza los mecanismos de conciliación que pueden interactuar y fortalecer los dos sistemas de justicia, a partir del reconocimiento y respeto del derecho propio, el diálogo intercultural, el desarrollo de las leyes y la constitución de un sistema jurídico de los pueblos indígenas. Para lograr el pleno ejercicio del derecho propio, el estudio analiza la Constitución del Ecuador, los instrumentos internacionales sobre pueblos indígenas, normas que de una u otra manera garantizan los principios, procedimientos y autonomía de la justicia indígena. Finalmente, a partir del análisis de expedientes, el trabajo reflexiona sobre las fiscalías indígenas, independientemente de cada uno de los actores: indígenas, instituciones, jueces, fiscales. En relación a la incidencia en la justicia indígena, se plantea la preocupación de si las fiscalías indígenas pueden llegar a constituirse en un espacio que atente contra la autonomía y la facultad jurisdiccional que tienen las autoridades indígenas, principio consagrado en el Art. 171 de la Constitución de la República del Ecuador.

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Cuando el Banco no entrega suficiente información e impone al consumidor o usuario ciertas cláusulas, sin que exista suficiente negociación, corre el riesgo de atribuírsele dentro de cualquier tipo de proceso, la calidad de arbitrario, aunque a veces no lo merezca del todo. El Banco en su ámbito de acción diario, tiene que empezar a asumir moderadamente la atención en el contenido monetario y en su seguridad contractual, para brindar una misma importancia al demostrar al consumidor y autoridad competente, que ha cumplido con otorgar una buena información o mediado una correcta negociación. Determinar las consecuencias, tratamiento de éstas y alternativas más adecuadas para salir adelante en las relaciones comerciales que celebren el consumidor financiero y el banco prestador de servicios, es el propósito de la presente tesis.