499 resultados para Derecho penal de menores


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Bajo una política de control social dirigida desde la “guerra contra las drogas” que lidera Estados Unidos de Norteamérica, nuestra legislación antidrogas ha asumido la tarea de punirlo todo, creando falsas concepciones sobre una sociedad de riesgo. Una legislación que transgrede la Constitución y violenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la falta de análisis del principio de lesividad en la conducta tipificada como tenencia o posesión de drogas, que más allá de no solucionar el problema del consumo, termina siendo la figura ideal para cubrir desde la venta hasta el mismo consumo, criminalizando al eslabón más frágil de toda la cadena. El seguimiento de estas políticas ha creado verdaderos aparatos estatales de represión que coexisten, siendo los cuerpos de policía quienes deciden sobre culpabilidad o inocencia desde el mismo momento de la detención. Fiscales y juzgadores bailan al son que tocan esos cuerpos policiales, los que ejercen también una función de control hacia los operadores de justicia. Toda esta política de un Estado policía, lleva a sentencias rara vez argumentadas, muy pobres en análisis doctrinario y principios rectores del proceso, sin existencia de una posición crítica de los jueces frente al bien jurídico que realmente desean proteger; crean un bien jurídico abstracto como la salud pública para acogerse de él y justificar la aplicación de penas desproporcionadas al delito e incluso a la cantidad de la sustancia encontrada en poder del procesado.

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El presente trabajo investigativo tiene como propósito destacar la importancia que tiene la aplicación correcta del principio de congruencia en materia penal y su relación con la acusación, con la defensa y con la sentencia; y, evidenciar la manera en que algunos tribunales de garantías penales aplican este principio en nuestro país. En este sentido, empezamos el primer capítulo realizando un estudio jurídico-crítico respecto del principio de congruencia y su relación con otros principios en razón sistema procesal penal ecuatoriano. A continuación centramos nuestro estudio en el principio de congruencia y su connotación en materia penal, advirtiendo la relación que a nuestro criterio debe existir entre la acusación, la defensa y la sentencia. Posteriormente, contrastamos la conceptualización “tradicional” versus la conceptualización “moderna” del principio de congruencia, inclinando nuestra posición por la segunda. Seguidamente, analizamos el principio iura novit curia y la congruencia en los sistemas “tradicional” y “moderno”, cuestionando al primero y exponiendo la vigencia del segundo; luego explicamos las razones por las que la congruencia constituye en una garantía fundamental del debido proceso en materia penal. Al concluir este capítulo estudiamos las legislaciones de otros países Latinoamericanos para evidenciar la vigencia del principio de congruencia en virtud de su concepción moderna. Finalmente, en el segundo capítulo realizamos un estudio casuístico de sentencias emitidas por tribunales de garantías penales para conocer cómo aplican el principio de congruencia.

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La discusión respecto a la influencia de los medios de comunicación sobre nuestras conductas generalmente ha estado centrada en ciertas preguntas: ¿nos hacen más tolerantes a la violencia? ¿Nos alejan del mundo real? ¿Influyen en nuestros hábitos de consumo? Sin embargo, un aspecto del que no se discute mucho y sobre el cual existe poca evidencia, es el rol que cumplen los medios de comunicación en las agendas legislativas. Sin duda, los medios de comunicación utilizan su poder para generar estereotipos sobre el delito y el delincuente, convirtiéndolos en los antagonistas de la “convivencia social”. Pero, ¿se transmiten esos estereotipos a la legislación penal? ¿Legitiman los medios el castigo que se impone a los delincuentes? ¿Se reconocen los mismos derechos a las personas etiquetadas como delincuentes? Para responder a todas estas preguntas es necesario revisar el papel que los medios ejercen en medio del desarrollo del ser humano, determinar qué tipo de sentimientos se generan a partir del tratamiento que se da al tema de la inseguridad y cómo ellos influyen en la angustia social que despiertan el delito y el delincuente. Con ejemplos se demostrará cómo esos sentimientos y estereotipos son utilizados por los medios para presionar a los legisladores en la creación y modificación de tipos penales. Este trabajo busca atender todos estos cuestionamientos y probar que las leyes llevan una carga de discriminación y desigualdad construida a través del lenguaje y los mensajes que usan los medios de comunicación.

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La prisión nace como sanción penal en el siglo XIX y ha sido vista como una alternativa a los castigos crueles e inhumanos que le precedieron. Nace en Francia y rápidamente se globaliza su utilización, al punto de ser la pena principal del derecho penal en todo el mundo moderno. Sin embargo, sus efectos en términos personales y sociales son notables: genera dolor y no resuelve conflicto alguno. A pesar de haberse medido el daño que produce, su uso es cada vez mayor en el mundo (punitivismo). Ante los efectos, dos alternativas se han experimentado. Una dentro del sistema penal, que es una alternativa conservadora y acaba reificando la cárcel. Otra alternativa, radical, que se encuentra en la justicia indígena. La investigación estudia los efectos de la justicia penal y la justicia indígena en los actores que las experimentaron en el caso La Cocha. Se ha entrevistado a la víctima y supuestos victimarios en un caso de muerte, y se ha analizado el acta y el expediente judicial. Comparando ambas justicias, se desprende que ninguna es perfecta y que la “menos mala” es la justicia indígena, porque, según los actores del conflicto, favorece la reparación, produce menos daños personales y comunitarios, es rápida y produce resultados.

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La prisión nace como sanción penal en el siglo XIX y ha sido vista como una alternativa a los castigos crueles e inhumanos que le precedieron. Nace en Francia y rápidamente se globaliza su utilización, al punto de ser la pena principal del derecho penal en todo el mundo moderno. Sin embargo, sus efectos en términos personales y sociales son notables: genera dolor y no resuelve conflicto alguno. A pesar de haberse medido el daño que produce, su uso es cada vez mayor en el mundo (punitivismo). Ante los efectos, dos alternativas se han experimentado. Una dentro del sistema penal, que es una alternativa conservadora y acaba reificando la cárcel. Otra alternativa, radical, que se encuentra en la justicia indígena. La investigación estudia los efectos de la justicia penal y la justicia indígena en los actores que las experimentaron en el caso La Cocha. Se ha entrevistado a la víctima y supuestos victimarios en un caso de muerte, y se ha analizado el acta y el expediente judicial. Comparando ambas justicias, se desprende que ninguna es perfecta y que la “menos mala” es la justicia indígena, porque, según los actores del conflicto, favorece la reparación, produce menos daños personales y comunitarios, es rápida y produce resultados.

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El presente trabajo investigativo comienza realizando un profundo análisis acerca de la institución jurídica del dolo en el ámbito penal común, abordando cuestiones relacionadas con su naturaleza jurídica (desde las concepciones y fundamentos de las teorías finalista y causalista de la acción), las diferentes clases o tipos de dolo aceptados hoy en día a nivel doctrinario y su regulación en las legislaciones de los países andinos, los elementos constitutivos de la conducta dolosa, para finalmente desentrañar la conceptualización de la presunción de dolo como tal, y su relación con la normativa penal tributaria vigente en nuestro país. De igual manera, se realiza un completo estudio respecto de la evolución que a lo largo de los diferentes Códigos Penales en la historia legislativa de Ecuador, ha tenido esta forma o especie de culpabilidad. Posteriormente, y desde un enfoque Constitucional-Penal, la investigación se centra en el derecho fundamental a la inocencia y su presunción como garantía procesal destinada a la correcta observancia y respeto de los derechos humanos en el desarrollo de todo proceso penal, haciendo especial énfasis en los principios Onus Probandi e In Dubio Pro Reo, a partir de los cuales, ésta garantía encuentra su campo más amplio de aplicación en los diferentes procesos sancionatorios. Concluyendo con el análisis de la forma cómo se encuentra regulado el derecho a la inocencia en la Constitución de la República de Ecuador del año 2008. La parte final de esta tesis abarca el tema relacionado con la defraudación fiscal, sus elementos y características esenciales, para luego llevar a cabo un estudio comparado entre las legislaciones de Ecuador y Argentina en lo referente a la presunción de dolo en este campo. Efectuando también un análisis de lo establecido en nuestra normativa penal tributaria acerca de los casos de defraudación fiscal y su estricta relación con el dolo como forma de culpabilidad. Del mismo modo, se enfatiza en el tema relacionado con la carga de la prueba en el proceso penal tributario a partir del examen de un caso concreto.

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El presente trabajo analiza la factibilidad práctica de la aplicación de la institución jurídica denominada “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” desarrollada por el profesor alemán Claus Roxin como criterio válido para determinar los parámetros de imputación de autoría del hombre de detrás en los casos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010–. Para la consecución de este objetivo macro se ha situado a la investigación en tres estadios, el primero, que se denomina “Doctrina” –Capítulo I– y que corresponde a un análisis doctrinal de los parámetros de autoría y participación en los delitos comunes a la luz de la teoría del dominio del hecho y su clara diferenciación con el tratamiento de los delitos especiales; el segundo, denominado “Legislación Ecuatoriana” –Capítulo II– que corresponde a la adopción de la teoría de dominio del hecho en la legislación ecuatoriana, su relación con la “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” y su correspondencia con los delitos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010– perpetrados en el Ecuador entre 1984 y 1988, calificados como delitos de lesa humanidad; y, el tercero, “Caso Práctico” –Capítulo III– que relaciona los dos estadios anteriores –doctrina y legislación ecuatoriana– con el tratamiento jurídico –desde la autoría y participación– del primer caso de lesa humanidad instrumentado en las Cortes de Justicia ecuatorianas.

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El presente trabajo académico tiene como objetivo el estudio y análisis de la legislación existente en relación al Internamiento Institucional y los Derechos de los Adolescentes en Conflicto con la Ley internados en los Centros de Atención Integral “Virgilio Guerrero” y “Conocoto”, los mismos que se encuentran ubicados en esta ciudad de Quito, explicando que los mencionados centros son instituciones del Estado ecuatoriano, y las directrices que se desarrollan entorno a los mismos. Sin embargo, es necesario tener en cuenta, que el internamiento constituye una de las medidas más duras ya que priva de libertad al adolescente, por lo que se ha dejado en claro que debe ser de ultima ratio, ya que el juez/a al dictar esta medida primero deberá considerar los principios de humanidad, priorización de la equidad sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia es decir, que debe aplicar el internamiento de un/a adolescente solamente en casos extremos, buscando mecanismos que lleven a un verdadero desarrollo integral. El/la adolescente requiere de apoyo especial en condiciones de igualdad ante la ley; prevaleciendo la calidad específica de menor, atendiendo el interés superior del niño, niña y adolescente y respetando todos sus derechos como personas privadas de la libertad, ya que no solo tienen todos los derechos de adultos sino los propios de su edad. Finalmente, la investigación del internamiento institucional y los derechos de los adolescentes parte de un enfoque jurídico que posteriormente a través de las entrevistas, se conjuga con las opiniones vertidas por los propios adolescentes internados, y se establece que tanto su finalidad normativa y sus derechos no se cumplen en su totalidad.

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El presente ensayo pretende hacer un análisis sociojurídico de la presunción de derecho nemini licet ignorare jus, cuya existencia en el ámbito del derecho penal moderno ha sido cuestionada, debatida y en algunos casos excluida. Para identificar las posibles causas que vuelven ineficaz a dicha presunción, se realiza un abordaje desde tres enfoques diversos pero complementarios. Primero, desde un enfoque fáctico en el que se cuestiona la utilidad real de la presunción en el ámbito penal y sus limitaciones pragmáticas. Segundo, desde un enfoque sociológico en el cual se analizan los principales conflictos sociales originados con la vigencia de dicha presunción. En un tercer momento se realiza un análisis de carácter jurídico que muestra la incompatibilidad de dicha presunción con el sistema constitucional de derechos y justicia vigente en el Ecuador. Finalmente, se hace una reflexión sobre los puntos abordados y se busca justificar la exclusión de dicha presunción de la legislación penal ecuatoriana, dejando para el debate otros elementos que junto con la diversidad cultural deben incluirse en el error de prohibición.

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Como un aporte del PADH para la investigación sobre derechos humanos y derecho penal se detalla una serie de recursos disponibles para el seguimiento de normativa vigente y proyectos de ley presentados en los países de América del Sur, como herramienta útil para el análisis de la normativa vigente penal y de sus reformas en la región.

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El presente trabajo académico tiene como objetivo determinar la actividad y procedimiento que realizan los agentes de inteligencia, desde su formación hasta cuando salen a realizar sus trabajos en el campo ubicados en diferentes frentes, explicar cómo maneja la información obtenida y cuáles son sus autoridades directas. Sin duda algunos de los agentes encubiertos no solo están investigando temas anti delincuenciales sino que también se hallan infiltrados en los grupos sociales. Pero, ¿son peligrosos los agentes encubiertos? ¿Violentan derechos humanos garantizados por la Constitución? ¿La evidencia obtenida es utilizada por la fiscalía en juicio como prueba en contra de una persona? Con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal se busca legalizar una parte de su trabajo. Con las entrevistas y en base a la experiencia vivida como un ex miembro de la Policía Nacional se demostrará que agentes de inteligencia se encuentran en todo lugar, además que son utilizados en funciones ajenas para las cuales fueron preparados, de igual forma se señala como los agentes de inteligencia con solo una orden administrativa inician una investigación a cualquier persona. Este trabajo busca demostrar que los agentes encubiertos han venido operando y que lo seguirán haciendo, con el COIP no va a cambiar absolutamente nada, pues en las oficinas de inteligencia policial y militar todo sigue igual que antes.

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El presente trabajo de investigación, tiene como propósito, conocer que aspectos analizan los Fiscales para sugerir una pena en el Procedimiento Abreviado, y conocer si esta es acogida por los jueces o no. Es necesario advertir que en el anterior Código de Procedimiento Penal, no existían parámetros legales para que los Fiscales tomemos en cuenta al momento de sugerir una pena, ocasionando dificultad, al momento de determinar ésta, además de la existencia de varias opiniones en relación a la pena que se le podía poner al procesado. Hoy en día en el Código Orgánico de la Función Judicial, constan reglas, que hacen viable la sugerencia de una pena, en el Procedimiento Abreviado, sin embargo continúan los problemas en la aplicación. La presente tesis parte del estudio doctrinario de la dosificación de la pena, para desarrollar el procedimiento abreviado, específicamente en la pena que sugiere el Fiscal, acudiendo al derecho procesal penal comparado, para desembocar en los principios que rigen a estos sistemas, y concluir con un capítulo en el que a través de encuestas a los operadores de justicia, en este caso los Fiscales, se va a revelar que acciones ejecutan a fin de determinar una pena que va a ser sugerida a los Jueces, para que sea impuesta al procesado.

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En el presente trabajo académico analizamos la aplicación de la técnicas de litigación oral durante la audiencia de juzgamiento, respecto a la falta de aplicación de la reglas de esta disciplina y cómo puede influir en la administración de justicia. El análisis ha sido estructurado de la siguiente manera: en el primer capítulo se estudia la teoría de la litigación oral, estudiamos el alegato de apertura, la teoría del caso, la prueba, el interrogatorio, el contrainterrogatorio, las objeciones; y, el alegato final, con el propósito de conocer dogmáticamente la litigación oral. El segundo capítulo se recoge cual ha sido el accionar de los sujetos procesales (Fiscalía y Defensa) durante las audiencias de juzgamiento, se analiza jurídicamente la manera de presentación de cada una de las fases que se desarrollan durante la audiencia de juicio, se analiza los aciertos y errores que cometen los sujetos procesales; se analiza la presentación práctica del alegato de apertura, el alegato final, los interrogatorios con el propósito de descubrir la realidad pragmática de la litigación oral en el Tribunal Penal; con el propósito de evidenciar prácticas erradas que puedan determinar una afectación de los derechos que representan los sujetos procesales; el análisis fue realizado en base de las estadísticas obtenidas de la investigación de campo. El tercer capítulo tiene como propósito establecer como conclusiones la causas que menoscaban la defensa técnica que reciben las personas procesadas, cuya asesoría jurídica es brindada por abogados públicos o privados; establecer las posibles soluciones a fin de garantizar el derecho a la defensa técnica; ofrecer una fuente de consulta para la comunidad jurídica.

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Esta investigación estudia el rol del juez en el Estado constitucional de derechos y justicia en el Ecuador, el error inexcusable y el procesamiento disciplinario por error judicial inexcusable desde sus principios de legalidad y taxatividad, la etiología del error, el órgano competente y la independencia judicial. Presenta conclusiones y recomendaciones.

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No hay equívoco al afirmar que la internet, así como el avance de las tecnologías de la información y comunicación han bridando a la humanidad significativos beneficios. Hoy imaginarse un mundo sin internet es impensable. Casi dos mil millones de habitantes del planeta están conectados a la red, y en todos los sectores de la sociedad se han utilizado estos medios para el desarrollo de las operaciones cotidianas. Existen varias dificultades a la hora de aplicar la ley en los casos de pornografía infantil y procesar a los autores de este delito a través de los métodos tradicionales de investigación, es por esto que a lo largo del presente trabajo analizaremos aquellos problemas y a modo de propuesta determinaremos si es posible aplicar nuevos métodos de investigación como el agente encubierto cibernético o el allanamiento virtual para dar una respuesta efectiva a esta clase de delitos. Con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal se dio un avance significativo en la tipificación del delito de pornografía infantil, y se incluyeron novedosas vías de investigación; no obstante, la carencia de instrumentos tecnológicos, la falta de planes de investigación consensuados, escasez de capacitación especializada, dificultades en la cooperación internacional y fundamentalmente la resistencia a la innovación, son circunstancias que dificultan su aplicación. El avance legislativo que enfrentan los países desarrollados sobre la temática, ha permitido generar un instrumento guía para el manejo judicial de los delitos generados por las nuevas tecnologías; en particular, el Convenio de Ciberdelincuencia (Budapest), contempla preceptos sustantivos y procesales para un adecuado manejo del delito de pornografía infantil; si bien es cierto ha sido desarrollado en el margen de la Unión Europea, su contenido rebasa las instancias nacionales, propias de los delitos transnacionales, instrumento que puede ser tomado en cuenta para establecer regulaciones sobre la materia en nuestra región.