826 resultados para Nuevo orden mundial


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El experimento fue conducido en las condiciones de productores de maíz (Zea Mays L) en Pueblo Nuevo, Estelí, en la postrera de 2000. El ensayo fue establecido en un diseño de Bloque Completo al Azar (BCA) con seis tratamientos (cuatro híbridos y dos variedades mejoradas) y cuatro repeticiones. El trabajo tuvo el objetivo de evaluar el rendimiento, y realizar un análisis económico de la producción de cuatro híbridos de maíz (H-59, H-53, HR-93, HS-5G) y dos variedades mejoradas (NBS y NB-6.) Se tomaron siete variables. Los datos fueron sometidos a un ANDEVA utilizando el paquete estadístico SAS. También se realizó la prueba de separación de medias de tukey al 5 y un contraste ortogonal para la variable rendimiento. Los análisis mostraron que la variedad mejorada NB-6, fue la que mejor rendimiento obtuvo (3,379.30 kg/ha) superando a todos los híbridos y a la variedad mejorada NBS. Desde el punto de vista financiero, NB-6 obtuvo el mayor beneficio neto. Todos los híbridos resultaron dominados. La tasa de retorno marginal de pasar de NBS a NB-6 es infinita dado que NB-6 obtuvo mayor beneficio neto en relación a NBS con el mismo costo, o sea que no hubo inversión marginal.

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Contenido: Editorial – Derecho Penal y Procesal Penal: Presentación – Jornadas de Derecho Procesal Penal: Los distintos proyectos de reforma al Código Procesal Penal de la Nación / Ricardo Gil Lavedra – Diferentes perfiles del ejercicio de la acción penal / Francisco D’Albora – El Ministerio Público Fiscal / José Cafferata Nores – El Ministerio Público Fiscal en Italia / Giorgio Cherubini – El Ministerio Público Fiscal en la provincia de Buenos Aires / Eduardo D’Empaire – El recurso extraordinario / Jorge Reynaldo Vanossi – La situación del imputado / Hernán Munilla Lacasa – Incorporación de prueba al debate / Roberto Raúl Daray – El recurso de casación en el nuevo Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires / Carlos A. Mahiques – El procesado en estado de cautividad / Jorge Kent – Jornadas Internacionales de Derecho Penal: El derecho penal y el orden social / Alfredo Battaglia – Del Comité Especial a la Conferencia de Roma / Juan Manuel Gramajo – La protección de la vida inocente en vísperas del siglo veintiuno / Alberto Rodríguez Varela – Derecho Laboral : nuevas normas y doctrinas: Reformas laborales. Leyes 25.013, 25.165 y 25.250 / Jorge Rodríguez Mancini ; Juan A. Confalonieri (h), comentario de Héctor César Guisado – Recargos en indemnizaciones por despido : Ley 25.323 / Hugo Roberto Mansueti – In Memoriam – Recensiones

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Contenido: Editorial – Sobre la guerra: El uso de la fuerza frente a las agresiones de baja intensidad / Hernando V. Cañardo – Derecho de la alta tecnología: El orden público tecnológico / Horacio R. Granero – El gobierno electrónico como un nuevo paradigma de administración / Pablo Castoldi – Reforma del Estado: Crisis y reforma estructural del Estado / Vicente Gonzalo Massot – La reforma del Estado en sus aspectos estructurales y de gestión / Hugo Luis Dalbosco – Crisis y reforma del estado / Roberto Antonio Punte – Cómo recorrer virtualmente al estado argentino / Federico Ricciardi – La región como alternativa política / Carlos A. de Jorge – Algunos problemas actuales del federalismo y la regionalización como respuesta / Eugenio Luis Palazzo – La reforma administrativa del estado / Alfredo G. Barros – La reforma impostergable y largamente esperada del Poder Judicial / Silvana M. Stanga – Recensiones

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Transcurridos veinte años de la primera cumbre histórica de Río de Janeiro y diez de la reunión de Johannesburgo, se celebró del 20 al 22 de junio de 2012, nuevamente en la ciudad brasileña, la tercera Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sustentable, llamada informalmente Cumbre de la Tierra Río +20. Su lema: “El futuro que queremos”. Como se señala en el sitio oficial, la Cumbre se configuró como un nuevo intento de la Organización de las Naciones Unidas para avanzar sobre el compromiso de los Estados y la comunidad mundial en los grandes cambios necesarios de implantar durante este siglo. Sobre esta consideración, el llamado de las Naciones Unidas se propuso un objetivo ambicioso: invitó a los Estados, la sociedad civil y los ciudadanos a “sentar las bases de un mundo de prosperidad, paz y sustentabilidad”.

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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

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Resumen: La potestad judicial en el principio del constitucionalismo moderno aparece diseñada de modo impreciso y sin función clara. Ella adquiere entidad en el derecho norteamericano cuando la propia jurisprudencia diseña el control de constitucionalidad. Este es resistido por el derecho continental europeo, aunque finalmente aceptado, con otras modalidades, luego de la Segunda Guerra Mundial. Con el tiempo ese poder excede el mero control de las leyes, para transformarse a través de sus sentencias en órgano que compite en la creación del derecho con los poderes políticos encargados de la función de gobierno. El autor considera que esa función basada en principios de normas internacionales de discutible vigencia y sin el freno de la consideración, por el nominalismo que la anima, de la existencia de un orden objetivo termina originando un poder incontrolable con riesgo de destrucción social.

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Contenido: Presentación -- Parte I. Contribuciones especiales con motivo del 35º Aniversario de la Revista: El derecho privado entre dos Bicentenarios : a propósito de los treinta y cinco años de Prudentia Iuris / Gabriel Limodio -- Breviario de la legislación civil (1980-2015) / Marcelo U. Salerno -- La transformación del derecho penal argentino / Guillermo J. Yacobucci -- Tendencias, cambios y desplazamientos en el campo jurídico / Roberto A. Punte -- Derecho administrativo y ética : una visión luego de treinta y cinco años / Pedro Coviello --- Parte II. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana: ¿Hacia un estado mundial de derecho global? / Daniel A. Herrera -- La persona humana en el Código Civil y Comercial, artículos 17 y 19 : una reflexión filosófica / Héctor Padrón -- "De F.A.I., a M.A.D. : el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación" : workshop del 19 de noviembre de 2015 / Jorge Nicolás Lafferriere -- Parte III. Estudios doctrinales : Hegel y la disolución de la tradición de la ley natural : el apogeo del gnosticismo moderno / Félix A. Lamas -- El aborto en la ley europea : derechos humanos, derechos sociales y la nueva tendencia cultural / Grégor Puppinck -- Hacia una política criminal integradora / Carlos M. Romero Berdullas -- La doctrina del control de convencionalidad : dificultades inherentes y criterios razonables para su aplicabilidad / Juan Alonso Tello Mendoza -- Parte IV. Notas y comentarios : Habla ahora o calla (forzosamente) para siempre : las Convenciones en contra de toda forma de discriminación e intolerancia y su amenaza a la libertad de expresión en los estados americanos / Tomás Henríquez C. -- The art of human rights : enriching the life of the law school through drawings and other visual resources / Santiago Legarre -- Las citas de leyes y otras normas : legislación comparada y nuevo Digesto Jurídico Argentino / Fernando M. Toller -- "Paradiso, Campanelli" y un contrato internacional de maternidad subrogada ante el TSribunal Europeo de Derechos Humanos / Julieta Monteroni -- Parte V. Documentos -- Recensiones

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Resumen: El texto realiza un análisis sobre el orden moral en su objeto material (la conducta humana) y el objeto formal (el bien o la perfección). Se detiene en la experiencia moral planteando los problemas, las dudas y las dificultades tales como la naturaleza humana, el fin natural, la libertad, las pasiones, la necesidad de indigencia y la deóntica, entre otros. Luego estudia el esquema de la estructura del orden moral en el orden moral vivido, disposicional, subjetivo, normativo y de fines. Estas dimensiones se integran a través de la causalidad final.

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Resumen: La Universidad, como actor social, debe contribuir al desarrollo integral de la comunidad en la cual se halla inserta. El conocimiento no es patrimonio exclusivo de ella, sino que debe ponerlo al servicio de las transformaciones exigidas por la dignidad humana, la justicia y la equidad. En particular, la Universidad Católica está llamada a una presencia activa y perseverante en el mundo actual, por ser parte de la misión de la Iglesia, permaneciendo fiel al Evangelio y a la Doctrina Social

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Resumen: En esta presentación, el autor indaga las circunstancias y los autores que pudieron influir en Van Rensselaer Potter en la creación de la expresión Bioética. Así, surgen las personalidades frecuentemente olvidadas de Fritz Jahr, Julius Moses y Aldo Leopold. Después de profundizar sobre el concepto del mismo Potter y su intención original para la referida expresión, destaca el recorrido que la Bioética fue adquiriendo como un camino propio. Asimismo se señalan los puntos que aún quedan por desarrollar y que han sido soslayados hasta el momento.

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Resumen: Este artículo se inscribe en investigaciones realizadas para Conicet sobre la incidencia del surgimiento de las facultades rosarinas de la Universidad Nacional del Litoral en la conformación de un sistema regional de innovación científica, y su relación con la dinámica local y la expansión de las redes profesionales. Centra su enfoque en uno de los articuladores del mencionado proceso, el doctor Artemio Zeno, quién fuera fundador de una nueva escuela en la práctica quirúrgica, catedrático titular de la Facultad de Ciencias Médicas de Rosario, empresario de la salud, promotor de publicaciones científicas y de vinculaciones con los principales institutos de investigación internacional, al punto de publicar y dirigir la Revista de Cirugía, del Sanatorio Británico, y crear la primera Fundación médica de Latinoamérica dedicada exclusivamente a becar investigadores de los países del cono sur que quisieran especializarse en la especialidad quirúrgica.

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Resumen: El artículo aborda el tema del estatus jurídico del ser humano en estado embrionario en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en 2012. Se parte de la cuestión de que el orden jurídico no crea la personalidad, sino que la reconoce en el ser humano por el solo hecho de serlo y se analiza el Código Civil de Vélez Sársfield en sus diversas interpretaciones. Se concluye que a la luz de la Constitución Nacional y el resto del derecho positivo vigente el ser humano en estado embrionario o fetal, desde el momento mismo de su concepción, goza de todos los derechos reconocidos y garantizados por el orden jurídico. En ese marco, se analiza el Artículo 19 del proyecto y se observa que realiza una arbitraria e injusta discriminación al establecer dos momentos para el comienzo de la existencia de la persona. Además, la redacción deja en una indefinición jurídica al ser humano fecundado y concebido extrauterinamente antes de su implantación. También se analiza el tema en relación con la propuesta de articulado referido al cuerpo humano (Art. 17). Se considera el peligro de cosificación y atentado contra la dignidad humana que encierra la propuesta.

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Resumen: En las últimas décadas, mientras en el pensamiento mo - ral asistimos al panorama sobre las últimas consecuencias del relativismo, en el derecho se ha ido conformando un nuevo paradigma: el “Estado de derecho constitucional” cuyo fundamento se halla en la defensa de los derechos humanos y en el principio democrático en la organización social. Para poder comprender tal nuevo modelo sobre el derecho se hace necesario analizar previamente los fundamentos filosóficos en que se sustenta, caracterizados por la dialéctica modernidad- posmodernidad. La modernidad asentada en el desencantamiento del mundo, la descontextualización del saber y el subjetivismo; y la posmodernidad que le ha agregado la instrumentalización de la razón, el aumento del nominalismo lingüístico y un mero pragmatismo han generado el nacimiento de una “nueva ética” totalmente individualista y un neo-constitucionalismo que ha colocado a la Constitución, fundada en los derechos individuales y en la democratización de la vida pública, en el núcleo del pensamiento jurídico actual. Frente a tal panorama, se indican a modo de contribución académica, las ventajas y desventajas o peligros que tal modelo jurídico- político lleva implícito.

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Desde la perspectiva del Nuevo Testamento, el autor se propone un estudio que ayude a comprender y profundizar la enseñanza del Concilio Vaticano II acerca de “Jesucristo, plenitud de la revelación” (DV 2). La exposición se organiza en dos secciones relativas al Antiguo y al Nuevo Testamento: en el primero se presenta cómo Israel fue descubriendo en su historia el proyecto de Dios para sí y para la humanidad; en el segundo se trata sobre Jesús, el “lugar” donde el designio de Dios tuvo y tiene su plena realización. Para todos los discípulos, Jesucristo sigue siendo el camino hacia una vida plena (cf. DA 375).