872 resultados para Reforma del estado. Reestructuración de la gestión. Expansión de la educación superior
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Resumen tomado de la publicación-Resumen basado en el de la publicación
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La Constitución de 1993, en forma implícita ha determinado que el Poder Judicial (PJ), Ministerio Público (MP), Tribunal Constitucional (TC), Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Academia de la Magistratura (AMAG) y Jurado Nacional de Elecciones (JNE) formen parte de un Sistema de impartición de Justicia. Sistema que en las actuales circunstancias, producto a actos de corrupción generalizado que encontraron una salida de escape con la captura del Vocal Supremo Provisional Eduardo Palacios Villar, ha generado un debate en el Congreso de la República , Corte Suprema de la República y el Ejecutivo para establecer los mecanismos necesarios para una nueva reforma judicial. Sin embargo cuando se aborda la problemática de la reforma judicial, sólo se considera al PJ y en menor medida al MP, sin considerar que parte de la problemática del sector responde a las acciones de otras instituciones. Por ejemplo, la provisionalidad de los magistrados se debe en gran medida a la acción directa del CNM, la cual no ha nombrado magistrados en plazas de tanta importancia como es la Corte Suprema de la República y la Fiscalía Suprema. Adicional a la provisionalidad, es posible considerar otros factores como la lentitud procesal, la excesiva carga procesal, elevados niveles de corrupción en todos los ámbitos y una magistratura que no genera confiabilidad por emitir fallos contradictorios (que llegan a cuestionar inclusive la misma capacidad intelectual de los mismos magistrados) o ajenos a una predictibilidad mediana; lo cual en conjunto genera un nivel de aprobación que no supera el 15% de aceptación. Sin embargo uno de los grandes problemas que enfrenta una eventual reforma del SIJ es la estructura de la carrera de la magistratura, la cual según nuestra propia constitución y leyes orgánicas del PJ y MP es de régimen abierto, lo cual genera inconvenientes en una estructura de desarrollo socio económico nacional. Por ello es necesario que la reforma judicial que se pretenda iniciar aborde la reforma de las leyes orgánicas del PJ, MP, y CNM para efectos de definir los marcos generales de una carrera pública en la magistratura, que permita la operatividad de funciones en las instituciones y no genere los vacíos y provisionalidad existentes en la actualidad.
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Incluye bibliografía
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Este trabajo responde al propósito de reflexionar acerca del verdadero sentido de la participación ciudadana en la gestión de «lo público»; de las formas y modos que toma la intervención activa de los ciudadanos en los asuntos de interés general; de los obstáculos que se oponen a la participación y de los beneficios y riesgos que de ella derivan. Pretendemos también, analizar los procesos de reforma del Estado encarados por nuestro país desde 1989, para detectar qué espacios de intervención han sido reconocidos a nuestros ciudadanos, mediante qué mecanismos y resortes se asegura la participación, qué se ha hecho y qué falta por hacer. Abordamos el tema de la participación ciudadana o social como asignatura pendiente de la reforma del Estado, en tanto creemos que los procesos de reforma encarados a nivel nacional, provincial y municipal -con diferencia de matices- adolecen de la misma falla: asegurar una mayor y más efectiva intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones y control de la gestión pública.
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Fil: González, José.
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Fil: González, Juan Antonio.
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Fil: Hoyos, Mabel. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Hoyos, Mabel. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.