954 resultados para España. Tribunal Supremo
Resumo:
En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
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Hay un ejemplar encuadernado con: Real Provision de los Señores del Consejo de su Magestad para recoger a mano real todos los exemplares impresos o manuscritos de cierto Monitorio... contra el ministerio de Parma... (NP34/606).
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Ejemplar gillotinado afectando al pie de imprenta
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Autor tomado de p. 3.
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Analisa a compatibilidade e adequação orçamentário-financeira do Projeto de Lei - PL nº 2.197, de 2011, da autoria do Presidente do Supremo Tribunal Federal - STF, que "Dispõe sobre o subsídio de Ministro do Supremo Tribunal Federal".
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Consultoria Legislativa - Área I - Direito Constitucional, Eleitoral, Municipal, Administrativo, Processo Legislativo e Poder Judiciário.
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[EU] Artikulu honetan, gaur-gaurkoa dugun gai bat aztertzen da : Udalerri Euskaldunen Mankomunitatea legezkontrakotzat. jotzen duen Epaia. UEMAren oinarri juridikoak aztertu ondoren, Mankomunitate horren ibilbideak izan dituen eragozpenez arduratzen da lan hau. Egilearen ustez, Udalerri Euskaldunen Mankomunitateak bere ibilbidean aurkitu duen handicap-ik nabarmenena, legearen babes falta izan da, eta Auzitegi Goreneko Epaia, bai formaz, bai edukiaren aldetik, oinarri gabekotzat jo behar dela dio.
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La situación que emergió a partir del año 2008, hizo resurgir la necesidad de indagar sobre la posibilidad jurídica y la necesidad social de revisar los pactos contractuales vigentes. Por tanto se pretendía deducir si la situación de crisis económica permitía excepciones al principio de la autonomía de la voluntad, y llegados a este punto determinar si era posible la aplicación de la clausula rebus sic stantibus, es decir, si era posible modificar el contenido contractual inicialmente querido y pactado por las partes. Esta tarea se vio incentivada por varios pronunciamientos del Tribunal Supremo, que en términos generales consideraron la clausula como aplicación normalizada, dejando atrás la concepción de regla peligrosa para el sistema contractual.
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El estudio responde las preguntas sobre injerencia política hacia medios radioeléctricos por parte del gobierno chavecista con el cierre de RCTV; con la identificación de instrumentos jurídicos hacia los medias y la examinación en que el gobierno manejó estos instrumentos de regulación.
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La presente monografía busca proveer elementos de análisis acerca del proceso de construcción de consejos comunales que ha tenido lugar en la Venezuela contemporánea. Por sus rasgos diferenciadores y llamativos, el caso particular escogido es el del Estado Táchira. El trabajo se enfocará en las características y modos de operación de los actores que ostentan un rol preponderante en el proceso. De igual modo, se recurrirá a los planteamientos teóricos fundamentales de Antonio Negri en lo relacionado con los conceptos de poder constituyente y poder constituido, con el objetivo de abordar las interacciones de dichos actores. Se afirma que la dinámica de colaboración-confrontación que distingue aquellas interacciones, se puede analizar a la luz del dualismo que protagonizan las manifestaciones de los poderes recién mencionados. Este aspecto arroja información valiosa para procurar la comprensión del fenómeno en cuestión.
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Se explica el proceso por el cual la Confederación Española de Centros de Enseñanza, la Federación Española de Religiosos de Enseñanza y Educación y Gestión de Escuelas Familiares Agrarias, impugnaron por separado diferentes artículos del Decreto 22/2004, de admisión de alumnos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos.Se señalan los motivos que han conducido a impugnar dicho Decreto y se expone la explicación del Tribunal Supremo en relación con los recursos de casación interpuestos por el Gobierno de Castilla-La Mancha.
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Trata el tema de las sentencias judiciales en favor de la educación en favor de la libertad de enseñanza de los centros. Sostiene que las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia vienen a desmontar la teoría planificadora, determinando que la libertad de elección de centro es un derecho fundamental que debe ser garantizado por los poderes públicos de una manera práctica y real.
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Semblanza biográfica y homenaje para Felipe Clemente de Diego, el que fuera Presidente del Tribunal Supremo y galardonado con la Cruz Meritísima de San Raimundo de Peñafort y la Gran Cruz de Alfonso X, El Sabio, con motivo de su fallecimiento.
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Estudiar el perfil del violador de mujeres adultas desde una perspectiva criminológica. Se pretende conocer a qué se debe la conducta del violador, qué fin persigue con su agresión, qué se siente mientras realiza la violación, si sus expectativas son cumplidas o no. También analiza a la víctima desde la perspectiva del violador: qué piensa de la mujer en general, qué opina de su víctima, si considera que le ha causado daño, si se siente culpable respecto de ella. Centrada en un estudio de campo de 47 violadores internos en prisión, analiza los aspectos sociológicos, psicológicos y jurídicos para establecer pautas de comportamientos comunes. Se analizan dos números de control para singularizar al violador: un grupo está formado por delincuentes condenados por violencia de género y otro grupo por personas que nunca han tenido problemas con la justicia. También se analiza la doctrina nacional e internacional, fundamentalmente anglosajona, que ha abordado el estudio del perfil del violador. Así mismo, se analiza la jurisprudencia nacional de las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo desde el año 1984 al 2005, referida al delito de violación con la finalidad de obtener datos de la personalidad del violador como la edad, antecedentes o si padecía enfermedades mentales a la hora de cometer la violación. Con los datos obtenidos de las fuentes citadas mas los que aportan los centros penitenciarios donde se realizan las encuestas a los violadores como son índices de reincidencia, nivel de sociabilidad de los encuestados con otros internos y conducta que siguen en prisión, se elaboran 36 conclusiones. Estas conclusiones permiten afirmar que sí existen pautas de comportamiento comunes entre los violadores y que los diferencian del resto de personas. Por lo tanto, se puede afirmar que existe un perfil del violador. Esta, es la tesis mantenida por la doctrina de forma mayoritaria. De estas 36 conclusiones, algunas difieren del perfil que tradicionalmente ha mantenido la doctrina mayoritaria respecto del violador. Son las siguientes: 1) La mayoría de los violadores tienen una opinión positiva de la mujer. 2) No persigue una finalidad específica con la comisión del delito. 3) Tiene sentimientos positivos hacia su madre. 4) Tienen sentimientos positivos hacia su padre. 5) Su familia funcionaba bien. 6) Tuvo una infancia feliz. 7) No padece enfermedades psiquiátricas. 8) No se considera violento. 9) Le gusta relacionarse con otras personas. 10) No le interesa la pornografía. 11) La mayoría afirma que no le causaron lesiones a la víctima.