875 resultados para DERECHO FUNDAMENTAL


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El presente trabajo tiene por objeto el análisis de la figura delderecho al olvido en Internet. Esta figura será analizada, desdesus orígenes, como meras solicitudes de tutelas de derechospresentadas ante las agencias de protección de datos de los paíseseuropeos, hasta su aplicación actual, configurado tal derecho comoun derecho cuasi-fundamental, enmarcado dentro de la esferadel derecho fundamental a la protección de datos. También, seráobjeto de análisis la labor desarrollada por la Agencia Españolade Protección de Datos, que fue la primera Agencia Europea quedecidió condenar a los motores de búsqueda por el mal tratamientode datos producido en su funcionamiento. Fruto de su labor,estos casos llegaron a la Audiencia Nacional, la cual realizó unabrillantísima, desde un punto de vista técnico, cuestión prejudicial,acerca de la actitud de los motores de búsqueda en relación conel establecimiento del derecho al olvido.

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El Tribunal de Justicia la Unión Europea ha hecho públicas las conclusiones de sus abogadas generales en dos casos sobre discriminación por motivos de religión o convicciones en el empleo, relativos ambos al uso de símbolos religiosos personales. Este artículo analiza esas conclusiones, que parten de posturas antagónicas y llegan a resultados diferentes. Con carácter previo, se exponen algunas nociones sobre la igualdad y no discriminación en la Unión Europea. Se concluye que la orientación de las futuras sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es incierta, aunque las conclusiones analizadas tienen ya un valor destacable, al ofrecer elementos importantes en el debate jurídico en torno al derecho fundamental de libertad religiosa y a la no discriminación por motivos de religión o convicciones.

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En la investigación de análisis Jurisprudencial al mecanismo de Protección del derecho a la salud, en Pacientes Hemofílicos, en El Salvador se realiza con el objetivo de estudiar los diferentes mecanismo de protección del derecho a la salud en los pacientes hemofílico, que toda persona puedan tener el derecho a la atención medica; este es un derecho fundamental de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico regulado en la constitución, porque el Estado Salvadoreño determinara la política de salud y supervisa su aplicación, por medio de una asistencia gratuita, el tratamiento a estas personas constituye un medio eficaz para prevenir la trasmisión de esta enfermedad; por esta razón ha sido importante y esencial realizar un análisis integral sobre los antecedentes históricos con sus posturas más emblemáticas y la forma en cómo estas se fueron posicionando en la sociedad antigua y evolucionando hasta la actualidad; como un logro para la protección del derecho a la salud, desarrollándose por medio de diferentes teorías y postulados que fueron un sustento para dar origen a leyes cuyo objetivo era garantizar protección a los derechos a la salud; la metodología estará basada en el método científico, aunado al método analítico que nos ayudara a fomentar el análisis de las diferentes normativas que abordan el estudio de la situación problemática, también se realizara con unas series de entrevistas a Profesionales sobre el tema de investigación, así mismo al representante de la asociación hemofílico de El Salvador; Resultados obtenidos mediante esperados en la investigación dirigidos mediante entrevistas realizadas a personas profesionales con amplio conocimiento de los mecanismo de protección del derecho a la salud en los Paciente hemofílicos, que es objeto de estudio y de igual manera las entrevistas realizadas a los pacientes hemofílicos, en la cual se verificara si estarán recibiendo la atención médica necesaria.

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El derecho de petición como mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales y el Acceso a la Justicia en El Salvador, es un Derecho Fundamental de la persona humana que se encuentra reconocido en la Constitución, por ende, el Estado tiene como fin primordial garantizar que todos los ciudadanos gocen de seguridad jurídica buscando los mecanismos idóneos para lograr una efectiva tutela jurídica y protección de los derechos constitucionales. Por lo que se toma a bien plantearse como OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN: Estudiar las causas y efectos positivos y negativos, que influyen en la eficacia del Derecho de Petición como un mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales, y su vinculación con el acceso a la justicia. Se ha de utilizar la METODOLOGÍA: referente al Tipo de investigación esta será descriptiva analítica para dar respuesta al desarrollo de la presente investigación. De este modo se hace necesario aclarar el Método a utilizar para el desarrollo de la investigación, los cuales serán: El Método Analítico, que nos servirá para analizar los diferentes puntos de vista y enfoques de la percepción que se tiene sobre el tema de interés; y el método comparativo a efecto de hacer precisas comparaciones de la aportación brindada para este desarrollo. Instrumentos de investigación que se han de utilizar en el desarrollo de la investigación son: entrevista no estructurada. RESULTADOS ESPERADOS: se pretende que el análisis de derechos tan relevantes como son: el Derecho de Petición y el Acceso a la Justicia sea de beneficio para el conocimiento de la población en general, habiendo establecido criticas concretas de los efectos positivos y negativos que afectan el desarrollo de estos mismos derechos, realizando una comparación de las ideas puntuales de los especialistas en el área constitucional referente a el tema de investigación.

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Partiendo del Derecho Fundamental de la Intimidad que de forma expresa está incorporada en el Artículo 2 inciso 2 Constitución que establece: "Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.", y que será el Estado quien deberá proteger dichos derechos del ciudadano. Objetivo: será la presente investigación que establecerá la relevancia que tiene hoy en día la protección de datos personales, los cuales se dejan esparcidos a causa del auge tecnológico que actualmente existe; y que si bien nos trae confort y grandes beneficios; a su vez trae consigo perjuicios. Por ello, es cada vez más necesario que existan mecanismos de protección ante la inminente digitalización, ya que en un momento determinado, o ante el uso inadecuado de estas tecnologías puede ocasionar agravios a los derechos fundamentales del ciudadano salvadoreño. Metodología: en cuanto a la herramienta investigativa que se va utilizar en la investigación será el método analítico, método de síntesis, método comparativo, método cualitativo, bibliográfico donde se realizara la técnica de campo con lo cual se va contar con una guía de pregunta para posteriormente realizar una entrevistar. Resultados esperados: hacer conciencia de la importancia y la necesaria regulación dentro de nuestra Constitución de la Republica de El Salvador de manera amplia y específica para la tutela del Derecho a la Autodeterminación Informativa del ciudadano salvadoreño y de un mecanismo de protección para el mismo como es el Habeas Data.

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816 p.

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O objeto central da pesquisa dirige-se à análise do papel que pode desempenhar o tributo como um dos instrumentos jurídicos que podem ser utilizados pelo Estado com a finalidade de proteger o meio ambiente e promover o desenvolvimento sustentável. O trabalho analisa a introdução da variável ambiental no sistema tributário do Brasil e da Costa Rica. Considerando o caráter poliédrico da questão ambiental, a pesquisa foi estruturada em cinco capítulos, desenvolvidos a partir de quatro perspectivas, todas elas interligadas entre si: 1. A perspectiva ética-ambiental. No primeiro capítulo é feita uma reflexão sobre a crise ambiental que caracteriza a sociedade de risco e sobre os postulados éticos que devem nortear a relação do ser humano com a natureza. Sustenta-se que o discurso ético deve ser um referente necessário no debate da questão ambiental. A ética deve ser o ponto de partida para o desenho e implementação de instrumentos jurídicos cuja finalidade seja a defesa do meio ambiente; 2. A perspectiva constitucional ambiental. No segundo capítulo analisa-se o direito ao meio ambiente ecologicamente equilibrado, direito fundamental da terceira dimensão, fundamentado no valor da solidariedade e que passa a ser estabelecido como um direito fundamental em diversas Constituições Políticas a partir da década dos setenta do século passado; 3. A perspectiva econômica ambiental. No terceiro capítulo reflete-se sobre a estreita relação existente entre economia e meio ambiente, sobre as externalidades ambientais, o papel do Estado como regulador das atividades econômicas, a ideia de desenvolvimento sustentável, e sobre os instrumentos de regulação ambiental. 4. A perspectiva tributária ambiental. A partir da base preliminar exposta nos três primeiros capítulos, nos capítulos quatro e cinco é analisado o tema da tributação ambiental. No capítulo quatro são realizadas considerações sobre o fundamento e as finalidades dos tributos. Destaca-se que a fiscalidade ambiental pode ser implementada através de tributos ambientais em sentido estrito próprio -, de finalidade extrafiscal, ou através de tributos ambientais em sentido amplo impróprio -, caracterizados pela introdução de elementos ambientais na tributação ordinária, que produzem efeitos extrafiscais. É feita uma reflexão sobre os princípios que orientam e limitam a extrafiscalidade ambiental, as críticas realizadas aos tributos ambientais, os elementos do tributo ambiental estrito sensu, e sobre algumas das experiências tributário ambientais de maior relevância no direito comparado. Finalmente, no último capítulo, a partir do marco de referência prévio analisa-se o estado da tributação ambiental no Brasil e na Costa Rica. São descritas as principais figuras tributárias de caráter ambiental existentes nos ordenamentos jurídicos do Brasil e da Costa Rica, e reflete-se sobre as características da tributação ambiental em ambos os países. São realizadas recomendações que poderão ser consideradas nos procedimentos para propor e implementar tributos ambientais, e são realizadas algumas observações com o intuito de elaborar uma proposta para esverdear o sistema tributário do Brasil e da Costa Rica. A tese pretende ser um contributo para o debate sobre ao papel que pode desempenhar a tributação ambiental, como uma das possíveis respostas ao uso inconsciente da natureza, e como instrumento para promover uma consciência ambiental que vise o desenvolvimento sustentado.

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[EU]Lan honek ikuspegi juridikotik abiarazitako ekarpena izan nahi du, hezkuntza sisteman hizkuntza eskubideak nola konfiguratzen diren azalduz. Hori gauzatzeko bi perspektibetatik abiatu da ikerketa: alde batetik, hezkuntza (oinarrizko) eskubideak zein karga linguistikoa duen azaltzen da, eta beste alde batetik, euskararen estatusak irakaskuntza sistemaren gainean proiektatzen dituen eragin juridikoak azaltzen dira. Hori abiapuntutzat hartuz, Euskal Autonomi Erkidegoan, Nafarroan eta Iparraldean zein hizkuntza eskubide diren aztertzen da, ondorio eta proposamen batzuekin bukatuz.

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As ciências são um elemento central da cultura contemporânea pelo que a educação científica tem de ser vista como um direito essencial dos cidadãos. A qualidade do ensino das ciências na escola torna-se, portanto, um especial foco de interesse, científico, político e social, ao nível local, nacional, e global. A investigação em educação em ciências tem produzido conhecimentos que permitem compreender os problemas e fundamentar decisões conducentes a um ensino de ciências ajustado aos desafios atuais. Por outro lado, várias organizações internacionais (UE, OCDE e UNESCO) também têm produzido documentos que visam regular as políticas globais de ensino de ciências, assumindo que a educação científica dos cidadãos é uma condição para a prosperidade económica e social de qualquer estado. Assim, atualmente, existe um acervo documental extenso e diverso relativo ao ensino de ciências, pelo que se impõe um exercício de análise e síntese que identifique quais as orientações-chave que devem ser consideradas. O ensino de nível secundário (ISCE2 e ISCE3), sendo uma etapa em que os jovens fazem escolhas pessoais e vocacionais importantes, merece particular atenção, pois diversos estudos revelam que regista níveis preocupantes de abandono e de desinteresse pelas áreas científicas e tecnológicas. Sendo as práticas dos professores um dos principais fatores de inovação e mudança importa sistematizar os conhecimentos científicos que explicam a sua complexidade e podem orientar a promoção da sua qualidade. O estudo que se apresenta situa-se na confluência de todos estes interesses e visou duas finalidades: delimitar um conceito unificador que permita estudar e desenvolver a qualidade das práticas dos professores de ciências de nível secundário; desenvolver um instrumento de inquérito que operacionalize esse conceito, numa perspetiva de investigação, formação e supervisão de práticas de ensino de ciências. O plano da investigação decorreu em duas fases. Na fase I foi delimitado o conceito perfil de ensino do professor de ciências (PEPC); este estrutura-se em três dimensões – didática, epistemológica e psicológica – cujos referenciais teórico-empíricos decorreram de revisão sistemática de literatura e de abordagem empírica de natureza exploratória e qualitativa, baseada em entrevistas a professores de ciências. Na fase II foi construído e validado o questionário do perfil de ensino do professor de ciências (QPEPC); este contém itens empiricamente situados, construídos a partir do discurso dos professores entrevistados na fase I e seguidamente validados. A validação de QPEPC envolveu dois processos de inquérito por questionário e uma metodologia mista de investigação (análise de conteúdo e análise estatística de dados): a primeira validação contou com um painel internacional de 12 especialistas em didática de ciências; a segunda validação envolveu 184 professores de ciências portugueses. Concluindo-se que QPEPC avalia duas dimensões de PEPC, construíram-se índices e modelos gráficos para facilitar a interpretação dos dados recolhidos. Analisaram-se limitações e potencialidades heurísticas de PEPC e QPEPC, enquanto produtos da investigação, perspetivando o seu uso em contextos diversos, nomeadamente futuras investigações e cenários de formação, reflexão e supervisão de professores de ciências.

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A presente dissertação busca abordar a questão da restrição ao direito fundamental de liberdade da pessoa toxicodependente no Brasil, consistente, precisamente, na internação forçada para o tratamento de sua saúde e/ou para a segurança pública, sob o olhar do princípio constitucional da dignidade da pessoa humana em suas dimensões positiva, que exige uma obrigação de fazer por parte do Estado, e negativa, que cobra deste uma postura omissiva de proteção, em torno de um mesmo indivíduo; sem se olvidar do interesse público na execução da medida. Para tanto, ao longo do trabalho, a legislação brasileira atinente ao tema é posta em comparação com a sua correspondente portuguesa e, à luz, basicamente, das doutrinas desses países, são examinados direitos afetos à liberdade individual e ao direito social à saúde, sob a costura do apontado princípio estruturante das respectivas Constituições, de modo a permitir a visualização do amparo da medida restritiva no texto maior brasileiro e, ao final, uma análise crítica à ponderação de bens (direitos) realizada pelo legislador ordinário, com possíveis soluções para a sua aplicação em concreto, quando da análise da proporcionalidade da intervenção da liberdade pelo Poder Judiciário.

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Servicios Registrales

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Las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL) surgen como desarrollo del derecho fundamental de asociación contenido en los artículos 38 y 39 de la Constitución política, en donde el Estado garantiza la libertad de las personas para reunirse y desarrollar actividades comunes desprovistas del ánimo de lucro. Para ello, el ordenamiento jurídico colombiano exige que dichas entidades nazcan a la vida jurídica como el resultado de la expresión de voluntad para asociarse y la creación de reglas de participación democrática de quienes se asocian.

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Sabemos que al menos un 20% del alumnado entre 12 y 16 años no manifiesta ninguna motivación para el aprendizaje en la mayoría de las áreas del currículum escolar (Marchesi, 2004) y que esa desafección, al menos en España, se gesta en la educación primaria de manera que el éxito (o el fracaso) escolar en esa etapa se convierte en el principal predictor del éxito (o del fracaso) en la ESO (Marchesi y Martín, 2002). La primera conclusión parece obvia: si queremos que los alumnos vayan bien en la educación secundaria hemos de conseguir que vayan bien en la educación primaria. Pero, ¿qué ocurre cuando nuestro alumnado llega a los institutos sin esos conocimientos mínimos sin los cuales no hay garantía posible de éxito? ¿Hemos de aceptar ese determinismo y convertirnos en meros espectadores de un fracaso anunciado? Uno de los principales indicadores de la calidad de la educación en un estado democrático es el trato que se da a aquella parte del alumnado que presenta dificultades para aprender. El hecho de que la enseñanza secundaria en el actual sistema educativo español sea obligatoria y comprensiva (es decir, que se enseñen los mismos contenidos a todos los alumnos) dificulta considerablemente la tarea del profesorado a la vez que incrementa el riesgo de fracaso escolar. Para contrarrestar dicho riesgo, los legisladores han dotado a los centros de una mayor autonomía que se pone de manifiesto en tres ámbitos fundamentales: 1. En el diseño currricular, a través del Proyecto Curricular de Centro (PCC). El currículum ha dejado de ser rígido y dictado por la administración a ser abierto y flexible, con un diseño final que ahora es responsabilidad de los claustros de profesores . 2. En la organización del centro, que toma decisiones sobre la forma de agrupar el alumnado, la adscripción del profesorado a los distintos grupos o la coordinación efectiva del profesorado. 3. En el acceso a recursos materiales y humanos que respondan a las necesidades reales del centro como consecuencia del ejercicio de su autonomía. Los diferentes decretos y resoluciones de las autoridades educativas de cada Comunidad Autónoma han delimitado el campo de actuación de los centros para que, dentro de su autonomía, puedan hacer frente a una diversidad creciente del alumnado (en capacidades, en intereses y motivación y en su condición social) con el objetivo final de garantizar el éxito 2 escolar. En Cataluña, por ejemplo, las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros de secundaria, que son publicadas para cada curso escolar, regulan de manera cada vez más extensa aspectos relativos a la atención a las necesidades educativas del alumnado. Así, dichas medidas incrementan año tras año el abanico de recursos que se ponen a disposición de los centros: Aula abierta, Unidad de soporte a la educación especial, Unidad de educación especial, Unidad de escolarización compartida, Aula de acogida, etc. Todas estas medidas organizativas se complementan con puntos concretos relativos a los criterios generales sobre la distribución de grupos, la dedicación horaria del profesorado y de los diferentes órganos de coordinación, las funciones del profesorado de la especialidad de Psicología y Pedagogía y de los Maestros de Pedagogía terapéutica o las adaptaciones curriculares, así como la puesta a disposición de los equipos directivos (ED) de un número creciente de recursos humanos. Sin embargo, todo ello choca en ocasiones con una realidad que se caracteriza por : ¿ La resistencia de una parte del profesorado hacia la generalización de la educación secundaria obligatoria y comprensiva, en parte como consecuencia del deterioro que ha experimentado en sus condiciones de trabajo: un ambiente de clase poco propició al aprendizaje, una mayor exigencia de coordinación, una adaptación de sus quehaceres a una mayor diversidad de alumnado, un incremento de la burocracia administrativa docente, etc. (Fernández, 2001; Bolívar, 2004). ¿ La resistencia de una parte de los ED a la aplicación estricta de las normas en perjuicio de los principios pedagógicos y de igualdad que las impulsaban. Por ejemplo, los itinerarios escolares, que quedaron descartados en la LOGSE y posteriormente en la LOE, se han aplicado en innumerables centros a través de los criterios seguidos para agrupar a los alumnos (Cucurella, 2002; Estruch, 2002; Muñoz, 2000). ¿ Un profesorado instalado en una auténtica crisis de identidad que no acaba de asumir la enorme complejidad del proceso de educar en una sociedad incierta como la actual (pero en la que la educación es un derecho fundamental) y al que no ayuda una legislación en continuo cambio y cada vez más extensa (Fernández, 2001). ¿ Un profesorado que, a pesar de asumir la importancia de atender las necesidades educativas de todos los alumnos y alumnas, manifiesta un escaso conocimiento de las medidas destinadas a su tratamiento. Además, reconoce el escaso seguimiento y revisión que se lleva a cabo en los centros de los objetivos y de la planificación de la atención de la diversidad (Muñoz et all, 2007). El resultado de todo ello es un tira y afloja entre lo que pide la administración y lo que dan los centros escolares de secundaria. Desconocemos en qué medida la realidad del conjunto de los 3 centros de secundaria se acerca a la teoría que propugna la norma. En Cataluña, los últimos datos conocidos (los del Plan director 1997-2001, de la Inspección de educación) ponen de manifiesto una caída en picado de algunas actuaciones relacionadas con la atención de la diversidad cuando pasamos de la educación primaria a la educación secundaria, justo en el momento en el que los alumnos con menos expectativas de éxito demandan de una atención redoblada. El discurso sobre la diversidad y las teorías mejor elaboradas se estrellan a menudo sobre la organización encargada de llevarlas a la práctica. La existencia de un proyecto pedagógico realista, ajustado a las necesidades del centro y consensuado, la actuación colegiada del profesorado, la flexibilidad que sucede a la valoración crítica de los resultados, las adaptaciones curriculares, etc. son actuaciones que se han descrito como potenciadoras del tratamiento de la diversidad (Santos, 2002). Cuando se dispone de medios humanos suficientes, la adopción de una organización del centro que dé respuesta a la diversidad de su alumnado dentro de los límites legales depende sólo de la voluntad de los ED. Es cierto que dicha voluntad se haya limitada por las características del claustro y por la cultura del centro. Pero esos condicionantes ni son definitivos ni son ajenos a la acción transformadora del propio ED. El propósito de la investigación es analizar el conjunto de medidas organizativas que aplica un centro de enseñanza secundaria para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado que tiene dificultades para adquirir los conocimientos mínimos que le permitan pasar de curso y/o acreditar la ESO.

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Estudio sobre la Teoría General del Servicio Público y el Derecho a la Educación. Estudio jurídico-administrativo de la Educación en España; se comparan también las Constituciones de Alemania, Francia, Grecia, Italia y Portugal. La enseñanza como derecho humano fundamental, en Constituciones y convenios internacionales, y las posturas de los distintos partidos políticos, conducen a la Teoría General del Servicio Público y finalmente a determinar la naturaleza jurídico-administrativa entre enseñanza estatal o pública y enseñanza no estatal o privada. Declaraciones, convenios internacionales, Constitución y leyes españolas, Constituciones extranjeras, manifiestos de partidos políticos, documentos sobre educación, legislación y bibliografía. Análisis de documentos, legislación y revisión histórica. 1. La cultura implica educación y ésta enseñanza. Con frecuencia se habla de derecho a la cultura y a la educación cuando en realidad se habla de derecho a la enseñanza. 2. El Derecho a la Educación es un derecho fundamental que se debe salvaguardar en toda circunstancia. 3. Todas las fuerzas políticas confluyen en la libertad de enseñanza frente a un monopolio ideológico. Divergencia entre partidos de izquierdas que abogan porque el estado se haga cargo de la enseñanza, y los partidos de derechas que defienden la independencia total de la enseñanza privada. Todos defienden la gratuidad, la obligatoriedad y la descentralización. 4. La enseñanza es una actividad técnica, de interés general, también se da con regularidad. Es por tanto un servicio público, aunque no se da la continuidad. 5. La enseñanza privada no es un servicio público por no ser la administración titular de la misma.