978 resultados para Administración provincial


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La Administración Pública Nacional y Provincial en el intento de sobrevivir a esta nueva realidad contextual, han implementado, a lo largo de las dos últimas décadas, progresivas políticas de modernización de gestión con la incorporación de nuevas TIC’s y la preparación del personal y de la ciudadanía para abordar eficientemente estos cambios. Prueba de ello es la situación en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial 1°, 3° y 4° Circunscripción Judicial del Poder Judicial de Mendoza, analizada en el Capítulo III, según el tercer objetivo específico planteado. Como lo indica el Plan Estratégico “Hacia el Registro Digital", fueron introduciéndose cambios tecnológicos que impactaron fuertemente en las tareas habituales y en los canales de comunicación con la sociedad, todo ello en línea con el paradigma de la NGP y los principios de Gobierno Electrónico. Esta organización, que hasta ese momento se caracterizaba por una cultura y estructura burocrática tradicional, fue eje de un fuerte acompañamiento en el proceso de cambio, mediante técnicas de reculturización que fueron disipando la resistencia al cambio del personal registral.

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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El objetivo de este trabajo es profundizar en las razones de los cambios que se operan en la estructura administrativa sanitaria nacional entre 1943 y 1945. Si bien la creación de la Dirección Nacional de Salud y Acción Social en 1943 responde a una larga demanda de los círculos académicos de centralización administrativa y de unificación de las funciones sanitarias y asistenciales, la corta duración del proyecto (menos de un año) expone consideraciones por afuera de la lógica administrativa. Analizamos aquellas que se vinculan con la complicada relación entre la repartición nacional con los gobiernos provinciales y las organizaciones de beneficencia, con la injerencia del gremialismo médico en el delineamiento de las políticas sanitarias y con el ascendiente de Juan Domingo Perón desde la Secretaría de Trabajo y Bienestar Social en la monopolización de la asistencia social como capital político.

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El objetivo de este trabajo es profundizar en las razones de los cambios que se operan en la estructura administrativa sanitaria nacional entre 1943 y 1945. Si bien la creación de la Dirección Nacional de Salud y Acción Social en 1943 responde a una larga demanda de los círculos académicos de centralización administrativa y de unificación de las funciones sanitarias y asistenciales, la corta duración del proyecto (menos de un año) expone consideraciones por afuera de la lógica administrativa. Analizamos aquellas que se vinculan con la complicada relación entre la repartición nacional con los gobiernos provinciales y las organizaciones de beneficencia, con la injerencia del gremialismo médico en el delineamiento de las políticas sanitarias y con el ascendiente de Juan Domingo Perón desde la Secretaría de Trabajo y Bienestar Social en la monopolización de la asistencia social como capital político.

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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El objetivo de este trabajo es profundizar en las razones de los cambios que se operan en la estructura administrativa sanitaria nacional entre 1943 y 1945. Si bien la creación de la Dirección Nacional de Salud y Acción Social en 1943 responde a una larga demanda de los círculos académicos de centralización administrativa y de unificación de las funciones sanitarias y asistenciales, la corta duración del proyecto (menos de un año) expone consideraciones por afuera de la lógica administrativa. Analizamos aquellas que se vinculan con la complicada relación entre la repartición nacional con los gobiernos provinciales y las organizaciones de beneficencia, con la injerencia del gremialismo médico en el delineamiento de las políticas sanitarias y con el ascendiente de Juan Domingo Perón desde la Secretaría de Trabajo y Bienestar Social en la monopolización de la asistencia social como capital político.

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El artículo analiza las iniciativas de comunicación relacionadas con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. El objetivo es analizar con enfoque de género las acciones realizadas por parte de las instituciones públicas regionales y locales para sensibilizar y promover la conciliación entre la vida familiar y laboral de seis comunidades autónomas (Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid y País Vasco) y de sus capitales, desde 1999 (cuando se aprueba la ley de conciliación) hasta 2007 (se aprueba la ley de igualdad). La información sobre publicidad convencional fue proporcionada por Infoadex. Para la recogida de otro tipo de iniciativas a través de medios menos convencionales se acudió a cuatro fuentes institucionales: 1) Ayuntamientos de las capitales, como fuente estrictamente local, 2) Diputaciones de la capital de la Comunidad Autónoma, como fuente provincial, 3) Direcciones Generales de la Mujer o instituciones análogas como fuente de información a nivel regional o autonómico y, por último, 4) otras concejalías vinculadas al tema de la corresponsabilidad, cuyo radio de acción también es autonómico. Los resultados, aunque con diferencias entre regiones, reflejan carencias en la cobertura de las acciones que llevan a cuestionar la falta de estrategia política en términos de comunicación, pese a la introducción sistemática de estos objetivos en la agenda internacional (ONU y UE) y del gobierno español. En consecuencia, las campañas publicitarias e iniciativas recogidas contribuyen a la visibilización del problema y al empoderamiento, pero no tanto al objetivo de la paridad.

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Este libro está compuesto de tres apartados. El primero intenta explicar el fenómeno de toma del poder por parte de las juntas criollas neogranadinas, fundado en tres sentimientos muy generalizados en ese entonces: el pesimismo, fruto de la invasión napoleónica, el miedo especialmente a una guerra de castas y el inconformismo con la Administración virreinal. De esta manera se empezará una reflexión sobre el vacío de poder generado en toda la monarquía con ocasión de los hechos de Sayona, los cuales, sumados a una compleja red de causas de las que se dará cuenta, dan lugar a un proceso de gestación de juntas de gobierno tanto en la metrópoli como en América, llevando el primero al constitucionalismo gaditano y el segundo al hiperconstitucionalismo (provincial, nacional e, incluso, hispanoamericano). El segundo capítulo, titulado "Eran momentos de júbilo", expresa ese ánimo presente en los criollos que suscribieron o apoyaron la Constitución antioqueña de 1812. En este capítulo se hará un análisis de la Constitución que marcó el inicio del constitucionalismo antioqueño, para lo cual se trabajará en la mención de las principales instituciones que contempla, las diferencias y similitudes con la Constitución de Cádiz, con el fin de dilucidar si existe o no una estrecha relación entre ambas y, por último, el análisis del concepto de "nación-pueblo católico" presente en la Constitución antioqueña, que pone en evidencia la mixtura de instituciones e interpretaciones de nuevo y viejo régimen. El tercer apartado, hará una breve descripción de los hechos ocurridos entre 1812 y 1815 que marcan, de un lado, el primer proceso constitucionalista neogranadino, y del otro el surgimiento, por las sospechas generadas en torno a la posibilidad de continuar con el programa independentista -a la vez que federal de la Constitución de 1815, que pocos meses tuvo de vigencia formal puesto que se produjo la reconquista española.

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RESUMEN Todo proceso de evaluación tiene unos efectos, los explícitos son los que acaparan la atención de los evaluados y evaluadores, olvidándose de los efectos implícitos. Sin embargo, el auténtico poder de la evaluación está en los efectos implícitos. De esta manera al final se impondrá el modelo de intervención o gestión que subyace en toda evaluación, siendo la fuerza invisible de la evaluación, y en ocasiones utilizada para evitar conflictos dentro de la Administración pública, al permitir imponer un modelo de gestión. La investigación se basó en un conjunto de variables, acciones e interrogantes que fueron orientadas para que se cumplan los objetivos acerca de la evaluación de competencias en base del desempeño de los profesionales del Consejo de la Judicatura del Azuay.

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China is motorizing rapidly, with associated urban road development and extensive construction of motorways. Speeding accounts for about 10% of fatalities, which represents a large decrease from a peak of 17.2% in 2004. Speeding has been addressed at a national level through the introduction of laws and procedural requirements in 2004, in provinces either across all road types or on motorways, and at city level. Typically, documentation of speed enforcement programmes has taken place when new technology (i.e. speed cameras) is introduced, and it is likely that many programmes have not been documented or widely reported. In particular, the national legislation of 2004 and its implementation was associated with a large reduction in fatalities attributed to speeding. In Guangdong Province, after using speed detection equipment, motorway fatalities due to speeding in 2005 decreased by 32.5% comparing with 2004. In Beijing, the number of traffic monitoring units which were used to photograph illegal traffic activities such as traffic light violations, speeding and using bus lanes illegally increased to 1958 by April 1, 2009, and in the future such automated enforcement will become the main means of enforcement, expected to account for 60% of all traffic enforcement in Beijing. This paper provides a brief overview of the speeding enforcement programmes in China which have been documented and their successes.

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The purpose of this study was to determine factors (internal and external) that influenced Canadian provincial (state) politicians when making funding decisions about public libraries. Using the case study methodology, Canadian provincial/state level funding for public libraries in the 2009-10 fiscal year was examined. After reviewing funding levels across the country, three jurisdictions were chosen for the case: British Columbia's budget revealed dramatically decreased funding, Alberta's budget showed dramatically increased funding, and Ontario's budget was unchanged from the previous year. The primary source of data for the case was a series of semi-structured interviews with elected officials and senior bureaucrats from the three jurisdictions. An examination of primary and secondary documents was also undertaken to help set the political and economic context as well as to provide triangulation for the case interviews. The data were analysed to determine whether Cialdini's theory of influence (2001) and specifically any of the six tactics of influence (i.e, commitment and consistency, authority, liking, social proof, scarcity and reciprocity) were instrumental in these budget processes. Findings show the principles of "authority", "consistency and commitment" and "liking" were relevant, and that "liking" were especially important to these decisions. When these decision makers were considering funding for public libraries, they most often used three distinct lenses: the consistency lens (what are my values? what would my party do?), the authority lens (is someone with hierarchical power telling me to do this? are the requests legitimate?), and most importantly, the liking lens (how much do I like and know about the requester?). These findings are consistent with Cialdini's theory, which suggests the quality of some relationships is one of six factors that can most influence a decision maker. The small number of prior research studies exploring the reasons for increases or decreases in public library funding allocation decisions have given little insight into the factors that motivate those politicians involved in the process and the variables that contribute to these decisions. No prior studies have examined the construct of influence in decision making about funding for Canadian public libraries at any level of government. Additionally, no prior studies have examined the construct of influence in decision making within the context of Canadian provincial politics. While many public libraries are facing difficult decisions in the face of uncertain funding futures, the ability of the sector to obtain favourable responses to requests for increases may require a less simplistic approach than previously thought. The ability to create meaningful connections with individuals in many communities and across all levels of government should be emphasised as a key factor in influencing funding decisions.