730 resultados para Violación de los derechos humanos


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l Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador (UASB-E), desde 2009, realiza el ejercicio de evaluar anualmente la vigencia de los derechos humanos y de la naturaleza, como una contribución a la reflexión y observancia de su cumplimiento. Este informe toma como referencia el nuevo marco constitucional, adoptado en octubre de 2008, el cual incorpora un amplio catálogo de principios, derechos y garantías. Al cumplirse en 2013, cinco años de la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, el PADH ha considerado conveniente presentar este Informe sobre derechos humanos Ecuador, Ecuador 2009-2013, a efectos de realizar un balance de la evolución de los deberes estatales de respeto, garantía y cumplimiento de los derechos, situándolos siempre como integrales, indivisibles, interdependientes, de aplicación directa e inmediata y amparados bajo la prohibición de regresividad. Los informes sobre derechos humanos del PADH se han caracterizado por abordar, desde una perspectiva crítica y propositiva, a la vez que plural y participativa, la información disponible sobre la actuación estatal en materia de desarrollo normativo, políticas públicas, y de garantías jurídicas y jurisdiccionales, enfatizando en los ejes de análisis de justicia, seguridad y ambiente, e incorporando otros temas específicos. En los informes se analizó el nivel de adecuación de la actuación estatal a la Constitución y a los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos; para esta tarea, el PADH ha diseñado e implementado instrumentos de registro de información, como las bases de seguimiento de prensa, conflictividad, normativa, garantías, estados de excepción, producción especializada en derechos humanos y recomendaciones internacionales, que permiten el análisis comparativo y contribuyen a identificar la evolución, el estancamiento o retroceso de las acciones estatales en el tiempo, y permiten formular conclusiones y recomendaciones. Este informe consolidado de los cinco años integra ocho acápites, dedicados a la exposición de objetivos y metodología; el análisis del estado de situación del acceso a la información; de la conflictividad; el desarrollo normativo; de la justicia; de las políticas públicas; de la seguridad integral y los derechos de la naturaleza; formulando conclusiones y recomendaciones generales, que se complementan con la bibliografía y anexos. El PADH expresa el reconocimiento y gratitud a todas las personas de la sociedad civil, de la academia y de las entidades del Estado que han contribuido con sus aportes a la generación de los informes durante estos cinco años. De igual manera que los informes anteriores, este se encuentra disponible en el sitio web ‹http://www.uasb. edu.ec/padh.php› o ‹http://www.repositorio. uasb.edu.ec›.

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Las tres ediciones anteriores del Informe de derechos humanos del Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) incluyeron artículos específicos sobre movilidad humana, los cuales profundizan en los derechos de las personas inmigrantes y refugiadas. Estos tres artículos previos, identifican limitaciones recurrentes en el ejercicio de los derechos de las personas inmigrantes y refugiadas que viven en Ecuador, las mismas que pueden sintetizarse en tres nudos críticos persistentes a los que se da seguimiento en 2012: a) Inadecuación de la normativa y la institucionalidad sobre movilidad humana a los principios y derechos constitucionales y de instrumentos internacionales; b) Prácticas de control migratorio que contradicen la prohibición de criminalización de la migración; y c) Discriminación en el ejercicio de derechos económicos y sociales y limitaciones en la integración de la población inmigrante y refugiada.

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Durante el 2006, en el marco del proceso de reforma de la Organización de Naciones Unidas, surgió ante las limitaciones que los Estados encontraron en la antigua Comisión de Derechos Humanos, particularmente, en cuanto a los dispositivos disponibles, para influir en el mejoramiento de la situación de los derechos humanos en los distintos países, así como para dar seguimiento a su evolución en el tiempo. En reemplazo de la Comisión, se creó el actual Consejo de Derechos Humanos y se le proveyó del Examen Periódico Universal como herramienta para realizar una revisión periódica y mandatoria de todos los Estados en materia de derechos humanos. A diferencia de otros mecanismos de derechos humanos, en los que intervienen expertos independientes, dentro del Sistema Universal de Protección de Derechos, el EPU se caracteriza por ser un espacio de diálogo a nivel de los Estados. Es decir, promueve un diálogo entre pares, situación que contribuye a crear nuevos niveles de responsabilidad estatal y de compromiso con la comunidad internacional.

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Se analiza la constitucionalidad del Reglamento de Consulta Previa en Procesos de Licitación de Áreas y Bloques, expedido por el presidente Rafael Correa, mediante DE 1247, RO 759, de 2 de agosto de 2012

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El litigio estratégico consiste en la selección de un caso de alto impacto, con el cual acudir a los tribunales de justicia a fin de conseguir una sentencia que más allá de reparar a las víctimas directas del caso en cuestión, permita conseguir reformas legales, la adopción o reforma de políticas públicas o cambiar la conducta de las autoridades, a fin de que los beneficiarios finales del litigio sean todas aquellas personas que se encuentren en una situación similar. Dicho litigio se efectuará cuando haya violaciones sistemáticas a los derechos humanos, exista incompatibilidad entre el derecho interno y el internacional o los jueces no brinden seguridad jurídica. Previo a ello se establecerán los objetivos que se persigue, se efectuará un análisis de viabilidad del caso analizando, determinadas condiciones tales como que el interés público sea claro; que sea paradigmático; se demuestre defectos estructurales del marco jurídico, las repercusiones que tendrá la pérdida o ganancia del caso, el tipo de recurso a utilizarse, la posición que tiene los jueces en torno al derecho que versará el litigio. El litigio estratégico nos permitirá develar patrones de conducta ilegales o arbitrarios y estructuras desde las que sistemáticamente se violan derechos humanos, denunciar políticas públicas que contradicen estándares internacionales, sea porque su diseño, contenido o forma de implementación afectan derechos humanos, abrir nuevas vías de participación fortaleciendo la capacidad de acción de las organizaciones, lograr un cambio para personas en situación similar y aumentar la toma de conciencia y generar debate público.

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El formalismo establecido por el legislador en la Ley de casación en materia civil ha determinado una serie de requisitos que hacen efectiva la admisibilidad el recurso, su inobservancia puede constituir una consecuencia fatal, que impida su prosecución, frente a lo cual se encuentra la protección constitucional de la tutela efectiva de los derechos humanos. En este contexto este trabajo de investigación pretende demostrar que el recurso de casación en el Ecuador aspira cumplir con sus fines principales de unificación, defensa del derecho objetivo, control de legalidad, reparar los agravios proferidos en contra de las partes e igualmente cumplir con los principios constitucionales de realización de justicia y garantía de derechos. La tesis está dividida en tres capítulos. En el capítulo primero se analiza el rol de la jurisdicción en el Estado constitucional de derechos y justicia: el rol de los jueces en el nuevo Estado, cuya finalidad en esta nueva configuración es la protección real de los derechos fundamentales; la evolución del papel del juez de mero aplicador de la norma a creador de derecho; y en este sentido, identificar las herramientas que le sirven a la jurisdicción para cubrir esa finalidad. El capítulo segundo se refiere al recurso de casación como mecanismo de control de la legalidad, la determinación de la naturaleza jurídica; sus características, especialmente formales, requisitos, objetivos y el principio dispositivo como sustento de la fundamentación. El capítulo tercero comprende el estudio de la casación y sus alcances en el marco constitucional vigente: El principio de la administración de justicia como sistema medio; y, el formalismo del recurso de casación vs. tutela de los derechos fundamentales. Con la construcción de este trabajo se ha intentado presentar propuestas que respondan a los cuestionamientos que, a veces el formalismo del recurso de casación podría mermar el reconocimiento de un derecho fundamental; o que a pretexto de tutelar uno de estos derechos, vulnere el principio de formalismo que rige al recurso, siempre orientando a que la justicia constituye un valor esencial del Estado.

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Recoge un estudio de carácter exploratorio y comparativo sobre los condicionantes de género que intervienen en la experiencia migratoria de mujeres colombianas, peruanas y chinas que viajan y permanecen en Ecuador. Surge del incremento de la presencia de mujeres inmigrantes registrado en la última década en Ecuador; de las limitaciones existentes en la normativa y políticas públicas migratorias para incorporar el enfoque de género y de derechos humanos, y de los escasos estudios sobre este tema en el país. Se brinda una aproximación a la forma en que las teorías de las migraciones, feminista y de derechos humanos analizan la migración femenina; presenta el marco normativo y de política migratoria vigente en Ecuador sobre mujeres no nacionales; analiza la magnitud y principales características de su presencia, y, a partir de la palabra de las mujeres inmigrantes, ubica los principales condicionantes de género que se activan durante la experiencia migratoria y sus repercusiones en la vigencia de los derechos humanos. Con base en los hallazgos encontrados, se formula algunas recomendaciones para la definición de una política pública sobre movilidad humana que articule el enfoque de género y el de derechos humanos.

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«La soberanía reside en el pueblo». En este precepto descansa el sistema democrático; sin embargo, en sociedades con una elevada desigualdad social, la participación del pueblo en la toma de decisiones mediante canales institucionales es casi inexistente. Las acciones colectivas y los movimientos sociales surgen, en estos contextos, como la única oportunidad de quienes han sido excluidos del debate político para hacer escuchar su voz. La protesta social ha conseguido en Ecuador la inclusión o ampliación de derechos en la Constitución y la ley, detener la agenda neoliberal e inclusive revocar de facto el mandato a tres presidentes de la república. La participación popular no institucional en la conducción de los asuntos públicos fue reconocida en la Constitución mediante el derecho a la resistencia. Sin embargo, la otra cara es la criminalización de la protesta. Sucesivos gobiernos han utilizado al derecho penal como herramienta de amedrentamiento y desmovilización de los movimientos sociales. El presente trabajo analiza la interrelación del derecho a la resistencia y la criminalización. En él se defiende que la constitucionalización del derecho a la resistencia genera consecuencias jurídicas que alteran el sistema de fuentes del derecho, la aplicación del derecho penal e inclusive la forma en que se conciben los conceptos de participación política y democracia.

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