937 resultados para Separação de poderes


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Dissertação (mestrado)—Universidade de Brasília, Faculdade de Tecnologia, Departamento de Engenharia Mecânica, 2015.

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Dissertação de Mestrado apresentada ao Instituto Superior de Psicologia Aplicada para obtenção de grau de Mestre na especialidade de Psicologia Educacional.

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Dissertação (mestrado)—Universidade de Brasília, Instituto de Letras, Departamento de Teoria Literária e Literatura, Programa de Pós-Graduação em Literatura, 2016.

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El ejercicio de la libertad de los padres y los alumnos da lugar a la necesidad de respetar la pluralidad cultural ideológica y religiosa. Los poderes públicos deben garantizar esa libertad mediante las medidas necesarias en la escuela pública y haciendo posible la pluralidad de escuelas.

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Este Capítulo analisa a política legislativa relativa separação de facto como fundamento do divórcio, desde 1910 até à actualidade, e os problemas jurídicos inerentes, salientando a importância das contribuições doutrinárias do Senhor Professor Doutor Francisco Manuel Pereira Coelho no tocante ao assunto, mas sem prejuízo das referências pertinentes a outros autores relevantes e à jurisprudência atinente à matéria. Também dá conta dos dados estatísticos relativos a divórcios e separações de pessoas e bens que se afiguram relevantes para se compreender a relevância estatística do referido fundamento.

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Em meados do século XX através da importação de sementes de gramíneas forrageiras, surgiu nos campos do sul do Brasil uma das mais graves invasões biológicas dessa região: o Campim Annoni (Eragrostis plana Ness)

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En 1985, Alfonso Guerra, entonces vicepresidente del gobierno español encabezado por Felipe González, pronunció una frase destinada a hacerse famosa: “Montesquieu ha muerto”. Fue vertida cuando el partido socialista (PSOE) aprovechó la mayoría parlamentaria recién alcanzada para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial. De acuerdo con esa reforma, los vocales del Consejo General del Poder Judicial (equivalente a nuestro Consejo de la Magistratura) debían en adelante ser elegidos por el parlamento y no, como hasta entonces, mayoritariamente por los mismos jueces, fórmula a la que se tachaba de “corporativista”2. Los críticos advirtieron allí un intento de manejar los tres órganos clásicos del Estado para un proyecto de gobierno a largo plazo. Nada mejor, para eso, que enterrar de una buena vez por todas al viejo y quizás molesto señor de la Brède y barón de Montesquieu. Como buen político, Guerra, en sus memorias3, negó haber pronunciado literalmente aquella fórmula, aduciendo haber sido sus declaraciones tomadas fuera de contexto, etc...

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Resumen: El estudio habla sobre la escuela canónicamente católica, erigida y dirigida por una diócesis; es decir, que el titular del dominio del establecimiento educativo es la diócesis, independientemente que se le dé el nombre de parroquial a dicha escuela. Puntualmente se analiza la naturaleza y la función de quien desempeña la tarea de la representación de la escuela católica diocesana, y que recibe diversas denominaciones: representante legal, apoderado legal, delegado episcopal, etc. Se referencia sobre la administración de bienes eclesiásticos de la escuela, y se ofrecen algunas apreciaciones sobre los poderes judiciales que otorgan los citados representantes. Finalmente se da una propuesta de Estatuto para los representantes de las escuelas católicas diocesanas.

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Resumen: El Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, La educación como herramienta fortalecedora de la seguridad jurídica, la autora luego vincula esto con la importancia de una educación basada en valores afines a la Seguridad Jurídica. Parte de que el éxito de la creación de valor económico depende de la adecuada relación del Derecho y la Economía. Por lo que un marco jurídico claro es fundamental a la hora de cualquier tipo de gestión Económica. La autora, finalmente, concluye que el desafío de la educación hoy en día es la generación de un sistema de valores que permita que en un futuro una base de sustento solida para la necesaria Seguridad Jurídica. En la segunda columna, Instituciones y organizaciones en la gestión del desarrollo económico, el autor hace una reflexión sobre el rol de las instituciones y organizaciones, tanto públicas como privadas, en el desarrollo económico basándose en el enfoque de Douglass North. Sostiene para cumplir con las metas permanentes de una organización es necesario limitar los intereses tanto personales como grupales. Luego, hace referencia al modo de limitación de estos intereses destacando: el equilibrio de poderes y el imperio de la ley; que apuntan a limitar el personalismo y la influencia de los intereses particulares y pasiones ajenas a los objetivos de largo plazo de las organizaciones. En la tercera columna, Instituciones para la conservación de la naturaleza: Una reflexion sobre Caritas in Veritate, el autor relaciona algunos de los conceptos centrales de la Carta Encíclica Caritas in Veritate del Sumo Pontífice Benedicto XVI con la cuestión de las instituciones necesarias para la preservación del medio ambiente. Sostiene que el buen funcionamiento del sistema de mercado se sustenta en la existencia de instituciones respaldadas por el Estado. Dentro del análisis económico del ambiente expone que, en teoría, las preferencias sociales resultantes son inmanentes a las dispersas utilidades de los individuos; pero, en la práctica, los sistemas políticos adoptan mecanismos de toma de decisiones que tienden a disminuir las incoherencias que dado el contexto de la globalización actual es necesario mecanismos institucionales del mismo nivel para evitar el abuso de los recursos naturales y el medio ambiente.

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Resumen: La potestad judicial en el principio del constitucionalismo moderno aparece diseñada de modo impreciso y sin función clara. Ella adquiere entidad en el derecho norteamericano cuando la propia jurisprudencia diseña el control de constitucionalidad. Este es resistido por el derecho continental europeo, aunque finalmente aceptado, con otras modalidades, luego de la Segunda Guerra Mundial. Con el tiempo ese poder excede el mero control de las leyes, para transformarse a través de sus sentencias en órgano que compite en la creación del derecho con los poderes políticos encargados de la función de gobierno. El autor considera que esa función basada en principios de normas internacionales de discutible vigencia y sin el freno de la consideración, por el nominalismo que la anima, de la existencia de un orden objetivo termina originando un poder incontrolable con riesgo de destrucción social.

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Abstract: YHWH’s theophany and mode of action are frequently evoked in the Bible as a volcanic event. It is shown here that this representation, of central importance in the story of the Sinai Covenant, is probably not anchored in any specific volcanic eruption experienced by the Israelites in the past. In Antiquity, volcanic activity was specifically associated with the gods who patronized metallurgy, given the homology between lava flowing from a volcano and slag released from a furnace at smelting. Evidence towards such a link is also identified in the Bible. Accordingly, rather than being simply a literary artifice imaging the outstanding powers of YHWH, volcanism may reflect the existence of metallurgical roots in Israelite theology. This contention is supported by Biblical evidences associating YHWH with metal production: (i) his primeval dominion in mining areas, (ii) his special worship by metalworkers, (iii) the representation of his celestial universe as a giant furnace. It is concluded that the volcanic representation of YHWH’s theophany and mode of action reveal a surprising level of preservation of the metallurgic religious traditions in the ancient Israelite theology.

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Resumen: Los actos de alcance general que emiten los diversos poderes del Estado –emanados de un legislador concebido latu sensu– pueden ser visualizados de dos maneras. Por un lado, se los puede considerar como emanados de un legislador que no tiene límites en su discrecionalidad; por el otro, como emanados de un legislador que se halla sujeto, en su discrecionalidad, a importantes limitaciones, de carácter inmutable y de plena actualidad. El presente trabajo destaca y ejemplifica las insuficiencias de las doctrinas de la no limitación de la discrecionalidad del legislador, y pone en primer plano los elementos iniciales para limitar esa discrecionalidad en la enseñanza tomista.

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Resumen: El Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna “La regulación de las prepagas y sus consecuencias” el autor analiza los efectos de la medida de regulación de las prepagas aprobada recientemente por el Congreso. Propone para ello que el modelo de Hotelling es el marco apropiado para desarrollar un estudio del tema. Este modelo permite prever que el nuevo esquema lograría disminuir la diferenciación entre el servicio de prepagas y obras sociales, pero a su vez alterará la condición de equilibrio. Se producirá entonces un traslado de los usuarios desde las obras sociales a las prepagas y además, ambos servicios de salud tendrán incentivos a buscar nuevas maneras de diferenciarse, con el objetivo de atenuar los efectos de la nueva regulación En el segundo artículo, “La información como formadora de instituciones”, se destaca la importancia que tiene la información en la formación de las instituciones en cuanto contribuye al bienestar tanto individual como social. Los principales problemas a los que uno se enfrenta son la escasez de datos y la información equivocada o engañosa. Un obstáculo contraproducente es la información falsa emanada por parte de instituciones públicas, ya que esto reduce la confianza en las mismas generando riesgos e incertidumbre. Esta necesidad de información confiable es la que lleva a crear instituciones que la brinden y garanticen. En el último artículo “La coyuntura y la confianza en las instituciones políticas” la autora estudia la evolución del nivel de confianza en los tres poderes del Gobierno a nivel nacional, para el período 2004-2010, a través de los resultados de la Encuesta de la Deuda Social Argentina. En cuanto al análisis por estratos socioeconómicos, el nivel más bajo evidencia la gran volatilidad que tiene en su grado de confianza, dependiendo de si se está en una época de retracción o expansión; mientras que para el sector más alto los índices permanecen más estables. Se muestra, asimismo, que el Gobierno Nacional fue la institución que más evolucionó frente a los cambios coyunturales, políticos y económicos.

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La crisis contemporánea del control del poder a través de la división de sus funciones sume en el descrédito a los parlamentos y, correlativamente, facilita el despotismo o la ineficacia de los ejecutivos y concurre a la inestabilidad de las democracias. La consagración en las instituciones de un auténtico pluralismo social podría dar frutos provechosos para la organización del Estado moderno.

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Resumen: Es habitual que en la fundamentación de derecho de la privacidad se acuda al valor de la dignidad humana, pero cuando los autores realizan esa vinculación suelen entender a la dignidad hu - mana como justificada en la mera autonomía del sujeto. Para este punto de vista que denominamos visión moderna, en el ámbito de los derechos fundamentales existe un amplio e indefinido campo de libertad, y esta libertad es o sería el derecho básico en sí mismo, o derecho fundamental por antonomasia. Esto significa la concepción del derecho entendido bajo su faz subjetiva. El derecho como un mero poder cuyo límite está en el poder o la facultad de otro, y el Estado como arbitrador de esos poderes subjetivos en pugna. Sin embargo, los derechos fundamentales entre los que se encuentran el derecho a la intimidad y a la privacidad, el derecho al resguardo del honor y de la imagen, encuentran su justificación en lo justo objetivo y en la dignidad humana. La dignidad como un valor que da sentido se justifica cuando es entendida con una apertura a la trascendencia de la persona, y a un fin objetivo al que dicha trascendencia se encamina.