585 resultados para EMBARAZO INDESEADO


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Sobre la base de entrevistas a treinta mujeres y treinta varones, residentes en el área metropolitana de Buenos Aires, acerca de sus experiencias de aborto, se reconstruyen trayectorias en las que el aborto constituye un hito. Se concluye que la ilegalidad no influye en la decisión de interrumpir un embarazo, sino en las condiciones diferenciales de su práctica clandestina; que las huellas del aborto marcan diferencialmente a las mujeres, en cuyo cuerpo es practicado, que a los varones, participantes secundarios del proceso, aunque las huellas sean perdurables tanto en mujeres como en varones. Asimismo, se muestra que en las mujeres pobres, al primer embarazo sigue un nacimiento y luego un aborto; que en las clases medias, al primer embarazo sigue el aborto y luego los hijos; y que la eventualidad de interrumpir el embarazo no se plantea sólo en situaciones excepcionales sino que forma parte del proceso desencadenado por la sospecha de un embarazo.

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En este artículo analizamos el papel que los varones desempeñan en la decisión de interrumpir un embarazo. Para ello, damos cuenta de las distintas formas de participación masculina en tal decisión, a partir de los relatos de hombres y mujeres colombianos entrevistados en el marco de la investigación HEXCA en la ciudad de Bogotá. En nuestro análisis tomamos en consideración el influjo que tienen en la decisión de un aborto las diferencias de género, clase, generación y de momentos de curso de vida. Consideramos que esta experiencia, así como la forma de asumirla y significarla, representa un dilema ético para las personas. Esta disyuntiva se debe entender dentro de un sistema de referencia patriarcal que impide que las decisiones sobre la reproducción y el aborto sean tomadas en forma soberana por la mujer que se embaraza. Y que permite, por el contrario, que otros agentes sociales tengan el poder de intervenir, legislar, regular y decidir sobre estas cuestiones.

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Las organizaciones, colectivos y activistas por los Derechos Humanos en Costa Rica abajo firmantes, emitimos este comunicado como una acción desesperada de lucha por la vida de Beatriz ante la inercia del sistema de justicia salvadoreño. Esta mujer salvadoreña de 22 años, embarazada ya de 23 semanas, necesita urgentemente una interrupción terapéutica del embarazo para salvar su vida. Ella sufre de Lupus Eritematosos Discoidea e insuficiencia renal aguda y su embarazo está exacerbando la enfermedad, poniendo su vida y su salud en grave riesgo. El producto de su embarazo es un feto con anencefalia por lo que aún si fuera posible llevar el embarazo a término, este no es capaz de sobrevivir fuera del útero por más de algunas horas. Sin embargo, la prohibición absoluta del la interrupción del embarazo en El Salvador, incluso cuando la vida de la mujer corre riesgo, repercute en el derecho de Beatriz a salvar su vida y su salud ya que se encuentran ante la advertencia de que cualquier médico que le pudiera practicar la interrupción terapéutica y ella misma se enfrentarán a décadas de prisión.

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Invitación a adherir a la CAMPAÑA a favor de la interrupción legal de embarazo por razones terapéutica. El proyecto de ley es una iniciativa de MILES-Chile que ha sido presentada por parlamentarios, Senadores Gomez, Rossi, Lagos Weber y Senadora Allende. Este proyecto tiene por objeto mejorar la actual situación de las mujeres chilenas, a quienes se castiga penalmente por interrumpir su embarazo, en cualquier circunstancia, sin que se medien excepciones justificadas para su realización. Es por ello que, como ciudadanas y ciudadanos, consideramos indispensable la legalización de la interrupción del embarazo, con tres causales específicas: patologías relevantes de la mujer que hagan peligrar su vida y salud; malformaciones fetales congénitas incompatibles con la vida extrauterina; por agresión sexual.

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En este trabajo nos proponemos presentar los primeros avances de una investigación doctoral sobre los debates en el discurso de la información del proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) impulsado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, presentado en marzo de 2010 en el Congreso de la Nación, que estamos desarrollando en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata. A los fines de analizar y poner en cuestión este tema, específicamente indagaremos en algunos de los diferentes lugares desde donde dicha práctica social ha sido trabajada histórica y académicamente y propondremos ciertas líneas de investigación desde la relación comunicación/medios/aborto. Nos centraremos, sobre todo, en el rol de los medios gráficos en el tratamiento de la temática como co-constructores de la agenda política y social y del imaginario colectivo respecto del aborto. Trataremos de exponer y repensar algunas significaciones hegemónicas en cuanto al orden del discurso pero también modificaciones que dan lugar a nuevas interpretaciones. Iremos recuperando en nuestra investigación estas diversas miradas a los fines de develar la lucha por los sentidos con respecto al aborto en relación con los medios en tanto “elites simbólicas” (van Dijk, 2011).

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La Anticoncepción de Emergencia puede prevenir la mayoría de los embarazos cuando se usa después de una relación sexual. Ofrece un respaldo importante en casos de una relación sexual no protegida o de un accidente durante el uso de otro anticonceptivo (como olvido de las píldoras o rotura de un condón), y es especialmente útil después de una violación o sexo coercitivo. Esta hoja informativa se refiere a las Píldoras Anticonceptivas de Emergencia de Levonorgestrel solo (PAE-LNG) que están disponibles en la mayoría de los países.

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La anticoncepción de emergencia se refi ere a métodos que las mujeres pueden usar como respaldo y en caso de emergencia, dentro de los primeros días posteriores a una relación sexual sin protección, con el objetivo de prevenir un embarazo no de- seado. Los métodos anticonceptivos de emergencia no son adecuados para uso regular. Se ha demostrado que las píldoras an- ticonceptivas de emergencia (PAE) que contienen levonorgestrel previenen la ovu- lación y que no tienen un efecto detectable sobre el endometrio (revestimiento interno del útero) o en los niveles de progesterona, cuando son administradas después de la ovulación. Las PAE no son efi caces una vez que el proceso de implantación se ha ini- ciado y no provocarán un aborto.

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Capítulo 2 del Informe anual sobre derechos humanos en Chile 2013. Santiago: Universidad Diego Portales, 2013

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El Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Flasog y el Clacai, por ello, vienen articulando esfuerzos conjuntos, con el fin de lograr que las mujeres accedan a la interrupción del embarazo de una manera digna, cuando las leyes así se lo permitan. En este sentido, estas son las recomendaciones recogidas de los distintos talleres y conferencias llevadas a cabo.

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ANTECEDENTES: La mayoría de las islas en West Indies no tienen leyes liberales sobre el aborto, ni programas para la prevención del embarazo (contracepción). El presente trabajo presenta los resultados de una revisión de la literatura sobre la actitud de los proveedores del cuidado de la salud y las mujeres hacia la contracepción y el aborto inducido (emergencia), prevalencia, métodos y aspectos jurídicos del aborto inducido y políticas de prevención. MÉTODOS: Se obtuvieron artículos de PubMed, EMBASE, MEDLINE, PsychINFO y SocIndex (1999 a 2010) que usaban como palabras claves contracepción, aborto inducido, terminación de embarazo, aborto médico y West Indies. RESULTADOS: Treinta y siete artículos correspondían al criterio de inclusión: 18 sobre contracepción, 17 sobre aborto inducido y 2 sobre ambos asuntos. Los resultados principales indicaron que los conocimientos de los proveedores de cuidado de la salud acerca de la contracepción de emergencia, eran pobres. Los estudios mostraron un conocimiento pobre de la contracepción, pero las sesiones de counseling aumentaron su efectividad. No se encontraron números exactos sobre la prevalencia del aborto. Se estima que el número total de abortos por año en West Indies es de 300 000. Uno de cada cuatro embarazos termina en aborto. El uso de misoprostol disminuyó las complicaciones de abortos inseguros.La legislación sobre el aborto varía ampliamente en las diferentes islas del Caribe: Cuba, Puerto Rico, Martinica, Guadalupe y San Martín tienen abortos legales. Barbados fue la primera isla angloparlante con legislación liberal para el aborto. Todas las otras islas tienen leyes restrictivas. CONCLUSIÓN: A pesar del alto número de abortos, según se estima, no hay investigaciones sobre la prevalencia del aborto. Los estudios mostraron un pobre conocimiento de la contracepción y un uso bajo entre los adolescentes. La mayoría de las islas del Caribe tienen leyes restrictivas contra el aborto.

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OBJECTIVE: To describe the initial stages of the implementation of a risk-reduction model designed by Iniciativas Sanitarias to shield women from unsafe abortion in a traditional community on the Uruguay-Brazil border. METHODS: This mixed-design study was conducted first between 22 and 26 March 2010, and then between 2 and 7 May 2011, in Rivera, Uruguay, to gather information from women seen at health centers, healthcare providers, and local policy makers before the project started and midway through the project. RESULTS: At baseline most women and providers considered abortion justifiable only on narrow grounds, yet favored the implementation of a risk-reduction model that would include preabortion as well as postabortion counseling, the former providing information on different abortion methods and their risks. By the midterm assessment, the counseling service had assisted 87 women with unwanted pregnancies. Of the 52 who came for a postabortion visit, 50 had self-administered misoprostol, with no complications. Women were highly satisfied with the counseling. At baseline, misoprostol seemed to be available from both pharmacists and informal sellers. At midterm, it was still available from informal vendors but pharmacists said they did not provide misoprostol. The risk-reduction initiative heightened public attention to the abortion issue but the controversy it generated did not seriously impede its implementation. CONCLUSION: It is feasible to implement the proposed risk-reduction model in a traditional community such as Rivera, not only in Uruguay but in any country irrespective of its abortion laws.

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OBJECTIVE: To explore women's experience of unwanted pregnancy and induced abortion in Bolivia, where nearly all induced abortions are carried out in clandestine, unregulated, and unsafe conditions. METHODS: Qualitative and quantitative research methods, including focus group discussions, in-depth interviews and a structured survey of women of reproductive age, were used to explore the experience of unwanted pregnancy and induced abortion in poor urban areas of 5 Bolivian cities. RESULTS: Of the 1175 sexually experienced women surveyed, 13% reported having had an induced abortion. The methods they tried included surgical abortion, taking misoprostol, drinking herbal and chemical preparations, and inflicting physical trauma on themselves. Many women made multiple attempts before successfully terminating a pregnancy. Lack of knowledge and confusion about how to use misoprostol may have contributed to the complications that resulted in seeking postabortion care. CONCLUSION: Increased access to accurate information and counseling about abortion options are paramount if women are to make informed decisions and minimize health risks.

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En el Perú, el aborto terapéutico es legal desde 1924, en que fue incorporado en el Código Penal y se mantiene hasta la actualidad como la única forma de interrupción del embarazo permitida en nuestro país. Sin embargo el acceso a esta práctica en los servicios públicos de salud no ha sido fácil para las mujeres debido a la inexistencia de un protocolo o guía práctica clínica para la atención en casos de aborto terapéutico que la sustente. Las normas, guías y protocolos del Ministerio de Salud sobre salud sexual y reproductiva vigentes no aluden a la atención del aborto terapéutico. Este vacío limita el derecho de las mujeres peruanas a acceder a un servicio que puede salvar su vida y preservar su salud integral, y por otro lado, corta la posibilidad de que las y los profesionales de la salud cuenten con estándares mínimos que sustenten su actuación. Por la penalización que pesa sobre el aborto en general, la inexistencia de normas claras y la insuficiente información sobre la legalidad del aborto terapéutico, las y los profesionales de la salud suelen negarse a recibir estos últimos casos, ya que temen ser sancionados. Y cuando atienden una interrupción legal del embarazo, muchas veces optan por no reportarla como tal, lo que genera un subregistro que minimiza u oculta esta situación que vulnera profundamente los derechos de las mujeres y afecta el adecuado desempeño de los médicos y médicas. El desarrollo que tuvo el caso de KL, adolescente de 17 años a quien el 2001 se le negó la interrupción legal del embarazo que solicitaba por gestar un feto anencefálico, ha contribuido sin duda a visibilizar la problemática que genera la ausencia de un protocolo nacional para la atención del aborto terapéutico.

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La decisión de continuar con una gestación, o interrumpirla, no resulta sencilla para las mujeres. Pero cuando un embarazo pone en riesgo la vida, o puede causar problemas graves en la salud de las mujeres, ellas tienen el derecho a solicitar una interrupción legal del embarazo. Eso, en el Perú, se llama aborto terapéutico.