968 resultados para culturas indígenas
Resumo:
El presente libro analiza los orígenes, el proceso organizativo e irrupción del Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicos del Ecuador (FEINE), un sector importante del movimiento indígena ecuatoriano que ha sido ignorado por su supuesta escasa significación. Las raíces de FEINE se remontan al proceso de evangelización protestante que se expandió entre los indígenas, caracterizado, en un primer momento, como conservador y, luego, como reformista al asumir el compromiso social en su práctica. Según este estudio, en el desarrollo de FEIN E ha incidido la cooperación privada externa, principalmente de iglesias protestantes, y la de organizaciones no gubernamentales de origen evangélico tanto de Norteamérica como de Europa; aunque también ha recibido fondos del Estado y de organismos internacionales públicos. La investigación evidencia que FEINE cuenta con organizaciones de base en las comunidades indígenas y barrios urbano-marginales de indígenas que han emigrado a las ciudades, y que se articuló, en su primer momento, como organización de iglesias, en las comunidades; luego, como organización social, en las provincias; y, durante los últimos años, ha actuado con características de movimiento social. De esta manera, concluye el autor, FEINE no sólo representa a los indígenas evangélicos agrupados en su seno, sino que, también, disputa la representación indígena y, por tanto, constituye una fuerza movilizadora del movimiento indígena.
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La ciudad del migrante es una más entre las múltiples que coexisten y se entrecruzan en Quito. Es la ciudad que surge del diario enfrentamiento del migrante con la urbe. Es la ciudad percibida, imaginada, vivida cotidianamente por el indígena que llega a Quito en busca de trabajo. A partir de las prácticas que despliega en la urbe, el migrante indígena configura una ciudad en movimiento cuyas fronteras no están claramente definidas y cuya estructura, como un conjunto de redes fluidas, cambia en el tiempo y en el espacio. Acceder a la representación de esa ciudad, de ese Quito construido a partir de prácticas efímeras, apegadas a las ocasiones específicas en que ocurren, solo es posible si se estudian los relatos de esos migrantes que narrativizan ese mismo enfrentamiento y la apropiación de la ciudad. Al estudiar los relatos la autora busca otro texto en estos textos: la ciudad con los sentidos que el migrante ha adscrito, los lugares significativos que él ha establecido, las connotaciones que estos lugares provocan. Estos sentidos no son fijos ni definitivos. Siempre habrá algo que cambie, que falte, que se escape: la ciudad es un tejido que está perpetuamente resignificándose. Pero la ciudad es también esa trama móvil e inestable de redes de socialidad y de transacción que le permiten al migrante indígena ubicarse y desplazarse en un espacio y en un tiempo que no coinciden con los que dejó en la comunidad. Es, en definitiva, un territorio nuevo que está incesantemente recreándose y redefiniéndose.
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El conocimiento y la tecnología constituyen el objeto jurídico de la propiedad industrial, concepto que la disciplina de la propiedad intelectual del derecho ha construido con el fin de regular el circuito económico en que la ciencia y la técnica se transforman por sí mismos en objetos sobre los que versan las relaciones sociojurídicas de propiedad. ¿Pero qué sucede cuando hablamos del conocimiento y las técnicas que han sido generadas por las culturas como las amazónicas en donde las definiciones de propiedad, comercio y tecnología son relativamente nuevas y se hallan imbricadas de nociones distintas del mundo?, más aún ¿Es posible convertir tales conocimientos y prácticas en objetos jurídicos de la propiedad industrial? En este estudio se intenta contestar estas preguntas relacionando el objeto jurídico de la propiedad industrial y los componentes intangibles de la biodiversidad.
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¿Cómo aplica la Corte interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad en las reparaciones destinadas a pueblos indígenas? Esta interrogante orienta la presente investigación, teniendo como premisa que, en materia de reparaciones, no sería adecuado utilizar los mismos criterios para un pueblo indígena, que para una comunidad no indígena, pues en cada caso, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, se demanda un reconocimiento diferente, se han vivido situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que condicionan su relación con la sociedad, y por lo tanto requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. A través de este estudio se procura analizar las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativismo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y evaluar la importancia de considerar la cosmovisión y características propias de los pueblos indígenas fin de disponer reparaciones justas y adecuadas. Examinando el desarrollo mostrado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es posible comprender cuanto ha avanzado el máximo tribunal interamericano en el reconocimiento de la diversidad cultura, y sobre esta base realizar algunas apreciaciones sobre la evolución de la aplicación de criterios de diversidad cultural en lo casos relativos a pueblos indígenas.
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La Educación Intercultural Bilingüe (EIB) es una alternativa para pueblos originarios, hoy ya es un paradigma pedagógico en Europa y en América. Actualmente, en la mayoría de países de América Latina están aplicando la EIB, en los estados que más está desarrollando la EIB son: México, Guatemala, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. En el Ecuador, se cuenta con la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe (DINEIB) desde 1988, fue instituida en base a las experiencias educativas ejecutadas antes de su creación. La DINEIB está ejecutando la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) en todas las nacionalidades y pueblos indígenas, por medio de las direcciones provinciales y de nacionalidades. Esta Dirección, elaboró el Modelo de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB) para aplicar en sus centros educativos comunitarios. En la provincia de Cotopaxi, antes de la creación de la DINEIB ya se desarrolló algunas experiencias educativas, la que hasta ahora existe es la del Sistema de Escuelas Indígenas de Cotopaxi (SEIC), mismo que atiende a comunidades indígenas de Zumbahua, Chugchilán, Panyatug y El Bajío (Pujilí y Maca grande). Con la presencia de la DINEIB, aparece la Dirección Provincial de Educación Bilingüe de Cotopaxi (DIPEIB-C). La Dirección antes indicada es la rectora de la EIB en Cotopaxi, siendo así, el SEIC es parte de la DIPEIB-C, sin embargo, existe poca coordinación Para este trabajo, se realizó una investigación a los actores sociales por medio de entrevistas y observaciones, la finalidad fue ver cuáles son las percepciones y su impacto en las comunidades indígenas sobre las experiencias educativas. Luego de haber sistematizado los datos, se nota que existen problemas en el proceso de la EIB: En lo pedagógico, los docentes muy poco están tratando el kichwa como lengua instrumental de educación, así como los contenidos de la cultura indígena, y, en lo social y económico, existe emigración de los indígenas a las ciudades, en la parte final, se pone a consideración elementos para mejorar la calidad de la EIB en Cotopaxi.
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La interculturalidad no se limita al reconocimiento, respeto y eliminación de discriminaciones; implica un proceso de intercambio y comunicación que parte de los patrones estructuradores de cada cultura superando el prepotente prejuicio de que la verdad es patrimonio de tal o cual cultura y que, como poseedora, tiene la "carga" de transmitirla a las otras.
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Después de cinco años de lucha, México aprobó la Legislación Indígena. Sin embargo, ésta no cumple con los requisitos mínimos a los que aspiraban las comunidades indígenas, la comunidad de los derechos humanos y los juristas progresistas. En realidad, esta legislación es un grave retroceso, ya que objetivisa a las comunidades indígenas, las despoja de su condición de sujetos de derecho y las convierte en objetos de protección.
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Los derechos de los pueblos, como los derechos humanos, no corresponden a las normas positivas creadas por los Estados o entre los Estados, los preceden. La juridicidad de los pueblos indígenas encuentra en la globalización la posibilidad de herramientas que la traduzcan a los sistemas jurídicos nacionales; pero este proceso exige de una democracia interna que cambie un orden que se niega a la democracia y a la globalización.
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El objetivo de esta propuesta es realizar un análisis socio discursivo de la investigación que, en perspectiva de los estudios de la cultura y la comunicación, se ha hecho del tema jóvenes, sus culturas y subjetividades. Revisamos desde dónde y cómo se organizan las miradas, los modos de interrogar el objeto y los rasgos de las explicaciones que se proponen sobre el tema. Esto para delinear las características de lo que denominamos metáforas que pretenden vincular, a explicaciones en planos socioestéticos, el tema jóvenes.
La noción de "derecho" o las paradojas de la modernidad postcolonial: indígenas y mujeres en Bolivia
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Este artículo intentará realizar una lectura de "género” de la historia de la juridicidad boliviana, para proponer algunos temas de debate que considero pertinentes a la hora de discutir los "derechos de los pueblos indígenas", y su estrecho vínculo, tal como yo los veo -con el tema de los "derechos de las mujeres" (indí-genas, cholas, birlochas o refinadas). En un primer momento, me interesarán los aspectos masculinos y letrados de este proceso, que son los que han producido los documentos conocidos como leyes de la República. El derecho y la formación histórica moderna de lo que se conoce como "espacio público", tienen en Europa un anclaje renacentista e ilustrado a través del cual re-nace el ser humano como Sujeto Universal (y masculino) de la noción misma de "derecho". No otra cosa significa el que "derechos humanos" de hoy, hayan sido llamados en el siglo XVIII, "derechos del hombre" (droits de J'homme). A esto se han referido autores como Derrida y Butler, que nos hablan de una versión "falogocéntrica" del Sujeto de la modernidad, el individuo ilustrado. Esta versión estaría inscrita en la historia de occidente y habría sido proyectada al mundo en los últimos siglos, a través de multiformes procesos de hegemonía política, militar y cultural.
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La idea de ”civilizar al indio”, integrándolo a la modernidad es un concepto que se ha mantenido como una columna vertebral en la colonia y la república. En los últimos años, principalmente en la década de los años 60, 70, 80, organismos multilaterales como el Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, así como el Gobierno de los EEUU, pusieron especial énfasis en definir propuestas orientadas a lograr que las comunidades indias se integren al desarrollo, propuestas que sacrificaban la identidad indígena y eran víctimas de una especie de transfusión de culturas, acciones que se sumaban a los esfuerzos y pretensiones de la sociedad dominante, en lograr incorporar a la población indígena al sistema.
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La presente investigación titulada: El Derecho Propio en la Corporación de Organizaciones Campesinas Indígenas de Flores “COCIF”, de la parroquia de Flores, Cantón Riobamba, Provincia de Chimborazo, tiene como objeto de investigación, el estudio y análisis de los usos y aplicaciones Prácticas de las normas Consuetudinario, estructura y procedimientos de la administración de justicia indígena que reglamentan el funcionamiento de las comunidades de la COCIF, tomando en cuenta que el derecho Consuetudinario y el derecho propio constituye aún un campo fértil y poco estudiado, sobre todo en la Provincia de Chimborazo que tiene el más alto porcentaje de población indígena del país, calculada en alrededor del 60% de todos sus habitantes. Por tanto es importantísimo realizar una investigación, valiéndonos de entrevistas, observaciones debidamente registradas, así complementando la información mediante una encuesta aplicada a destacados líderes indígenas de la zona de Flores, toda vez que para la mayoría de miembros de las comunidades que integran la COCIF; el 60%, las autoridades indígenas (padres y abuelos) son vistas como líderes, guías y legisladores, quienes se encargan de su seguridad y bienestar.
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El presente trabajo pretende contribuir a los esfuerzos sociales y académicos de visibilizar y debatir la interculturalidad (proyecto político-social y subversivo que busca descolonizar), y el género (elemento clave en la construcción de la diferencia colonial y en el patrón global de poder). Se presta cada vez más atención al valor de la interculturalidad, particularmente en América Latina, pero a veces se pone tanto énfasis en temas “étnicos” o “culturales” que el tema de la desigualdad de género queda de lado, fuera del debate y del estudio. Con esta investigación, quisiera rescatar la importancia del género y del sexismo como partes fundamentales de la opresión y exclusión en nuestras sociedades, es decir, como aspectos centrales de la colonialidad del poder, descrita por Aníbal Quijano. Para tal efecto, se observó el caso de la Unión de Organizaciones Campesinas e Indígenas de Cotacachi (UNORCAC), ubicada en la sierra ecuatoriana, y las relaciones complejas y conflictivas que se presentan en dicho espacio, respecto a la interculturalidad y al género. El objetivo de este trabajo es el de explorar el papel del género en los discursos y prácticas de la interculturalidad en la UNORCAC y en el contexto de Cotacachi, y, de esta forma, contemplar un tema poco estudiado: las maneras en las que se puede considerar al género como un componente clave para enfrentar la colonialidad del poder, a través de procesos interculturales. La pregunta que guía esta reflexión es ¿cómo se concibe la relación entre interculturalidad y género desde el discurso hasta la administración y práctica de la UNORCAC y, en particular, de su Comité Central de Mujeres? Si bien es cierto que se maneja un discurso intercultural dentro del espacio urbano de Cotacachi, no existe mucha claridad respecto al término dentro de las comunidades campesinas que forman parte de la UNORCAC, y muchas veces éstas asocian el término con un discurso político y urbano. De igual manera, en las comunidades de Cotacachi, no se utiliza el término “género”, aunque l@s dirigentes lo discutan. La diversidad de opiniones dentro de la UNORCAC respecto a los conceptos de interculturalidad y género, indica que, pese a una posible confusión respecto a los términos, sí se relacionan los conceptos en los proyectos realizados por la UNORCAC, particularmente en el Comité de Mujeres, donde se desafía la persistencia de la desigualdad de género en las comunidades y dentro de la Unión, con planteamientos propios que se basan en principios interculturales: respetar y tener derecho a la diferencia; tratar el conflicto dialogando con el Otro; crear espacios de igualdad; y fortalecer valores culturales propios.
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Como es bien sabido el desarrollo se plantea como un derecho humano después de la segunda guerra mundial, aunque hay divergencia de criterios acerca del carácter vinculante de la normativa que lo proclama, se plantea como un derecho humano asociado a la libre determinación de los pueblos que “incluye el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales”]. De acuerdo al carácter estatocéntrico del sistema internacional, esto ha sido interpretado por los Estados como uno de los elementos de su plena soberanía y así se recoge en las Constituciones. Por su parte los pueblos indígenas mantienen su reclamo a la libre determinación como naciones y pueblos previos a la colonización de sus territorios y afirman su derecho ancestral irrenunciable de defender sus territorios, tierras y recursos estratégicos, que consideran base fundamental de su libre determinación. El problema radica en la ausencia de definición del termino “pueblo” y en el declarado rechazo gubernamental a la libre determinación ya que “los gobiernos por lo general desechan que los indígenas sean considerados como pueblos y también niegan que los indígenas sean poseedores de ese derecho. Aquí interviene el temor de muchos gobiernos de que el ejercicio de la libre determinación puede conducir a la secesión política y a la fragmentación de los estados existentes” y, podría añadirse, la negativa a una soberanía restringida o compartida en el manejo de los recursos para propiciar el desarrollo y los derechos de estos pueblos.
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La realización de cuatro estudios de caso sobre los Pueblos Indígenas Nasa del norte del Cauca, Embera Katío, del Alto Sinú (Córdoba), Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta (Cesar) y U'wa y Sikuani, del departamento de Arauca, con el apoyo de Pensamiento y Acción Social, PAS- SUIPPCOL, han servido al Consejo Nacional Indígena de Paz, CONIP, para presentar al país casos emblemáticos de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos por la que atraviesan los Pueblos Indígenas en Colombia. El presente documento analiza los factores asociados a los cuatro estudios de caso, basados en el marco jurídico internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El período del estudio es de dos años y medio, de 2004 al primer semestre del 2006, aunque las cifras relativas al mismo no están necesariamente discriminadas por las cuatro regiones en todos los casos, pero toman las desarrolladas por el Sistema de Información en Derechos Humanos de la ONIC, SINDHO, y la base de datos del Centro de Cooperación al Indígena, CECOIN y otras fuentes oficiales y no gubernamentales.