718 resultados para Víctimas


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El presente trabajo explora el desarrollo y los desafíos que tienen las intervenciones psicológicas o psicosociales en casos de violaciones severas de derechos humanos y en el marco de procesos de justicia nacional, internacional y transicional, así como la necesidad de implementarlas para precautelar el bienestar integral de las víctimas y sobrevivientes y proteger sus derechos en dichos procesos. Se analizan algunos paradigmas que existen en cuanto a las intervenciones de trauma en contextos políticos y se proponen algunas vertientes teóricas que alimentan el trabajo de investigación y atención de este tipo de situaciones traumáticas. Por último, se revisan brevemente algunas experiencias en las que las intervenciones psicosociales han tenido un papel importante como la Corte Penal Internacional (CPI), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Comisión de la Verdad de Ecuador (CVE).

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El litigio estratégico consiste en la selección de un caso de alto impacto, con el cual acudir a los tribunales de justicia a fin de conseguir una sentencia que más allá de reparar a las víctimas directas del caso en cuestión, permita conseguir reformas legales, la adopción o reforma de políticas públicas o cambiar la conducta de las autoridades, a fin de que los beneficiarios finales del litigio sean todas aquellas personas que se encuentren en una situación similar. Dicho litigio se efectuará cuando haya violaciones sistemáticas a los derechos humanos, exista incompatibilidad entre el derecho interno y el internacional o los jueces no brinden seguridad jurídica. Previo a ello se establecerán los objetivos que se persigue, se efectuará un análisis de viabilidad del caso analizando, determinadas condiciones tales como que el interés público sea claro; que sea paradigmático; se demuestre defectos estructurales del marco jurídico, las repercusiones que tendrá la pérdida o ganancia del caso, el tipo de recurso a utilizarse, la posición que tiene los jueces en torno al derecho que versará el litigio. El litigio estratégico nos permitirá develar patrones de conducta ilegales o arbitrarios y estructuras desde las que sistemáticamente se violan derechos humanos, denunciar políticas públicas que contradicen estándares internacionales, sea porque su diseño, contenido o forma de implementación afectan derechos humanos, abrir nuevas vías de participación fortaleciendo la capacidad de acción de las organizaciones, lograr un cambio para personas en situación similar y aumentar la toma de conciencia y generar debate público.

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La Superintendencia de Bancos y la Fiscalía General del Estado expidieron dos resoluciones interinstitucionales en el año 2011 por las que se obligó a las instituciones bancarias a reintegrar en favor de sus clientes, víctimas de delitos informáticos, determinados porcentajes de montos de dinero reclamado por ellos. Para expedir las resoluciones se utilizaron una serie de argumentos desde el punto de vista constitucional, civil y del derecho del consumidor. En el ámbito constitucional se mencionó que las instituciones financieras son un servicio de orden público, mientras que en el ámbito civil se hizo referencia a la responsabilidad objetiva. Luego de expedidas las resoluciones quedaron planteadas varios cuestionamientos sobre la legalidad de estas, de manera particular aquellos atinentes a si los bancos en efecto son un servicio de orden público y si, en realidad, en la relación contractual banco-cliente puede aplicarse la denominada responsabilidad objetiva, de acuerdo al ordenamiento jurídico ecuatoriano. Este trabajo busca desentrañar varios términos utilizados en las resoluciones en mención para establecer su legalidad, previo a lo cual fue necesario analizar el tema de los delitos informáticos y las innovaciones incorporadas con referencia a éstos en el Código Orgánico Integral Penal, para determinar cuáles afectan a la banca y sus clientes. Se hace referencia además en el trabajo a varia normativa expedida por la Superintendencia de Bancos mediante la que se dispone a los bancos tomar determinadas medidas para proteger a sus clientes contra el delito informático de apropiación ilícita de fondos.

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Este trabajo analiza la concepción de las políticas públicas en torno a sectores históricamente marginados bajo la óptica de las acciones afirmativas. Se muestra la relación entre los pueblos y nacionalidades y el Estado, enfatizando el caso ecuatoriano y la implementación del Plan Plurinacional para Eliminar la Discriminación Racial y la Exclusión Étnica cuya propuesta plantea superar la exclusión y la discriminación de la cual han sido víctimas ciertos grupos poblacionales en el Ecuador. De esta manera, “el objetivo fundamental de este trabajo es realizar un balance de la aplicación de las políticas de acción afirmativa contenidas en el Plan Plurinacional para eliminar la Discriminación Racial y la Exclusión Étnica en la provincia de Bolívar, utilizando diferentes fuentes de consulta que van desde documentos de análisis sobre la situación del racismo y la discriminación racial a documentos oficiales y uso de entrevistas”.

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La “gripe española” –nombre asignado a la pandemia de gripe debido a que la prensa española propagó con mayor énfasis la noticia de la enfermedad- se originó en Kansas, EEUU. Fue provocada por una mutación gripal aviar (en el marco de condiciones económicas, sociales y ambientales que facilitaron la circunstancia originaria de la gripe y los factores del contagio) que inicialmente afectó a algunos ciudadanos estadounidenses muchos de los cuales, como parte de las tropas de su ejército, fueron conducidos hacia Europa, en el año de 1918. Desde los EEUU la gripe se difundió en los territorios de la primera guerra mundial, pero también se propagó por otras zonas del orbe, causando una mortandad que osciló entre 60 y 70 millones de víctimas. La “gripe española” llegó a Quito en diciembre de 1918. Se extendió hasta enero de 1919; provocó en ese lapso alrededor de15 mil casos de contagio y 185 muertos. Los efectos de esta pandemia fueron menos agresivos en Quito que en el resto de la región. Aquello se debió a las voces de alerta provocados por la prensa local y debido a la puesta en macha, mediante la “Cartilla sobre la gripe” y el “Instructivo de la Facultad de Medicina” –los dos documentos concebidos por Isidro Ayora- de una política informativa y preventiva en diversos niveles. El Cabildo jugó un rol importante a pesar que ante las políticas higienistas propuestas se evidenció algunos desfases desde el conjunto de la Institucionalidad.

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En el presente trabajo se desarrolla el testimonio anticipado (anteriormente denominado testimonio urgente) realizado a las presumibles víctimas en los procesos penales en la investigación (anteriormente denominada indagación previa) en el delito de violación, en la cámara de Gésell, para determinar si en su recepción existen vulneraciones a los derechos de la víctima y del procesado. La motivación principal de esta temática, radica en la innegable importancia y beneficio de los testimonios en cámara de Gésell para la protección de los derechos de la víctima, y celeridad procesal; sin embargo, no se puede dejar de lado la protección de los derechos de la o el sospechoso. Se abordan temas primordiales que permitirán esclarecer estas características, respecto al testimonio anticipado-urgente tomado en cámara de Gésell, que al ser un medio probatorio en materia penal, sugiere el análisis del tipo de sistema penal que se encuentra vigente en el Ecuador, que es de vital importancia para determinar los medios probatorios que en materia penal en el Ecuador deben servir de fundamento al juez para emitir su sentencia, en adición con la utilización de medios tecnológicos, que han ayudado a perfeccionar dichos medios (cámara de Gésell). En virtud de lo cual, se podrá establecer el enfoque ecuatoriano respecto a la protección de los derechos de las partes procesales involucradas en un proceso penal, y si la innovación de medios probatorios en el Ecuador, responde o no a la realidad ecuatoriana en razón del sistema penal vigente, o en su defecto a una realidad de un país distinto. Por tanto, se desarrolla y analiza lo expresado por la normativa tanto del derogado Código de Procedimiento Penal, del Código Orgánico Integral Penal, y del procedimiento establecido por el Consejo de la Judicatura en el Ecuador, en el uso de la cámara de Gésell para la recepción de testimonios anticipados de víctimas de delitos de violación, así como el valor que tiene esta prueba testimonial para la determinación de una sentencia condenatoria por parte de las y los administradores de justicia.

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Con la evolución del derecho penal, han surgido dos grandes tendencias extremadamente opuestas entre sí y que se han arraigado en el pensamiento penal mundial, y que de acuerdo a la política criminal de cada Estado, para el ejercicio de su poder punitivo, han sido implementadas con el fin de alcanzar los objetivos en materia de delincuencia y seguridad. Estas grandes tendencias son: Eficientismo y Garantismo. El garantismo penal busca controlar el poder punitivo del estado frente a los ciudadanos, y el eficientismo penal intenta luchar contra la impunidad a toda costa, inclusive llegando a desconocer las garantías de los procesados. Con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, y la implementación de instituciones como el procedimiento directo, el sistema penal ecuatoriano busca conciliar el respeto a las garantías del debido proceso con la eficiencia judicial, pensando no solo en los derechos del procesado sino en los derechos de las víctimas. El procedimiento directo es un procedimiento sumarísimo, que concentra todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola audiencia, obteniendo una sentencia condenatoria o ratificadora de inocencia en 10 días. Este procedimiento se justificó por la necesidad de dar celeridad y simplificación al proceso penal, y así tratar de reducir las causas represadas en los juzgados y tribunales de nuestro país. No obstante, también se debió analizar las afectaciones que la aplicación de dicho procedimiento podría causar a derechos constitucionalmente reconocidos como: defensa, presunción de inocencia, igualdad de armas y contradicción. En cuanto al derecho a la defensa, no es posible ejercer adecuadamente este derecho en apenas 10 días; en cuanto a la igualdad de armas, a pesar de que existe ya un desequilibrio institucional entre el órgano acusador y la defensa, ésta desigualdad se merma aún más con la restricción de varios derechos y garantías reconocidos en la Constitución, en cuanto al contradictorio, no es suficiente que se lo pueda ejercer en la audiencia de juicio, cuando los elementos probatorios que van a obtener la calidad de prueba, son recabados en la etapa de instrucción fiscal, y por último y como consecuencia de lo anterior, si atenta contra estos derechos pues evidentemente se vulnera el principio constitucional de presunción de inocencia.

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En el presente trabajo que tiene como título “Elementos del Delito de Secuestro Extorsivo”, he abordado en su Capítulo Primero “El delito de Secuestro Extorsivo y su incidencia en la sociedad ecuatoriana”, dentro del cual, en primer lugar he analizado los orígenes del secuestro, entendiéndose como la privación de la libertad de una o más personas, con el fin de pedir o exigir “rescate”. Dentro del primer capítulo se analizó “El bien jurídico tutelado en el Secuestro Extorsivo”, estableciéndose que son dos: la libertad individual y la propiedad; sin embargo, en ciertos casos, de acuerdo a las circunstancias que rodean al hecho también pueden afectarse o vulnerarse otros bienes jurídicos, como la integridad física e incluso la vida. Como otro tema tratado dentro de este capítulo, consta “Sujetos del delito de Secuestro Extorsivo”; y que, al igual que en otros delitos tenemos al sujeto activo y al sujeto pasivo. En el Capítulo Segundo, denominado “El Secuestro Extorsivo como tipo penal independiente”, se establece que este tipo penal está tipificado como tal en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal; es decir, hace su aparición como tal, en nuestra legislación, a partir de la vigencia del Cuerpo de Leyes en mención. Dentro de este capítulo consta el “Objeto del Secuestro Extorsivo”, que según la doctrina sería el “rescate” que exigen los secuestradores. Asimismo, contiene “Circunstancias agravantes del Secuestro Extorsivo”, que en general, constituyen las previstas en el segundo inciso del artículo 162 del Código Orgánico Integra Penal. En el Capítulo Tercero, se analiza “Repercusiones en la víctima del Secuestro Extorsivo”. Considerándose víctima, aquella persona que directamente ha sufrido el secuestro; y, por la forma de la comisión de la infracción quedan afectadas psicológicamente, en forma leve en ciertos casos y grave en otros; en algunos casos, incluso en forma permanente; pero asimismo, pueden sufrir repercusiones físicas y hasta pierden la vida en manos de los secuestradores. En este capítulo consta el análisis de la “Reparación integral a las víctimas”, que está previsto en el artículo 78 de la Constitución de la República del Ecuador y artículos 77 y 78 del Código Orgánico Integral Penal, que tiene su fundamento en las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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El profundizar desde el Ecuador en el poco explorado campo de la justicia transicional y el derecho penal internacional es una labor necesaria, actual y relevante, partiendo de la problemática a la cual se enfrentan una gran cantidad de países del globo al intentar brindar verdad, justicia y reparación a las numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos sufridas durante dictaduras y regímenes autoritarios. En este contexto, la expedición en Ecuador de una Constitución garantista en 2008, la labor de la Comisión de la Verdad Ecuador con su Informe Final presentado en 2010, y la reciente actividad judicial emprendida por la Fiscalía General del Estado marcan un hito en el ámbito nacional en cuanto al respeto y garantía de los derechos humanos. Pese a lo anterior, estos avances son apenas los primeros pasos de un largo y arduo camino. Este libro pretende contribuir de forma crítica, con elementos teóricos y prácticos, al debate doctrinario sobre las comisiones de la verdad, la judicialización de las graves violaciones de derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad, con especial referencia a la experiencia ecuatoriana, sin dejar de lado los valiosos aportes de otros países.

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O perito criminal é o profissional que se utiliza de conhecimentos técnicos e específicos na análise dos vestígios de um crime, a fim de descobrir a forma como este se deu e, também, sua autoria. O trabalho pericial pode contribuir com a absolvição ou a condenação de um acusado e, assim, atender aos anseios de justiça da sociedade. Apesar da importância dessa atividade, os métodos e instrumentos de trabalho disponíveis para os peritos pouco evoluíram desde a criação da carreira no estado de Minas Gerais, que convivem, ainda, com locais de trabalho inadequados e, também, com a escassez de recursos materiais e humanos, somados à carência de comunicação e de autonomia na tomada de decisões das chefias; os resultados também apontaram para a interferência de outros agentes públicos, no local do crime, antes do início do trabalho pericial e, ainda, que a comunicação ineficiente traz problemas às relações interpessoais no trabalho. A nova gestão pública determinou metas que devem ser cumpridas, pressionando o profissional a otimizar os resultados do trabalho, sem ter, em contrapartida, melhorias nas suas condições. Além do exposto, o contato direto e frequente com vítimas de violência, ou com o material a elas relacionado, possibilita impacto negativo sobre as emoções do perito criminal, na falta de apoio especializado para lidar com tais situações. Esse contexto alerta para a necessidade da preservação da integridade emocional do perito criminal e, também, para emprego de estímulo à motivação da categoria. A fim de compreender as condições emocionais do perito criminal de Minas Gerais, de como impactam sua qualidade da vida e de trabalho, foi utilizado o método qualitativo de pesquisa, iniciando-se com uma etapa de pesquisa exploratória, na qual vinte e dois profissionais responderam a um questionário semiestruturado. Posteriormente, duzentos e quarenta e oito peritos criminais responderam a questionários semiestruturados; conversas e entrevistas semiabertas foram gravadas com outros dez peritos aposentados ou aguardando a publicação oficial da aposentadoria. As questões foram descritivas, aproximando-se da atitude fenomenológica, buscando compreensão, quando, diante de depoimentos e questionários, a análise de conteúdo e do discurso desempenharam o papel de apoio metodológico. Os sentimentos recorrentes entre os peritos são os negativos, relacionados a medo, apreensão, humilhação, frustração, injustiça, angústia e revolta. Porém, sentimentos positivos também apareceram, esses relacionados à esperança de melhoria de condições laborais, ao entendimento da necessidade da cooperação e da confiança nos pares e, também, do empenho na contribuição social. As conclusões indicam que é necessário a promoção sistemática da comunicação interna e externa, além da intensificação da interação e da cooperação, a fim de favorecer a liderança e o reconhecimento do trabalho pericial, apoiando o envolvimento do profissional com a carreira. A complexidade encontrada nas questões relacionais apreendidas, e os indícios de implicações com a problemática da autonomia na Perícia Criminal, sugere retomada investigativa futura.

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Os riscos ocupacionais a que os profissionais da equipe de enfermagem estão sujeitos no desempenho de suas funções são consideráveis. Assim estabeleceu-se como objetivo deste estudo analisar os acidentes perfurocortantes no período de 2002 a 2006, envolvendo a equipe de enfermagem de um hospital universitário, para compreender o contexto em que ocorrem. A utilização destas informações pode ser ferramenta de prevenção. Estudo descritivo, retrospectivo quantitativo e qualitativo. Na análise quantitativa foi utilizada estatística descritiva e na qualitativa o discurso do sujeito coletivo. Por meio das fichas de notificação do Núcleo de Vigilância Epidemiológica do Hospital, foi possível identificar acidentes do gênero no período pesquisado. Entrevistas foram direcionadas às vítimas de acidentes que tiveram como paciente-fonte portador de Síndrome da Imunodeficiência Adquirida/ Vírus da Imunodeficiência Humana, hepatite B e C. Os achados demonstraram que ainda persiste um grau significativo do desconhecimento ou banalização dos acidentes entre profissionais da saúde.

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O objetivo do estudo é descrever a experiência de mulheres, vítimas da violência doméstica, que desistiram do processo contra seu agressor. As entrevistas foram orientadas pela questão: Como foi sua experiência de desistir da denúncia contra seu agressor? Das convergências dos depoimentos emergiram três temas: o tempo vivido da agressão até a denúncia e desistência; o companheiro, a família, a delegacia da mulher; refletindo sobre a experiência vivida, que descrevem o fenômeno estudado. As participantes expressam sentimentos ambíguos em relação ao agressor: afetividade, raiva, humilhação e medo. Reconhecem que são dominadas e humilhadas. Porém, noções de justiça e igualdade entre os cônjuges não aparecem nos depoimentos. A desistência do processo pode ser compreendida na concepção da reprodução da estrutura familiar, condicionada a fatores econômicos e sociais. Os resultados remetem à reflexão sobre o papel da Delegacia da Mulher e das instituições de saúde na assistência à mulher vítima da violência doméstica.

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A abordagem tradicional de acidentes pressupõe que a obediência a procedimentos e normas protege o sistema contra acidentes e que esses eventos decorrem de comportamentos faltosos dos trabalhadores, originados, em parte, de aspectos de suas personalidades. A identificação desses comportamentos baseia-se em comparação com o padrão que toma por base o jeito seguro de fazer, conhecido por antecipação pelos especialistas em segurança. Nas últimas décadas, surgem visões alternativas à abordagem tradicional, ampliando o perímetro das análises de acidentes e abrindo caminho para questionamentos de seus pressupostos relativos às concepções de ser humano e de trabalho. Os novos enfoques ajudam a evidenciar os resultados estéreis das práticas tradicionais: culpar e punir as vítimas, recomendar treinamentos e normas mantendo inalterados os sistemas em que ocorreram os acidentes. As novas abordagens sugerem o esgotamento do enfoque tradicional e ressaltam a importância da contribuição dos operadores para a segurança dos sistemas.

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