585 resultados para Penal de El Dueso (Santoña, Cantabria)


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Es innegable la situación de constante y acelerada evolución que ha venido experimentando nuestra sociedad pos industrial, y a la par con este, el vertiginoso ritmo de difusión que el desarrollo tecnológico ha tenido. En atención a tales supuestos, puede decirse que se ha generado un modelo social, cuyo progreso depende en gran medida de los sistemas de información y comunicación. Hace tiempo que el centro de gravedad de la lucha por el poder político y económico se ha desplazado del ámbito del control de las grandes energías al del dominio de la información. Por eso puede afirmarse que a diferencia de la primera revolución industrial, que dependía de recursos finitos y que se organizaba en torno a la energía, la sociedad post-industrial se asienta en la información y se nutre del suministro inagotable de conocimientos. No se puede negar por tanto que la información se configura como un bien de incuestionable valor1 , cuyo tratamiento automatizado repercute en múltiples ámbitos (económico, social, político, cultural) y cuya salvaguarda merece tutela jurídica.

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El principio de favorabilidad, consagrado en el artículo 29 de nuestra Carta Política de 1991, ha sido uno de los postulados básicos de los sistemas penales en el mundo. Su sustento radica en la necesidad de aplicar de igual manera el uso de la represión Estatal a todos los miembros de determinado Estado, es decir de juzgar a las personas de igual manera cuando se produzcan los mismos supuestos fácticos. Sin duda alguna, nos encontraríamos ante una grave discriminación si juzgamos a dos personas, con las mismas características (en referencia a que se encuentren en la misma condición de imputabilidad), que cometen los mismos hechos, por el simple motivo de haber realizado la conducta en momentos espacio-temporales diversos. Si bien es cierto que la ley penal, al igual que toda la ley en general, va cambiando con base en unas políticas Estatales, y las normas van siendo modificadas según la conveniencia de cada momento histórico, de la realidad de la sociedad en cada época, no se pueden desconocer principios superiores como el derecho a la igualdad, al debido proceso y derivado de ellos, el principio de favorabilidad de la ley penal.

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El presente trabajo pretende indagar a fondo los procedimientos de las oficinas consulares de Colombia en el exterior respecto de las labores judiciales en materia penal que por tratados internacionales, leyes internas, costumbre y principios del derecho internacional han sido encomendadas a los cónsules. Así mismo, se abordará la normatividad aplicable en Colombia respecto de estas labores judiciales del Cónsul y el papel de otras autoridades respecto de los procedimientos de cartas rogatorias, exhortos, y notas suplicatorias. Finalmente se dará a conocer el papel de la jurisprudencia en el proceso de cooperación judicial.

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El análisis que se piensa hacer en el presente trabajo, es analítico deductivo, en cuanto pretende mostrar el estado del arte referente a las implicaciones que en el Derecho penal puede tener una teoría sociológica, que pretende abordar temas atinentes a la ciencia del derecho de una manera conceptualmente ilustrativa. Pero vale la pena aclarar de entrada, que en donde mayor repercusión, en el Derecho penal, llega a tener dicho enfoque, es en la política criminal que desarrolla el Estado a través del legislador. Es dicho marco el que le ha servido de referencia para variar y ampliar sus contenidos de protección. Posición que no ha prosperado sin objeción alguna, pues un gran sector de la doctrina se muestra reacio al arquetipo que promulgan quienes se adhieren a su postura, debido a la firme creencia que no es el Derecho penal al que le corresponde dar soluciones a problemas macrosociales. De ello se desprende la valoración de determinados bienes jurídicos, y en esa medida las formas concretas de protección que reviste un modelo penal expansivo, en cuanto encuentra objetivos dignos de protección analizados en clave sociológica.

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Esta monografía analiza cómo se representa el crimen pasional, en las noticias judiciales del periódico El Espacio, entre 1965 y 1995. A partir de la revisión de la prensa judicial de Bogotá y el Código Penal Colombiano de 1936 y 1980. Este texto retoma la teoría de la historia cultural de Roger Chartier que piensa al individuo como dependiente de las configuraciones sociales a las que pertenece. Y la noción de representación, del mismo, que guarda relación con las formas en las que las comunidades perciben y comprenden la sociedad desde los textos impresos. En este sentido, el crimen pasional es entendido como un homicidio sucedido entre los miembros de la pareja, en la que existieron vínculos amorosos, románticos o sexuales. En El Espacio los crímenes pasionales son producto de la aspiración de proteger el amor, la sexualidad, la familia, los roles de pareja, la seguridad económica, el cuidado de los hijos, el uso del tiempo, entre otros. El Espacio representa los crímenes pasionales desde la oposición entre razón y emoción y produce de un tipo de víctima, homicida y emociones que justifican el homicidio. Se encontró que la representación de la víctima y homicida varía según su género y clase social. A las mujeres homicidas se les representó como criminales hermosas y peligrosas, mientras que a los hombres homicidas como protectores del orden y control familiar. Así, al homicida pasional se le representa como alguien que “dede ser dueño de si”, relativizando su responsabilidad en la noticia.

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El interés de esta monografía es analizar los alcances y las limitaciones de la actuación de UNAMID en la defensa de los Derechos Humanos de las mujeres en el conflicto en Darfur (2008-2012). Lo anterior, para dar cuenta de que si bien UNAMID ha tenido avances significativos en el aumento de denuncias por violación sexual, en la educación y en la inclusión de la mujer en Darfur, la intervención tardía, la falta de personal cualificado y el lento despliegue ha limitado su actuación para erradicar la violencia sexual como arma de guerra. Sin embargo, la baja internalización de la norma por parte del Estado de Sudán ha sido el mayor limitante para la Misión de Paz. Este análisis se realiza mediante el concepto de Responsabilidad de proteger y el enfoque de Alexander Wendt y Nicholas Onuf.

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Mucho se ha discutido sobre las herramientas jurídicas con las cuales cuenta un Estado para asumir un proceso de justicia transicional. Tradicionalmente, la literatura ha estado discutiendo el contenido de los estándares de “verdad, justicia y reparación”. No obstante, se le ha dedicado muy poca atención a las fuentes normativas que pueden limitar o permitir la exoneración parcial de responsabilidad en los procesos de justicia transicional. Esta exoneración puede ser parte de una política de selección y priorización de casos, lo cual puede estar vinculado a la concesión de amnistías o indultos parciales. El objetivo de este artículo es estudiar tres marcos regulatorios del derecho internacional: 1) el derecho internacional de los derechos humanos; 2) el derecho internacional humanitario; y 3) el derecho penal internacional. Un estudio cuidadoso demuestra que ningún instrumento internacional requiere que un Estado investigue o juzgue la totalidad de los casos relacionados con el conflicto. A grandes rasgos, el derecho internacional impide que se promulguen amnistías absolutas, pero permite que el Estado seleccione y priorice casos, sin castigar la exoneración parcial de responsabilidad de un grupo de involucrados.

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El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.

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Decisiones comentadas con el acompañamiento  de la profesora Andrea Mateus Rugeles

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La cooperación internacional constituye uno de los pilares sobre los que se basa la actuación de la Corte Penal Internacional. La experiencia acumulada, sobre todo en las situaciones remitidas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, permite observar las dificultades existentes ante la negación de los Estados de cooperar con la Corte. Este trabajo analiza las causas por las cuales se produce el incumplimiento de los Estados y las medidas que se proponen para fortalecer la cooperación con la Corte como presupuesto para su actuación eficaz.

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Este trabajo presenta una eximente de responsabilidad criminal recientemente incorporada en el Código Penal chileno basada en el estado de necesidad. Esta se agrega a partir de la discusión sobre la defensa de la mujer, que vive dentro de un contexto de violencia intrafamiliar por conductas no protegidas bajo la legítima defensa. A pesar de ello, el texto reformado terminó por incluir una eximente general que no se refiere a la mujer y que –sobre la base del conflicto de necesidad– contempla requisitos que van más allá de una causa de justificación basada en el mal menor, sin que sea clara la clase de defensa que establece. La definición de esta eximente de responsabilidad penal y la identificación de los problemas que provoca son los objetivos centrales de este estudio. En primer lugar, se nota que la norma pareciera aceptar ambas clases de defensa por necesidad: justificación y exculpación o excusa. La determinación exige un especial análisis de las bases de cada modalidad de defensa para distinguirlas y precisarlas en sus alcances y límites.

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El propósito del artículo se centra en analizar la necesidad que hay o no de crear una sanción especial para el sujeto con psicopatía, teniendo en cuenta sus particulares características (incurable, ausencia de remordimiento, ausencia de temor al castigo, alto nivel de reincidencia, cosificación del ser humano), y la naturaleza de las sanciones contenidas en la ley penal nacional, en defensa de la justicia, el respeto por los derechos humanos de víctima y victimario, la seguridad de la sociedad y la adecuada punición.  

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La personalidad psicopática tiene un innegable vínculo histórico con el comportamiento antisocial, con un predominio de los estudios latinoamericanos con muestras de los centros penitenciarios. Sin embargo, nuevos resultados han sugerido que los comportamientos antisociales, por su falta de especificidad, no deben considerarse como un elemento central para el constructo psicopatía, lo que permite su estudio en la población general. Así, el objetivo de este estudio es presentar una revisión de la literatura sobre el tema de la psicopatía, con énfasis en los estudios que aportan evidencia a favor de una visión dimensional y no penal del constructo. Se revisan las relaciones con el comportamiento antisocial, los resultados de investigaciones taxométricas, relaciones con narcisismo y maquiavelismo y con la teoría Reinforcement Sensitivity. Se sugiere la investigación del constructo en la población general en América Latina y la construcción o adaptación de instrumentos adecuados para esto propósito.

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El Proyecto 'El Trasgu' se llevó a cabo, fundamentalmente, en el Colegio Público José María de Pereda, de los Corrales de Buelna (Cantabria), además de las instalaciones del colegio se utilizaron otras de las localidades cercanas. Los profesores, un total de veinticuatro, que participaron en el proyecto pertenecían todos al centro. Los objetivos pedagógicos que se persiguen son: Promover una educación basada en la participación, responsabilidad, respeto a los derechos y opiniones de los otros y en el desarrollo de la solidaridad y la igualdad de oportunidades. Introducir en el currículo, contenidos que ofrezcan al alumnado la oportunidad de aprender lo que le es propio a su entorno sociocultural para favorecer su integración. Favorecer el enriquecimiento cultural a través del conocimiento de juegos tradicionales. Entender la cultura tradicional como potenciadora de las identidades de los pueblos y como instrumento de relación entre las distintas edades. Recuperar los elementos tradicionales del juego. Comprender, asimilar y valorar la transmisión oral de los diversos conocimientos. Las actividades que se han llevado a cabo en la realización del proyecto han sido las siguienes. Juegos Populares. Juegos Musicales. Juegos Mágicos. Juegos Costumbristas. Juegos Dramáticos. La evaluación tendrá tres momentos diferenciados: 1. El proyecto en sí mismo. 2. Evaluación del proyecto en su desarrollo. 3. Evaluación del proyecto en sus resultados. Recursos utilizados: bibliografía, material fungible, material para la elaboración de los juegos, cintas dedeo y adudio, disquettes, salidas didácticas, cámara dedeo, colaboración de agentes externos al centro. La obra no está publicada.

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El presente Proyecto de Innovación Educativa ha sido diseñado pensando en los alumnos, afectados por minusvalías psíquicas de diferentes tipos y grados. La selección de las actividades se ha realizado en función de los intereses y necesidades de cada grupo, respetando sus niveles madurativos y tratando de que fueran asequibles y atractivas para todos, de forma que se puedan combinar la diversión y la formación. Los objetivos del Programa son los señalados a continuación: Adquirir unos conocimientos globales y básicos acerca del entorno geográfico, cultural y social de Cantabria. Discriminar las diferentes comarcas de la región en función de sus peculiaridades naturales y socio-culturales. Favorecer un primer acercamiento a las principales riquezas artísticas de Cantabria. Disfrutar y valorar la rica variedad de hábitats y paisajes de la región. Conocer de forma sencilla y práctica los diferentes usos y costumbres. Conocer y disfrutar las manifestaciones gastronómicas más relevantes de cada comarca. Aplicar y generalizar en contextos reales, diferentes del escolar y del familiar, habilidades y actitudes incluidas en los Programas Individuales por Objetivos de cada alumno. Dada la naturaleza del Proyecto se va a llevar a cabo en diferentes puntos de Cantabria, tratando de abarcar, en la medida de los posible, los lugares, actividades y contenidos más típicos y representativos al alcance de los alumnos.