952 resultados para Delitos electorales
Resumo:
El presente Estado del Arte, tiene como fin entender las diferentes perspectivas planteadas desde publicaciones academicas y especializadas acerca de como a raíz de los atentados terroristas del 11 de septiembre en Estados Unidos se ha ido transformando la Política de Seguridad y Defensa y a consecuencia de ello cuál ha sido su impacto particularmente en el caso colombiano. Si bien es cierto que Colombia es un país que ha tenido que llevar a cuestas por más de 60 años el flagelo del terrorismo, fue solo hasta después del 11 de septiembre que EE.UU., implemento una estrategia direccionada específicamente hacia combatir este fenómeno.
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La investigación partirá con el análisis de los casos de violencia sexual a nivel internacional que permitieron la visibilización del tema, determinando de este modo las herramientas internacionales que se crearon a partir de estos casos. En segunda medida se explicarán cuáles han sido los repertorios de acción de la Corporación Sisma Mujer frente a la judicialización de la violencia sexual en la CIDH, partiendo de un análisis del conflicto armado colombiano y del impacto del mismo en las mujeres. Finalmente se procederá a analizar cómo ha sido la intervención de la CIDH en el proceso de discusión de la violencia sexual en el conflicto colombiano y a nivel regional, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales a las que países como Colombia están adscritos.
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En una reciente decisión, la Corte Suprema de Justicia Colombiana condenó a un médico por haber prestado sus servicios profesionales a personas pertenecientes a un grupo armado al margen de la Ley. En el presente escrito revisamos ese fallo a la luz de la teoría de la imputación objetiva para diferir de la opinión del Alto Tribunal, por cuanto entendemos que el ejercicio de la medicina jamás constituirá un riesgo desaprobado y éste es un elemento necesario para que pueda hablarse de un delito.
Resumo:
El pasado 16 de marzo de 2011, la Corte Suprema de Justicia se ocupó de un caso donde se califica a un Juez con el delito de falsedad ideológica en documento público. En este fallo se trazaron los lineamientos fundamentales de este delito, mismos que son analizados en el presente escrito para concluir que si bien el resultado del proceso en la Corte −la condena del procesado− es correcto, es necesario superar el entendimiento causal de este delito para interpretarlo de acuerdo con la moderna teoría de la imputación objetiva.
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En el siguiente documento se hace un análisis de la contienda electoral del 2010 en Colombia, haciendo un mayor énfasis en la campaña del candidato Antanas Mockus a la luz de las herramientas del marketing político moderno según Philippe Maarek.
Resumo:
La presente monografía analiza la evolución del concepto de seguridad humana y su aplicación en la política exterior canadiense en el período 1995 - 2008 desde un enfoque sistémico. Así pues, se estudia la influencia que ejercieron los insumos intrasociales en la importancia que se le otorgó a dicho concepto en la agenda internacional de Canadá.
Resumo:
Este texto es una invitación a la reflexión sobre la participación política, específicamente sobre una de sus manifestaciones: la participación electoral. La aproximación a este fenómeno, que cada día es más común como instrumento de legitimación de las democracias, reales y formales, se ha querido hacer tanto a nivel puramente teórico como práctico. En el primero se buscó dilucidar todas las discusiones teórico-conceptuales que se presentan frente al concepto, para poder entenderlo de una mejor manera y, de esta forma, avanzar hacia análisis más coherentes y profundos del mismo. En el segundo se inquirió sobre la necesidad de presentar una comparación entre Colombia y sus pares latinoamericanos (dieciocho países en total) para poner las cifras de participación colombianas en un contexto jurídico y estadístico que permita su real comprensión, y no un análisis somero y equivocado del fenómeno; además se realizó una exploración del comportamiento electoral de los departamentos de Colombia, desde 1974 hasta el año 2006, es decir, un total de nueve eventos electorales para la escogencia del Senado de la República. Todo ello con el fin de profundizar sobre este fenómeno en Colombia.
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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
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Las actividades ilegales constituyen un foco de atención importante para las políticas públicas de cualquier sociedad moderna. En Colombia, las manifestaciones delictivas se han incrementado hasta alcanzar niveles preocupantes. En los censos sobre cultivos ilícitos para 2005 y 2006 la ONUDD muestra cómo en pocas décadas Colombia se ha convertido en el primer cultivador de coca y en el primer exportador de clorhidrato de cocaína del mundo. La misma agencia deja ver que en el país ha existido cierta especialización en el tráfico ilegal de armas (ONUDD, 2006). Otras muestras sobre crecimiento de la actividad delincuencial se evidencian en que las organizaciones criminales que operan en el país han desarrollado técnicas avanzadas para producir dólares y pasaportes falsos, estos últimos demandados por miembros de organizaciones terroristas internacionales (BBC, 2006), al tiempo que han desarrollado sofisticados sistemas de lavado de dinero, piratería de libros, música y video.
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Los sistemas electorales en sentido estricto, adicional a sus efectos técnicos, tienen efectos colaterales que sólo pueden ser visiblemente detectados después de tres o cuatro elecciones, lo que hace que el tiempo razonable de observación para el análisis y evaluación de los mismos no debe ser inferior a una década. Motivo por el cual el escenario político-electoral colombiano de los últimos tiempos se constituye en un laboratorio académico sin precedentes en nuestra historia. Más aún cuando a través del Acto Legislativo 01 de 2003 el Congreso logra aprobar su reforma política, en medio de un ambiente de tensiones y contrapesos entre el Legislativo y Ejecutivo, que busca cada uno a su manera, reformar estructuralmente la Constitución Política de Colombia, particularmente, en relación con la forma de obtener, conservar y ejercer el poder. Ante esta coyuntura de implementación y adaptación de la reforma, en el ámbito netamente electoral, el Observatorio de Procesos Electorales (OPE) ha emprendido la tarea de hacer seguimiento y sistematización de la información pertinente que le permita analizar los sistemas electorales –en sus efectos técnicos–, e ir observando a largo plazo sus efectos colaterales, así como su impacto real en la representación política, en la dinámica del sistema político y en el grado de gobernabilidad. En este cuadernillo se contextualizan los antecedentes de la elección senatorial y se presentan los resultados preliminares del seguimiento y sistematización de la información relacionada con el impacto inmediato de la reforma en la elección de 2006.
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El objetivo de este trabajo de grado es describir una disputa política por el significado del concepto de explotación en el marco de la redacción del “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”, en el cual se define aquello que se entiende por trata de personas. La construcción de este concepto excluye e invisibiliza otros tipos de explotación comunes en el sistema de producción capitalista contemporánea que pertenecen al universo de violencia objetiva sistémica a través del énfasis en la explotación sexual que hace parte de la violencia subjetiva.
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El comportamiento electoral en comicios presidenciales y la decisión del voto en el país contempla una variedad de factores como lo son las características demográficas, la filiación partidista, los temas de campaña, el mensaje, la imagen, así como otras variables comúnmente estudiadas con el ánimo de relacionar su incidencia en los resultados electorales. Sin embargo, el presente texto no entra en las consideraciones que sobre la decisión del voto tienen dichos factores. Por el contrario, alude concretamente a un factor en particular que es el miedo y el papel que jugo este sentimiento en las elecciones presidenciales del año 2002 en Colombia como una alternativa más de los factores que pudieron influir en la escogencia del electorado como consecuencia del recrudecimiento de la violencia en el país en el marco de las negociaciones de paz con la Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – FARC
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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Resumen tomado de la revista