657 resultados para Gobierno representativo - Colombia
Resumo:
En Colombia ha existido un gran problema en cuanto al reconocimiento de minorías étnicas, ya que por décadas han sufrido el abandono y la exclusión por parte del Estado. Estos Pueblos han tenido que luchar durante mucho tiempo para subsistir y mantener sus formas de vida, lo cual ha sido más difícil en los últimos tiempos, en la mediad en que el papel del Estado como garantizador del bienestar de la población ha cambiado su función, ahora su fin último consisten en garantizar la continuidad del sistema capitalista, razón por la cual se generan confrontaciones entre el Estado colombiano y aquellos que tiene concepciones distintas frente al mundo.
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El interés de esta monografía es mostrar la relación entre el poder político y el lenguaje. Esta relación fue estudiada en el discurso del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, durante el período presidencial (2002-2006), quien construyó una particular forma de entender la llamada Política de Seguridad Democrática. Para este efecto, se explica y aplica la teoría de Teun Van Dijk y sus cuatro elementos: acción, contexto, poder e ideología, y de forma complementaria el Concepto de lo Político de Carl Schmitt. Estas Teorías permitirán comprender cuál es la relación del discurso, la legitimidad y la excepcionalidad, teniendo en cuenta que el discurso es un acontecimiento comunicativo del que se puede valer un gobernante para justificar el uso excepcional del poder.
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The Colombian government thinks that accepting that there is an internal armed conflict in the country implies recognizing international personality o the groups in arms against the legitimate government. This article intends to demonstrate that this is not true and that, being terrorist groups, cannot be recognised as belligerents.
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Este proyecto busca comprender la formación de las estrategias de seguridad nacional de Colombia y Brasil en su contexto histórico, multinivel y multidimensional hacia 2014, a partir del Realismo Neoclásico y de un contraste entre capacidades, amenazas securitizadas e interés mediático común.
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Este artículo busca mostrar cómo ocurrió el despojo y la concentración de tierras baldías, y el desarrollo del conflicto en Puerto Gaitán y Mapiripán entre 1980 y 2010. A partir del análisis de registros públicos, mapas y entrevistas realizadas en terreno, este trabajo concluyó que los mecanismos desarrollados por el gobierno para desarrollar una reforma agraria no garantizaron seguridad en los derechos de propiedad, desatando constantes ciclos de despojo.
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The armed conflict in Colombia, which has generated over three million internally displaced persons, has dramatic humanitarian consequences and raises serious issues regarding the protection of displaced peoples’ rights. The underlying reasons for the displacement often lie in the dynamics associated with territorial control and land seizures undertaken for strategic, military or purely economic purposes. Domestic and international legal provisions have established the victims’ right to the restitution of their homes and property as the “preferred remedy” in cases of displacement. However, policies dealing with displacement, both those of the Colombian government and of several international institutions, fail to take this sufficiently into account. A comprehensive reparation policy for victims must necessarily entail the reversion of lands, territories and goods seized in Colombia under the pretext of the internal armed conflict.
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En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradascomo necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la proteccióny cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas dela ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.
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Este artículo intenta, mediante la identificación de patrones históricos y decisiones jurídicas, comprender hasta dónde ha llegado el compromiso con la libertad de expresión en ambas naciones y las dificultades que de acuerdo a la experiencia canadiense está enfrentando el Estado colombiano, que todavía no ha logrado asegurar el monopolio de la fuerza dentro de su propio territorio para superar el primer escollo en su aspiración de consolidar la democracia. Cualquier intento por comparar el ejercicio de libertades en dos países con tradiciones jurídicas tan diferentes enfrenta dificultades apenas obvias. Cuando el tema es la libertad de expresión y uno de los Estados no ha podido obtener, después de 200 años de independencia, la estabilidad y seguridad que se requieren para asegurar un desarrollo económico sostenible, el ejercicio de comparación se complica y se hace más atractivo a la vez. Las historias de Canadá y Colombia son muy diferentes, aunque en el siglo XXI los principios de sus sistemas político y económico sean iguales. El compromiso de practicar la democracia y el buen gobierno, y de imponer el respeto a los derechos humanos, por lo menos formalmente, lo comparten hoy Colombia y Canadá. Esta es la motivación fundamental de este análisis.
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Colombia es el único país de América Latina en el que la constitución y la ley permiten a las instituciones educativas estatales realizar cobros académicos en todos los grados escolares. La consecuencia de esto es que el Gobierno Nacional no se ha interesado por elaborar una política de gratuidad de la educación. Sin embargo, la Constitución tiene disposiciones que permiten integrar los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia al ordenamiento jurídico interno; allí, es donde está consagrada la gratuidad de la educación. Ésta es un imperativo jurídico que el Estado no puede desconocer. La Corte Constitucional ha protegido el acceso y la permanencia al sistema educativo con base en el Derecho Internacional pues cuando existe una disposición de derechos humanos que consagra un derecho, los argumentos de costo beneficio quedan excluidos, en especial si es un derecho universalmente reconocido. Nuestra tesis es que no hay ninguna razón para que el Estado restrinja el disfrute del derecho a la educación a través de cobros, especialmente porque la gratuidad de la educación primaria les permite a las personas acceder y permanecer en el sistema educativo y es un instrumento privilegiado para remover las barreras económicas que afectan el disfrute del derecho. La estructura del artículo es la siguiente: los dos primeros apartados se referirán a las obligaciones internacionales del Estado colombiano, el tercero hará énfasis en la jurisprudencia constitucional sobre la gratuidad de la educación y, finalmente, habrá una breve conclusión que planteará futuras líneas de trabajo.
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This article offers a theoretical interpretation of the dispositions on land restitution contained in the famous “Victims’ Bill”, which was debated in the Colombian Congress during the year 2008. The bill included specific mechanisms aimed at guaranteeing the restitution of land to victims of the Colombian armed conflict. At the time, the bill was endorsed by all the main political actors in the country –notably the government and the elites that support it, on the one hand, and victims’ and human rights organizations and other opposition groups, on the other–. The fact that the restitution of land to victims of the Colombian armed conflict was being considered as a serious possibility by all political actors in the country seemed to indicate the existence of a consensus among actors whose positions are ordinarily opposed, on an issue that has traditionally led to high levels of polarization. This consensus is quite puzzling, because it seems to be at odds with the interests and/or the conceptions of justice advocated by these political actors, and because the restitution of land faces enormous difficulties both from a factual and a normative point of view, which indicates that it may not necessarily be the best alternative for dealing with the issue of land distribution in Colombia. This article offers an interpretation of said consensus, arguing that it is only an apparent consensus in which the actors are actually misrepresenting their interests and conceptions of justice, while at the same time adopting divergent strategies of implementation aimed at fulfilling their true interests. Nevertheless, the article concludes that the common adherence by all actors to the principle of restorative justice might bring about its actual realization, and thus produce an outcome that, in spite (and perhaps even because) of being unintended, might substantively contribute to solving the problem of unequal land distribution in Colombia. Even though the article focuses in some detail on the specificities of the 2008 Bill, it attempts to make a general argument about the state of the discussion on how to deal with the issue of land distribution in the country. Consequently, it may still be relevant today, especially considering that a new Bill on land restitution is currently being discussed in Congress, which includes the same restitution goals as the Victims’ Bill and many of its procedural and substantive details, and which therefore seems to reflect a similar consensus to the one analyzed in the article.
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La adquisición masiva de tierras por parte de empresas extranjeras en países africanos, asiáticos y latinoamericanos refleja una nueva fase del capitalismo global (Sassen, 2013). Colombia no ha escapado a esta lógica mundial del capitalismo, pues en la última década la influencia de las empresas extranjeras en el mercado de tierras ha sido notoria. En esa lógica, este artículo compara, desde un enfoque de Derechos Humanos, las prácticas de adquisición de tierras de tres compañías extranjeras que han explotado carbón a cielo abierto en La Guajira y Cesar. Los resultados indican que la formalidad de la propiedad agraria y las restricciones institucionales de las empresas —asociadas al gobierno corporativo, la participación en bolsa de valores y el veto de compradores internacionales—influyen significativamente en el respeto a los derechos humanos.
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Este artículo trata de mostrar que, más allá de su dimensión económica, el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Colombia supone grandes retos políticos y geopolíticos para los dos países. En primera instancia, el TLC le permitiría a los Estados Unidos ampliar su red de acuerdos económicos bilaterales y constituye para Colombia una posibilidad de mejorar su presencia en el mercado norteamericano. Desde la perspectiva estadounidense, Colombia se convierte en un aliado y en un elemento crucial de influencia pro-norteamericana en Suramérica, en un contexto de inestabilidad; además de ser un apoyo en la lucha contra el terrorismo. Del lado colombiano, el Estado necesita la ayuda económica, financiera y logística de Estados Unidos para financiar su guerra contra el narcotráfico y los grupos armados. No obstante, el gobierno colombiano debe tener en cuenta los procesos regionales de integración económica, en los cuales está activamente involucrado, y favorecer las relaciones diplomáticas y comerciales con sus vecinos.
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The Integrated Mass Transit Systems are an initiative of the Colombian Government to replicate the experience of Bogota’s Bus Rapid Transit System —Transmilenio— in large urban areas of the country, most of them over municipal perimeters to provide transportation services to areas undergoing a metropolization process. Management of these large scale metropolitan infrastructure projects involves complex setups that present new challenges in the interaction between stakeholders and interests between municipalities, tiers of government and public and private sectors. This article presents a compilation of the management process of these projects from the national context, based on a document review of the regulatory framework, complemented by interviews with key stakeholders at the national level. Research suggests that the implementation of large-scale metropolitan projects requires a management framework orientated to overcome the traditional tensions between centralism and municipal autonomy.
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El presente trabajo busca analizar los factores que llevaron a que se produjera una importante dinámica migratoria de venezolanos que llegaron a Colombia a invertir o a trabajar en el sector de hidrocarburos. Específicamente se busca encontrar la incidencia de la política de Seguridad Democrática en este fenómeno tomando como periodo de estudio el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, es decir, de 2002 a 2010. Se examina la percepción de seguridad en Colombia vista por los venezolanos y por los colombianos y los diferentes factores que contribuyeron al “boom” petrolero en este país. El resultado de las investigaciones de este estudio de caso permite establecer que la Seguridad Democrática si fue un factor incidente en las dinámicas migratorias pero que se articula junto con otros hechos específicos para que se haya dado de la manera que se dio y que en este texto se expone.
Gobierno y gobernancia de los territorios, sectorialidad y territorialidad de las políticas públicas
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El hecho de que, desde la Constitución de 1991, normas y sentencias tiendan en considerar que los ejecutivos locales (alcaldes, gobernadores) deben ser unos agentes regidores que practican el gobierno del territorio y la “descentralización controlada” más que unos actores gobernantes, defensores de la gobernancia de sus territorios, plantea la cuestión de saber por qué y cómo aquéllos pueden combinar este doble rol. La mayor parte de la respuesta se encuentra en el examen simultáneo de la lógica de regulación de las políticas pública (Muller, 1997 y 2002) y de las condiciones de su implementación en el territorio o “despliegue territorial” (Medellín, 2003).La territorialidad de una política pública se refiere, según Muller, a una situación en la cual la lógica dominante de una política pública es una lógica territorial u horizontal (regulación de un territorio geográfico en una dialéctica centro-periferia), mientras la sectorialidad se refiere a una situación en la cual la lógica dominante de una política pública es una lógica sectorial o vertical (regulación de la reproducción de un sector determinado verticalmente en una dialéctica global-sectorial). A cada lógica de regulación de las políticas públicas le corresponde una manera de gobernar un territorio: el gobierno del territorio para la sectorialidad y la gobernancia de los territorios para la territorialidad.Al contrario del caso francés en el cual la construcción del Estado marca el fin de una lógica de territorialidad (la “territorialidad tradicional”), el Estado colombiano es un Estado endémico, un Estado fragmentado confrontado a la lucha por el control territorial y el temor a la fractura de la unidad territorial (Navas, 2003). Su capacidad parcial por cubrir todo el territorio y actuar sobre él (su “territorialidad parcial” según Medellín) afecta su gobernabilidad y el despliegue territorial de las políticas públicas, sometido a negociaciones inciertas, cercanas a la temática de la gobernancia.Por ello, la gobernabilidad en Colombia sólo es posible mediante políticas públicas híbridas, hijas del “matrimonio indisoluble de la sectorialidad y de la territorialidad”, de la “secterritorialidad”, que combina en proporción variable lógica sectorial (o sectorialidad, que implica centralización) y lógica territorial (o territorialidad, que implica descentralización), gracias a un modo de gobierno híbrido, la “gobiernancia” del territorio, ésta es una “dosificación” compleja entre gobier-no y gobernancia. Es, entonces, posible determinar el grado de territorialidad y de sectorialidad de una política pública en un momento dado y clasificar las políticas públicas según su grado de territorialidad y de sectorialidad, es decir, según la importancia relativa de sus lógicas de regulación.Si el periodo que empieza al iniciar los años setenta, y que termina al iniciar los años ochenta es un periodo en el cual domina primordialmente la sectorialidad y se asegura la gobernabilidad recurriendo casi exclusivamente al gobierno del territorio a través del despliegue territorial separado de cada sector, el periodo que va de 1984 a la época actual, caracterizado por la “descentralización controlada”, señala un cambio parcial de lógica de regulación de las políticas públicas a través del recurrir parcial a la lógica de territorialidad como respuesta a alguna crisis de sectorialidad.Como bien lo muestra el análisis y la evaluación de las políticas públicas de vivienda de interés social, ordenamiento y desarrollo del territorio municipal, educación y acueducto y alcantarillado, la gobernabilidad en este secundo periodo está asegurada, entonces, sólo gracias a la gobiernancia en los territorios o combinación entre el gobierno del territorio y la gobernancia de los territorios, es decir, gracias a un modo de gobierno híbrido que les permite a los ejecutivos locales conciliar su inclinación por la gobernancia de sus territorios y sus obligaciones en cuanto al gobierno del territorio y ser, al mismo tiempo, actores gobernantes y agentes regidores.-----Since the 1991 Constitution, most rulings and sentences tend to consider that individuals in charge of the local executive power (mayors, governors) should be some sort of tuling aldermen responsible for their particular territories and their “controlled decentralization” instead of actual governing actors, advocates and defenders of the governance of their territories. This fact raises the questions of why and how they can possibly play this double role. The bulk of the answer to this question can be found by examining both the logic behind public policies (Muller) and the conditions in whixh these are implemented in each territory, or “territorial deployment” (Medellìn).According to Muller, the territoriality of a particular public policy refers to a situation whereby the prevailing logic is territorial or horizontal (regulation of a geographical territory follows a center-periphery scheme), whereas its sectoriality refers to a situation whereby the prevailing logic is sectorial or vertical (regulation of a sector’s reproduction is vertically determined by a global-sectorial scheme). For each regulation logic behind public policies there is a corresponding way of governing a particular territory: governing the territory for the sake of sectoriality, and governing it for the sake of territoriality.As opposed to the French case, whereby the construction of the State signals the purposes of a territorial logic (“traditional territoriality”), the Colombian State is na endemic one, a fragmented State struggling for territorial control and in fear of the fragmentation of territorial unity (Navas). Its limited capacity to cover the whole territory and to act on it (its “limited or partial territoriality”, according to Medellín) affects governability as well as the deployment of public policies, which is frequently subject to uncertain negotiations related to the problem of governance.That es why governability in Colombia is only possible through hybrid public policies, which are in turn the result of the “indissoluble marriage between sectoriality and territoriality”, the result of a sort of “secterritoriality” which combines in various proportions a sectorial logic (or sectoriallity, which implies centralization) and a territorial logic (or territoriallity, which implies decentralization), all due to a hybrid form of governmen, or “governance” of the territory, a complex and variable dosage of both government and governance. Keeping this in mind, it is possible to establish the degree of territoriality and sectoriality of a public policy at a particular time, and to classify public policies according to their degree of territoriality and/or sectoriality, that is, according to the relative importance of the logics behind their regulation.From the early 70s to the early 80s, sectoriality prevailed and governability was guaranteed almost exclusively through the separate territorial deployment of each sector, then, from 1984 to the present, “controlled decentralization” has shown partial changes in the regulation logic behind public policies by resorting, at least in part, to a logic of territoriality in response to some sort of sectorriality crisis.As can be clearly seen after analyzing and evaluatin public policies in matters such as statesubsidized housing, municipal land development and legislation, education, water and sewage services, governability during this second period can only be guaranteed by governance in the territories or by a combination of both, government in the territory and governance in the territories. In other words, governability is possible thanks to a type of hybrid government that allows those in charge of exercising local executive power to reconcile their bias towards the governance of their teritories and their duties vis-àvis the government of the territory, but capable of being, at the same time, governing actors and ruling agents, active modern-day aldermen.