676 resultados para Excepción


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Actualmente estamos viviendo una época de cambios, caracterizado por la globalización, el desarrollo de la tecnología y el manejo de la información; situaciones que hacen que el entorno evolucione más rápido y se torne altamente competitivo. En estas circunstancias, las organizaciones deben luchar para sobrevivir, mantenerse y mejorar su posición en el mercado frente a las demás. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Ltda., consciente de esta realidad, busca no ser la excepción, siendo el propósito del cuyo propósito con presente estudio analizar el Proceso de Diseño e Implementación de su la Planificación Estratégica. La carencia, mala aplicación o falta de difusión del Plan Estratégico en cualquier organización, imposibilita a los miembros de la misma, gestionar sus esfuerzos comunes, destinados a conseguir los objetivos empresariales; es ahí donde radica la importancia de un correcto diseño, implementación y difusión del proceso de Planificación Estratégica, razón por la cual surge la necesidad del Análisis de este proceso. En el presente estudio se investiga las Principales Corrientes Teóricas sobre la Planificación Estratégica con bases en el Modelo Tradicional y la herramienta del Balanced Scorecard, se define el Perfil de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Ltda., se realiza un Análisis del Proceso de Planificación Estratégica 2007 – 2010 bajo la perspectiva de estrategia organizacional, y por último se elabora un Manual de Políticas y Procesos de Planificación Estratégica para la entidad. Se espera que el presente trabajo sea un aporte de investigación, análisis y propuestas a la administración de la Cooperativa y de otras instituciones financieras, para que sirva como una herramienta de toma de decisiones.

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La nueva Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP, establece nuevos procedimientos con una visión totalmente diferente a los procesos de contratación pública que las entidades del sector público realizaban, esto impone nuevas perspectivas orientando al sector público a un sistema transparente, eficiente y dinámico de contratación. Se plantea así mismo como excepción la posibilidad de que las entidades del sector público se presenten como proveedoras del Estado, aparte de ser contratistas, estableciendo para este tipo de contrataciones un procedimiento especial que se lo realiza a través de la contratación directa, estos son los llamados contratos interadministrativos. En este trabajo se hace un análisis de cada uno de los aspectos relacionados con el procedimiento aplicable a los contratos interadministrativos, desde la generación de la necesidad por parte de la unidad requirente de la entidad contratante, que es el momento en el que inicia el proceso precontractual, pasando por la suscripción del contrato y su ejecución hasta llegar a las posibles controversias que pudieran surgir durante la ejecución y que en este caso serían controversias entre dos entidades del sector público, y finalmente las causales que se pueden aplicar en el caso de los contratos interadministrativos. Este trabajo pretende establecer si las condiciones y normas que se aplican a los contratistas privados, son también aplicables en los contratos interadministrativos considerando que se trata de una entidad del sector público como contratista, o existen diferencias que deben ser tomadas en cuenta al momento de contratar.

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Por años hemos sido testigos por mor de la costumbre y sin detenernos a pensar mucho en ello, los abogados litigantes al contestar una demanda propuesta en contra de nuestros clientes, colocamos como primera -y a veces hasta única- “excepción” a la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda, ya que ha sido corriente considerar que esta aseveración engloba a todas las posibles excepciones o defensas que un caso pueda tener. Se ha considerado entonces y se sigue haciéndolo actualmente, que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda constituye una “excepción madre” que engloba a todas las demás excepciones. Tanto es así que consignarla en el libelo de contestación a la demanda implica que el juzgador tenga presente que el demandado niega las pretensiones de la demanda y que al actor le corresponde justificarla en todos sus aspectos. En base a este criterio, bastaría con incluir únicamente dicha única “excepción” para que el juzgador pueda revisar todas los posibles argumentos o pruebas que se presenten en un caso concreto con las que se pudiera desvirtuar la demanda, aunque el demandado no los hubiere consignado e incluso supuesto o siquiera advertido. Sin embargo, tendencias procesalistas contemporáneas propugnan precisamente todo lo contrario, esto es, determinan que la naturaleza jurídica de la simple negativa no corresponde a una excepción y, más bien, consiste en un mero enunciado que -para los más extremos- ni siquiera debería existir, ya que no incluye ninguna defensa jurídicamente apropiada. En tal virtud, el hecho de que la litis se haya trabado con la negativa simple de los fundamentos de la demanda no podría obligar al juzgador, bajo pena de que su fallo sea considerado incongruente, a revisar todos los “argumentos” de las posibles defensas. Antes, contra todo anterior presupuesto, se determina que si sólo se hace tal negación, la defensa será estéril. Incluso, el Proyecto de Código de Procedimiento Civil ecuatoriano adopta este criterio, con el que concordamos, y equipara el guardar silencio o consignar excepciones ambiguas o evasivas a un tácito allanamiento a las pretensiones del actor. El presente trabajo logra especificar el alcance procesal que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda debería tener y, de la consecuencia lógica que su aplicación debería conferir, de modo que los profesionales del derecho conozcamos los parámetros específicos de su enunciado, contestado la demanda con una estrategia defensiva que realmente favorezca al cliente, tendiendo, en último término, a brindar la seguridad jurídica anhelada que busca la uniformidad de los fallos que los jueces pronuncien respecto de su consideración.

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Las causas por las cuales se puede decretar el estado de emergencia han variado en el tiempo según las circunstancias de cada época y de cada país. Dichas situaciones de emergencia pueden obedecer a causas naturales o humanas. Pueden producirse por fenómenos físicos o climatológicos, por conmociones interiores, ataques exteriores, o incluso por desequilibrios económicos o sociales sectoriales o generales. Y, para hacer frente a estos estados excepcionales, el derecho internacional ha delimitado una serie de principios que deben ser respetados por los gobiernos locales.

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La crisis financiera global de 2007 – 2009 fue un acontecimiento solamente comparable con la Gran Depresión de los años treinta y su impacto negativo en las economías de todo el planeta ha disminuido las expectativas de crecimiento y desarrollo mundial. Latinoamérica salió relativamente bien librada de esta crisis y sus sistemas financieros han evolucionado de manera favorable gracias al menor contagio y a la solidez adquirida como consecuencia de crisis pasadas y una mejor regulación. Sin embargo, existió un impacto en los mismos como consecuencia de la operación de los flujos comerciales y financieros como canales de transmisión de la crisis. Ecuador no fue la excepción. Se presenta a continuación el trabajo titulado ¨IMPACTO DE LA CRISIS FINANCIERA Y ECONÓMICA INTERNACIONAL EN EL SISTEMA BANCARIO DEL ECUADOR”. El objetivo del presente trabajo fue determinar el impacto y las medidas de respuesta de la banca ecuatoriana frente al agravamiento de la crisis económica y financiera mundial en el Ecuador, así como una comparación con el caso de sus países vecinos, Colombia y Perú. Para lograr este objetivo en el capítulo uno se revisa los debates teóricos relevantes para el trabajo planteado. Se abordan igualmente aspectos principales de la crisis financiera mundial que arrancó en el año 2007. Se identifican los canales de transmisión de la crisis hacia los países en desarrollo y se describen sus impactos en Latinoamérica, principalmente en su sistema financiero. En el capítulo dos se analiza el impacto de la crisis financiera y económica global en el Ecuador y los canales por los cuales se transmitió. Se establece la evolución del sistema financiero ecuatoriano en el periodo 2002 – 2010 y el impacto y la respuesta del sistema bancario en el espacio que contempla diciembre 2008 hasta el primer semestre de 2009. Se analiza el comportamiento del sistema en este periodo y cuál fue su respuesta. Se realiza una comparación con Colombia y Perú. Finalmente se presentan las conclusiones relevantes de los dos capítulos que permiten establecer que el sistema bancario fue afectado por la ralentización del ritmo de crecimiento de la economía y que su respuesta fue procíclica en la medida que la actividad bancaria se expandió durante el periodo de bonanza de la economía en años anteriores y se contrajo como consecuencia de la crisis.

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Al final de nuestro trabajo sin que implique haberse agotado el temario podemos afirmar que, la buena fe procesal es un principio constitucional aplicable al debido proceso; y, se desarrolla en diferentes cuerpos legales para alcanzar su realización práctica; aún cuando su desarrollo doctrinal ha resultado escaso en su difusión; no así, en el orden jurisprudencial que es el escenario en virtud del cual ha conseguido su más grande realización, imponiéndose como verdadero principio rector del comportamiento de todos quienes intervienen en el proceso. El imputado o acusado en el ámbito procesal penal tiene el deber de intervenir respetando las reglas de la buena fe, al igual que todos los demás sujetos que intervienen en el proceso, conforme hemos visto en líneas precedentes, con excepción del ámbito material en donde puede mentir, porque tiene derecho a guardar silencio y no incriminarse. La inobservancia a las reglas de la buena fe generan: ineficacia o inadmisibilidad del acto procesal; principio procesal que lamentablemente no se encuentre reconocido en forma expresa, sino de manera tácita en el Artículo 174 del Código Político del 2008.

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Las reflexiones que se presentan a continuación pretenden develar un misterio, encontrar una verdad a partir de las huellas que en la literatura ecuatoriana ha dejado la novela policial, un género que, si bien nos ha sido un tanto huidizo, no nos ha sido –es lo que se busca demostrar– del todo ajeno. Para lograr este objetivo, la indagación se realiza desde dos perspectivas diferentes: la primera, de orden historiográfico literario, trata de establecer los antecedentes del género en Ecuador, sus obras representativas, evolución, estado actual y su ubicación dentro la tradición policial; la segunda, inscrita dentro de la crítica literaria, busca determinar cómo y con qué fines los autores adaptan, parodian o juegan con las formas narrativas, los elementos y las convenciones del género policial. Los dos elementos que definen al policial en su concepción clásica son utilizados como criterios para la selección de las obras a ser estudiadas. En todas ellas existe un crimen (misterio o enigma) y un proceso de investigación que busca resolverlo. Un tercer criterio, relacionado con los subgéneros narrativos, delimita el estudio a la novela, a excepción del cuento de Pablo Palacio que, por su relevancia, se ha incluido como parte de los antecedentes. Estos tres criterios, de orden operativo, excluyen de este estudio obras cercanas al género como Sueño de lobos de Abdón Ubidia, novela que está más del lado del género negro (prescinde del proceso investigativo), o El cholo Cepeda, investigador privado, colección de cuentos de Fernando Itúrburu.

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La crisis alimentaria mundial de 2007-2008 marca una nueva etapa en la inseguridad alimentaria mundial y presenta una naturaleza bien distinta a la de crisis anteriores. Dos son las principales características que definen la naturaleza de la actual crisis alimentaria mundial: factores de corto plazo y factores estructurales o de largo plazo. Esta compleja naturaleza de la actual crisis alimentaria estuvo en la raíz de la enorme dificultad de los Gobiernos y de las instituciones internacionales para afrontar la crisis y aliviar los impactos negativos sobre la seguridad alimentaria mundial. Algunos de los factores que inciden en la crisis están en manos de los Gobiernos, como las políticas, pero otros son muy volátiles y no están en sus manos sino que son dirigidos por los mercados. En los mercados de Sudamérica, aquellos países ricos en materias primas, la crisis se presenta como una oportunidad para el crecimiento sostenido y la posibilidad de pasar a una producción con mayor valor agregado: de las materias primas a la agroindustria. El desafío en Sudamérica hoy por hoy es crecer sostenidamente, al tiempo que se enfrentan las nuevas condiciones globales y regionales. Dentro de Sudamérica han existido, por muchas décadas, iniciativas de integración subregional que buscan profundizar el comercio agrícola. Según la FAO y ALADI una de las regiones que se vería menos afectada es la zona andina (con excepción de Bolivia y Ecuador que tienen mayor grado de vulnerabilidad). Es dentro de ese escenario de desarrollo rural e integración donde se plantean potencialidades que tiene la CAN para enfrentar la crisis alimentaria, mediante políticas compartidas en el sector agrícola que permita mejorar las convergencias de la subregión andina para alcanzar acuerdos mínimos de cooperación, tales como: Organismo Supranacional, Comité de Monitoreo de precios, Intercambio de tecnología e investigación, Ventajas competitivas y Aumento de la Productividad.

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l Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador (UASB-E), desde 2009, realiza el ejercicio de evaluar anualmente la vigencia de los derechos humanos y de la naturaleza, como una contribución a la reflexión y observancia de su cumplimiento. Este informe toma como referencia el nuevo marco constitucional, adoptado en octubre de 2008, el cual incorpora un amplio catálogo de principios, derechos y garantías. Al cumplirse en 2013, cinco años de la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, el PADH ha considerado conveniente presentar este Informe sobre derechos humanos Ecuador, Ecuador 2009-2013, a efectos de realizar un balance de la evolución de los deberes estatales de respeto, garantía y cumplimiento de los derechos, situándolos siempre como integrales, indivisibles, interdependientes, de aplicación directa e inmediata y amparados bajo la prohibición de regresividad. Los informes sobre derechos humanos del PADH se han caracterizado por abordar, desde una perspectiva crítica y propositiva, a la vez que plural y participativa, la información disponible sobre la actuación estatal en materia de desarrollo normativo, políticas públicas, y de garantías jurídicas y jurisdiccionales, enfatizando en los ejes de análisis de justicia, seguridad y ambiente, e incorporando otros temas específicos. En los informes se analizó el nivel de adecuación de la actuación estatal a la Constitución y a los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos; para esta tarea, el PADH ha diseñado e implementado instrumentos de registro de información, como las bases de seguimiento de prensa, conflictividad, normativa, garantías, estados de excepción, producción especializada en derechos humanos y recomendaciones internacionales, que permiten el análisis comparativo y contribuyen a identificar la evolución, el estancamiento o retroceso de las acciones estatales en el tiempo, y permiten formular conclusiones y recomendaciones. Este informe consolidado de los cinco años integra ocho acápites, dedicados a la exposición de objetivos y metodología; el análisis del estado de situación del acceso a la información; de la conflictividad; el desarrollo normativo; de la justicia; de las políticas públicas; de la seguridad integral y los derechos de la naturaleza; formulando conclusiones y recomendaciones generales, que se complementan con la bibliografía y anexos. El PADH expresa el reconocimiento y gratitud a todas las personas de la sociedad civil, de la academia y de las entidades del Estado que han contribuido con sus aportes a la generación de los informes durante estos cinco años. De igual manera que los informes anteriores, este se encuentra disponible en el sitio web ‹http://www.uasb. edu.ec/padh.php› o ‹http://www.repositorio. uasb.edu.ec›.

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El respeto a la dignidad del ser humano pasa por el reconocimiento, el cumplimiento y el ejercicio de sus derechos, asumidos como una obligación primordial de los Estados bajo una comprensión integral y que considere los criterios de diversidades, equidad y justicia. Horizonte de los derechos humanos. Ecuador 2012, expone y analiza temáticas relevantes de 2012, como son: la reforma a la administración de justicia; la caracterización de la conflictividad; el caso Los diez de Luluncoto; la sentencia sobre el caso La Hora; sobre casos graves de violación a derechos humanos, los estados de excepción; la política petrolera y las nuevas concesiones; el caso Texaco; el caso Sarayacu; el extractivismo minero; la participación ciudadana; los procesos de consulta previa y prelegislativa; la movilidad humana y el caso Assange; el femi[ci]dio; mujeres privadas de la libertad; el acceso a la educación y la discriminación; el derecho a la alimentación; el derecho al trabajo; derechos lingüísticos; y sobre la importancia de discutir la relación entre salud, producción abusiva y la judicialización. También se incorporan los dos artículos presentados por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y el Ministerio Coordinador de la Política Interna y Externa. Sin duda, este libro constituye un aporte importante para la reflexión sobre la situación de los derechos humanos. Reúne las reflexiones de diversas organizaciones, colectivos y académicos; realizadas por docentes, profesionales y activistas que trabajan en el campo de los derechos humanos y de la naturaleza en diferentes áreas. Desde una lectura crítica y propositiva, se plantean aportar en la construcción de un Estado y sociedad basados en el respeto, garantía, protección y el desarrollo progresivo de los derechos humanos. La esperanza va más allá de las hojas de papel, los sueños rebasan las páginas de la Constitución. Respetar la dignidad de las personas y colectivos, y lograr una convivencia respetuosa o al menos caminar hacia ella, es imprescindible y mucho depende de lo que hagamos como sociedad y de lo que el Estado haga para habilitar ese camino, para proyectar aquello que se requiere transformar, a partir del goce de los derechos y de las demandas expresadas, sentidas por cada grupo humano que convive en el país y de la población nacional que se encuentra fuera de él. Este ejercicio de investigar para informar que cada autor y autora de los artículos ha realizado, nos hace reconocer lo olvidado y negado; reorientar el conocimiento; afirmar la unidad de lo fragmentado y permite que expresemos lo impensable del horror del miedo a la exclusión (Piedad Vásquez Andrade). Les invitamos entonces a explorar y sentir estos textos, despejar este sendero y caminar hacia el horizonte de lo soñado.

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El estudio de “La Delegación de los Servicios Públicos a la Economía Popular y Solidaria en el Ecuador”, se ha centrado en la delimitación conceptual y ubicación jurídica de los servicios públicos, y en el reconocimiento del nuevo sector económico denominado economía popular y solidaria, conforme la Constitución de la República del Ecuador vigente y la legislación aplicable. Como consecuencia, se logra conocer el alcance de la delegación por excepción a la economía popular y solidaria en la prestación de los servicios públicos; y, sus efectos en el desarrollo social y económico frente a la participación estatal, privada, mixta y comunitaria, conforme la Constitución del 2008. En vista de la amplitud del tema central, cuyo abordaje requiere la compresión de estas dos figuras, en todo su contexto, aparecen algunas limitaciones para su análisis, sobre todo por los tecnicismos, especialmente de índole económico, que rebasan la aplicación del derecho, por lo que se ha visto necesario contar con mayores estudios especializados que los aborden, para que complementariamente y en un segundo momento de estudio, se determine en forma global su alcance y efectos en la prestación de losservicios públicos. Sin embargo, se ha logrado inferir la aplicación de casos concretos por parte de los actores de la economía popular y solidaria, que cotejados con las normas del ordenamiento jurídico y la doctrina de pensadores especialistas, deducen máximas generales concluyentes para este estudio. Logrando concluir en que jurídicamente y pese a la visión estatista que se plantea en la Constitución, es factible la intervención del sector económico popular y solidario, como actor en la prestación de los servicios públicos, de forma directa en las actividades prestacionales de educación, salud y comunitarias; y, excepcionalmente por delegación en cuanto a las actividades que se enmarcan en el amplio segmento de los denominados sectores estratégicos; pero pese a esa posibilidad, prevalece la necesidad de la revisión de la ley orgánica específica, regulación administrativa e implementación de políticas públicas, a fin de que se den las condiciones adecuadas para que este acertado avance, en la práctica, no quede sin una efectiva aplicación.

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M.R. Rocha-Pereira, A.E. Klar, D. Martins, G.S. Ferreira de Souza, and J. Villalba. 2012. Effect of water stress on herbicide efficiency applied to Urochloa decumbens. Cien. Inv. Agr. 39(1): 211-220. This project aimed to measure the control efficiency of Acctil Coenzime A Carboxilase (ACCase)-inhibiting herbicides post-emergence applied to Urochloa decumbens (Stapf) R.D. Webster under different soil water contents. The experiment was conducted in a greenhouse at the Department of Plant Production, Faculty of Agronomic Sciences, UNESP, Botucatu, Silo Paulo. The experimental design was a completely randomized design with four replications, consisting of a 9 x 4 factorial, combined with three water management systems (-0.03, -0.07 and -1.5 MPa) and three herbicides (fluazifop-p-butyl, haloxyfop-methyl and sethoxydim + oil using four doses (100, 50, 25 and 0% of the recommended dose). Herbicide applications were conducted at two vegetative stages for all species: a 4-6 leaf stage and a 2-3 tiller stage. The physiological parameters evaluated were as follows: photosynthetic rate, stomatal conductance, transpiration, leaf temperature and plant dry matter. The visual assessments of phytotoxicity were performed 28 days after herbicide application. The control efficiency was lower in plants grown under soil water potential conditions of -1.5 MPa, regardless of the herbicide used during the two application stages; however, none reached 100% control. Fractionation of the recommended herbicide doses reduced effectiveness, with the exception of the 50%-dose application of sethoxydim and fluazifop-p-butyl herbicides, which were also effective in the 4-6 leaf plant control under normal water conditions.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: O pinçamento infra-renal da aorta abdominal pode produzir alterações renais. O objetivo do estudo foi avaliar os efeitos do halotano, isoflurano e sevoflurano sobre a função renal, em cães submetidos a pinçamento aórtico infra-renal. MÉTODO: O estudo aleatório foi realizado em 30 cães, distribuídos em três grupos, de acordo com o anestésico halogenado utilizado durante a anestesia, em concentrações equipotentes de 0,75 CAM: GH (n = 10) - halotano a 0,67%; GI (n = 10) - isoflurano a 0,96%; e GS (n = 10) - sevoflurano a 1,8%. em todos os animais foi realizada ligadura infra-renal da aorta, por período de 30 minutos. Os atributos renais foram estudados nos momentos: C (controle), após 15 (Ao15) e 30 (Ao30) minutos de pinçamento aórtico, e após 15 (DAo15) e 30 (DAo30) minutos do despinçamento aórtico. RESULTADOS: A depuração de água livre foi menor nos grupos GI e GS, em relação ao GH, após o despinçamento aórtico (p < 0,05). Durante o pinçamento aórtico, nos três grupos, houve aumento do débito urinário, da excreção urinária de sódio e da depuração de sódio, e diminuição da osmolaridade urinária (p < 0,05). A resistência vascular renal e a fração de filtração aumentaram somente em GS (p < 0,05), enquanto a excreção fracionária de sódio aumentou em GH e GI (p < 0,05). Após o despinçamento aórtico, houve normalização dos atributos que haviam se alterado, com exceção da osmolaridade urinária, que continuou em níveis menores do que os do controle em todos os grupos (p < 0,05). A resistência vascular renal e a fração de filtração continuaram mais elevadas em GS, acompanhadas por diminuição do fluxo sangüíneo renal e da depuração de para-aminohipurato de sódio (p < 0,05). CONCLUSÕES: No cão nas condições experimentais empregadas, a inalação de halotano e isoflurano a 0,75 CAM, mas não de sevoflurano, atenuou a principal alteração após o pinçamento infra-renal da aorta, que é o aumento da resistência vascular renal.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: O pinçamento infra-renal da aorta abdominal pode produzir alterações hemodinâmicas. O objetivo do estudo foi avaliar os efeitos do halotano, isoflurano e sevoflurano sobre a função cardiovascular, em cães submetidos à pinçamento aórtico infra-renal. MÉTODO: O estudo aleatório foi realizado em 30 cães, distribuídos em três grupos, de acordo com o anestésico halogenado utilizado durante a anestesia, em concentrações equipotentes de 0,75 CAM: GH (n=10) - halotano a 0,67%; GI (n=10) - isoflurano a 0,96%; e GS (n=10) - sevoflurano a 1,8%. em todos os animais foi realizada ligadura infra-renal da aorta, por período de 30 min. Os atributos hemodinâmicos foram estudados nos momentos: C (Controle), Ao15 e Ao30, respectivamente após 15 e 30 minutos do pinçamento aórtico, e DAo e DAo15, respectivamente, imediatamente e após 15 min do despinçamento aórtico. RESULTADOS: Durante o pinçamento aórtico houve, em todos os grupos, aumento das pressões arterial média e do átrio direito, e dos índices cardíaco, sistólico e de trabalho sistólico dos ventrículos direito e esquerdo. A pressão da artéria pulmonar aumentou em GI e GS e a pressão pulmonar ocluída em GH e GI. Após o despinçamento aórtico, houve normalização dos atributos que haviam se elevado, com exceção dos índices cardíaco e sistólico, que continuaram elevados, acompanhados de diminuição do índice de resistência vascular sistêmica. Não houve diferença significante entre os grupos em relação aos atributos estudados, com exceção da freqüência cardíaca que foi sempre menor em GH, em relação aos demais grupos, durante o pinçamento e despinçamento aórtico. CONCLUSÕES: No cão, nas condições experimentais empregadas, a inalação do halotano, isoflurano e sevoflurano em concentrações equipotentes (0,75 CAM) não atenua as respostas cardiovasculares ao pinçamento aórtico infra-renal.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: A separação de gêmeos unidos causa grande interesse devido à complexidade da anestesia e cirurgia, à raridade da patologia e às poucas chances de sobrevida. O objetivo desta descrição é o de contribuir para a literatura existente, relatando os desafios encontrados por nossa equipe no atendimento à cirurgia-anestesia de separação de gêmeos isquiópagos. RELATO do CASO: Pacientes gêmeos, nascidos a termo, de parto cesariano, pesando juntos 5.100 g, classificados como isquiópagus tetrapus. Duas equipes anestésico-cirúrgicas estavam presentes, sendo o procedimento anestésico esquematizado com aparelho de anestesia, cardioscópio, capnógrafo, oxímetro de pulso, termômetro elétrico, estetoscópio esofágico, todos em dobro. Realizou-se indução anestésica com halotano e fentanil, com os gêmeos em posição lateral e com rotação da cabeça em 45º para facilitar a intubação traqueal. Os recém-nascidos foram mantidos em ventilação controlada manualmente, utilizando o sistema de Rees-Baraka. A anestesia foi mantida com halotano, oxigênio e fentanil. Durante o per-operatório, foram encontrados órgãos abdominais duplos, com exceção do cólon, que era único. As bexigas e os ísquios estavam ligados. Ao final da cirurgia as duas crianças apresentavam-se com sinais vitais estáveis. Os gêmeos permaneceram na Unidade de Terapia Intensiva (UTI) Neonatal por quatro semanas e receberam alta em bom estado geral. CONCLUSÕES: Ressalta-se a importância do entrosamento da equipe, do estudo retrospectivo multidisciplinar, da monitorização adequada e acurada observação clínica; todos esses fatores contribuíram para a boa evolução e alta dos gêmeos.