523 resultados para Plan Colombia
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En este segundo documento de trabajo elaborado por el Semillero de Políticas Públicas se ha desarrollado un ejercicio de investigación formativa que tuvo dos propósitos fundamentales: a) entender el asunto de la reconciliación en Colombia como un fenómeno complejo que puede y debe ser abordado desde distintos frentes de política pública, y b) reconocer el esfuerzo que están haciendo algunos municipios en Colombia para lograr resultados concretos de reconciliación. En esta medida, hemos basado nuestro análisis en el trabajo previo de la Comisión de Conciliación Nacional, que elaboró en el año 2010 un Acuerdo Nacional para la Reconciliación y la Paz en Colombia. Según la entidad, “a través de conversatorios, foros públicos regionales, divulgación en medios y foros virtuales, se construyó de manera consensuada un Acuerdo de Mínimos por la Paz y la Reconciliación, que cuenta con la participación de prácticamente, todos los sectores de la sociedad, del ámbito público y privado; de la sociedad civil, la academia y el gobierno; de organizaciones de origen nacional como internacional” (Comisión de Conciliación Nacional, 2016, Consulta electrónica).
Derechos humanos de la población desplazada en Colombia. Evaluación de sus mecanismos de protección.
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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.
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Resumen tomado de la publicación
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Los objetivos esenciales que van marcando los contenidos del estudio son: diseñar un currículo para cada una de las seis subregiones en que está dividido del Departamento de Sucre, según sus exigencias, intereses y necesidades; mejorar la calidad de la educación en dicha región; determinar el perfil del bachiller que se pretende formar; contribuir al desarrollo socio-económico del Departamento; poner en marcha la propuesta y evaluarla con el fin de obtener información que permita un continuo perfeccionamiento del proceso. Se parte del análisis que anualmente se lleva a cabo en los colegios una vez que se han publicado los resultados de las llamadas Pruebas de Estado y del Plan de Desarrollo de Sucre (1993-1997) que incluye el Plan de Desarrollo Educativo. Contempla cuatro modalidades de bachillerato para la educación básica secundaria y media técnica, de acuerdo con las características de cada subregión: Producción agroindustrial, Promoción turística, Pesca, y Producción industrial y comercial. Presenta los objetivos específicos, el perfil del egresado y el plan de estudios para cada una de las opciones. Apuesta por una metodología ecléctica que recoja principios de los modelos desarrollista, marxista, del aprendizaje por descrubrimiento y de otros.
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Se aborda el plan de convalidación de estudios cursados en los países de Colombia y la República Dominicana, la equivalencia de títulos con Epaña; la convalidación de estudios de Bachiller y la convalidación de títulos superiores y ejercicio profesional entre España y estos dos países.
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Conocer las diferencias y similitudes, en la formación gerontológica en psicología, en los países de España y Colombia. El trabajo se desarrolla a través de un estudio histórico-comparado. Para ello se parte de un análisis independiente de la historia de la gerontología en cada uno de los países de estudio. Junto a este estudio, se incluye la opinión de los agentes de la comunidad educativa -decanos o directores, docentes y egresados de las asignaturas de gerontología que se imparten en las universidades de España y Colombia. Para ello, se elaboran encuestas semiestructuradas que son validadas por jueces expertos -psicólogos y gerontólogos-. La muestra utilizada para este estudio, queda constituida en el caso de Colombia, por cinco decanos, cuatro docentes y seis egresados, de las universidades de: Universidad Católica de Colombia, Universidad El Bosque, Universidad Nacional, Universidad la Sabana, Universidad de San Buenaventura de Medellín y Universidad Javeriana. En España la muestra la constituyen: once decanos, quince docentes y quince egresados, de las universidades de: Universidad de Salamanca, Autónoma de Madrid, Deusto, Granada, Jaume I, La Laguna, Oviedo, País Vasco, Ramón Llull, SEK y Valencia. El trabajo finaliza con la comparación de los resultados obtenidos en España y Colombia. Colombia, en relación con España, fue la primera en institucionalizar la Psicología (1949) y en incluir los temas sobre envejecimiento y vejez en el plan de estudios tanto en la asignatura troncal de Psicología evolutiva, así como en los seminarios y optativa. Sin embargo, en la actualidad España tiene una amplia y variada oferta con varios niveles en los que se tratan los temas de envejecimiento y vejez, desde cursos de postgrados hasta doctorados, mientras que en Colombia solo se cuenta con un máster y un doctorado.
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Resumen basado en el de la publicación
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Analiza la experiencia del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA de Colombia en lo relacionado a su aporte a la capacitación para la organización y participación comunitaria en la ejecución del plan para la erradicación de la pobreza y para la generación de empleos