740 resultados para Maestros -- Sueldos, pensiones, etc. -- Aspectos jurídicos -- Colombia


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Averiguar en qué medida afectó la Ilustración a la educación en Navarra y más concretamente en Pamplona y en relación a la educación de la mujer. Se estudió primero el contexto histórico de la educación en la España ilustrada para tratar después la Enseñanza Primaria en Pamplona: aspectos jurídicos, organizativos, y cuantitativos, los fines y contenidos de la educación. El núcleo del trabajo está constituido por un estudio de la educación de la mujer en Pamplona en una época en que Navarra conservaba una independencia jurídica en materia de educación. Documentación sobre instrucción pública en archivos (Municipal de Pamplona, General de Navarra y Diocesano de Pamplona). Existe en Pamplona en aquella época un control de la enseñanza por parte de los organismos dirigentes que abarca todos los aspectos de la vida escolar. Los rasgos ilustrados que se aprecian en esta población son el afán de limitar y controlar la enseñanza privada y el de extender la educación a toda la población con fines utilitarios, sin embargo la tendencia hacia la secularización propia de la Ilustración apenas tendrá eco en Pamplona, donde las creencias religiosas impregnan toda la educación. La educación de la mujer empieza a adquirir un auge extraordinario y sus programas de estudio se van haciendo más completos hasta igualarse prácticamente con los masculinos. Las fuentes examinadas dan noticia de la existencia de algunos rasgos ilustrados en la enseñanza pero sobre todo de la existencia de una auténtica realidad educativa en Pamplona.

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Analiza las conclusiones de las jornadas celebradas por FERE-CECA en relación al Anteproyecto de Ley Orgánica de Educación en las cuáles se analizó y estudió los aspectos jurídicos y pedagógicos de este anteproyecto presentado por el Gobierno. Como conclusión señala que el anteproyecto no está consensuado ni social ni políticamente, por lo que según su propia valoración quedaría invalidado para mejorar la calidad de nuestro sistema educativo.

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Monográfico con el título: 'Perspectiva educativa y cultural de 'juego de rol'. Resumen basado en el de la publicación

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Artículo dedicado a generalidades sobre la temática de la educación de los sordomudos. Se comentan aspectos de los sordomudos desde el punto de vista de la divulgación pedagógica. Seguidamente, se dan detalles sobre el invento de Karl Devantier que convertía las ondas sonoras en luz, para transformar las palabras en haces de luz que pudieran entender los sordomudos. También se trata la rehabilitación profesional de los alumnos sordomudos en talleres donde aprenden una profesión. A continuación, se discuten algunos aspectos jurídicos sobre los sordomudos como la conveniencia de los matrimonios entre sordomudos o cómo proceder en una accidente de tráfico provocado por un conductor sordomudo. Las colonias de vacaciones y la vida societaria de los sordomudos, ocupa otro espacio de la crónica. Por último, se comenta brevemente la vida de una religiosa dedicada a la educación de los sordomudos y la audiencia que un grupo de nuevos profesores españoles de sordomudos tuvieron ante el Papa Pío XII.

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Plantea el estudio del lenguaje del niño en diferentes contextos comunicativos y el efecto que tiene el interlocutor y el material sobre la producción lingüística. Conocer la valoración que efectuan los niños del aprendizaje, y las relaciones entre métodos de aprendizaje e interiorización que el niño hace de éste. Recoger las opiniones de los maestros acerca de los aspectos más importantes del aprendizaje oral y escrito y los factores que ocasionan problemas de aprendizaje. Niños de último curso de Preescolar y de primero de EGB. Selección de 7 colegios de Barcelona capital y alrededores. En cada uno, selección de 6 niños de cada nivel: dos alumnos buenos, dos medios y dos malos; efectuada por la maestra correspondiente. Observación en contextos comunicativos: juego espontáneo de dos en dos en el cual el experimentador entrega un juego, procediendo a grabar las interacciones y utilizando un código de observación. Se interroga al niño sobre qué estaba haciendo y se le pide un dibujo de ello. Ordenación de una historia compuesta por cuatro secuencias: se pide verbalizarla y dibujarla. Evaluaron actitudes de la relación maestro-alumno (observación del maestro y los recursos didácticos que utiliza), lectura del grupo (individual y colectiva) y escritura (libre, dictado y copia). Aplicaron dos cuestionarios: niños, evalúa la interiorización de los aprendizajes, valoración y actitudes de los niños hacia los mismos (preguntas orales y grabación de respuestas). Maestros, evalúa la concepción pedagógica que tienen del lenguaje. Las variables consideradas han sido: nivel escolar, pedagogía del lenguaje de cada centro, relaciones maestro-alumno y presencia de otra lengua. De las situaciones de juego y descripción de una historia, se observa que los niños hacen uso predominante de la coordinación y de la yuxtaposición. Usan el relato y la narración y tiempos verbales pasados. En el cuestionario se observa que hay una mejor comprensión de palabras que de letras. No son capaces de definir bien pero reconocen, lo que hace suponer que poseen un conocimiento funcional, ya que, además, suelen utilizar ejemplos a modo de definición. Respecto a los maestros, su objetivo principal es que el niño se exprese bien y adquiera vocabulario. Conceden gran importancia a la familia en relación con las dificultades de aprendizaje. Con independencia de la metodología del maestro (global, sintética o mixta), el aprendizaje se fundamente en el descifrado. Los métodos y objetivos son más claros en el lenguaje escrito que en el oral. No hay una continuidad en la metodología aplicada entre los dos cursos estudiados. La relación maestro-alumno es jerárquica y directiva, aunque hay excepciones según el ideario pedagógico. Los alumnos con aprendizaje más rápido son mejor considerados por los maestros. En las situaciones de intercambio lingüístico directivo (adulto-niño) se observa que los alumnos de nivel más bajo suelen tener un lenguaje menos fluido que cuando interactuan con sus compañeros. Sucede lo contrario con alumnos altos.

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Expone la adaptación de un test que mide uno de los constructos que ha mostrado mayor consistencia en la predicción de sesgos del jurado, el constructo conocido como Autoritarismo Legal.El constructo autoritarismo legal es uno de los más utilizados en la investigación sobre detección de sesgos de los miembros del jurado y una de las variables psicosociales que han presentado un mejor funcionamiento en la predicción de las tendencias de veredicto, siendo uno de los indicadores más utilizados. En el marco de la adaptación del test, se incorporará el estudio de procesos judiciales, simulando los juicios con jurado que prevé la legislación. Se pone a prueba la estructura dimensional del test, tanto desde un punto de vista teórico como empírico. Finalmente se quiere establecer la utilidad de este tipo de variables para la predicción de tendencias de veredicto, en condiciones de tipos penales de robo y homicidios y en circunstancias de juicio individual. Se puede dividir la investigación en cuatro partes: 1) Se presenta una revisión de los aspectos jurídicos y psicosociales, haciendo especial hincapié en los principales que sustentan al jurado español, así como en la exposición de la fase de selección de los miembros del Jurado que estipula nuestra legislación. 2) Se centra en la traducción del test cuestionario de actitudes legales desde una perspectiva transcultural que exponemos brevemente, seguida de una primera evaluación estadística de los ítems del test original. 3) Se establece la estructura factorial del test a través de diferentes muestras de la población general, así como su fiabilidad, mediante los índices derivados del análisis factorial confirmatorio. A su vez se ponen a prueba diferentes métodos de estimación para los modelos de ecuaciones estructurales, en concreto máximo verosímil, mínimos cuadrados ponderados y el ajuste Yuan-Bentler, para mínimos cuadrados ponderados. A partir de la determinación factorial de la fase anterior se realiza un nuevo estudio para profundizar en la validez del test en una situación de determinación de veredictos de jurados en dos casos de robo, y se generaliza, simulando el procedimiento de la determinación del hecho delictivo en la legislación española sobre dos casos de homicidio reales con presentación en vídeo. 4) Se concluye que la medida utilizada puede considerarse como adecuada desde el punto de vista psicométrico y aplicado.

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Se realiza un estudio sobre la metodología necesaria para la edición musical y futura distribución con el apoyo de un sistema informático. Este análisis no se centra exclusivamente en aspectos técnicos de empleo y manejo de una herramienta informática, se tienen en consideración el origen y evolución de determinados elementos que componen una partitura, así como su contextualización dentro del campo del lenguaje musical. Dentro del proceso de edición de una obra se debe tener en cuenta aquellos aspectos jurídicos que se relacionan directamente con el proceso de edición de una obra, como es el derecho a citar ejemplos de otros autores con un fin de análisis o comentario y el derecho que, como creador de su obra, tiene para proteger la misma mediante su registro en la Propiedad Intelectual. Este estudio se halla dividido en tres partes: la edición de partituras, edición de textos musicales y aspectos jurídicos. De la necesidad de un compositor de dominar un programa de edición de partituras para la publicación de su obra, se escoge el programa 'Finale 2001' de la empresa 'Codamusic' por ser el programa más extendido entre particulares y empresas de edición. Se centra en el desarrollo de la edición de partituras a partir de un tipo de notación convencional. En segundo lugar se desarrollan los procedimientos básicos para el diseño y maquetación de textos a través del programa informático que más regularmente se emplea en las imprentas el 'QuarXPress' que permite conocer aquellos aspectos relativos con la elección del tipo de letra más adecuado para la edición de un libro, su diseño y maquetación. Por último, el registro de la obra de autor forma parte fundamental del proceso de edición de una obra original y vinculada a la Propiedad Intelectual. El aprendizaje por parte de un musicólogo, compositor y autor, y las posibilidades que proporcionan las llamadas nuevas tecnologías y más concretamente el empleo de un software informático dedicado a la edición de partituras y textos musicales, favorecerá en un corto plazo de tiempo la publicación de un mayor número de obras de investigación y de creación musicales totalmente desarrolladas por sus propios autores los cuales tendrán el beneficio de poder publicar sus obras, ya sea de manera autónoma o mediante una editorial, con mayor celeridad que cuando este proceso depende de terceras personas.

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El debate social suscitado como consecuencia de la implantación de la asignatura Educación para la Ciudadanía, se ha trasladado a los tribunales y es en ese ámbito donde se están resolviendo las controversias surgidas en torno al derecho a la objeción de conciencia de los padres para que sus hijos no queden obligados a cursar esa asignatura por considerar que vulnera determinados derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Por ello lo que pretende el estudio en primer lugar es ofrecer una visión de la implantación de esta asignatura, centrando la atención de forma especial en los aspectos jurídicos. En segundo lugar, contribuir a esclarecer el debate social aportando un análisis de los fundamentos de derecho de las sentencias recaídas, facilitando una mejor comprensión de la introducción de la disciplina y de las vicisitudes del procedimiento judicial que continúa abierto. Se trata de una investigación que ha seguido el siguiente proceso metodológico: en primer lugar se ha realizado un análisis documental y legislativo, en segundo lugar se realizado una interpretación doctrinal de las disposiciones legales sobre la materia, y por último se ha utilizado el método comparado en el cotejo y análisis de las sentencias sobre el tema. La asignatura Educación para la Ciudadanía, obligatoria para todos los alumnos de Educación Primaria y Secundaria, en la forma que es regulada por la Ley Orgánica de Educación, y sobre todo por los Reales Decretos que la desarrollan, se enfrenta con obstáculos constitucionales como el derecho a la libertad de enseñanza y el de la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y comunidades. El Estado no puede introducir como obligatoria en la enseñanza una asignatura cuyos principios inspiradores, objetivos pedagógicos y contenidos y criterios de evaluación, vayan dirigidos teórica y prácticamente a la formación moral de los alumnos. La imposición legal de una asignatura obligatoria de formación antropológica y moral con carácter general para todos los alumnos, significara el no cumplimiento del Artículo 27 de la Constitución Española. Choca en el derecho a la libertad de enseñanza de los padres y de los titulares de los centros docentes.

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Conocer las distintas actitudes y comportamientos que los padres tienen con respecto a su hijo deficiente, y en qué medida varían según la edad, el nivel de estudios y el grado de deficiencia. 190 padres con hijos deficientes mentales, perteneciente a tres provincias: Burgos, Valladolid y Vizcaya. Estudio que trata de acercarnos a la problemática actual que entraña la presencia de un deficiente en el seno familiar, basándose en el análisis de datos concretos. El contenido de esta investigación se centra fundamentalmente en el material recogido a través de un cuestionario, aplicado a los padres con hijos deficientes. El cuestionario consta de dos partes fundamentales. La primera de ellas, está compuesta por una serie de preguntas sencillas, relativas a los datos personales del encuestado, así como los datos de su hijo. La segunda parte está compuesta por 25 ítems. Como modelo de pregunta opta por los ítems de opción múltiple, cada uno de los cuales consta de un número distinto de opciones y éstas varían en cada caso. 1) La educación de los hijos corresponde principalmente a los padres aunque no hay que olvidar el papel que ejercen los hermanos y el resto de la familia con respecto al deficiente. 2) El inesperado nacimiento de un hijo deficiente mental puede provocar en muchas ocasiones, una serie de actitudes en los familiares que en nada benefician la situación. Sin embargo, debemos ser conscientes de que siempre serán actitudes y como tales la posibilidad de cambio existe. 3) El papel de la sociedad es muy importante. Para ello, tendrá que realizarse un trabajo en común entre los distintos especialistas, médicos, maestros, psicólogos, pedagogos, etc, en colaboración con los padres por ser éstos los principales protagonistas. 4) a gran mayoría de los padres ven como solución más aceptada enviar a su hijo deficiente a un centro pero volviendo a casa todos los días. Menos son los que prefieren el internado y muy pocos los que quieren que viva constantemente en casa. 5) El nacimiento de un hijo deficiente no parece fluir en los padres a la hora de tener más hijos. Esto se afirma con más frecuencia a medida que la edad de los padres avanza y el nivel de estudios es inferior, sin que el grado de deficiencia de los hijos tenga mucho que ver. 6) La mayor parte de los padres reconocen la importancia de la gratificación cuando sus hijos realizan alguna tarea. Aunque parece ser más frecuente a medida que el nivel de estudios es superior o no influyendo para nada la edad ni el grado de deficiencia. 7) Dentro de las soluciones que los padres prefieren para el futuro de sus hijos deficientes, destacan la protección económica y la aceptación social, en menor grado la rehabilitación.

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La educación en nuestro país, después de largos años de deterioro, se encuentra atravesando por una etapa de cambios, entre los que se encuentra el proceso de renovación de las autoridades educativas, proceso que fuera establecido en el Decreto Ejecutivo No. 708 de 5 de noviembre de 2007, mediante el cual se efectúan reformas al Reglamento a la Ley de Carrera Docente, disponiéndose que en aplicación del principio constitucional de la alternabilidad, el período de permanencia en los cargos directivos de establecimientos educativos públicos, será de 4 años, pudiendo ser reelegidos por un período más. En la normativa anterior nada se decía al respecto, razón por la cual quienes se encontraban en ese momento desempeñando las funciones de rector, vicerrector, inspector general, directores de escuelas, interpusieron los recursos de los que se creían asistidos, para defender sus derechos supuestamente conculcados, como por ejemplo su derecho a la estabilidad. Esto ha motivado mi interés por desarrollar el presente tema de investigación, y en su proceso pretendo establecer las ventajas y desventajas de dichas reformas. A mi juicio la alternabilidad debe darse y aplicarse no solo para los cargos directivos de establecimientos educativos sino en todas las áreas del sector público, para evitar el abuso de poder y renovar el liderazgo, dando relevancia al surgimiento y oportunidad de nuevos profesionales, cuatro años son suficientes para que un profesional demuestre su capacidad.

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Desde hace alguno años atrás, los servicios móviles se han convertido en una herramienta indispensable en nuestras vidas, esto es una realidad de tal forma que en países desarrollados empieza a disminuir el número de teléfonos fijos, mientras que el número de teléfonos móviles sigue en aumento. Esta realidad no solo que no se presenta en nuestro país, el asunto es más crítico, los usuarios en ciertos lugares del territorio nacional no tienen otra opción para comunicarse que el teléfono móvil. Esta es la principal motivación para que en esta Tesis se plantee la necesidad de incluir obligaciones de servicio universal para las operadoras de servicios móviles en el Ecuador. La Tesis realiza un estudio de los conceptos y principios del servicio y acceso universal, así como también se ha realizado una revisión acerca de la opinión de los principales Organismos de telecomunicaciones en el mundo, a fin de conocer cuál es su posición respecto a los servicios móviles como una herramienta que promueva y extienda el servicio universal. Se ha realizado un planteamiento jurídico y técnico para promover la expansión del servicio universal, principalmente buscando aprovechar la infraestructura instalada por las operadoras móviles, pero el aporte regulatorio más importante es que a fin de que sea aplicable la propuesta es indispensable la presencia de organismo regulador fuerte y altamente capacitado para que realice los estudios necesarios y los planes a corto, mediano y largo plazo que se requieren para cumplir con éxito la tarea de llevar el servicio universal a todos los habitantes del país.

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El desarrollo de este trabajo de investigación consiste en un análisis doctrinario de los diversos criterios de atribución de potestad tributaria; toda la información recolectada será procesada de tal forma que inicialmente a través de la doctrina se analizará los criterios de atribución de potestad tributaria, posteriormente utilizando las directrices y recomendaciones de los organismos internacionales determinar cual es el criterio de imposición adecuado a las actividades comercio electrónico, siempre resguardando la soberanía fiscal de todos los Estados que asegure un reparto equilibrado de la base imponible; para llegar a conclusiones válidas sobre estas cuestiones nos referiremos a los tributos que gravan el comercio electrónico, nos centraremos en el impuesto que recae sobre la renta. En primer lugar abordaremos las nociones generales del impuesto a la renta tanto de personas naturales, de las sociedades y de los no residentes; luego se consideraran las nociones generales del comercio electrónico, discutiremos si es bien o servicio las transacciones realizadas en el comercio electrónico, que incidencia tiene que los bienes o servicios objeto de las transacciones comerciales circulen por la red o no y haré una breve descripción de los principios tributarios aplicables al comercio electrónico; en tercer lugar me referiré al ejercicio de la soberanía de los Estados, al ejercicio de la potestad tributaria y a los diversos criterios de atribución de potestad tributaria para someter a imposición las transacciones del comercio electrónico, hablaré brevemente sobre el establecimiento permanente, su relación con el servidor y la página web; en cuarto lugar hablare de ciertos problemas que presenta la fiscalidad del comercio electrónico en el ámbito de la imposición sobre la renta, dentro de los cuales esta la dificultad para localizar las actividades comerciales; y, por ultimo expondré, algunas de las soluciones ofrecidas por organismos internacionales.

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La normativa relativa a las patentes de invención ha rebasado las fronteras de los Estados nacionales. Lo que se entiende como invención (regulado de manera implícita al menos), la materia patentable, las excepciones a la patentabilidad, la duración del período de explotación exclusiva que se le concede al inventor sobre su obra producto del intelecto (estándar mínimo, no puede ser inferior), lo que se entiende como explotación, los conceptos de novedad, nivel inventivo, aplicación industrial (regulados de manera implícita al menos), constituyen preceptos uniformes vigentes para la humanidad toda. La afirmación contenida en el párrafo anterior se la debe entender con ciertos límites. Por ejemplo, los distintos Estados pueden excluir como materia patentable al material biológico (con excepción de los micro organismos), ciertos aspectos de la institución de la licencia obligatoria quedan a la libre elección de los Estados, incluso el optar por establecerla, los distintos Estados pueden regular por sobre los acuerdos “mínimos” logrados, etc. Aspectos de importancia, pero no los definitivos a la hora de configurar la protección concedida a las patentes de invención, su objeto y alcance. Por ejemplo, el principio que manda a que se concedan patentes sin importar el ámbito de la tecnología en que sea aplicable la invención, es inequívocamente universal (existe margen para excepciones, reguladas claro). Lo anterior se logró por la aprobación del Acuerdo ADPIC, las siglas en español del acuerdo global que rige la materia, vigente en el mundo entero (aquello es inminente e irrefutable). Este convenio en su segunda década de vigencia ha conseguido efectivamente homologar las más dispares legislaciones a nivel mundial y dar pie al actual régimen global, que este estudio critica. Bajo este escenario queda corto cualquier trabajo que al abordar el tema se refiera únicamente a lo interno, ya que las regulaciones al respecto trascendieron este ámbito. Es así que en un intento por construir un sistema justo, objetivo que constituye el fin último de la Ciencia Jurídica, este trabajo propone modificar las regulaciones globales sobre la materia. Se reconoce para el efecto, por supuesto, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado internacional de bienes intangibles, por lo cual se debe ratificar la homologación y universalidad de la normativa sobre las patentes de invención. Es así que contemplando una normativa universal, utilizando como punto de partida el Acuerdo ADPIC, se plantea que la duración de la protección otorgada por una patente de invención, al nacional de cualquier país, dentro de un determinado Estado dependa de la capacidad económica de los habitantes del mismo (correctivo principal). Básicamente cambiará el hecho de que todos los Estados miembros estén obligados a otorgar 20 años de protección, con la introducción de un sistema en que el plazo de protección que otorgue un determinado Estado, tenga relación a la capacidad económica de sus habitantes. Es decir, cada quien según su capacidad. Le corresponderá al organismo multilateral que rige la materia determinar los distintos plazos que otorgarán los diversos Estados, tomando en cuenta la capacidad de sus habitantes, en aplicación de parámetros constantes. Se debe tener en cuenta que, dado el estado actual de las comunicaciones, los productos del intelecto en general y las invenciones de manera particular, benefician a la humanidad toda sin distingo del país o región. Por lo tanto, es deber de toda la humanidad el alentar su creación y difusión, eso si, dentro de la capacidad de cada Estado parar hacerlo.

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A partir de una visión positiva y constructiva del término crisis la autora nos introduce a su reflexión respecto al Derecho y a la función de los juristas como investigadores, operadores jurídicos e intermediadores entre la realidad social y la jurídica. La autora analiza, además, la importancia de buscar coherencia entre el Derecho estudiado, el explicado, el aplicado, y las necesidades de la sociedad actual. Se realiza una invitación al jurista para que sea un mediador social, con voluntad de incidir en la sociedad, para ello se da cuenta del cambio de visión del Derecho que pasa por un Derecho de la uniformidad, típico del Estado liberal, a un Derecho de la diversidad, que repara en distintos sujetos y actividades. Se señalan las razones que alejan al Derecho actual de los postulados tradicionales en los que asientan los juristas, concibiéndolo como un derecho de realidades problematizadas que reclaman una solución de conjunto, dentro de la globalización que da las características especiales a la realidad actual.