999 resultados para AJI - INDUSTRIA Y COMERCIO - ESTUDIO DE CASOS
Resumo:
Concebir al emprendimiento como un mecanismo de desarrollo, constituye un objetivo de los países que apuestan a su crecimiento económico sostenido; por lo que, establecer un entorno favorable para su ejecución en el Ecuador, requiere cumplir un ordenamiento jurídico diseñado en base al modelo económico y social propuesto por el gobierno. Para viabilizar este propósito, se promulgó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el cual es analizado en la presente investigación desde un enfoque práctico al contemplar la posibilidad de aplicar y aprovechar los incentivos y beneficios tributarios en un emprendimiento productivo que busca crear una empresa productora y comercializadora de un snack de frutas deshidratadas y frutos secos. En este trabajo se interrelacionan la normativa tributaria y los seis estudios necesarios para el desarrollo de un proyecto (mercado, técnico, organizacional y legal, económico, evaluación financiera e impactos); por lo tanto en la presente investigación se aborda en primera instancia, el entorno económico del país y de forma sustancial la revisión del conjunto de normas de índole tributario contenidas en el COPCI en materia de incentivos y beneficios tributarios, identificando las principales reformas que mediante este cuerpo legal se introdujeron a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento de aplicación. En segunda instancia con el desarrollo de esta investigación, se visualiza entre otros aspectos que es factible en la práctica obtener resultados financieros favorables para los emprendedores, siempre y cuando los réditos obtenidos por los incentivos sean reinvertidos, que las entidades gubernamentales coordinen sus competencias y que se evite cambios constantes en la ley que ponga en riesgo su seguridad jurídica. Por último, esta investigación pretende ser una guía para que los emprendedores utilicen los incentivos tributarios que promueve el COPCI.
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En la última década, el comercio mundial de alimentos ha experimentado un auge importante, principalmente fruto de la creciente demanda de China que incrementó los precios internacionales de los alimentos. En este escenario, los países de América Latina, como exportadores netos de alimentos, se han beneficiado al incrementar sus ingresos por divisas y han ganado un nuevo y creciente socio tanto a nivel comercial como en cooperación. Sin embargo, a largo plazo es necesario formular estrategias conjuntas en la región para la negociación frente a China como bloque y la canalización de la inversión china en sectores con mayor valor agregado y tecnología. Ecuador, como país andino y exportador de alimentos, ha incrementado las relaciones comerciales con China. Sin embargo presenta falencias a nivel estructural y productivo en su industria local por lo que el gigante asiático ha logrado incursionar fácilmente, generando dependencia tanto a nivel comercial como financiero. El presente trabajo analiza la dinámica del comercio de alimentos entre China y los países de América Latina en el siglo XXI, describe las características y actores principales de dicho comercio y se fundamenta en el análisis del sector agrícola chino y sus políticas de desarrollo interno. Detalla las relaciones comerciales existentes entre China y los países andinos tanto a nivel de exportación como de importación de alimentos, analizando el caso de Ecuador y los efectos del flujo de comercio actual sobre su sector agrícola. El contexto implica una coyuntura internacional donde las economías de la región deben plantearse estrategias conjuntas para lograr beneficios mutuos de la creciente relación comercial con China.
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El presente trabajo analiza la factibilidad práctica de la aplicación de la institución jurídica denominada “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” desarrollada por el profesor alemán Claus Roxin como criterio válido para determinar los parámetros de imputación de autoría del hombre de detrás en los casos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010–. Para la consecución de este objetivo macro se ha situado a la investigación en tres estadios, el primero, que se denomina “Doctrina” –Capítulo I– y que corresponde a un análisis doctrinal de los parámetros de autoría y participación en los delitos comunes a la luz de la teoría del dominio del hecho y su clara diferenciación con el tratamiento de los delitos especiales; el segundo, denominado “Legislación Ecuatoriana” –Capítulo II– que corresponde a la adopción de la teoría de dominio del hecho en la legislación ecuatoriana, su relación con la “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” y su correspondencia con los delitos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010– perpetrados en el Ecuador entre 1984 y 1988, calificados como delitos de lesa humanidad; y, el tercero, “Caso Práctico” –Capítulo III– que relaciona los dos estadios anteriores –doctrina y legislación ecuatoriana– con el tratamiento jurídico –desde la autoría y participación– del primer caso de lesa humanidad instrumentado en las Cortes de Justicia ecuatorianas.
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Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.
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Relata la labor llevada a cabo con un grupo de mujeres de la comuna de Pudahuel. El documento resalta aspectos tales como la autovaloracion personal, desarrollo de capacidades de relacion social, el interes por el desarrollo de formas de organizacion de las mujeres, la exigencia por encontrar mecanismos para un mayor desarrollo personal y el despliegue de formas para asumir los problemas de la comunidad.
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[ES]El presente artículo ahonda en el análisis de la realidad acerca de los costes de reponer y utilizar superficies deportivas de césped artificial, centrando sus indagaciones en el caso del fútbol, deporte mayoritario en cuanto a participación en España. La metodología empleada en el análisis se basa en un estudio de casos, buscando esclarecer principalmente, el coste de un único uso por jugador y por equipo en un campo de fútbol de césped artificial. En el estudio que nos ocupa, hemos basado la investigación en dos espacios deportivos completamente opuestos en cuanto a su ocupación, al objeto de conocer el importe económico a satisfacer por cada usuario o equipo. El estudio posee unos objetivos muy concretos que se centran en procesar el análisis y conseguir datos reveladores de la realidad de las superficies sintéticas de fútbol, así como determinar y validar unos indicadores que son la base del estudio.
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Programa de doctorado: Formación del Profesorado (2007/09)
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En el presente trabajo compartimos una experiencia de formación de educadores especiales desde de la Práctica VI: Estudio de Casos del Profesorado de Educación Especial de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de San Luis. El estudio de casos es un método de investigación cualitativa, que en este espacio de formación, se instituye como una estrategia pedagógica para la formación práctica del Profesor de Educación Especial como profesional crítico, dado que posibilita conocer en profundidad una situación educativa en particular, problematizarla y tomar decisiones acerca de las intervenciones educativas. Consideramos que es necesario que los dispositivos de formación den lugar a la reflexión, y que el estudiante pueda situarse de manera activa y comprometido con el obrar desde un posicionamiento subjetivo, teórico y ético - político. En este sentido es que el estudio de casos es una mediación para la formación profesional.