639 resultados para EXPEDIENTE MATRIMONIAL
Resumo:
En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
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Juicio en contra del testamento de Francisco Lucas Pérez Manrique sobre dinero que quedó debiendo a Santiago de Linares párroco de Quebrada negra. Los albaceas de Santiago de Linares presentan declaraciones juramentadas sobre la existencia de la mencionada deuda para que se pague de los bienes del difunto Francisco Lucas Pérez Manrique. Al final del expediente se acepta la demanda y se ordena el pago.
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Resumen basado en el de la publicación
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Expediente de reclamo de María Josefa de Caicedo viuda del II Marqués de San Jorge, por cantidad de dinero que le debía el difunto José Pérez Manrique a sus hijos, de quien era apoderada. Contiene copia del poder para testar concedido por José Pérez M. concedido a su hermano Francisco Pérez, así como su testamento, en el que dejó como herederos universales a sus hermanos Francisco y María Eduviges Manrique. También se incluye una copia del poder para testar y del testamento de Francisco Pérez Manrique, que dejó la totalidad de sus bienes al Colegio Mayor del Rosario. El expediente termina con la resolución de la Real Audiencia, concediéndole a María Josefa de Caicedo la razón para cobrar la cantidad que se le adeudaba.
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Propuesta de arrendamiento de la hacienda de Calandaima propiedad del Colegio Mayor del Rosario presentada por Juan de Mahecha, cura del pueblo de Bogotá, por un periodo de nueve años y un pago de 250 pesos anuales. Se enumeran las condiciones que propone el arrendatario entre las que se cuentan el levantamiento de inventarios de los bienes de las haciendas, el ganado, la caña de azúcar producida y sobre las reglas de entrega de la hacienda al final del contrato. El expediente continúa con la aceptación de la propuesta de arrendamiento por parte del rector del Colegio Mayor Bartolomé Ramírez.
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Petición del catedrático de teología Ignacio de Moya de un testimonio notariado del legado testamentario de Francisco Lucas Pérez Manrique que diera cuenta de la cátedra de teología del Colegio Mayor del Rosario. El expediente continúa con el testimonio legalizado que incluye una copia del poder para testar de Francisco Pérez a Vicente de Tobar, una copia del testamento del mencionado Pérez y las disposiciones de los albaceas al morir el testador que demuestran la donación hecha por Pérez Manrique a favor de las cátedras del Colegio Mayor.
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Algunos de los efectos ambientales y sociales que se pueden apreciar luego del cierre de una mina son la desaparición de acuíferos, la existencia de aguas superficiales contaminadas con sustancias químicas y la afectación a la salud de las personas que viven cerca de minas abandonadas. Esta investigación busca analizar los principales aspectos jurídicos relacionados con la terminación y cierre definitivo de la operación minera desde el punto de vista social y ambiental. Para ello, se presentan los principales efectos ambientales y sociales de ésta terminación; se mencionan los aspectos jurídicos más relevantes del contrato de concesión minera y de la licencia ambiental; se exponen las obligaciones jurídicas que están a cargo tanto del concesionario minero como de las autoridades competentes respecto del cierre de la mina y el papel que asumen los entes de control frente a la terminación y cierre de la mina. Así mismo, se hace un breve análisis de derecho comparado de la regulación en España y Estados Unidos sobre éste tema. Finalmente, se presentan los resultados de la revisión de los expedientes administrativos que fueron proporcionados por la Agencia Nacional de Minería, en los cuales se determina la aplicación y cumplimiento en la práctica de estas obligaciones jurídicas del concesionario minero al término del contrato. Con base a los resultados obtenidos, se puede concluir, en primer lugar, que las obligaciones a cargo de los concesionarios mineros no están claras por parte de la regulación minera y ambiental; en segundo lugar, que la regulación en cuanto al cierre de minas en España y Estados Unidos es más ordenada, completa y específica y; en tercer lugar, en relación con los expedientes analizados, se puede observar que los concesionarios y las autoridades competentes no están cumpliendo sus respectivas obligaciones.
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Resumen basado en el de la publicación
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.
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Este trabajo es el resultado del proyecto de investigación financiado por Colciencias y la Universidad del Rosario, que incorporó la Cátedra Viva Intercultural, constituyéndose así un escenario para el intercambio de saberes y constumbres propias de las comunidades étnicas de nuestro país. Un espacio en el que se reconocen afrocolombianos, indígenas, gitanos, y raizales, y se analiza su realidad social y la jurisprudencia que garantiza la efectividad de sus derechos. El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.
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El estudio de los derechos de aduana se aborda inicialmente a través de la definición que sobre los mismos efectúa el artículo primero del Decreto 2685 de 1999, denominado Estatuto Aduanero de Colombia, artículo que, como es usual en materia aduanera, comprende ciertas definiciones para la aplicación del mismo y enfatizando que las expresiones usadas en dicha compilación aduanera, tendrán el significado que ahí se determina.
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Juicio contra Petronila Ospina, reclamándole por mil pesos que debe de la venta de una casa en la calle de los chorritos, por el rector del Colegio Mayor del Rosario Antonio Paniagua en 1783. Al finalizar el expediente el procurador del Colegio pide un avalúo y remate de la casa por incumplimiento de pago
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Poder concedido a Mariano Pineda por María Eugenia de Caldas y su hijo Francisco Moyano, para vender a un esclavo mulato de 14 años llamado Juan Moyano. El expediente continúa con el registro de la venta del esclavo al rector del Colegio Mayor del Rosario Agustín Manuel de Alarcón.
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Escritura de venta de un esclavo mulato llamado José Santiago de edad de 18 años, por Ignacio Barrero apoderado de Miguel Masústegui, al Colegio Mayor del Rosario. El expediente contiene el poder concedido a Ignacio Barrero por Miguel Masústegui para encargarse de la venta del esclavo.
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Expediente con las informaciones de limpieza de sangre e hidalguía de José Silvestre Apolinar Durán y José Ignacio Durán, hermanos, naturales de la ciudad de La Plata. Las informaciones fueron presentadas para obtener las becas del Colegio Mayor del Rosario. El expediente contiene las copias de las partidas de bautismo de ambos candidatos y 4 interrogatorios sobre la limpieza de sangre, oficios y proveniencia de los hermanos Durán, realizados a Luis Antonio de la Barrera, Fray Silvestre Polanco, Josef Azula y Joaquín Ortiz. Las informaciones fueron aprobadas por el rector, vicerrector y consiliarios del Colegio Mayor.