1000 resultados para DERECHOS FUNDAMENTALES
Resumo:
El tema de investigación versa sobre la afiliación política partidaria en el ejercicio de la función pública ¿derecho o prohibición constitucional?, y para ello se ha tomado como parámetro de investigación, las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia. Además de ello, en esta investigación se tomó en cuenta las teorías de la democracia y la teoría política, debido a que estas contribuyen al sistema de gobierno salvadoreño, así como establece el artículo 85 de la Constitución de la República, que literalmente dice: El gobierno es Republicano, democrático y representativo, y debemos tomar en cuenta a la persona humana como origen y fin de la actividad del Estado (artículo 1 de la Constitución), para que realmente exista un estado constitucional de derecho, debe dársele prioridad a los derechos fundamentales establecidos en la Carta Magna, y que estos no sean violentados. Así como también, se estudió el principio de independencia judicial, ya que éste es importante en relación a las funciones que desempeñan los funcionarios del Órgano Judicial. El pilar fundamental en un estado democrático de derecho es el llamado separación de poderes. Esto quiere decir un equilibrio entre los tres órganos del estado, el órgano ejecutivo, legislativo y judicial. Esta doctrina establece que lo principal es que los jueces deben estar sometidos a la ley de esta manera evitar lo vulneración a los derechos y garantía de las personas; también busca garantizar que los órganos del estado tengan sus límites en cuanto a sus funciones y, de esa forma, evitar violaciones a la persona. En El Salvador se dio un caso muy relevante, en el año dos mil trece, donde declararon inconstitucional el nombramiento del presidente de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al Licenciado Salomón Padilla.
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Partiendo del Derecho Fundamental de la Intimidad que de forma expresa está incorporada en el Artículo 2 inciso 2 Constitución que establece: "Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.", y que será el Estado quien deberá proteger dichos derechos del ciudadano. Objetivo: será la presente investigación que establecerá la relevancia que tiene hoy en día la protección de datos personales, los cuales se dejan esparcidos a causa del auge tecnológico que actualmente existe; y que si bien nos trae confort y grandes beneficios; a su vez trae consigo perjuicios. Por ello, es cada vez más necesario que existan mecanismos de protección ante la inminente digitalización, ya que en un momento determinado, o ante el uso inadecuado de estas tecnologías puede ocasionar agravios a los derechos fundamentales del ciudadano salvadoreño. Metodología: en cuanto a la herramienta investigativa que se va utilizar en la investigación será el método analítico, método de síntesis, método comparativo, método cualitativo, bibliográfico donde se realizara la técnica de campo con lo cual se va contar con una guía de pregunta para posteriormente realizar una entrevistar. Resultados esperados: hacer conciencia de la importancia y la necesaria regulación dentro de nuestra Constitución de la Republica de El Salvador de manera amplia y específica para la tutela del Derecho a la Autodeterminación Informativa del ciudadano salvadoreño y de un mecanismo de protección para el mismo como es el Habeas Data.
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En el trabajo se estudian los principios del Derecho eclesiástico (libertad, igualdad, laicidad y cooperación), desde la perspectiva de las categorías generales del Derecho público tales como la dimensión objetiva de los derechos fundamentales y la distinción entre principios y valores.
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Exposición en 12 capítulos del algunos elementos de las libertades públicas y derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico español. Manual básico de la asignatura "Libertades Públicas" en el Grado en Derecho, Mención Derecho Francés (6 créditos ECTS)
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El modelo de tributación propuesto para las Esal no consulta, como no lo han hecho los anteriores, dos elementos estructurales en su existencia: Entidades que trabajan en la promoción y realización de derechos fundamentales del individuo en donde hay ausencia del Estado. La donación como elemento fundamental de sus ingresos permite la canalización directa de los recursos de los donantes.
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El Principio de Transparencia aplicado a los procesos de selección en la contratación estatal colombiana a través del SECOP es un rito confesional, es decir, debe estar presente tanto y desde la licitación pública como y hasta en la contratación directa, pues ese ‘derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública y la transparencia de la actuación política y administrativa que a través de él se asegura son considerados hoy con toda razón (…) elementos esenciales para la formación de una opinión pública libre y garantías imprescindibles para el buen funcionamiento de las instituciones y para el ejercicio de los derechos fundamentales sobre los que descansa todo sistema democrático’
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Hoy se hace imperioso que la ética periodística se complemente con el tratamiento jurídico de la libertad de expresión. La precaución jurídica es la invitación a una visión integral de la ética profesional basada en la autorregulación y en el conocimiento de la teleología del periodismo
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El presente trabajo tiene por objeto precisar los conceptos jurídicos doctrinarios sobre documento, documento electrónico y título valor electrónico, fundamentándonos en la ley modelo de comercio electrónico aprobada por la ONU, la legislación de la Unión Económica Europea, la Ley 527 de l999, el decreto reglamentario No 1.747 del 11 de septiembre de 2000, la legislación complementaria sobre protección de derechos fundamentales, la doctrina y la jurisprudencia. Para ello, diremos que el comercio electrónico se enmarca dentro de la preceptiva del artículo 2 de la Constitución Política que consagra como principios del Estado social de Derecho la libertad de empresa, la intervención del Estado para regular la economía, y la protección de los derechos fundamentales de la persona humana y propiciar el bienestar de todos los ciudadanos. Por ello esta actividad puede ser desarrollada libremente por cualquier persona, siempre que respete los derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad, la dignidad, la información, la salud pública, el habeas data, el sistema penal, la seguridad nacional y el interés general. Nos dedicaremos entonces a analizar qué se entiende por documento, características, requisitos de validez, prueba y eficacia de los documentos electrónicos y aplicación en las transacciones de bolsa y similares, el documento electrónico, el título valor electrónico y el tratamiento legal que al documento se le da en nuestra legislación.
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El presente trabajo aborda la problemática de la injerencia de los jueces en la Administración en Colombia. Dentro de la teoría del derecho público, se entiende que es función de esta rama del poder público llevar a cabo políticas y acciones para satisfacer las necesidades de la comunidad. Sin embargo, particularmente desde la aparición de la Corte Constitucional en Colombia, encontramos que los jueces y altos tribunales igualmente toman decisiones que podrían ser típicamente administrativas, por ejemplo, mediante acciones populares, ordenar la construcción de un hospital, de una escuela; la intervención en materia ambiental y de movilidad, entre otras, estas decisiones no han sido recibidas por los juristas de una manera pacífica, especialmente por la ruptura del principio de la separación de poderes y por sus consecuencias en el impacto fiscal.
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El presente Estudio de Caso tiene por objetivo determinar el alcance que tiene el Enfoque de Género de ACNUR, en la garantía de los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas en el Campamento de Refugiados de Dadaab entre 1998 y 2010. La implementación del Enfoque resulta insuficiente en el proceso de defensa de los derechos de la población femenina, pues los problemas que enfrentan han aumentado a pesar de la ayuda humanitaria brindada por organizaciones internacionales. La iniciativa de ACNUR de mejorar las condiciones de las mujeres refugiadas, se materializa en el Enfoque de Género, no obstante los resultados de su aplicación no son los esperados. El carácter correlacional y analítico de la investigación responde al enfoque cualitativo utilizado, con el propósito de entender los retos que representa Dadaab en la aplicación de un proyecto internacional.
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El texto explora las concepciones sobre democracia y Estado Constitucional de Derecho. Intenta explicar las posibles diferencias entre ambas expresiones y sus puntos de encuentro. Recurre tanto a doctrina de ciencia política como de derecho constitucional.Se sostiene la conveniencia científica, desde una perspectiva también histórica, de hablar de estado constitucional de derecho entendido como una categoría más exacta de lo que debe entenderse como forma de acceder al poder y proteger los derechos fundamentales.Finalmente, se hace un análisis de la situación actual de Centroamérica y se relaciona aquella con la existencia real de estados constitucionales de derecho en la región. The article analyzes on the concepts about democracy and rule of constitutional law. It aims to explain the possible differences and coincidences between these notions throughout the political sciences and constitutional law. From an historic view, it points out to the scientific convenience and correctness of the term ‘constitutional rule of law’, understood as a more precise category of what it must be defined as a means to access the power and the protection of fundamental rights.Finally, the article examines on the current situation of the Central American region emphasizing on whether these states embrace a true constitutional rule of law.
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ResumoEste artigo tem como objetivo analisar a trajetória internacional do caso Maria da Penha e sua jurisprudência internacional. Com base no estudo de tratados internacionais ratificados pelo Estado brasileiro e sua efetivação no país, busca-se demonstrar a eficácia do sistema internacional de direito público, levando em conta a participação de organismos internacionais, como a Organização dos Estados Americanos (OEA), mais especificamente a Comissão Interamericana de Direitos Humanos, e a resposta do governo brasileiro, tanto juridicamente como legislativamente.O caso Maria da Penha tornou-se o primeiro a ser aceito pela Comissão Interamericana por violência doméstica e sua condenação por negligência e omissão levou a abertura de discussões neste âmbito Diante da denúncia, a Comissão da OEA publicou o Relatório Nº 54, de 2001, que dentre outras constatações, recomendou a continuidade e o aprofundamento do processo reformatório do sistema legislativo nacional, a fim de mitigar a tolerância estatal à violência doméstica contra a mulher no Brasil.A sanção dessa lei representa, assim, um avanço na proteção da mulher vítima de violência familiar e doméstica, incluindo, também, uma inovação legal quanto às formas de gênero já positivadas.Palavras-chave: Tratados de direitos humanos, Lei Maria Da Penha, direitos fundamentais da mulher; Comissão Interamericana de Direitos Humanos.ResumenEn este artículo se pretende analizar la trayectoria internacional del caso de María da Penha y su jurisprudencia internacional. Basándose en el estudio de los tratados internacionales ratificados por el gobierno brasileño y su reconocimiento en el país, el texto tiene la intención de demostrar la efectividad del derecho público internacional, teniendo en cuenta la participación de organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), más concretamente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y las respuestas del gobierno brasileño, tanto jurídicas como legislativas.El caso de Maria da Penha se convirtió en el primero caso sobre violencia doméstica en ser aceptado por la Comisión Interamericana, y su condena por negligencia y omisión llevó a abrir el debate en este ámbito frente a la denuncia, la Comisión de la OEA publicó el Informe N º 54 de 2001 que entre otras conclusiones recomienda la continuación y profundización del proceso del sistema de reformatorios de la legislación nacional a fin de mitigar la tolerancia estatal a la violencia doméstica contra las mujeres en Brasil.La sanción de la ley representa un avance en la protección de las mujeres víctimas de violencia familiar y violencia doméstica, incluyendo también una innovación en lo que respecta a formas jurídicas de los procesos de género.Palabras clave: tratados de derechos humanos, Ley Maria da Penha, derechos fundamentales mujer, Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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Este trabajo pretende hacer un análisis inicial sobre la situación de Derechos Humanos en Colombia a través de los llamados falsos positivos de Soacha, caso que ha tenido una gran repercusión social, política y cultural en el país. El análisis de este caso se aborda desde dos ejes de discusión principales como son la Educación en Derechos Humanos y la participación de actores no estatales en los hechos.A partir de ello se revelan algunas consecuencias políticas para el gobierno colombiano.
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Se transcribe el texto de la demanda judicial presentada por unos padres de alumnos afectados por la obligatoriedad en el sistema educativo danés, de impartir a los alumnos educación sexual, aún en contra de las convicciones y pensamientos religiosos y filosóficos del alumno y de sus padres. Mediante una nota explicativa, la Revista de educación ponen en antecedentes al lector para después, transcribir la demanda judicial propiamente dicha que, finalmente, a través de la Comisión Europea, emite un veredicto: 1. Se admite la demanda en cuanto a que los demandantes alegan que la Ley de 27 de mayo de 1970 de Dinamarca, que establece la educación sexual obligatoria en las escuelas públicas, constituye una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 de la 'Convención europea de salvaguardia de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales'. 2. Declara inadmisible la demanda en cuanto que afecta a las directivas y otras medidas administrativas dictadas por las autoridades danesas relativas a la manera en que debe impartirse la educación sexual.
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Número dedicado ao Novo Código de Processo Civil.