821 resultados para Criminal prosecution


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Theoretically speaking, property is extension of the personality of the individual. It serves the purpose of satisfying the self of the individual in the society. Various theories have been attempted to explain its origin and development. However, it is the socialist theory of property which finds acceptance in many societies today. A proper definition of the concept of property has notbeen given in the statutes governing protection of property or in the Indian Constitution. While deciding cases under the Indian Penal Code, the courts have however, been interpreting the term 'property' in a manner facilitating its accommodation within the contours of the socialist theory of property, though there was no attempt for any formal theorization. An examination of the decisions under the Penal Code provisions and Constituent Assembly Debates has reinforced the above view that our courts as well as legislature have adopted the socialist concept of property. Because of the importance of the theory of property in the general scheme of this study, it was thought appropriate toinclude a chapter on the theory of property as reflected in our constitution.

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Some study has been made earlier, but no attempt has ever been made to make the study comprehensive and comparative. There exists also no information as to the working of the system. Hence the work is undertaken to provide first hand knowledge of the legal institutions that had handled and now handles annually large masses of deprived and neglected population. An investigation is also necessary to know the legal and social characteristics of the jurisdiction enjoined on the court so that this will help compare the law in the statute with the law and practice. The evaluation of the working system in the changed social atmosphere is also an urgent need of the hour

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A partir de un análisis comparado, de orden cualitativo, se analiza la existencia de continuidades y rupturas estratégicas entre el Bloque Élmer Cárdenas de las AUC y los Urabeños, con el fin de caracterizar a ambos actores armados. La investigación expone similitudes relevantes entre ambos grupos armados a fin de dilucidar la naturaleza, aun discutida, de las llamadas bandas criminales y su relación con los predecesores bloques paramilitares, además de la incidencia en las actividades económicas, la población civil y el poder político.

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El objetivo de la presente investigación consiste en describir las características de un asesino en serie colombiano desde la perspectiva psicodinámica. En este sentido, el abordaje teórico realizado en este trabajo se compone inicialmente de una concepción de asesinos en serie, posteriormente se hace una revisión acerca de las bases biológicas y los factores sociales del homicida serial, igualmente, se explican tres teorías psicodinámicas a trabajar (Sigmund Freud y Erick Erickson). Finalmente, se hace mención dentro de la investigación a la comparación casuística de los asesinos en serie, teniendo en cuenta a cuatro asesinos en serie mediante el abordaje psicodinámico. Por otra parte, a nivel metodológico, el tipo de estudio realizado es descriptivo con un corte cualitativo y un diseño no experimental, basado en la revisión de fuentes bibliográficas. Como producto se pretende hacer una aproximación al perfil correspondiente de la personalidad de un asesino en serie colombiano mediante las teorías psicodinámicas.

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El análisis que se piensa hacer en el presente trabajo, es analítico deductivo, en cuanto pretende mostrar el estado del arte referente a las implicaciones que en el Derecho penal puede tener una teoría sociológica, que pretende abordar temas atinentes a la ciencia del derecho de una manera conceptualmente ilustrativa. Pero vale la pena aclarar de entrada, que en donde mayor repercusión, en el Derecho penal, llega a tener dicho enfoque, es en la política criminal que desarrolla el Estado a través del legislador. Es dicho marco el que le ha servido de referencia para variar y ampliar sus contenidos de protección. Posición que no ha prosperado sin objeción alguna, pues un gran sector de la doctrina se muestra reacio al arquetipo que promulgan quienes se adhieren a su postura, debido a la firme creencia que no es el Derecho penal al que le corresponde dar soluciones a problemas macrosociales. De ello se desprende la valoración de determinados bienes jurídicos, y en esa medida las formas concretas de protección que reviste un modelo penal expansivo, en cuanto encuentra objetivos dignos de protección analizados en clave sociológica.

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El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.

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Este texto pretende proporcionar a la vez el estado de los conocimientos empíricos y un marco de análisis global para reflexionar sobre la evolución de la delincuencia de menores en Francia desde los años setenta. Lejos de los estereotipos moralizadores del debate mediático-político y de los enfoques comportamentalistas, lo que aquí se propone es demostrar que el análisis de la evolución de la delincuencia de menores es inseparable de la del derecho penal, del funcionamiento de las instituciones penales, de los procesos de remisiones al sistema penal y de las evoluciones económicas, sociales y políticas que favorecen o no la integración social de los jóvenes. Este marco de análisis global articula así los tres conceptos de criminalización, judicialización y guetización.

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Teniendo en cuenta tres casos dentro del contexto del conflicto armado donde la jurisdicción penal colombiana estudia la admisión o exclusión de medios probatorios producidos a partir de injerencias de comunicaciones, encontramos que no siempre se aplica la regla de exclusión cuando no cuentan con una orden judicial previa. Ante este problema, buscamos como se ha solucionado, teniendo como referente la el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo anterior nos da base para entender la regla de exclusión de que se ha venido desarrollando dentro del Derecho Internacional Penal. Si bien estas reglas nos sirven para solucionar estos tres casos, terminan siendo contradictorios a lo que ha venido desarrollando la Corte Constitucional. De esta manera, si bien esta Corte consideró que la regla de Estatuto de Roma, va en concordancia con la nuestra regla de exclusión nacional, tal afirmación es errónea.

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Documento acerca de la Intervención Humanitaria de la Doctrina ex post facto y Instituciones Judiciales a la noción de responsabilidad de protección y Preventiva del papel de la Corte Penal Internacional. Lección inaugural como Presidente en Derecho Penal Internacional y Procedimiento Penal Internacional en la Universidad de Utrecht , emitida el 18 de octubre 2010

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Resumen tomado de la publicaci??n

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El presente trabajo se concibió con la vocación de devenir una aportación al estudio del proceso penal de menores. Por ello, originariamente, se planteó como un análisis de todas y cada una de las fases de dicho proceso. Sin embargo, rápidamente este objetivo se demostró inalcanzable por cuanto, de una primera aproximación a los preceptos de la norma, se aprecia que en la misma, se contiene «algo más» que algunas especialidades o especificidades con respecto a los procesos penales de adultos. Como premisa de partida, cabe considerar que el proceso diseñado por la L.O. 5/2000, al estar concebido exclusivamente para el enjuiciamiento de las conductas delictivas presuntamente cometidas por menores de edad, puede incardinarse en la categoría de los procesos especiales. Esta constatación, sin embargo, no era suficiente, a nuestro juicio, para justificar un proceso en el que aparecían figuras e instituciones procesales hasta el momento inéditas en el ordenamiento jurídico español. Por ello el planteamiento inicial al que se aludía fue sustancialmente modificado, sin que a la postre, ello haya supuesto una alteración sustancial del objetivo primigenio. El trabajo de investigación se inicia con un interrogante, que podría formularse como sigue: Aceptando que la edad es el elemento determinante de la existencia de una rama del derecho penal específicamente dedicada a los menores, ¿hasta qué punto dicho elemento condiciona la acción del legislador en el sentido de establecer un cuerpo normativo significativamente diferenciado del previsto para los adultos?

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Changes to the rules concerning the admissibility of statements read in trial, previously provided by the defendant, despite its apparent simplicity, undermine the criminal procedural architecture projected from the constitutional structure accusatory criminal procedure. The principle that in judging only can be valued the evidence produced before the judge gives rise the production of evidence by the prosecution in the investigation phase.

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Esta dissertação teve como diretriz principal percecionar até que ponto a educação se torna eficaz como política pública capaz de ajudar a enfrentar a criminalidade. Tal enfrentamento ocorre por dois vieses distintos; O primeiro tem caráter mais preventivo, de modo que a educação tem sua atuação voltada à prevenção da criminalidade; enquanto o segundo viés consiste em prevenir a reincidência criminal com a aplicação de políticas educativas a apenados. Neste trabalho de investigação realizou-se uma breve revisão bibliográfica, abrangendo alguns autores teóricos que enfatizaram como se dá o processo de aquisição e desenvolvimento do conhecimento no indivíduo, dentre os quais constam: Descartes, Rousseau, Kant, além de Piaget e Vygotsky. A pesquisa consistiu em levantamento nos processos julgados pela comarca de João Pessoa do Tribunal do Júri no ano de 2011, a fim de verificar o grau de escolaridade dos réus, bem como no Estabelecimento Prisional, com vistas a levantamentos sobre a reincidência criminal. Os resultados da pesquisa demonstraram que é latente a eficácia da educação como política pública de combate a criminalidade. Foi apurada também, a enorme economia financeira que produziria uma maior concentração de investimentos educativos em detrimento de investimentos em segurança pública.