914 resultados para ruptura y violación del contrato psicológico


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Por medio del presente trabajo investigativo pretendemos analizar el momento en que el contrato celebrado por medios electrónicos se considera perfeccionado, sirviéndonos de un análisis comparado de las legislaciones de los países miembros de la Comunidad Andina; Ecuador, Colombia, Perú y Bolivia, aterrizaremos específicamente en las modalidades más comunes de contratación telemática; contratos celebrados por medios de portales web, contratos celebrados por medio de videoconferencias y contratos celebrados por medio de correos electrónicos. El resultado del análisis normativo comparado nos permitirá identificar las similitudes y diferencias entre las legislaciones referidas, para de allí, identificar las posibilidades que la técnica legislativa nos ofrezca de caminar hacia procesos, según corresponda, de armonización o de unificación legislativa en el marco de la normativa comunitaria andina.

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El objetivo central de este trabajo es analizar los efectos de las cláusulas exorbitantes del contrato administrativo con el principio de autonomía de la voluntad de las partes. En el primer capítulo se desarrollan criterios doctrinarios sobre el contrato administrativo, analizando sus principios, elementos, formación y características, entre éstas, las cláusulas exorbitantes. Así mismo, en este apartado analizamos desde el punto de vista doctrinal a las principales cláusulas exorbitantes y el principio de la autonomía de la voluntad de las partes en los contratos en general. En el segundo capítulo nos adentramos en los efectos de las cláusulas exorbitantes del contrato administrativo, y en el principio de la autonomía de la voluntad de las partes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Concluimos el trabajo con un análisis que tiene el propósito de dilucidar que las cláusulas denominadas por la doctrina como exorbitantes, en el fondo obedecen a los acuerdos objetivos de las partes, por tanto con la estipulación de aquellas no se transgrede el principio de la autonomía de la voluntad.

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«La soberanía reside en el pueblo». En este precepto descansa el sistema democrático; sin embargo, en sociedades con una elevada desigualdad social, la participación del pueblo en la toma de decisiones mediante canales institucionales es casi inexistente. Las acciones colectivas y los movimientos sociales surgen, en estos contextos, como la única oportunidad de quienes han sido excluidos del debate político para hacer escuchar su voz. La protesta social ha conseguido en Ecuador la inclusión o ampliación de derechos en la Constitución y la ley, detener la agenda neoliberal e inclusive revocar de facto el mandato a tres presidentes de la república. La participación popular no institucional en la conducción de los asuntos públicos fue reconocida en la Constitución mediante el derecho a la resistencia. Sin embargo, la otra cara es la criminalización de la protesta. Sucesivos gobiernos han utilizado al derecho penal como herramienta de amedrentamiento y desmovilización de los movimientos sociales. El presente trabajo analiza la interrelación del derecho a la resistencia y la criminalización. En él se defiende que la constitucionalización del derecho a la resistencia genera consecuencias jurídicas que alteran el sistema de fuentes del derecho, la aplicación del derecho penal e inclusive la forma en que se conciben los conceptos de participación política y democracia.

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Presentación en el Seminario Acceso al aborto para mujeres sobrevivientes de violencia sexual. Guatemala, el 28 y 29 de octubre de 2014.

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Este trabajo se propone efectuar una lectura del aparato prologal del Quijote de 1605 tomando como eje la noción de "innovación" allí presente, que permite vincular la figura de autor, personaje protagónico y libro homónimo. A partir de la afirmación de que "cada cosa engendra su semejante" que sintetiza en el primer párrafo la relación entre el autor y su obra, el prólogo despliega una compleja dinámica de identidad, ruptura y cambio, que continúa luego en los sonetos laudatorios y establece múltiples conexiones con el resto del texto. Se sugieren aquí algunas de ellas

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Este trabajo se propone efectuar una lectura del aparato prologal del Quijote de 1605 tomando como eje la noción de "innovación" allí presente, que permite vincular la figura de autor, personaje protagónico y libro homónimo. A partir de la afirmación de que "cada cosa engendra su semejante" que sintetiza en el primer párrafo la relación entre el autor y su obra, el prólogo despliega una compleja dinámica de identidad, ruptura y cambio, que continúa luego en los sonetos laudatorios y establece múltiples conexiones con el resto del texto. Se sugieren aquí algunas de ellas

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Este trabajo se propone efectuar una lectura del aparato prologal del Quijote de 1605 tomando como eje la noción de "innovación" allí presente, que permite vincular la figura de autor, personaje protagónico y libro homónimo. A partir de la afirmación de que "cada cosa engendra su semejante" que sintetiza en el primer párrafo la relación entre el autor y su obra, el prólogo despliega una compleja dinámica de identidad, ruptura y cambio, que continúa luego en los sonetos laudatorios y establece múltiples conexiones con el resto del texto. Se sugieren aquí algunas de ellas

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Ordenanza de Luis XIV. Rey de Francia y de Navarra, que contiene un reglamento para el Comercio ..., p. I-XXV.

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En todo contrato las personas en su calidad de partes podrán instar al órgano judicial para revisar el negocio jurídico pactado cuando las prestaciones se vuelven excesivamente onerosas para alguno de los contratantes en virtud del acaecimiento de hechos imprevisibles, extraordinarios, inevitables y ajenos a la voluntad de estas. Empero, algunos códigos civiles niegan la posibilidad de aplicación de esta teoría a determinados tipos contractuales, entre estos a los contratos aleatorios, y particularmente el de seguro. En este sentido un sector de la doctrina también ha apoyado este planteamiento partiendo del análisis de que sería impropio hablar de imprevisión en un tipo contractual que se configura exactamente por la presencia de elementos imprevisibles que van a determinar el resultado final del contrato. Pero negar esta posibilidad sería ir en contra de la buena fue como principio general del Derecho, que en sede de contratos adquiere especial relevancia. Ante este imperativo, el presente artículo discurre sobre la tesis que permite aplicar la revisión judicial de los contratos aleatorios, en especial del contrato de seguro a partir del análisis histórico - doctrinal y legislativo de la teoría de la imprevisión y su relación con el alea como elemento característico de estos tipos contractuales.