32 resultados para Resocialización
Resumo:
El Trabajo que se presenta a continuación, analiza los procesos de socialización y resocialización de una comunidad urbana de desmovilizados, ubicada en un barrio de la localidad de San Cristobal en Bogotá, Colombia. Nos enfocamos particularmente en los mecánismos de acción y participación política y ciudadana autónomos que adoptaron los desmovilizados para lograr una integración exitosa a la vida civil
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La resocialización, siendo el fin del sistema carcelario, es una meta que en muchos casos no se ve cumplida. En esta colección de crónicas, cuatro internos cuentan sus experiencias de resocialización, en un recorrido entre ley, fe y humanidad.
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A pesar de que el maltrato en el ámbito del a pareja es una del as formas de violencia contra la mujer que a menudo se manifiestan en Colombia, la mayor parte de las decisiones judiciales no reflejan un enfoque de género. Por ello, en la actualidad estas presentan vacíos y fallas que llevan a que los decretos de las mujeres víctimas de este tipo de violencia no sean protegidos efectivamente. Al respecto, el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Facultad de Jurisprudencia de la universidad del Rosario y el Programa Integral contra Violencias de Género, en asocio con otras instituciones, realizó una investigación con el propósito de analizar los principales problemas de este fenómeno. Dicho estudio permitió concluir que, en la actualidad, la violencia contra la pareja se reconoce como una manifestación de la violencia “doméstica”, pero no como una forma de violencia especifica contra la mujer. Asimismo, demostró que hay una fuerte cultura machista que justifica la violencia: “te maltrato porque te amo”. Debido a ello, es necesario que las decisiones judiciales estén encaminadas no sólo a la privación de la libertad, sino también a la resocialización del agresor, para que este entienda que su comportamiento es errado y no vuelva a cometer este tipo de actos.
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El presente trabajo tiene como objetivo establecer un plan de de mejoramiento estratégico que permita optimizar el servicio de salud de la Institución Penitenciaria de Acacias. Para lograr este fin se hace un análisis del sector carcelario y penitenciario en Colombia con el fin de identificar la problemática que lo viene afectando en los últimos años, se establece un diagnostico en la Penitenciaria de Acacias con el fin de establecer la problemática que existe en la prestación de servicios de salud y se elaboran propuestas estratégicas que permitan una mejor atención de salud para los internos recluidos en dicha institución
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Uno de los grupos sensibles al tema de Derechos Humanos dentro de una sociedad son las personas privadas de la libertad, puesto que se encuentran a la disposición del personal administrativo de los establecimientos penitenciarios y carcelarios, que si carecen de políticas claras respecto a los derechos de las personas, pueden poner en riesgo su bienestar. La persona privada de la libertad o como se les conoce popularmente “preso”, independientemente de las causas por las cuales está recluido, es un ser humano, que por ende tiene dignidad y, además, debe ser respetado como sujeto de derecho. Para este tipo de grupos vulnerables, se ha venido desarrollando a nivel internacional unos instrumentos que velan por el respeto de los Derechos Humanos y la dignidad de quienes están recluidos en las cárceles, para que así el cumplimiento de cada una de las penas desempeñe el propósito de resocialización y reincorporación a la sociedad, y no genere mas violencia y resentimiento en las personas recluidas, por las malas condiciones en las que habitan.
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Contribuir a la reinserción social de los delincuentes a través de la inserción laboral. Además de la elaboración de un programa de orientación ocupacional para aumentar el nivel de inserción laboral de los internos que se encuentran en los centros penitenciarios. Internos que realizan cursos de formación ocupacional en el Centro Penitenciario Ponent. La primera fase consta de dos partes, el marco teórico y la metodología. En la primera trabaja las variables que tienen una relación empírica con la delincuencia y las teorías que intentan dar una explicación al fenómeno delictivo y la base para la resocialización y muestra también el concepto de tratamiento penitenciario. Seguidamente, concreta la base de la investigación en el campo de la inserción laboral para luego justificar su intervención para programas. En la segunda parte enmarca el programa dentro de la orientación ocupacional, para luego evaluar el programa. Finalmente, realizará las consideraciones finales. La segunda fase consiste en el programa de orientación para la búsqueda de ocupación en los centros penitenciarios. Cuestionario de inserción laboral. El programa es eficaz y eficiente, ya que los resultados muestran que se produce un aumento de los conocimientos y las habilidades en inserción laboral y del nivel de autoestima profesional, sin que suponga un coste adicional a los presupuestos de cada curso, entendiendo ante todo que esta investigación es un paso hacia una solución a la inserción laboral de los ex-internos de los centros penitenciarios.
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Se intenta definir el papel que la educación juega en el ámbito penitenciario. En un entorno alejado de la sociedad el valor principal que se destaca es el de resocialización. Las aportaciones más importantes de la educación se refieren a la potenciación de la reinserción social y a permitir el contacto de los presos con experiencias del entorno comunitario. Las líneas de trabajo deben dirigirse a favorecer la autonomía y reforzar la identidad de los reclusos, así como a proporcionarles recursos y estrategias que les ayuden en su desarrollo personal y social dentro y fuera de la prisión. Por último, se incluyen algunas referencias sobre estudios realizados que pueden servir como instrumentos de trabajo.
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El Primer Congreso Nacional de Educación en Cárceles en Argentina intenta reflexionar sobre la educación en los centros penitenciarios, su evolución y sus características actuales. Los talleres de discusión se desarrollaron en torno a cuatro ejes. El primero de ellos consiste en una descripción acerca de la situación carcelaria argentina, de las condiciones de masificación, precariedad e indefensión frente al sistema. En este contexto la educación permite acentuar el aislamiento y potencia la comunicación. Un segundo eje se basa en la narración de experiencias educativas. Éstas parecen indicar que la autonomía y la solidaridad mejora la calidad de vida de los presos. En tercer lugar, se reflexiona acerca de qué relación guarda la educación con los valores. Por último, se muestran los tres enfoques expuestos acerca del sentido de esta educación: como medio disciplinar, como resocialización y como derecho. Se concluye con que son las políticas sociales de carácter integral las que deben preservar el derecho a la educación y al trabajo para todos los sectores.
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Conocer las causas o razones que impulsan a los menores a cometer actos delictivos, y las medidas represivas o educativas con las que suele responder la comunidad. Estudio acerca de los menores delincuentes. Comienza delimitando que se entiende por delincuencia de menores desde diversas perspectivas, prestando especial atención al concepto jurídico y sociológico. Más adelante el autor realiza un estudio de los factores causales del comportamiento delictivo, como los procedentes del exterior: familia, escuela, comunidad,... También le presta atención a la problemática adolescente como periodo crítico de mayor incidencia de la conducta delictiva; así como a las bandas de menores, moderna y frecuente manifestación del fenómeno social de la delincuencia juvenil. Tras analizar el problema en sí con sus causas, se impone la búsqueda de soluciones. De ahí la necesidad de una reeducación que posibilite la rehabilitación de los menores, Estudia con mayor detenimiento las condiciones necesarias para una exitosa acción reeducadora y las fórmulas educativas adoptadas en la actualidad. Ofrece también algunas ideas acerca del proceso de resocialización y el tratamiento terapéutico, además del funcionamiento de los tribunales de menores, basándose en la situación española. Concluye el trabajo con algunas consideraciones a las medidas preventivas de la delincuencia, necesarias para evitar su proliferación en nuestra sociedad. 1) los delincuentes juveniles son aquellos menores de 16 años que realizan actividades que violan la ley y las normas de convivencia social que rigen la vida en una sociedad concreta. 2) No debemos hablar de una causa única del comportamiento delictivo de los menores, sino de un 'haz etiológico de causas', o mejor, de factores influyentes que se entrelazan. En todo caso, no se da una auténtica relación de causalidad sino de concomitancia de esos factores con la delincuencia. 3) Exceptuando algunos casos patológicos, en que las deficiencias biológicas o caracteriales conducen a una conducta delictiva, son los factores ambientales los que determinan de modo decisivo la conducta. En ese sentido, acusamos en primer lugar a una sociedad en la que predominan los valores materiales sobre los espirituales, una sociedad que no es capaz de resolver una serie de problemas y todo lo relacionado con las diferencias económicas entre los ciudadanos. 4) Las palabras claves en la solución del comportamiento delictivo son: reeducación y prevención. En principio, a nivel de política nacional se deben diseñar programas de prevención para lograr reducir la delincuencia en general y más concretamente, los casos de menores que necesitan de una reeducación. Lo ideal sería que ésta fuera un último recurso, sin embargo, en la actualidad es completamente necesaria. 5) Es imprescindible poner en marcha una campaña de información ciudadana sobre el problema de la delincuencia juvenil para que se comprendan sus verdaderas motivaciones. Se trata de despertar la conciencia social para que todos pongamos de nuestra parte contribuyendo a plantear medidas auténticamente educativas y resocializadoras. 6) En España es urgente prestar atención a las cuestiones relacionadas con la reeducación e jóvenes delincuentes. En principio se necesita crear centros de diagnóstico y centros reeducativos así como mejorar las instalaciones de los ya existentes. Por otra parte, son también necesarios centros que se encarguen de la formación adecuada del personal que se ocupa de la rehabilitación de estos menores. 7) Más que la reeducación, la prevención es básica. La medida preventiva ideal sería cambiar toda la estructura de la sociedad, sobre todo para mejorar las condiciones de vida de las clases sociales bajas. Pero este cambio es casi imposible, utópico de modo inmediato, por ello son necesarias estrategias más concretas.
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El presente trabajo aborda una serie de medidas implementadas a partir de la creación del Fueron Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires en el año 2008 con jóvenes de entre 16 y 18 años de edad en conflicto con la ley penal. La puesta en vigencia del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil involucra a toda institución, sea pública o privada, que desarrolle programas de atención con niños y jóvenes en conflicto con la ley penal e implicaría revisar los modelos y prácticas institucionales existentes a los efectos de adecuarlos a los principios del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez. De esta manera, el cambio de paradigma que se produce a partir del pasaje del Sistema Tutelar al Sistema de Promoción y que supone que el niño ya no es considerado objeto de tutela sino sujeto de derechos involucra (en el plano normativo) un abordaje integral en el que ya no puede separarse la responsabilidad penal de la restitución de derechos del niño o joven involucrado: trabajar en la responsabilización de los actos y no en la pena en pos de garantizar el ejercicio pleno de su ciudadanía y por ende su resocialización. Por lo tanto, la indagación acerca de las medidas estará atravesada por esta transición, del Paradigma de la Situación Irregular al Paradigma de la Protección Integral y a partir de allí la distinción entre cuestiones penales, sociales y asistenciales en el abordaje de ?estos jóvenes? y de todos los jóvenes y niños en realidad. Por último, este trabajo se propone investigar las medidas alternativas a la privación de la libertad generando conocimiento que permita analizarlas, desde una perspectiva crítica aunque esto implique poner en cuestión su efectiva implementación
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El presente trabajo aborda una serie de medidas implementadas a partir de la creación del Fueron Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires en el año 2008 con jóvenes de entre 16 y 18 años de edad en conflicto con la ley penal. La puesta en vigencia del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil involucra a toda institución, sea pública o privada, que desarrolle programas de atención con niños y jóvenes en conflicto con la ley penal e implicaría revisar los modelos y prácticas institucionales existentes a los efectos de adecuarlos a los principios del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez. De esta manera, el cambio de paradigma que se produce a partir del pasaje del Sistema Tutelar al Sistema de Promoción y que supone que el niño ya no es considerado objeto de tutela sino sujeto de derechos involucra (en el plano normativo) un abordaje integral en el que ya no puede separarse la responsabilidad penal de la restitución de derechos del niño o joven involucrado: trabajar en la responsabilización de los actos y no en la pena en pos de garantizar el ejercicio pleno de su ciudadanía y por ende su resocialización. Por lo tanto, la indagación acerca de las medidas estará atravesada por esta transición, del Paradigma de la Situación Irregular al Paradigma de la Protección Integral y a partir de allí la distinción entre cuestiones penales, sociales y asistenciales en el abordaje de ?estos jóvenes? y de todos los jóvenes y niños en realidad. Por último, este trabajo se propone investigar las medidas alternativas a la privación de la libertad generando conocimiento que permita analizarlas, desde una perspectiva crítica aunque esto implique poner en cuestión su efectiva implementación
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El presente trabajo aborda una serie de medidas implementadas a partir de la creación del Fueron Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires en el año 2008 con jóvenes de entre 16 y 18 años de edad en conflicto con la ley penal. La puesta en vigencia del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil involucra a toda institución, sea pública o privada, que desarrolle programas de atención con niños y jóvenes en conflicto con la ley penal e implicaría revisar los modelos y prácticas institucionales existentes a los efectos de adecuarlos a los principios del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez. De esta manera, el cambio de paradigma que se produce a partir del pasaje del Sistema Tutelar al Sistema de Promoción y que supone que el niño ya no es considerado objeto de tutela sino sujeto de derechos involucra (en el plano normativo) un abordaje integral en el que ya no puede separarse la responsabilidad penal de la restitución de derechos del niño o joven involucrado: trabajar en la responsabilización de los actos y no en la pena en pos de garantizar el ejercicio pleno de su ciudadanía y por ende su resocialización. Por lo tanto, la indagación acerca de las medidas estará atravesada por esta transición, del Paradigma de la Situación Irregular al Paradigma de la Protección Integral y a partir de allí la distinción entre cuestiones penales, sociales y asistenciales en el abordaje de ?estos jóvenes? y de todos los jóvenes y niños en realidad. Por último, este trabajo se propone investigar las medidas alternativas a la privación de la libertad generando conocimiento que permita analizarlas, desde una perspectiva crítica aunque esto implique poner en cuestión su efectiva implementación
Resumo:
En el presente trabajo se ha pretendido comparar la legislación penitenciaria con la práctica del funcionamiento de las prisiones y con sus resultados o consecuencias, con el objetivo de aportar algo de información sobre este ámbito frente a la opacidad del mecanismo penitenciario. Para ello se ha realizado un análisis de dicha normativa que se ha contrastado con datos empíricos recogidos a partir de estadísticas y encuestas ya existentes así como mediante la realización de entrevistas a personas que están o que han estado cumpliento penas privativas de libertad en centros penitenciarios. Los resultados obtenidos permiten concluir que lo establecido en la legislación no se cumple en su totalidad ni en lo correspondiente al funcionamiento penitenciario ni en lo relativo a las finalidades de este tipo de penas.
Resumo:
[ES] el objetivo del presente trabajo es mostrar las características generales de la actual realidad penitenciaria en cuanto a la pena de prisión y las penas alternativas. Se analiza la pena de prisión desde una perspectiva crítica dando a conocer las limitaciones que presenta la prisión en cuanto a los derechos de las personas presas y haciendo una descripción sobre los principales efectos negativos que genera sobre estas personas. Desde la consolidación del Código Penal de 1995 hasta la última reforma penal de 2015 se ha dado un incremento constante de la dureza de las penas, aumentando la duración de la pena de prisión y su cumplimiento dentro de la prisión. Consecuentemente, se reduce la aplicación de las penas alternativas a la prisión, contrariando así el principio constitucional descrito en el artículo 25.2 orientado a la resocialización del penado y el principio de intervención mínima o ultima ratio del Derecho Penal.
Resumo:
El objetivo central aquí perseguido es conocer las percepciones que tienen los menores infractores con responsabilidad penal respecto a las prácticas del sistema reeducativo y resocializador por el que se trata de dar respuesta a sus necesidades y problemas (según establece la Ley 5/2000). A los efectos de tal objetivo, se ha considerado que el ámbito más propicio para conocer los discursos de los actores involucrados se da en el tipo de medidas que recurren a los centros de privación de libertad, en cuyo medio se manifiestan del modo más directo los efectos del sistema y las consecuencias derivadas de las relaciones cara a cara entre educador e infractor, con la menor contaminación de influencias de otros agentes. En este contexto es donde cabe estimar mejor las repercusiones que tienen los discursos sobre los objetivos pretendidos (la resocialización y emancipación del menor) y, sobre todo, la coherencia que cabe esperar entre necesidades sociales y personales del menor privado de libertad*.