41 resultados para Neoconstitucionalismo
Resumo:
La Corte Constitucional colombiana, a través de la interpretación del texto de la carta política, ha hecho invaluables aportes al desarrollo del derecho en nuestro país. Sin embargo, este proceso de definir las palabras de la Constitución requiere la utilización de preferencias valorativas y esto, como es natural, implica un grave riesgo para la seguridad jurídica: ¿hasta dónde puede llegar el intérprete, ¿cuáles son los límites que debe respetar?. Este riesgo incrementa si tenemos en cuenta que buena parte de la doctrina constitucional colombiana contemporánea, llamada por algunos neoconstitucionalismo, ha creado una nueva jerga erudita impenetrable llena de metáforas sofisticadas, razonamientos abstrusos, argumentos con una gran carga emotiva y citas herméticas que, en cierta medida, le han permitido encubrir sus ideas y valoraciones y, de este modo, evitar que sean sensatamente escudriñadas. En un sistema como el colombiano, erigido sobre el principio de frenos y contrapesos entre los distintos poderes del Estado, si el poder político se ejerce a través de la justicia constitucional, en un lenguaje incomprensible y presentado como un argumento de última instancia, todo el equilibrio se viene abajo y, muy pronto, el derecho se convierte en el principal instrumento del despotismo., de Daniel Mendonca, es un libro perfectamente honesto que presenta sus ideas con absoluta claridad y ayuda a trazar los límites entre la discrecionalidad y la arbitrariedad de la interpretación constitucional.
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En el anterior régimen constitucional del Ecuador (Constitución de 1998) se excluyó al órgano judicial del control de constitucionalidad de sus actuaciones, prohibiéndose el amparo contra resoluciones judiciales, aún cuando en sistemas extranjeros se había permitido dicho control. En el nuevo sistema constitucional ecuatoriano (Constitución de 2008) el Estado constitucional de derechos y justicia (Art. 1), garantiza los derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso (Arts. 75 y 76), consagrando como garantía jurisdiccional a la acción extraordinaria de protección en contra de las resoluciones judiciales ejecutoriadas violatorias de derechos constitucionales (Art. 94), más aun cuando la potestad jurisdiccional que emana del pueblo (Art. 168) se somete al principio de juridicidad integrado por la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley (Art. 172), y al principio de estricta legalidad pues el poder público limitado formalmente (Art. 226) se vincula sustancialmente a los derechos por el principio de supremacía y sujeción constitucional (Arts. 424 y 426), correspondiendo a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección controlar si el órgano judicial ha violado derechos constitucionales en el proceso (Art. 437). La presente tesis, partiendo conceptualmente de la evolución el rol del juez en los distintos modelos de Estado (absolutismo, legalismo, constitucionalismo, neoconstitucionalismo), y enfocándose dentro del paradigma neoconstitucional garantista, abordará de forma crítica el ámbito normativo, doctrinario y jurisprudencial, de la admisibilidad y aceptación de la acción extraordinaria de protección en el sistema ecuatoriano en casos de violación del debido proceso y tutela judicial, analizando sus presupuestos formales (legitimación, activa, legitimación pasiva, oportunidad) y sus presupuestos sustanciales (materia u objeto, procedibilidad, relevancia constitucional).
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Presenta las reseñas de los siguientes libros: Patricio Cordero Ordóñez, El silencio administrativo, Quito, Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Cuenca/ El Conejo, 2009. -- Jorge Zavala Egas, Derecho constitucional, neoconstitucionalismo y argumentación jurídica, Guayaquil, Edilex, 2010, 525 pp. -- Elena Durán, Los recursos contencioso administrativos en el Ecuador, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar/ Abya-Yala/Corporación Editora Nacional, 2010.
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Presenta las reseñas de los siguientes libros: Diego López Medina, El derecho de los jueces, Bogotá, Legis, 2009, 366 pp. por Pablo Alarcón Peña. -- Ramiro Ávila Santamaría, El neoconstitucionalismo transformador: el Estado de Derecho en la Constitución de 2008, Quito, Ediciones Abya-Yala /Universidad Andina Simón Bolívar, 307 pp. por Pablo Bonilla Urbina. -- Agustín Grijalva Jiménez, Constitucionalismo en Ecuador, t. 5, Quito, Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional (CEDEC), 2011, 290 pp. por María Elena Jara V.
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El ensayo tiene seis partes. En una primera expondré la teoría de la norma jurídica de acuerdo con el positivismo jurídico; en la segunda parta contrastaremos esta teoría con la teoría de la norma en neoconstitucionalismo; en la tercera parte analizaremos el rol de los derechos fundamentales en ambas teorías; en la cuarta sección, afirmaremos que la argumentación jurídica tiene vital importancia para la garantía de los derechos fundamentales en la aplicación de las normas por parte de los juzgadores; en quinta parte aplicaremos la teoría de la norma al caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), haciendo referencia a un caso resuelto por la Corte Constitucional colombiana (me encantaría señalar una sentencia de la Corte Constitucional ecuatoriana, pero no existe aún sobre esta materia). En una penúltima parte, haré una breve referencia al control difuso de constitucionalidad y a una sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador que sostiene que solo existe control concentrado en el Ecuador. Finalmente, sintetizaré las ideas centrales del ensayo.
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El neoconstitucionalismo, como modelo de teoría jurídica, permite entender y abordar de mejor forma la estructura del derecho en el siglo XXI, superando así los rezagos del derecho privado, insuficiente en estos tiempos para explicar en clave de derechos la relación entre Constitución, Estado y derechos humanos. En este libro se aborda la teoría del contenido mínimo de los derechos fundamentales, según la cual estos tienen, además del contenido esencial, uno que está dado por los instrumentos internacionales y que representa el estándar mínimo que los Estados no pueden desconocer bajo ninguna circunstancia so pena de eliminar o anular el derecho mismo y con ello dar lugar a responsabilidades internacionales. Esta teoría es aplicable también a los derechos sociales, por lo que, al analizar el derecho al trabajo, se busca ejemplificar de qué manera los Estados pueden, y deben, empezar a recorrer el camino de realización de ciertos derechos tradicionalmente relegados. Para ello se realiza un recorrido sobre el contenido y transformaciones del trabajo –como hecho social vital para las sociedades modernas– y se presenta una propuesta de contenido mínimo acorde con la normatividad internacional vigente.
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Este ensayo establece la actualidad del pensamiento de Simón Rodríguez de cara a la emergencia de las reformas constituyentes y el entorno social de América Latina.
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El presente trabajo realiza un acercamiento a la visión actual brindada dentro del Ecuador a los poderes subramificados en el Estado; analizamos este neoexperimento concebido por la vigente Constitución al clásico principio de división de poderes.
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Esta investigación ofrece, a partir de los presupuestos del positivismo metodológico, una interpretación de la teoría general del garantismo desarrollada por Luigi Ferrajoli y de su aplicabilidad en la atribución de significados dentro del derecho constitucional ecuatoriano. Se enfatiza en los alcances y límites del garantismo como teoría interpretativa del constitucionalismo ecuatoriano. Los alcances del paradigma garantista en el derecho constitucional ecuatoriano, son incuestionables. El profesor Ferrajoli, como ningún otro autor, nos ayuda a comprender el sistema de garantías de la Constitución de 2008 que impone una función nomoestática y nomodinámica al derecho positivo, relacionada con la validez sustancial y formal respectivamente. En cuanto a los límites del garantismo ferrajoliano, se da cuenta de los problemas que conlleva la teoría de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli y su teoría cognoscitiva de la interpretación constitucional. Afirmamos por una parte, que la Constitución de 2008 consagra derechos constitucionales que no cumplen con la estructura de los derechos propuesta por Luigi Ferrajoli, pero que son tan fundamentales como los derechos individuales, a la hora de definir los límites y vínculos del Estado constitucional conforme al paradigma garantista. Por otra parte, sostenemos que la Constitución de 2008 padece de graves problemas valorativos (quizá más graves que el de otros sistemas constitucionales) que exigen problematizar la reducción de la interpretación constitucional a una labor cognoscitiva (descripción y no creación de significados), tal como es operada por el profesor Luigi Ferrajoli.
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En la presente investigación, se identifica un problema jurídico constitucional: el conflicto entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva en el proceso penal ecuatoriano, en virtud que en la práctica procesal, tanto la presunción de inocencia como la prisión preventiva crean nudos críticos, que colocan en entre dicho el valor jurídico del derecho a la libertad personal en el Estado constitucional de derechos y justicia; por tal razón en los objetivos investigativos se estableció la necesidad de dilucidar las causas por las cuales estas instituciones jurídicas producen visibles conflictos, con la finalidad de buscar soluciones que permitan subsanar las limitaciones observadas. Viabilizar el derecho de libertad personal y la concreción de los fines del proceso penal, premisa importante para edificar una justicia a tono con el Neoconstitucionalismo imperante en el actual paradigma estatal cuya tendencia garantista es impulsada por la Comunidad Internacional que motiva la practicidad del principio pro persona. El Capítulo I, contiene un estudio de la presunción de inocencia, sus referentes históricos, definiciones, su importancia en el Estado constitucional de derechos y justicia, así como su impacto en la realidad procesal y la justicia penal. El Capítulo II, contiene un estudio sobre la prisión preventiva, su evolución histórica, formas de implementación, su carácter de excepcional y medida de última ratio y su apreciación como una pena anticipada. El Capítulo III, contiene un estudio respecto del conflicto o colisión que presentan los institutos de la presunción de inocencia y la prisión preventiva, y las garantías en juego desde un enfoque legal y constitucional. Por esta investigación llegamos a la conclusión que el conflicto persistente entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva, radica por problemas normativos y de la praxis, en casos en concreto.
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El neoconstitucionalismo nos enmarca dentro de una nueva propuesta de Estado constitucional de derechos y justicia, idea que nos permite comprender que como nunca antes en la historia del constitucionalismo ecuatoriano, múltiples derechos vinculados con la participación social han sido reivindicados y reconocidos como una novedad en la Constitución de Montecristi. Entre estos derechos se encuentra el de resistencia, necesario e insustituible para que el pueblo de forma individual o colectiva pueda ejercer el derecho innato de defensa ante la arbitrariedad y abuso de los poderes públicos o privados y también para utilizarlo como “un medio directo de participación del pueblo en la política.” En esta tesis reviso como sería entendida por la sociedad ecuatoriana la invocación del derecho a la resistencia en el marco sistemático de la Constitución del 2008 y señalo que una comprensión sobre unos límites débiles del derecho a la protesta, podría llevarnos a pensar que existiría un conflicto de derechos constitucionales en las diferentes manifestaciones de actos de resistencia colectiva, mismos que podrían haber sido zanjados con la aplicación de normas infraconstitucionales en la sustanciación de diferentes procesos penales; de ahí la importancia de que los operadores de justicia dejen de lado un criterio de solución estándar al momento de resolver los casos en los que se ha invocado este derecho constitucional, y de que consideren también que podría existir una trilogía en el ejercicio de la resistencia colectiva, pues la protesta social sería entendido como un medio para la invocación de este derecho, ya que la resistencia al ser entendida como un derecho de participación en el marco constitucional actual, podría considerarse como el fin de estos actos colectivos de protesta. Finalmente en este planteamiento, los actos de resistencia colectiva encontrarían protección no solo constitucional sino internacional porque existiría una conexidad de éstos con los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y asociación.
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Este trabalho se propõe a analisar a posse dos bens públicos, sob a perspectiva do neoconstitucionalismo, com destaque para o princípio da função social da propriedade. A tese deste estudo se pautou na afirmativa de que a partir do surgimento da concessão de uso especial para fins de moradia, instituída pela Medida Provisória 2.220 para regulamentar o artigo 183, § 1º da Constituição Federal de 1988, a função social da propriedade, antes sobrelevada nos litígios envolvendo a posse dos bens públicos, passou a ser discutida no âmbito dos tribunais. Para a comprovação da referida tese, analisou-se a jurisprudência do Superior Tribunal de Justiça, dos Tribunais Regionais Federais das cinco regiões do país e dos Tribunais de Justiça do Estado do Rio de Janeiro e do Rio Grande do Sul. Feita esta análise, foi possível comprovar a tese defendida. Com o intuito de garantir a máxima eficácia ao princípio da função social da propriedade, defendeu-se a não delimitação temporal imposta pela MP 2.220, tendo por base quatro argumentos de índole constitucional, sendo eles, a observância da força normativa da Constituição, a aplicação dos tratados internacionais de Direitos Humanos, o respeito ao princípio da igualdade e, por fim, o princípio da supremacia da Constituição.