772 resultados para INTERPRETACIÓN DEL DERECHO
Resumo:
En el año 2008, Ecuador constitucionalizó el derecho a la resistencia, el cual, desde hace varias décadas se considera un tema agotado, o por lo menos, abandonado para la teoría constitucional por considerarlo como un derecho de imposible asimilación dentro de la estructura de los contemporáneos estados de Derecho basados en la primacía de la ley y en los que la sola vigencia de las normas son su parámetro de validez, sin reparar en la justicia o injusticia del resultado obtenido producto de su aplicación. Por lo tanto, el propósito inicial del presente trabajo investigativo es brindar, desde la dogmática jurídica, una comprensión clara sobre la naturaleza del derecho a la resistencia y evidenciar su problemática y posibles alcances dentro de nuestro estado constitucional de derechos y justicia. Un segundo propósito será constatar que la validez, vigencia y eficacia del derecho a la resistencia solo será posible si su contenido se adapta al nuevo paradigma constitucional que abandera el constitucionalismo de derechos, tarea en la que no se podrá desconocer los aportes de nuestra realidad jurídica, política y social. Un propósito final, busca lograr que desde el ámbito constitucional se comprenda el postulado de la última ratio como un elemento importante y que configura el contenido esencial de este derecho que, a más de limitarlo y darle su validez, posibilita su efectiva vigencia como un recurso excepcional frente al Derecho positivo, permitiendo superar parte de la problemática que hoy le aqueja: interpretación y empleo discrecional y arbitrario, proscripción, e ineficacia.
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En este proyecto se aborda la problemática de la violencia institucional en relación a las oportunidades y posibilidades reales de ejercicio de los derechos de las/los adolescentes en materia de salud sexual y reproductiva. La investigación se focaliza en adolescentes de la ciudad de Posadas y de zonas aledañas, a las cuales se considera formando parte del complejo que puede denominarse Gran Posadas. Como dimensiones de análisis, se explora el régimen jurídico, los dispositivos organizacionales, las condiciones materiales y las prácticas sociales, en relación con el ejercicio efectivo de los derechos de las/los adolescentes en materia de salud sexual y reproductiva. Mediante el relevamiento y análisis de la información que pueda obtenerse de fuentes secundarias y de los propios actores, se interpretará teóricamente el problema de investigación y se buscará identificar, describir e interpretar los factores más relevantes que intervienen en relación a las oportunidades y posibilidades reales de ejercicio efectivo de los derechos en materia de salud sexual y reproductiva. Se buscará construir no sólo una interpretación crítica de la situación de las/los adolescentes en relación a tales derechos, sino, además, se buscará plantear una propuesta de líneas de acción que persigan como logro la transformación de dicha situación.
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Fil: Salomón Martínez, José Agustín.
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Fil: Gandía, Enrique de.
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La presente memoria tiene por objeto exponer las principales conclusiones a las que se ha llegado en relación con la materia de análisis concerniente a los instrumentos docentes que resultan más adecuados en orden a alcanzar con éxito los objetivos relativos a la enseñanza por competencias y el aprendizaje autónomo que permitan al alumno afrontar con éxito el ejercicio de las profesiones para las que le capacita su titulación. El análisis se lleva a cabo en relación con la asignatura Derecho del Trabajo, que constituye una materia central en el Área de Conocimiento del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, impartida en varias titulaciones universitarias, principalmente, en los estudios de Derecho, DADE, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, pero también en los Grados de Turismo, Criminología o Trabajo Social. En este contexto, y partiendo de la base de la importancia y necesidad de diseñar un tipo de formación (y evaluación) por competencias, el equipo investigador de esta red ha trazado el diseño de dicha asignatura a través del recurso a tres herramientas básicas del método jurídico: el análisis de las normas jurídicas, la interpretación judicial de las mismas, y la exégesis efectuada por parte de la doctrina científica.
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En la presenta tesis se analiza la problemática de la variación en la terminología del Derecho penal y procesal penal en español, francés y árabe en el contexto jurídico y judicial mediante el estudio comparado de sistemas jurídicos occidentales (España, Francia, Bélgica, Suiza y Canadá) y sistemas jurídicos árabes (Marruecos, Egipto, Jordania, Emiratos Unidos Árabes). La tesis se desarrolla en tres partes En la primera parte , se hace hincapié en la traducción e interpretación judiciales estrechamente ligadas al contexto de la cooperación judicial en materia penal a nivel comunitario e internacional; Asimismo, se hace necesaria una aproximación a los aspectos relativos a la formación académica y profesional de los futuros traductores e intérpretes judiciales, haciendo un breve repaso de las modalidades formativas en la traducción jurídica y judicial en las instituciones académicas nacionales (universidades, centros de formación etc.). Posteriormente, se profundiza en la traducción jurídica como traducción especializada, en las diferencias y similitudes que presenta con respecto a la traducción jurada y judicial. También, incluimos el tratamiento del lenguaje jurídico como lenguaje especializado antes de pasar a analizar los lenguajes jurídicos español, francés y árabe. La segunda parte de esta obra versa sobre los ordenamientos jurídicos de los países seleccionados y la variación lingüística y terminológica respectivamente. La importancia del estudio comparado entre los ordenamientos jurídicos en el orden penal nos permite entender los tipos de variación (lingüística y terminológica) que experimenta el lenguaje jurídico-judicial como revelación de las controversias existentes entre las culturas jurídicas que utilizan una misma lengua vehicular. En la tercera parte se plasma un extenso trabajo de campo mediante la extracción de unidades terminológicas en español, francés y árabe, que aparecen clasificadas en función de tres criterios: los delitos contenidos en los códigos penales; los procedimientos habituales en el orden penal; y las instituciones jurídicas y/o judiciales contenidas en las leyes procesales o en la ley orgánica del poder judicial. En cada ficha terminológica se expone el término normalizado en los diccionarios de la lengua meta con las variantes que detectamos en cada ordenamiento jurídico. Finalmente, a la luz de la terminología extraída, se lleva a cabo un análisis cuantitativo y cualitativo de los términos catalogados, su variación terminológica, la proporción de la variación denominativa (VD) y variación conceptual (VC) y su incidencia en el campo de la traducción judicial.
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La perspectiva constitucional sobre la jerarquía normativa de las fuentes de derecho en el sistema jurídico mexicano, ha suscitado muy interesantes y variadas controversias que han llegado hasta la emisión de criterios, tanto jurisprudenciales como no jurisprudenciales, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En correspondencia con ello y la necesidad que en la academia existe para aclarar a los estudiantes de derecho, de qué manera puede interpretarse la disposición constitucional que por excelencia refiere dicha temática, se presenta una propuesta de exégesis del Artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la luz de una investigación cualitativa sustentada explícitamente en una epistemología orientada a producir conocimiento basada en la coherencia paradigmática de las posturas existentes en el ámbito del principio de supremacía constitucional y la jerarquización normativa y en la inteligencia de que no se pretende establecer reglas fijas e inmutables, sino por el contrario, se trata de una construcción donde las ideas, conjeturas, puntos de vista y reflexiones estén en constante y estrecha relación con el contexto y con los contenidos de la producción teórica sobre el tema.
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La presente disertación tiene como objetivo principal explicar las posturas de los juristas Hans Kelsen, Carl Schmitt y Hermann Heller frente a la erradicación o liquidación del dogma de la soberanía para la teoría del Estado y del Derecho. En este sentido, de manera ya más específica, se analizarán las críticas de Heller y Schmitt frente la liquidación de la soberanía realizada por Kelsen, defendiendo que sus críticas pueden ser aglutinadas en dos grandes dimensiones. La primera asociada al pensamiento de Heller y Schmitt quienes criticarán el método “puro” kelseniano, dado que desconoce, según su postura, la función decisoria del Estado y el contenido político de sus decisiones. La segunda, se asocia a las críticas al entroncamiento de la postura kelseniana y el liberalismo político expresado en su cosmopolitismo y su defensa del parlamentarismo. Para demostrar esta hipótesis el presente trabajo se enmarca dentro de un método hermenéutico y filosófico dada su interdisciplinariedad, acudiendo como fuentes primarias a los textos de los autores y como secundarias a los comentaristas especializados en el pensamiento jurídico y político de la república de Weimar como Leticia Vita, y Jerónimo Molina.
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This article seeks to illustrate the path that the conception of the Right to Education has followed and the interpretation that has being made of it in the different stages. In each one of these stages, the experts in the subject have categorized this Right from the beginning, locating it among Human Rights in the fundamental place that it deserves, or that should deserve, serving as an entrance door to the enjoyment of a full social citizenship, that becomes aware and guarantor of many other Rights that derive from it.
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Las últimas décadas de la Política Criminal en Argentina, al menos en lo que se ha plasmado de modo asistemático dentro de la codificación penal, se inscriben en el marco de discusión sobre la crisis del Derecho Penal. Como he señalado en otras oportunidades, resulta paradójico hablar de crisis penal cuando al mismo tiempo se describe su expansión1 constante2. Esa aparente contradicción, en verdad, lo que indica es la transformación del Derecho Penal3. Lo que ha ingresado en una crisis evidente es la comprensión del sistema penal a partir de ciertos criterios propios de la matriz ilustrada del mismo. Por lo demás, se han elaborado nuevas formas de comprensión del fenómeno punitivo que ya no responden a esos cánones originarios. Al respecto han mutado los fundamentos, fines, métodos científicos y estructuras de concreción legislativa de la reacción penal. Por eso, si bien resulta imposible dar cuenta precisa de los cambios suscitados en el Derecho Penal de la Argentina en estos últimos treinta y cinco años, si se atiende de manera sumaria y con cierto grado de discrecionalidad a algunos de esos aspectos, es factible brindar un panorama de lo que ha sucedido. A modo de introducción, cabe advertir que la Argentina no ha estado ajena, en buena medida, a las líneas que han motorizado las nuevas respuestas penales a nivel comparado, sobre todo en el área continental. La “metamorfosis” del orden penal no solo expresa aspectos vinculados a las decisiones legislativas, esto es, de Política Criminal, sino que integra además los cambios en la dogmática penal...
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Resumen: El presente trabajo propone elementos para una reformulación de la enseñanza del Derecho Civil en la Argentina del Bicentenario. Parte del análisis del estado actual de la enseñanza en esta rama jurídica, con especial referencia a sus etapas históricas. Considera luego lo que se denomina “el modelo del cententario”, con particular atención a la influencia de la modernidad ilustrada y la cultura del Código. Evalúa luego la cuestión a partir de la tensión entre modernidad ilustrada y posmodernidad, proponiendo una alternativa al modelo de enseñanza surgido de la posmodernidad. Como hipótesis de trabajo propone una lectura de la denominada cultura jurídica desde los principios del derecho, y aportar así una alternativa desde la perspectiva del realismo jurídico clásico.
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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.