1000 resultados para CONVENIOS COMERCIALES BILATERALES


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Aunque ha existido un notable crecimiento del comercio en la Comunidad Andina, la integración se encuentra en una fase imperfecta de unión aduanera. No existe una verdadera solidaridad subregional, ya que cada Estado mantiene su posición en cuanto a la política exterior. Esta visión estatalista se contrapone a la integracionista. La falta de voluntad política es también la causa de una ausencia de efectividad de la Comunidad, cuya consecuencia es la responsabilidad de los países sobre la base de la protección de los derechos de los particulares que se encuentren vulnerados, por cuanto ellos son los principales destinatarios del proyecto integracionista. Por ello, cabe derivar un derecho de reparación por los daños que provoque el incumplimiento de las disposiciones comunitarias.

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Si bien los redactores de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no establecieron de manera expresa los métodos para adelantar la operación hermenéutica de este instrumento, sí previeron algunos principios que, en líneas generales, configuran un “sistema autónomo de interpretación” –acorde con las exigencias de su naturaleza internacional–, que se traduce en una operación de lógica jurídica que tiene por objeto determinar el alcance y sentido de los términos utilizados por la Convención y de los contratos que suscriban las partes. Este trabajo procura examinar el carácter internacional de la Convención, la necesidad de promover la uniformidad en su aplicación, y la de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional. En la segunda parte se analizan los criterios previstos en la Convención para la interpretación específica de las declaraciones y los actos realizados por las partes.

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El estudio y tratamiento de la compra-venta internacional de mercaderías se ha profundizado desde 1964 con la Conferencia de La Haya, y con la ratificación de la Convención de Viena el año 1980. A pesar de este esfuerzo y de ciertas posiciones que consideran a la Convención como una suerte de Derecho universal sobre la compra-venta internacional, este artfculo evidencia que la misma presenta lagunas u omisiones en lo que se refiere a la aplicación de los principios generales y reglas de conflicto de leyes del tribunal competente. Este artículo resalta la importancia de la correlación de la Convención de Viena con otras regulaciones, tales como la Convención de La Haya de 1964, el Tratado de Montevideo de 1940, la Convención de México de 1994 entre otras, y evalúa su trascendencia en el ámbito internacional, con especial referencia a Ecuador y Uruguay.

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Este artículo plantea que los TLC se inscriben dentro de una lógica de profundización de la globalización económica y del pensamiento neoliberal, en donde los mercados abiertos, el desmantelamiento del Estado y la reducción del gasto público, entre otras, son las condiciones necesarias para dicha profundización. De acuerdo con el autor los TLC son otra de las estrategias de Estados Unidos frente a la arremetida de los bloques económicos como la Unión Europea y a la lentitud de las negociaciones en la OMC, por lo tanto este tipo de acuerdos solo reedita la misma lógica neo liberal e implica un sometimiento a la geopolítica de Estados Unidos.

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Este artículo presenta un análisis de las ventajas y desventajas que traería consigo la firma de un TLC andino con Estados Unidos. A partir del acercamiento a diferentes sectores de la economía andina, el autor determina quienes podrían ser los posibles perdedores y ganadores con la firma de un Tratado de este tipo. La inexistencia de una agenda productiva interna en cada uno de los países, es señalada como una de las principales desventajas que tienen los andinos para poder aprovechar las ventajas que representaría la firma de un TLC y para poder convertir en oportunidades las exigencias que el mismo plantea. El desarrollo de un debate sustentado en criterios técnicos y políticos, más allá de fundamentos ideológicos, es para el autor el elemento central del cual se debe partir para determinar la conveniencia del TLC.

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Luego de presentar el comportamiento de la industria dentro de la economía ecuatoriana y señalar algunos elementos claves que debe contener una política de industrialización, el autor hace énfasis en la necesidad de elaborar y adoptar un Plan de Desarrollo Nacional, que permita delinear una política de Estado permanente y que facilite la expansión y modernización de los diferentes sectores económicos. Finalmente realiza un análisis de las perspectivas que las diferentes ramas de la industria tienen frente al TLC.

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Este artículo hace un análisis sobre los problemas y desafíos que la firma de tratados de libre comercio plantea a los pueblos indígenas, específicamente a los pueblos amazónicos. Tres ámbitos de análisis son utilizados por el autor para presentar la temática: la disputa por el control de la biodiversidad, los derechos de los pueblos indígenas y la construcción de una agenda de debate frente a la actual coyuntura. Ortiz plantea que si los tratados de libre comercio son parte de la política hegemónica de Estados Unidos, basada en el establecimiento de un orden global y en el control de las fuentes de energía del planeta, la cuenca amazónica se ubica como unas de las áreas de interés para los capitales multinacionales.

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La autora analiza las principales exigencias que en materia de propiedad intelectual Estados Unidos hace al Ecuador en el marco de la firma del Tratado de Libre Comercio. Estas exigencias, señala, van más allá de la normatividad sobre propiedad intelectual ya que los países andinos cuentan con este tipo de normas, altamente funcionales a los intereses de las transnacionales farmacéuticas. Cuatro son los ámbitos en los que se ubican las exigencias norteamericanas en la materia: protección con derecho de exclusividad a la información no divulgada, condicionamiento al ejercicio de las licencias obligatorias, ampliación del tiempo de protección a las patentes y los segundos usos, y eliminación de las exclusiones a la patentabilidad. Finalmente señala que el debate sobre propiedad intelectual, más allá de su apariencia técnica, es un debate esencialmente político.

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Para el autor el Tratado de Libre Comercio entre los países andinos y Estados Unidos es un acuerdo que va mucho más allá de lo comercial, razón por la cual se justifica un amplio proceso de socialización y debate del tema que permita allanar el camino hacia una consulta popular. Partiendo de la trascendencia nacional que para los países andinos tendrá el TLC a partir de siete reflexiones, el autor justifica la realización de una consulta popular que permita que la firma o no del Tratado sea un tema resuelto por toda la sociedad.

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A partir de un punto de vista jurídico, el artículo presenta las razones por las cuales el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y los países andinos no debe ser sometido a una consulta popular. Un análisis conceptual apoya el argumento central del autor, quien sostiene que el TLC por ser un tratado internacional no debe ser objeto de aprobación o desaprobación por parte del pueblo, ya que éste carece de la facultad necesaria para tal fin. Finalmente Ortiz señala que más allá de lo jurídico, las condiciones de educación de la población ecuatoriana y el manejo político que se le puede dar a la consulta, son aspectos que problematizan el desarrollo de una consulta popular.

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En este artículo se presenta el panorama de las actuales relaciones económicas entre China y Perú, tomando como eje articulador el Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito por estos dos países a principios de 2009. En la primera parte el autor examina las relaciones comerciales y de inversión entre China y Perú, luego analiza algunos elementos relevantes del TLC suscrito y, finalmente, presenta las posibles consecuencias del Acuerdo.

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En la última década del siglo pasado, un gran número de acuerdos regionales y tratados bilaterales de protección de inversiones (TBI) fueron suscritos entre países desarrollados y en vías de desarrollo, formando un complejo y enredado marco jurídico que regula la inversión extranjera directa. Dentro de este marco se generaron una gran cantidad de procesos arbitrales que trataban principalmente conflictos relacionados con expropiación. Sin embargo, en los primeros años de este sigo, las controversias empezaron a incluir violaciones a los estándares de trato, concretamente al estándar de Trato Justo y Equitativo (TJE). Esto generó el que un gran número de Estados, entre ellos el Ecuador, sean demandados ante tribunales arbitrales. Sin embargo, por la gran cantidad desarticulada de fallos, el umbral de responsabilidad adquirido por los estados frente a este estándar ha sido muy variable. Con este antecedente, la presente investigación busca adentrarse en la conceptualización e interpretación del TJE en las obligaciones adquiridas por el Ecuador, tanto por fuente convencional y analizar si existe una presencia de las mismas en fuente consuetudinaria. El estudio está compuesto de tres partes: en la primera, se estudian a los estándares dentro del derecho de inversiones, analizando la teoría sobre la naturaleza de este tipo de normas y analizando en particular el estándar mínimo internacional; en la segunda parte, se efectúa un estudio del TJE, lo que incluye el análisis de su evolución, los criterios expansivos y restrictivos de su interpretación. Finalmente, en la última parte, se estudia en concreto el TJE en las obligaciones contraídas por el Ecuador, analizando los diferentes TBI suscritos, los casos más relevantes en los que el Ecuador ha sido demandado por incumplimientos del TJE y donde se elaboran las perspectivas a futuro del estándar luego del dictamen de la Corte Constitucional ecuatoriana, que dispone la denuncia de los TBI suscritos con Alemania y el Reino Unido.

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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.

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El principal objetivo de esta investigación es la recomendación de un acuerdo comercial entre la República Dominicana y Haití con el interés de disminuir el comercio ilícito que durante años persiste en ambas naciones e impulsar el crecimiento y fortalecimiento de sus relaciones comerciales. Para llevar a cabo estos objetivos, hemos analizado el régimen comercial actual de los dos países, con el fin de demostrar el gran potencial que representa el mercado haitiano para la República Dominicana; no sólo por la cercanía geográfica que le permite el menor costo en las relaciones comerciales sino por la demanda de productos dominicanos que requiere Haití para cubrir el déficit económico de su población. Cabe destacar que se examinan ampliamente los principales problemas de la República Dominicana que impiden fortalecer el intercambio comercial con el vecino país de Haití, como son los atavismos políticos del pasado y la inmigración ilegal haitiana. Prejuicios históricos que no han permito reconocer que ambos países son un sólo y único espacio económico y sobre el cual no se ha intentado nunca un acuerdo comercial. También se hizo necesario analizar el contexto político-actual de la República Dominicana y Haití, con el objetivo de demostrar que las nuevas posiciones políticas son las que marcan una nueva era de acercamiento comercial entre estos dos países, propicia para llevar a cabo nuestra propuesta “la suscripción de un acuerdo comercial”.