1000 resultados para Autonomía de la voluntad


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Resumen y objeto: Los socios de una Sociedad, en virtud del principio de autonomía de la voluntad, pueden definir a través de una cláusula expresa inserta en un contrato entre socios el tipo de incumplimiento que da lugar a la resolución de las compraventas de participaciones de esa sociedad. Dicha cláusula no puede considerarse como una condición puramente potestativa, dependiente de la exclusiva voluntad del deudor, puesto que está ligada al hecho del incumplimiento.

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Monográfico con el título: 'Autonomía : Una propuesta a la singularidad de cada centro educativo'. Resumen basado en el de la publicación

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Las partes pueden pactar cláusulas de modificación unilateral en los contratos de distribución, puesto que dicha facultad se encuentra fundamentada en el ejercicio de la autonomía de la voluntad, por medio del cual las partes pueden elegir la manera y la figura mediante la cual van a desarrollar sus relaciones. Sin embargo, dicha facultad no es absoluta y tiene un límite en el orden público y las buenas costumbres. Particularmente en el contrato de distribución, por ser atípico, esta facultad presenta mayor relevancia pues al analizar sus elementos esenciales, no se puede acudir a la ley, sino que se debe acudir a la costumbre y a la práctica mercantil. Para analizar e interpretar la facultad de modificación unilateral, los tribunales arbitrales parten del principio de buena fe, a través del cual se analiza si el ejercicio de dicha facultad es abusivo, pues se ha establecido que este tipo de cláusulas no son en sí mismas abusivas. El análisis trazado se realiza de acuerdo con el del principio de la buena fe en las diferentes etapas de la negociación, debiendo estar presente a su vez durante toda la negociación y posteriormente durante su ejecución. Así, entonces, los árbitros analizan si la cláusula de modificación unilateral fue pactada, es decir que se revisa la validez de la misma y, en segundo lugar, se analiza si el ejercicio de la cláusula fue abusivo, es decir si conllevó a un abuso del derecho o a un abuso de la posición dominante en el contrato.

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Esta investigación se centra exclusivamente en la relación que se dio entre Cuba y la Unión Soviética durante la década de los sesenta, situándolas no sólo en un marco estructural de dependencia, en el ámbito económico, sino también en un contexto de autonomía política en relación con dicha dependencia. Lo anterior servirá para exponer una alternativa a la idea de considerar a Cuba como un país satélite de la ex URSS, como un subordinado de la superpotencia, y más bien identificará los aspectos claves de su política exterior que permitan afirmar que efectivamente Cuba poseía autonomía política, a pesar de depender enormemente de los acuerdos comerciales con la URSS y el resto del bloque socialista.

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Desde la introducción del postulado de laautonomía de la voluntad” en el Estatuto de Contratación Estatal, es posible afirmar que trajo consigo grandes cambios, los cuales se ven reflejados en varios escenarios de la contratación y que sin lugar a duda revelan suma importancia, pero cuando nos referimos a la tipología contractual, primer estadio al cual deben enfrentarse las partes al momento de contratar, este postulado toma real trascendencia al proporcionar libertad a los contratantes, tanto para la entidad como para el particular, de crear conforme a sus necesidades y a los fines estatales la forma contractual que más se ajuste, teniendo en cuenta las limitantes generales que el ordenamiento jurídico le impone. Este entorno ha sido la clave para que se llegue a hablar del contrato estatal atípico, tópico que ha generado discusiones entorno a su admisibilidad en el derecho público por no serle originalmente propio a este.

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Este ensayo se ocupa, fundamentalmente, de los conceptos de deseo, placer, voluntad, erotismo y seducción. Desde el principio, se pone en escena la pornografía como pretexto para pensar esos conceptos, teniendo claro que se trata de establecer sus relaciones, así como sus diferencias más radicales. Nuestra hipótesis es que el deseo nada tiene que ver con la satisfacción de las demandas. El deseo es un afecto mediante el cual se vincula la voluntad a los objetos de su interés, no un sentimiento producido por sus características particulares. En ese sentido es que intervienen los demás conceptos. El concepto de deseo puede ser caracterizado al tener en cuenta la experiencia interior del erotismo, al igual que el intercambio simbólico en la seducción. La investigación se divide en cuatro partes. La primera se ocupa de los conceptos de voluntad, deseo, ley. La segunda tiene que ver con la idea de que el deseo se vincula con una ambigüedad erótica siempre presente en la voluntad. La tercera parte, matiza los conceptos de deseo, erotismo y voluntad sobre la experiencia del seductor de Kierkegaard. Finalmente, volvemos al tema de la pornografía para remarcar la diferencia entre placer y deseo. Palabras clave: deseo, placer, voluntad, seducción, erotismo y pornografía.

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Resumen de la revista en catalán

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Este artículo pertenece a un dossier monográfico titulado 'Historia de las mujeres'

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El Estatuto General de Contratación colombiano (Ley 80 de 1993 y normas que lo aclaran, complementan y desarrollan), como desarrollo de los artículos 4 y 209 de la Constitución Política y como ejemplo de la implantación de nuevas maneras de entender el derecho administrativo, habilita a las entidades estatales sujetas al estatuto general de contratación, en aras de alcanzar sus fines constitucionales y legales, para acudir a contratos del derecho privado, plasmados en normas especiales y aquellos derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, sin que ello se oponga al principio de legalidad, piedra angular del derecho público. No obstante esta autorización legal expresa, el uso de contratos atípicos es muy limitado.

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El interés de este estudio de caso es conocer el concepto de autonomía educativa indígena planteado desde la experiencia del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional en México por medio de las escuelas Zapatistas en Chiapas, sur de México. Se analiza cómo un ejército indígena llegó a crear escuelas rebeldes autónomas generando su propio concepto de autonomía educativa por y para indígenas y cuáles son sus aportes al concepto oficial de autonomía indígena en México. Se evidencia que aspectos como los métodos culturales de enseñanza y aprendizaje, la cohesión social y el sentido de lo colectivo, entre otros, configuran una noción de autonomía indígena para las escuelas zapatistas y las comunidades del gobierno mexicano que pone en entre dicho la autonomía educativa institucional que se guía por las exigencias de un sistema educativo globalizado.