961 resultados para Cartas latinas s.XV-XVI
Resumo:
Entrevista concedida por el Santo Padre Benedicto XVI a los periodistas durante el vuelo hacia África. Martes 17 de marzo de 2009.
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En el presente trabajo nos proponemos abordar algunos aspectos relacionados con las restricciones, los privilegios y la violencia, que se implementaron sobre los mudéjares de Castilla, Aragón y Valencia. En relación con los primeros, daremos cuenta del endurecimiento legal –real y eclesiástico– que se desplegó hacia los moros hispánicos y que regló casi todos los aspectos del vivir cotidiano y de sus prácticas religiosas. Sin embargo, los mudéjares y sus aljamas en algún área en particular, fueron sujetos de privilegios reales. Es por esto que analizaremos restricciones y privilegios como dos caras de un mismo proceso que se desplegó durante el tránsito de la baja edad media. Finalmente, indagaremos sobre los episodios de violencia hacia los mudéjares contrastando particularidades regionales, para conectar estos sucesos con la segregación y la restricción.
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Resumen: El hispanista francés Georges Cirot fue el primero en emplear el término “maurofilia literaria” (maurophilie littéraire) en 1938 para referirse a la representación del valor y la nobleza de los moros en la literatura española del siglo XVI. Pero como señaló Ramón Menéndez Pidal (1957, 202), ya en los siglos XIV y XV los castellanos se habían sentido atraídos por los musulmanes de Granada, por su exótica civilización, su lujo en el vestir, la espléndida ornamentación de sus edificios y su modo de cabalgar, armarse y combatir. Francisco Márquez Villanueva (1984, 117-118) indicó que aunque la literatura maurófila del siglo XVI fue elaborada bajo el signo avanzado del humanismo cristiano, cuyas características fueron “el inconformismo y la sensibilidad para toda suerte de realidades en divergencia del mundo oficial”, las raíces de la maurofilia literaria se encuentran en el viejo romancero fronterizo y morisco elaborado en el siglo XV. En su opinión, el Romancero fue la patria de la “maurofilia pura” y es donde encontramos un cuadro de referencias temáticas “hecho de toponimia y onomástica, armas, indumentaria, policromía y cabalgadas” tendiente a caracterizar al moro como un ser refinado y superior. Para María Rosa Lida (1960, 355), en cambio, la imagen caballeresca del moro se remonta a don Juan Manuel, pues en sus obras aparecen las cortes musulmanas como “centros de molicie refinada y suntuosa”. En efecto, en el Libro de los estados se afirma el valor del moro como guerrero y en el Conde Lucanor aparecen una serie de reyes moros magnánimos y discretos. Sin embargo, el árabe como personaje sabio o “ejemplar” figura ya en una de las fuentes del Conde Lucanor, la Disciplina clericalis, obra compuesta a principios del siglo XII por el judío converso Pedro Alfonso. Por otra parte, el análisis de la representación de los moros en textos épicos, Avengalvón en el Poema de mio Cid y Almanzor en la Los siete infantes de Lara, nos permite descubrir un importante e insoslayable antecedente de la maurofilia de los últimos siglos de la Edad Media
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Contenido: Problemas para la localización del texto base de un fragmento neotestamentario incluído en Almaqãmi’ Assulbãn de Alhazrağī (S. XII) / Juan Pedro Monferrer Sala – Pax alphonsina: el ideal de imperium y el conocimiento en algunos textos alfonsíes / Santiago Disalvo – El niño en al-Andalus a través de la medicina y el derecho / Camilo Álvarez de Morales – Algunos aspectos de la castellanización de Álava. El conflicto en torno a la sucesión del señorío de Ayala en 1332 / Juan de la Cruz Ojeda – As potencialidades da função de Aia na Baixa Idade Média / Fátima Regina Fernandes – Los que comercian con dinero. 2ª parte / María del Carmen Carlé – Ysabel y la excelente señora en 1504: ¿Razón de estado o usurpación a un trono? Un nuevo documento / István Szászdi León-Borja – La elite de los artesanos (siglo XV y XVI) / María Concepción Rodríguez de Monteagudo – Los milagros de Guadalupe como fuente histórica para la reconstrucción de la vida en la frontera (España, Siglos XV y XVI) / Gerardo Rodríguez – El pensamiento agónico de Unamuno referido a la idea de lo nacional / Evelyn Klein -- Reseñas
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Resumen: El presente trabajo estudia la recepción del Libro de Séneca contra la yra e saña, romanceamiento castellano medieval del diálogo De ira de L. A. Séneca, en el marco de la actividad cultural del siglo XV. Para ello tendremos en cuenta la presencia de la traducción en los inventarios de las bibliotecas nobiliarias, las tres únicas copias manuscritas conservadas (mss. Esc. N.II.8, S.II.14 y T.III.3), los testimonios indirectos que proceden de la obra de Fernán Pérez de Guzmán y la presunta reelaboración del humanista Nuño de Guzmán
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Rara vez el público relaciona la llegada de los gitanos a los reinos de España con el siglo XV. Para muchos lo gitano es la esencia más española, de cuya tradición beben escritores y músicos. Esto no es así, los “egipcianos” llegaron hace seis siglos en calidad de penitentes refugiados que huían del turco, lo que en historia no es mucho tiempo atrás. Llegaron a la península cruzando Europa, entrando a ésta por el Reino de Hungría, siguiendo las rutas de peregrinación como forma de subsistencia. Su inadaptación al modelo de vasallo de la Monarquía absoluta trajo su persecución. Los vientos de la reforma y del erasmismo tampoco les favorecieron.
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Resumen: El trabajo que presentamos a continuación tiene como objetivo abordar distintos aspectos sobre la construcción de las imágenes y de las prácticas discursivas que se proyectaron sobre el Islam y los musulmanes en la Castilla medieval. En este sentido, daremos cuenta del contexto mediterráneo y peninsular en la tensión Cristianismo-Islam, así como también de algunas medidas que desde la Iglesia romana se proyectaban sobre los moros. Recogeremos los antecedentes de las polémicas antiislámicas para luego adentrarnos en el universo castellano y ejemplificar estas disputas con algunos escritores cristianos para analizar sus posturas respecto del Islam y la veracidad de su religión.
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Resumen: Existe una realidad que supera todo, que es la internacionalización de las relaciones jurídicas y el derecho legislado en un país no es ni puede ser autosuficiente para resolver los litigios que se presentan y es allí donde como necesidad sociológica aparece el derecho procesal internacional, como parte integrante del derecho internacional privado. La cooperación jurisdiccional de primer grado es comprensiva de un marco amplio en el plano convencional, que resulta en general adecuado en sus ratificaciones para la República, que a su vez posee regulación interna. La concepción del orden público será más flexible en la cooperación jurisdiccional internacional y no integra el orden público la cosa juzgada en el país, ni la litispendencia, elementos que han de evaluarse al momento del reconocimiento. Este primer grado de cooperación abarca en sentido amplio las distintas vías de comunicación entre las que principalmente se encuentran las comunicaciones de mero trámite, la obtención de pruebas en el extranjero y la información del derecho extranjero. Como vía de comunicación, en su finalidad, el exhorto busca la realización de la justicia. El control de la competencia judicial internacional en los exhortos internacionales como requisito de la obligatoriedad para el juez requerido, es eliminado en las modernas tendencias, limitándose a la compatibilidad de él con el orden público del juez requerido. En este rumbo deberían orientarse las futuras reformas de la legislación interna en la materia.
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Resumen: Desde hace algunos años los estudios sobre el abastecimiento en la España Medieval han ido aumentando considerablemente. En nuestro país, la Dra. Carlé ha sido una de las pioneras en estos tópicos –como en tantos otros–, abriendo las puertas a esta temática trabajada posteriormente por muchos investigadores. En esta oportunidad, el objetivo de este trabajo es mostrar cómo se percibe este “delicado equilibrio” existente entre explotación/conservación en algunas ordenanzas municipales de los siglos XV y XVI, referidas al consumo y comercialización de la “lenna”.
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Pensar la utopía / Eduardo Briancesco -- El “Confesionario breve” de Fr. Alonso de Molina (1565). Un ejemplo para el estudio de la disciplina penitencial en el Nuevo Mundo / Guillermo Durán -- Diaconado permanente: evaluación de un encuentro y algunas reflexiones teológicas / Luciano Bertelli -- ¿La filosofía amor a la sabiduría o sabiduría del amor? Diálogo con Emmanuel Levinas / Pablo Sudar -- Puebla: Evangelización de la cultura / Lucio Gera -- Notas bibliográficas -- Libros recibidos
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula
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Número monográfico: El viaje y sus discursos
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Resumen: Este artículo se refiere a la evolución experimentada por la villa de Puebla de Alcocer a lo largo de la Baja Edad Media. Situada en Extremadura, dependiente de la ciudad de Toledo y dedicada especialmente a la actividad ganadera, Puebla de Alcocer conoció muy diversas situaciones en los siglos XIII y XIV, pasando sucesivamente de la condición de villa realenga a villa de señorío y viceversa.
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula
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Ante la finalización del Ministerio Petrino del Santo Padre Benedicto XVI el pasado 28 de febrero de 2013, la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana dependiente de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina quiere expresar su profunda gratitud por el rico Magisterio que ha legado en relación con la ley natural y la persona humana. En este sintético homenaje, queremos recordar sus intervenciones a partir de tres ejes, que ciertamente guardan mucha relación entre sí pero que pueden diferenciarse: a) El estudio de la ley natural en la Iglesia Católica. b) La ley natural propuesta al mundo de la política. c) Los juristas y la ley natural.