743 resultados para Derecho a la seguridad de la persona
Resumo:
Sobre el acceso a medicamentos y el derecho a la salud en el marco de la propiedad intelectual, múltiples cuestionamientos se pueden plantear, en esta tesis. Lo cierto es que a la fecha, el trabajo normativo, jurisprudencial y doctrinario que se ha suscitado entorno a él, da cuenta de una realidad que ya se había evidenciado en el Informe de la Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública «Salud Pública, innovación y derechos de propiedad intelectual» de la Organización Mundial de la Salud en el año 2006 “una cuestión fundamental es la relación entre la combinación de políticas que podrían fomentar la innovación biomédica de interés para los países en desarrollo y la capacidad de los países para poner a disposición del público los productos de la innovación, lo que contribuiría a hacer realidad el derecho de las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud”. En este contexto, los Estados miembros de la Comunidad Andina como signatarios de diversos instrumentos internacionales y de las disposiciones normativas contenidas en sus Cartas Fundamentales en materia del derecho a la salud, no pueden ser ajenos a su obligación de garantizar el acceso a medicamentos para su población, así deban, entre otras posibilidades, «valerse» del régimen de flexibilidades y/o excepciones «licencias obligatorias» que consagra el régimen de protección de las innovaciones farmacéuticas «principalmente el Acuerdo sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio y/o la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina» en procura de materializar la eficacia del derecho a la Salud. Por todo lo anterior el problema a analizar con la presente investigación académica estará orientado a demostrar cuáles son las razones por las que las flexibilidades que contiene el régimen de patentes farmacéuticas, particularmente las licencias obligatorias, resultan insuficientes o no para garantizar el acceso equitativo a los medicamentos de la población de los Estados miembros de la Comunidad Andina.
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El neoconstitucionalismo nos enmarca dentro de una nueva propuesta de Estado constitucional de derechos y justicia, idea que nos permite comprender que como nunca antes en la historia del constitucionalismo ecuatoriano, múltiples derechos vinculados con la participación social han sido reivindicados y reconocidos como una novedad en la Constitución de Montecristi. Entre estos derechos se encuentra el de resistencia, necesario e insustituible para que el pueblo de forma individual o colectiva pueda ejercer el derecho innato de defensa ante la arbitrariedad y abuso de los poderes públicos o privados y también para utilizarlo como “un medio directo de participación del pueblo en la política.” En esta tesis reviso como sería entendida por la sociedad ecuatoriana la invocación del derecho a la resistencia en el marco sistemático de la Constitución del 2008 y señalo que una comprensión sobre unos límites débiles del derecho a la protesta, podría llevarnos a pensar que existiría un conflicto de derechos constitucionales en las diferentes manifestaciones de actos de resistencia colectiva, mismos que podrían haber sido zanjados con la aplicación de normas infraconstitucionales en la sustanciación de diferentes procesos penales; de ahí la importancia de que los operadores de justicia dejen de lado un criterio de solución estándar al momento de resolver los casos en los que se ha invocado este derecho constitucional, y de que consideren también que podría existir una trilogía en el ejercicio de la resistencia colectiva, pues la protesta social sería entendido como un medio para la invocación de este derecho, ya que la resistencia al ser entendida como un derecho de participación en el marco constitucional actual, podría considerarse como el fin de estos actos colectivos de protesta. Finalmente en este planteamiento, los actos de resistencia colectiva encontrarían protección no solo constitucional sino internacional porque existiría una conexidad de éstos con los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y asociación.
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En la provincia de Zamora Chinchipe se implementa el primer proyecto minero de explotación de cobre a gran escala, bajo la modalidad de cielo abierto, en Ecuador, al que se lo ha denominado «Mirador». A partir de este caso se realiza un análisis crítico del alcance y vigencia del derecho de participación de pueblos y comunidades en el marco de un modelo económico extractivista y primario exportador. En este contexto se evidencia que tanto la consulta ambiental y la consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas, a pesar de estar reconocidos como derechos, no son mecanismos reales de participación, ni están diseñados para influir en las decisiones relacionadas con políticas extractivistas, pues más bien se subordinan a los intereses del desarrollo, noción que, aunque tome diversos nombres, sigue teniendo como sustento ideológico el crecimiento económico y la mercantilización de la naturaleza. El propósito de este trabajo es alentar el debate crítico alrededor del tema de los derechos humanos, que permita su análisis desde una mirada integral que trascienda el ámbito jurídico.
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A partir de la década de 2000 se ha fortalecido la visibilidad estadística de los pueblos indígenas y afrodescendientes en América Latina, mediante acciones conjuntas entre los diferentes actores involucrados que dieron como resultado recomendaciones específicas para los censos de 2010. En este artículo se examinan algunos avances observados en los censos, como la inclusión generalizada de las preguntas de autoidentificación para los pueblos indígenas y el aumento de los países que las incluyeron para los afrodescendientes, la mayor participación en los procesos censales, la ampliación del uso de pruebas piloto, la revisión de las preguntas, la identificación de los pueblos de pertenencia y la realización de campañas de sensibilización, entre otros. Junto con lo anterior, persisten importantes desafíos, ya que los avances son dispares, los procesos no están sistematizados y no hay informes técnicos que den cuenta de ellos. Es necesario contribuir al fortalecimiento de las etapas poscensales con la participación de los pueblos y crear o fortalecer la institucionalidad para la producción de estadísticas desagregadas.
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El derecho a la educaciónUna vez más nuestro boletín asume los desafíos planteados por la Declaración del Milenio y el enfoque de derechos humanos plasmado en la Convención sobre los Derechos del Niño. Esta vez examinamos el derecho de niños, niñas y adolescentes a la educación.