839 resultados para Garantías constitucionales
Resumo:
La ambigüedad y carencias de la regulación sobre internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico, unidas a la declaración de inconstitucionalidad que afecta a algunas de sus disposiciones por carecer del debido rango legal, exigen la elaboración de una normativa completa y bien estructurada de la materia. La reciente STC 141/2012, de 2 de julio, enjuicia por primera vez un caso de internamiento psiquiátrico urgente desde la óptica del derecho fundamental a la libertad personal, y el TC aprovecha la coyuntura para desarrollar minuciosamente las garantías que han de respetarse en tales casos con el fin de evitar vulneraciones arbitrarias del mismo. Este trabajo analiza la novedosa doctrina que sienta el TC en dicha sentencia.
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Este año el libro colectivo presenta como énfasis especial, las Reformas procesales en Colombia y en el mundo, en el que se encontrarán discusiones que vinculan el estudio de las reformas procesales en las áreas civil, penal, laboral y aquellas que impactan en el estudio del derecho probatorio. En el libro, tanto los estudiantes, como los abogados en ejercicio y los estudiosos del derecho procesal, encontrarán pensamiento críticos sobre las reformas procesales en la Contemporaneidad que sugieren las siguientes reflexiones: ¿Cómo se inserta en el debate de las reformas y su implementación la garantía de los derechos constitucionales? ¿Todas las reformas velan por la protección de las garantías que integran el debido proceso? Las reformas constantes que trazan los legisladores, ¿son la respuesta siempre necesaria para procurar la justicia material? La fallida o retardada implementación de las reformas procesales en correlación son los objetivos propuestos, ¿debe intervenirse con nuevas reformas? ¿Cómo cada reforma debe consultar las necesidades del contexto y de la región? ¿En qué forma las reformas procesales también impactan en el estudio del derecho probatorio? Las reformas procesales ¿implican un acercamiento de los sistemas jurídicos tradicionales de derecho legislado y derecho jurisprudencial? o ¿conllevan el desplazamiento de un sistema hacia otro sistema? ¿De qué manera la oralidad se ha introducido en las reformas procesales, cuáles han sido las ventajas y desventajas? ¿Cómo se evalúa la implementación de las reformas procesales en las diferentes áreas? ¿Cómo se transforma el rol del juez a partir de las reformas procesales y cómo impactan en sus poderes-deberes? ¿En qué consiste el denominado “nuevo rol” que deben asumir las partes y el juez en el proceso?
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Un Proyecto Constitucional de Garantías Económicas, con un sentido similar al actual Título de Derechos y Garantías Sociales, contribuiría seguramente a fortalecer la Democracia Económica y el Estado de Derecho en Costa Rica. Pero para el logro de tal fin, debería tratarse de un proyecto integral que logre simultáneamente, al menos, dos objetivos no fácilmente armonizables: a) aumentar la flexibilidad y la eficacia de la política económica y del rol del Estado en la economía, y b) definir y acotar un tipo de control democrático sobre los márgenes de acción de quienes ejercen la política macroeconómica en particular, y las políticas públicas en general. Por el contrario, el así llamado "Proyecto de Garantías Económicas" -eminentemente fiscaliza- impone límites de acción solo en determinadas áreas y funciones de la acción estatal, por lo que representa una visión unilateral de la realidad y de la política económica practicada en la Costa Rica de los últimos años.Aunque los estudios sobre el ciclo económico en Costa Rica son escasos, y no suministran conclusiones tajantes, hay suficientes indicios para sostener que existe un margen importante para la manipulación cortoplacista de la política económica, y que este margen ha sido utilizado efectivamente, sin una debida evaluación -o incluso a pesar de ella- de las consecuencias de mediano y largo plazo de las acciones tomadas.Estas reflexiones se enmarcan en el debate entre neokeynesianos y monetaristas sobre el papel de las reglas versus las políticas discrecionales en materia de intervención estatal en la economía, y se sostiene la necesidad de democratizar la gestión macroeconómica de los gobiernos.
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El Proyecto de Ley de Garantías Económicas contiene transformaciones importantes del proceso de asignación de los recursos públicos. Tales cambios se incorporan a la Constitución de la República. En especial se modifican los aspectos hacendarios de la Constitución. Pero también se contemplan cambios en temas tributarios, en aspectos de deuda pública, en el funcionamiento del Banco Central de Costa Rica (BCCR), en la regulación de los servicios públicos y en las funciones legislativas relacionadas con la enajenación de los activos públicos.Este artículo presenta una sistematización y un conjunto de reflexiones críticas en torno a las transformaciones propuestas por el Proyecto de Ley. La exposición se realiza con base en la propuesta del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC). En los aspectos en donde el Partido Liberación Nacional (PLN) tiene diferencias, el texto lo indica explícitamente. En el Anexo se describe el detalle de las transformaciones propuestas.
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La Constitución de la República del Ecuador vigente desde el año 2008, reconoce y garantiza derechos para los ciudadanos domiciliados en el país, entre ellos trabajadores/as y servidoras y servidores públicos. En diciembre de 2015, la Asamblea Nacional del Ecuador, mediante el procedimiento de Enmienda Constitucional unificó el régimen laboral de las personas que prestan sus servicios laborales en las instituciones y organismos estatales, debiendo adecuarse la normativa legal y secundaria a esta modificación de la Carta Magna hasta junio de 2016. En el presente trabajo abordaremos en su primer capítulo antecedentes históricos del derecho al trabajo en general y la legislación histórica que ha regido en nuestro país. En el segundo capítulo nos centraremos en distinguir cuales son las características del régimen laboral público y del privado en Ecuador y realizaremos recomendaciones en relación a derechos individuales de los servidores públicos. En el tercer capítulo haremos referencia a los Convenios Internacionales de la OIT ratificados y no ratificados por nuestro país. En el cuarto capítulo estableceremos similitudes y diferencias entre las legislaciones regionales en razón del reconocimiento de derechos colectivos para servidores públicos. En el capítulo cinco detallaremos criterios doctrinarios sobre los derechos de ejercicio colectivo, es decir: huelga, convenio colectivo y sindicalización en el sector público para finalmente en el sexto y último capítulo dar recomendaciones para la inminente reforma a la Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP.
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El dominio doctrinariamente es el derecho real máximo del cual se desglosan la mayoría de los derechos reales consagrados en el derecho civil, de esto se desprenden facultades, o derechos los cuales revisten al propietario, para que pueda usar, gozar y disponer libremente de una cosa. Pero si analizamos bien la concepción del concepto de dominio consagrado en el Código Civil, nos daremos cuenta que hay una forma de concebir las cosas corporales. El Art. 568 Código Civil Se llama Dominio o Propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad y el uso de la cosa se le llama usufructo. El derecho de dominio tiene características que le hacen ser diferentes de los demás derechos, es por ende que gozan de características especiales como los que identifican a los derechos reales: a) Es un derecho real, b) Es absoluto, c) Es exclusivo, d) Es perpetuo. En la Constitución se establecen una cantidad de derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad y posesión, sobre los bienes que una persona puede tener, así mismo la constitución regula que la persona no puede ser privada de sus derechos fundamentales sin que esta sea antes previamente oída y vencida en un juicio mediante un proceso que se le debe seguir para no vulnerar sus derechos y garantías tanto constitucionales como las que las leyes aplicables determinan. La ley que se Analizara persigue la recuperación de bienes producto de actos ilícitos, y regula los medios, competencias y procedimientos para obtener dicha recuperación. "Por tal razón, es indispensable dotar al Estado, garantizando el debido proceso, de un mecanismo legal para la investigación, el examen y establecimiento del origen ilícito de patrimonios realizadas al margen de la ley y proceder a su extinción". La figura de la extinción de dominio tal y como aparece definida en dicha ley, por lo menos en el medio, es novedosa. Hasta ahora, la extinción del derecho de dominio considerada como el cambio de titularidad del derecho real de propiedad se producía por los medios tradicionales, o títulos de adquisición de dominio o pérdida como la transferencia en sus diversas modalidades, la expropiación, la transmisión y la prescripción. La novedad de la ley consiste en la introducción de una nueva forma de extinción, que es la "pérdida de ese derecho de dominio a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular", por razón de la naturaleza de la procedencia adquisitiva del bien, en resumen que provenga de hechos o actos ilícitos. No obstante para que haya una completa legalidad en el proceso y el destino de estos bienes que sean objeto de medidas cautelares o extinguidos mediante una sentencia definitiva dictada por un juez especializado, para garantizar su buena administración se crearan las distintas instituciones especializadas en el área; estas se encargaran de reparación, identificación inventario, administración, mantenimiento, preservación, custodia, y la destinación de los mismos todo ello para garantizar el derecho de propiedad ya sea que lo tenga el particular o este pase a favor del Estado.
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Este artículo plantea la importancia de emprender un estudio riguroso acera de la necesidad y eventuales consecuencias de los cambios que en materia presupuestaria y de fiscalización presenta el proyecto de Garantías Económicas.También analiza algunos aspectos relacionados con esta temática, contenidos en el proyecto de Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos que se analiza actualmente en la Asamblea Legislativa, particularmente en lo concerniente al rol asignado tanto al Ministerio de Hacienda como a la Contraloría General de la República, dado que a ésta se le restan funciones y atribuciones, mientras se pretende crear un super Ministerio de Hacienda.Una verdadera coordinación entre los entes rectores del proceso presupuestario -La Contraloría, el Ministerio de Hacienda y el MIDEPLAN-, parece un camino más adecuado a fin de construir un sector público más eficiente y democrático.
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El día 30 de noviembre de 1995, la Defensoría de los Habitantes presentó ante el plenario de la Asamblea Legisltativa una propuesta de trabajo cuya orientación esencial refería a la ausencia de una participación real de la sociedad civil en el proceso que había seguido la eventual aprobación del capítulo de Garantías Económicas a incorporarse en nuestra Constitución Política. Desde ese momento ha venido sosteniendo que a través de una reforma parcial a nuestra Carta Fundamental están siendo intentadas más bien reformas radicales a la estructura y funcionamiento de nuestro Estado y que cambian su esencia considerablemente. Ello en criterio de la Defensoría y de quienes posteriormente han acogido y apoyado su propuesta constituye razón por demás suficiente para dar impulso a un debate amplio y pluralista en donde el acuerdo social sea el que determine el tipo de Estado que la sociedad costarricense desea y necesita pues la trascendencia de las medidas pretendidas vienen al traste con un proceso de toma de decisiones pensado, organizado y ejecutado unidireccionalmente desde las estructuras de poder tradicionales.La transcripción literal del texto propositivo de que se ha hablado se presenta íntegramente en virtud de que son variados los temas a que éste se refiere.
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Frente a una nueva postura no solo dentro del sistema penal ecuatoriano sino en la mayoría de las legislaciones latinoamericanas, con orígenes europeos y norteamericanos, se encuentra una política criminal de agilidad, eficiencia, negociación, eficacia y rapidez, tendiente a solucionar los conflictos penales que a diario se ventilan mediante procedimientos especiales, distintos al procedimiento tradicional llamado Procedimiento Ordinario. Es por ello que el presente trabajo busca analizar y establecer en base al Código Orgánico Integral Penal los procedimientos especiales, particularizando nuestro estudio en el Procedimiento Abreviado, en relación a su normativa, aplicación, efectividad, haciendo un análisis conciso sobre sus antecedentes, naturaleza y sustanciación, sosteniendo en base a principios constitucionales la correcta y adecuada aplicación de éste novedoso procedimiento. Para tal propósito, es necesario dentro del Capítulo I tratar el Proceso Penal y su reseña histórica en el Ecuador seguida por un análisis de los principios constitucionales, para luego, en el Capítulo II hacer referencia a los sujetos procesales que intervienen en el procedimiento penal; el Capítulo lll trata sobre los procedimientos especiales, finalizando en el Capítulo IV con el estudio del Procedimiento Abreviado como tal.
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El derecho tributario se encuentra regido por principios propios de esta materia, parte de aquellos son los principios de Progresividad y Proporcionalidad, sin embargo, dentro de los sistemas tributarios, particularmente el ecuatoriano, coexisten diferentes tipos de tributos, algunos de ellos, por sus peculiares características, son incluso antagónicos a los mentados principios. Me refiero, especialmente, al Impuesto al Valor Agregado, gravamen de tipo indirecto y regresivo, vigente en nuestra legislación, y que merece un exhaustivo análisis con la finalidad de determinar en qué medida es compatible con la progresividad y la proporcionalidad constitucional.Para lograr el objetivo planteado, es menester hacer un repaso de la totalidad de principios aplicables a los tributos, estos son: generalidad, eficiencia, simplicidad administrativa, suficiencia recaudatoria, irretroactividad, igualdad, equidad, transparencia, legalidad, proporcionalidad y progresividad. Así mismo, es necesario un análisis doctrinario del Impuesto al Valor Agregado, a la par de la legislación vigente sobre este gravamen, y concluir con el análisis de la relación del IVA con dos de los principios constitucionales, los de proporcionalidad y progresividad.
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La violencia y discriminación contra la mujer se vive en toda la región latinoamericana y ante eso los países han comenzado en los últimos años a hacer énfasis a redoblar esfuerzos para eliminar este mal. Convencidos de que es urgente avanzar en El Salvador, en la erradicación de la violencia contra las mujeres, nuestra Coordinación Política quiere dejar constancia de su quehacer contra la impunidad e injusticia y de los retos que es necesario vencer para que las mujeres alcancen realmente el derecho a una vida libre de violencia. Es importante recalcar que la violencia contra las mujeres tiene su fundamento en la desigualdad social de género que se presenta de manera generalizada en modalidades diferentes afectando de forma directa sus vidas como también en el desarrollo de sus capacidades y sus libertades. La violencia contra las mujeres es un problema vital dentro de la sociedad, ya que se convierte en un gran impedimento para su desarrollo en nuestro país, se ha presentado un gran avance en materia legislativa generando condiciones jurídicas que fortalecen las necesidades de transformación, especialización, profesionalización de las instituciones para detención, prevención, atención, sanción e institución de los derechos de las mujeres que enfrentan la discriminación, desigualdad, exclusión y violencia. La violencia contra las mujeres no es más que una clara evidencia de la violación de sus derechos humanos, ante ello sólo una minoría de las víctimas denuncia tal agresión, la mayor parte soportan en silencio, pero lo más triste es que otras no viven para contarlo, durante las últimas décadas, la violencia contra la mujer ha ido recibiendo una atención creciente a nivel mundial, pasando de ser una cuestión oculta y privada a declararse en la actualidad como un problema de derechos humanos que afecta a la dignidad, a la integridad y a la libertad de las personas y que atenta contra el bienestar social. La realidad de la mujer Salvadoreña descansa en políticas estatales, las cuales deben respaldar toda iniciativa en pro del progreso humano y colectivo, aunque, bien es cierto que en la práctica, como se puede observar, este papel ha tenido aún poca incidencia en mejorar las condiciones de vida y desarrollo de las mujeres, de forma sostenida y al mismo tiempo entender que no puede haber desarrollo sin superar el déficit de las mujeres.
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La función notarial y su regulación en la legislación salvadoreña – Análisis de la Ley de Garantía Mobiliarias – Centro Nacional de Registros y la implementación del registro de Garantías Mobiliarias – Estudios Comparado de la regulación de la función notarial en los cuerpos normativos internacionales de garantías mobiliarias