663 resultados para Excusado (Impuesto)
Resumo:
El presente artículo tiene como finalidad analizar el Nuevo Régimen único simplificado del Perú. Se trata de un sistema simplificado de tributación de los pequeños empresarios legislado en el ordenamiento tributario peruano. Los contribuyentes de este impuesto realizarán el pago de este impuesto que sustituye a los Impuestos de la Renta, Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal
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Este estudio fue dirigido para evaluar la relación agua-rendimiento en vid de mesa cv. Crimson y establecer valores críticos para las mediciones del estado hídrico de las plantas. Los estudios de campo se desarrollaron durante tres años, en el Valle de Aconcagua, Chile, a 32º47'S y 70º42'O, en un suelo de textura franco arcillosa. Se proporcionaron a las plantas diferentes cantidades de agua de riego entre 40 y 100% de la evapotranspiración del cultivo (Etc). El potencial hídrico xilemático medido a mediodía (psixmin) y la conductancia estomática estuvieron estrechamente relacionados con el déficit de agua impuesto y el rendimiento obtenido. Los rendimientos de la vid disminuyeron respecto al agua aplicada en el rango de los tratamientos estudiados. Sesenta por ciento de restricción de la Etc redujo 22% del rendimiento. Cuando la planta mantuvo psixmin mayor que -0,75 MPa entre cuaja y pinta, la producción y los calibres fueron mayores.
Prestacions en benefici de la comunitat i realització de tasques socioeducatives en justícia juvenil
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Els joves als quals se’ls ha imposat una mesura de realització de tasques socioeducatives (RTS) o de prestacions en benefici de la comunitat (PBC) presenten un alt fracàs escolar, majoritàriament amb baix rendiment i abandonament dels estudis en la meitat dels casos. Un de cada tres joves prové d’una família amb algun tipus de problemàtica específica o una economia insuficient. Els resultats indiquen, però, que els joves que realitzen tasques socioeducatives solen acumular més problemàtiques que els de PBC, ja sigui a nivell personal, familiar o social. Quant al perfil penal i criminològic, el 63% dels nois i noies d’aquestes dues mesures té antecedents. La taxa de reincidència de RTS és del 31,1% i la de PBC del 25,2%. Alguns dels factors que els joves reincidents mostren en més proporció són tenir un grup d’iguals dissocial, estar en contacte amb els serveis socials o tenir antecedents. Els reincidents de RTS també presenten més proporció de consum de tòxics, problemes de salut mental, fracàs escolar i una ocupació del temps desestructurada i amb conductes de risc. Comparant aquests resultats amb estudis respecte altres programes i mesures de Justícia juvenil podem concloure que la taxa de reincidència global a Catalunya és del 28,9% i l’específica de Medi obert és del 27,8%.
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El artículo trata de un impuesto concebido por James Tobin al que se ha llamado la tasa Tobin. La idea de esta tasa es brillante y bastaría una decidida voluntad política de llevarla a cabo para que fuese efectiva.
Resumo:
[spa] El estudio de la presencia de ideas económicas en los debates parlamentarios se ha convertido recientemente en un objeto importante dentro de la investigación sobre el proceso de institucionalización de la economía política en Europa Occidental en la llamada era liberal. En este marco general, este artículo se centra en el análisis de un caso de particular interés: La relevancia del pensamiento económico y el papel jugado por los economistas en los debates parlamentarios que siguieron a la creación de un nuevo impuesto que trataba de captar la renta personal, que fue lanzado por el ministro de Hacienda Laureano Figuerola en 1868. El artículo intenta demostrar, en primer lugar, que las ideas económicas jugaron efectivamente un papel relevante en las discusiones sobre el impuesto sobre la renta y que la presencia e influencia de los economistas en el Legislativo en este tiempo fue notable. En segundo lugar, que este fue un intento serio de modernizar la estructura fiscal española llevado a cabo por el Gobierno Provisional, el cual trató de diseñar un sistema impositivo capaz de fomentar el crecimiento económico del país.
Resumo:
[spa] Para hacer frente a los riesgos relacionados con la contaminación atmosférica, es ampliamente aceptada la necesidad de instrumentos de política encaminados a reducir las emisiones. La intervención tiene por objeto reducir las conductas contaminantes y incentivar una conducta más respetuosa y el uso de tecnologías más eficientes. La Unión Europea cuenta con dos importantes mecanismos económicos para el control de emisiones a escala europea: la directiva sobre los impuestos energéticos, un instrumento de fiscalidad ambiental aprobado en 2003 que afecta el precio de los productos energéticos, y el sistema de comercio de los derechos de emisiones, introducido en 2005, que afecta directamente a la cantidad de emisiones de CO2. En 2011, la Comisión Europea propuso una nueva versión de la directiva sobre los impuestos energéticos. El objetivo principal de la propuesta es aumentar la eficacia del instrumento a través de una mayor presión fiscal sobre los productos energéticos y de coordinar este instrumento de fiscalidad medioambiental con el sistema de comercio de los derechos de emisiones, para establecer una señal de precio de CO2 coherente para todos los sectores. Sin embargo, en mayo de 2012 el Parlamento Europeo bloqueó la propuesta de la nueva versión del impuesto, y el proceso de actualización se detuvo. La preocupación principal parecía ser el efecto de dicha propuesta en la competitividad, en particular para los sectores que serían los más afectados dado el uso intensivo de los productos energéticos, como el sector del transporte. El objetivo de este estudio es analizar el efecto que la reforma de la directiva sobre los impuestos energéticos podría tener sobre el nivel de precios, en particular en los países de la Unión Europea donde esta reforma implicaría un aumento de los impuestos energéticos. Utilizando datos del proyecto “World Input-Output Database”, la principal conclusión es que el nuevo sistema de impuestos energéticos tendría un impacto muy bajo sobre los precios. Por lo tanto, dado que los precios no serían fuertemente afectados por la reforma, no habrá inconvenientes para la competitividad y implicaciones en términos de distribución, pero, por otro lado, este resultado también implica una baja capacidad de esta reforma para provocar cambios en el consumo y la producción hacia menos presiones ambientales.
Resumo:
[spa] El estudio de la presencia de ideas económicas en los debates parlamentarios se ha convertido recientemente en un objeto importante dentro de la investigación sobre el proceso de institucionalización de la economía política en Europa Occidental en la llamada era liberal. En este marco general, este artículo se centra en el análisis de un caso de particular interés: La relevancia del pensamiento económico y el papel jugado por los economistas en los debates parlamentarios que siguieron a la creación de un nuevo impuesto que trataba de captar la renta personal, que fue lanzado por el ministro de Hacienda Laureano Figuerola en 1868. El artículo intenta demostrar, en primer lugar, que las ideas económicas jugaron efectivamente un papel relevante en las discusiones sobre el impuesto sobre la renta y que la presencia e influencia de los economistas en el Legislativo en este tiempo fue notable. En segundo lugar, que este fue un intento serio de modernizar la estructura fiscal española llevado a cabo por el Gobierno Provisional, el cual trató de diseñar un sistema impositivo capaz de fomentar el crecimiento económico del país.
Resumo:
[spa] Para hacer frente a los riesgos relacionados con la contaminación atmosférica, es ampliamente aceptada la necesidad de instrumentos de política encaminados a reducir las emisiones. La intervención tiene por objeto reducir las conductas contaminantes y incentivar una conducta más respetuosa y el uso de tecnologías más eficientes. La Unión Europea cuenta con dos importantes mecanismos económicos para el control de emisiones a escala europea: la directiva sobre los impuestos energéticos, un instrumento de fiscalidad ambiental aprobado en 2003 que afecta el precio de los productos energéticos, y el sistema de comercio de los derechos de emisiones, introducido en 2005, que afecta directamente a la cantidad de emisiones de CO2. En 2011, la Comisión Europea propuso una nueva versión de la directiva sobre los impuestos energéticos. El objetivo principal de la propuesta es aumentar la eficacia del instrumento a través de una mayor presión fiscal sobre los productos energéticos y de coordinar este instrumento de fiscalidad medioambiental con el sistema de comercio de los derechos de emisiones, para establecer una señal de precio de CO2 coherente para todos los sectores. Sin embargo, en mayo de 2012 el Parlamento Europeo bloqueó la propuesta de la nueva versión del impuesto, y el proceso de actualización se detuvo. La preocupación principal parecía ser el efecto de dicha propuesta en la competitividad, en particular para los sectores que serían los más afectados dado el uso intensivo de los productos energéticos, como el sector del transporte. El objetivo de este estudio es analizar el efecto que la reforma de la directiva sobre los impuestos energéticos podría tener sobre el nivel de precios, en particular en los países de la Unión Europea donde esta reforma implicaría un aumento de los impuestos energéticos. Utilizando datos del proyecto “World Input-Output Database”, la principal conclusión es que el nuevo sistema de impuestos energéticos tendría un impacto muy bajo sobre los precios. Por lo tanto, dado que los precios no serían fuertemente afectados por la reforma, no habrá inconvenientes para la competitividad y implicaciones en términos de distribución, pero, por otro lado, este resultado también implica una baja capacidad de esta reforma para provocar cambios en el consumo y la producción hacia menos presiones ambientales.
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El artículo trata de un impuesto concebido por James Tobin al que se ha llamado la tasa Tobin. La idea de esta tasa es brillante y bastaría una decidida voluntad política de llevarla a cabo para que fuese efectiva.
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Los jóvenes a los que se les ha impuesto una medida de realización de tareas socioeducativas (RTS) o de prestaciones en beneficio de la comunidad (PBC) presentan un alto fracaso escolar, mayoritariamente con bajo rendimiento y abandono de los estudios en la mitad de los casos. Uno de cada tres jóvenes proviene de una familia con algún tipo de problemática específica o una economía insuficiente. Los resultados indican, sin embargo, que los jóvenes que realizan tareas socioeducativas suelen acumular más problemáticas que a los que se les ha impuesto una PBC, ya sea a nivel personal, familiar o social. En cuanto el perfil penal y criminológico, el 63% de los chicos y chicas de estas dos medidas tiene antecedentes. La tasa de reincidencia de la RTS es del 31,1% y la de PBC del 25,2%. Algunos de los factores que los jóvenes reincidentes muestran en mayor proporción son tener un grupo de iguales disocial, estar en contacto con los servicios sociales o tener antecedentes. Los reincidentes de RTS también presentan mayor proporción de consumo de tóxicos, problemas de salud mental, fracaso escolar y una ocupación del tiempo desestructurada y con conductas de riesgo. Comparando estos resultados con estudios respecto a otros programas y medidas de Justicia juvenil podemos concluir que la tasa de reincidencia global en Cataluña es del 28,9% y la específica de Medio abierto es del 27,8%.
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La vigente ley reguladora del Impuesto sobre Sociedades (Ley núm. 43, de 27 de diciembre de 1995) presenta numerosos beneficios fiscales. El objetivo de este trabajo es el de describir y desgranar el contenido de una parte de dichos beneficios, indagando su fundamento constitucional.
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Al ser el Impuesto sobre Sucesiones un tributo generacional su importe -que no su devengo- es fácilmente previsible y susceptible de una favorable planificación. Ciertamente, la divina providencia puede frustrar de forma sorprendente -si es que alguien puede sorprenderse de que la vida esté sujeta a caducidad- la más alambicada de las planificaciones fiscales de la sucesión. Pero es igualmente irrefutable que se tiene toda la vida por delante para programar un relevo generacional en la titularidad del patrimonio lo más liviano posible, en términos tributarios.
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Este trabajo se dedica al análisis pormenorizado de los nuevos impuestos estatales -'Impuesto de la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica' y el 'Impuesto sobre el almacenamiento del combustible nuclear gestado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas'- a partir de sus fundamentos, para terminar con unas consideraciones sobre su compatibilidad con las tasas equivalentes y con los impuestos autonómicos con hechos imponibles equiparables que estaban vigentes a la fecha de su aprobación.
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La imagen corporal (IC) representa la forma en la que un individuo se percibe, imagina, siente y actúa respecto a su propio cuerpo. Es un concepto dinámico que puede modificarse a lo largo de la vida. La percepción de nuestro propio cuerpo está influida por factores socioculturales. Desde el punto de vista histórico, el concepto de belleza se ha modificado sustancialmente. En la prehistoria, la belleza se asociaba a la reproducción de la especie, mientras que en la actualidad, se asocia al éxito personal, profesional y social. El estereotipo de belleza femenino de las sociedades contemporáneas se basa en la extrema delgadez y el masculino en cuerpos musculados. La lucha por alcanzar el canon de belleza impuesto por la sociedad ha contribuido a la aparición de diferentes trastornos de la imagen corporal (TIC). Los medios de comunicación son un factor importante en el desarrollo de determinados procesos patológicos, en la insatisfacción con la propia IC y en la estigmatización del individuo. Se consideran los principales impulsores de los patrones estéticos, siendo las mujeres y los adolescentes los más vulnerables. Las diferentes investigaciones indican que los TIC son frecuentes siendo los trastornos de la conducta alimentaria (TCA) los que suponen un mayor número de ingresos y reingresos entre la población femenina. Aunque los TCA afectan principalmente a la población adolescente, los estudios muestran que puede aparecer en la edad adulta e incluso en la infancia. En el sexo masculino, el trastorno dismórfico corporal (TDC) parece ser el más prevalente. La prevención y el tratamiento de este tipo de trastornos es primordial. En este sentido, enfermería tiene un papel fundamental debido al frecuente contacto que mantiene con el paciente. Debido a la importancia concedida en la sociedad actual a la apariencia física y las posibles repercusiones que ello conlleva, el presente trabajo pretende realizar una revisión de la literatura con el objetivo de analizar el valor y la exigencia que otorga la sociedad a la IC. Palabras clave: imagen corporal, desórdenes mentales, estigma social, medios de comunicación, epidemiología, cuidados de enfermería, proceso de atención de enfermería.
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En el presente documento proponemos un ejercicio tutorial y una práctica docente que permita al estudiante a asimilar y entender mejor el concepto de exceso de gravamen o pérdida irrecuperable de eficiencia asociada a la imposición. Para ello planteamos, en primer lugar, un modelo de elección individual entre ocio y trabajo/consumo. Centrándonos en el individuo representativo, estudiamos su elección de horas de trabajo en ausencia de impuestos. A continuación, introducimos un impuesto proporcional sobre la renta del trabajo y, alternativamente, un impuesto de suma fija capaz de generar una recaudación igual. Verificamos que el impuesto proporcional siempre deja al individuo con un nivel de bienestar inferior respecto al escenario del impuesto de suma fija, es decir, que el impuesto proporcional genera una pérdida irrecuperable de eficiencia. Aunque la resolución manual del problema es factible, proponemos utilizar la herramienta Solver de Excel. Esto nos permite jugar de manera más ágil con los valores de los diferentes parámetros y verificar que hay pérdida de eficiencia independientemente de que el individuo decida trabajar más o menos horas en respuesta a la introducción del impuesto sobre la renta del trabajo