Albaceazgo y usufructo


Autoria(s): Rozas Valdés, José Andrés
Contribuinte(s)

Universitat de Barcelona

Resumo

Al ser el Impuesto sobre Sucesiones un tributo generacional su importe -que no su devengo- es fácilmente previsible y susceptible de una favorable planificación. Ciertamente, la divina providencia puede frustrar de forma sorprendente -si es que alguien puede sorprenderse de que la vida esté sujeta a caducidad- la más alambicada de las planificaciones fiscales de la sucesión. Pero es igualmente irrefutable que se tiene toda la vida por delante para programar un relevo generacional en la titularidad del patrimonio lo más liviano posible, en términos tributarios.

Identificador

http://hdl.handle.net/2445/54232

Idioma(s)

spa

Publicador

Gabinete de Estudios Legales Tributarios

Direitos

(c) Gabinete de Estudios Legales Tributarios, 2003

info:eu-repo/semantics/openAccess

Palavras-Chave #Marmessors #Usdefruit #Impostos sobre transmissió de béns #Espanya #Executors #Usufruct #Inheritance and transfer tax #Spain
Tipo

info:eu-repo/semantics/article

info:eu-repo/semantics/publishedVersion