1000 resultados para CARTA ANDINA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS


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El hombre como ser social siente la necesidad de organizarse para satisfacer sus necesidades y las de su contexto, es por eso que utilizamos estrategias de vinculación de individuos y establecemos relaciones que nos permiten el intercambio de experiencias, metodologías y recursos que orientan nuestro quehacer, como en la labor de cuidar; la cual requiere de varias acciones encaminadas hacia el desarrollo optimo de su tarea y demanda del apoyo adecuado que facilite su desempeño. Esta labor se hace aún más dispendiosa cuando se tiene bajo el cuidado un miembro cercano de nuestra familia o una persona a quien le tenemos gran afecto y debemos gran respeto, como sucede con un adulto mayor en situación de discapacidad.

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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.

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El Ministerio de Trabajo mediante un estudio de Promoción y prevención en riesgos profesionales, realizado en el año 2002, en 120 empresas de Bogotá y Valle del Cauca a través de la Primera Encuesta Nacional de Condiciones de Salud y Trabajo en el Sistema General de Riesgos Profesionales, realizada en el año 2007 y la Segunda Encuesta Nacional de Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sistema General de Riesgos Laborales, llevada a cabo en el año 2013; ha querido dar a conocer el desarrollo de este tema, con el objeto de verificar la ejecución en las prestaciones asistenciales y económicas procuradas al trabajador, la viabilidad financiera del Sistema General de Riesgos laborales, las investigaciones realizadas y los programas que han sido implementados frente a los factores de riesgo a los que se encuentra expuesta esta población. Estas encuestas se han realizado con el fin, de favorecer al Sistema General de Riesgos Laborales en su desarrollo y crecimiento, a la par de servir como una herramienta en la que se establezcan los lineamientos para analizar la información recolectada, que permita diseñar planes de restructuración y mejoramiento, entre los que se encuentran los programas de promoción y prevención de salud y seguridad en el trabajo. Este documento propone realizar un análisis sistemático basado en la evidencia, que permita definir la información existente respecto a los programas de promoción y prevención implementados por el sistema, para disminuir los riesgos en los que se encuentra la población trabajadora en Colombia.

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Se presenta el Programa de Promoción del Desarrollo Personal y Social en un centro de protección de la infancia y la juventud de Valladolid. Su objetivo es promocionar el bienestar personal y social y aumentar la resistencia ante los problemas y las dificultades de la vida. El proyecto se lleva a cabo en grupos mixtos, atendiendo a criterios de edad, capacidad e interés. El desarrollo del programa se realiza mediante el juego. Así, el cómic, un parchis o tertulias sobre experiencias de vida invitan a la reflexión a los alumnos con dificultades cognitivas y de conducta.

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Colonias escolares de vacaciones de Cartagena, su promoción, organización y funcionamiento en el primer tercio del siglo XX. Las colonias escolares de vacaciones como institución educativa de promoción de la salud pública y de protección a la infancia. La investigación realiza un recorrido que va desde el análisis general de lo que fueron las características principales presentes en el origen y la evolución de las colonias escolares en España, situando el caso de Cartagena en este marco, pasando por una aproximación al contexto de Cartagena, hasta llegar a su Junta Local de Protección a la Infancia, a sus antecedentes y actuaciones emprendidas en el campo higiénico-sanitario, escolar, etc. El núcleo central de la investigación lo constituye el análisis histórico de la primera experiencia de colonias escolares y su desarrollo posterior. Fuentes primarias: diarios de las colonias redactados por sus directores, memorias inéditas redactadas asímismo por los directores y bibliografía. Investigación histórica. Las colonias escolares de vacaciones, dirigidas primordialmente a los niños de las familias de las clases populares urbanas con la salud debilitada, tenían dos finalidades básicas: una de higiene preventiva, en una época en la que se soportaban altas tasas de mortalidad infantil y otra de carácter educativo, tendente apropiciar la educación intelectual, física, social y moral de los colonos, configurándose como institución complementaria de la escuela. Cartagena, creadora de las primeras escuelas graduadas en españa, contó con una de las Juntas Locales de Protección a la Infancia y Represión de la Mendicidad más activas del País, que dió lugar, entre otras instituciones, a la Casa del Niño y favoreció un destacado y diverso conjunto de iniciativas en favor de las colonias escolares, siendo el primer municipio de la región que, en 1907, las promovió.

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Según la autora, en 1999 las esperanzas de renovación del sistema democrático venezolano se enfocaron en la gestión del presidente Hugo Chávez, quien prometió eliminar los privilegios de la clase política tradicional y ampliar la participación de los sectores menos favorecidos. Poner en práctica el proyecto bolivariano significó la apertura de una brecha entre aquellos que apoyaban la ideología y el liderazgo del presidente Chávez y quienes sentían vulnerados los derechos y libertades consagrados en la Constitución. La polarización de los grupos llegó a su punto máximo con el enfrentamiento violento y la interrupción del orden constitucional en abril de 2002. Esta situación impulsó la respuesta de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la cual, siguiendo lo estipulado en la Carta Democrática Interamericano, ofreció su colaboración para encontrar una salida a la crisis política, a través de la figura de la mediación. La OEA asumió la mediación con una doble visión: como una forma de resolver pacíficamente el conflicto y como una herramienta de promoción democrática. Este estudio describe y analiza el funcionamiento de la mediación y revela de qué forma dicho proceso le permitió a la OEA desarrollar su agenda de promoción democrática. Se exponen también las consecuencias para Venezuela de la simultaneidad de visiones y se plantean algunas implicaciones de este caso para el sistema hemisférico.

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Pone de relieve las obligaciones del Estado en la garantía del derecho a una educación de calidad, como un derecho fundamental, exigible, inalienable e irrenunciable de la persona, y justiciable e impostergable como obligación del Estado. Así, visibilizar a la educación como la principal fuente del desarrollo personal y social, debido a que hace posible apropiarse de de otros derechos. Con este propósito se han organizado tres capítulos. En el primero, se hace un breve recorrido de los principales problemas que enfrenta la educación básica en el país; luego, se describen las responsabilidades que involucran al Estado, en la protección, promoción y ampliación del derecho a la educación, y se concluye con los alcances del derecho a la educación, según la Observación General número 13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC), en relación al sistema de las 4-As (asequible, accesible, adaptable y aceptable). En el segundo, se elabora un marco conceptual de políticas públicas, con énfasis en el enfoque de derechos, en el que se integra: el origen y algunas definiciones, los enfoques considerados más comunes, las tipologías; y, el ciclo de las políticas públicas. Este aparatado, facilitará hacer un análisis del tipo de políticas educativas, implementadas en el país en las últimas décadas y orientar el diseño de las políticas, en el siguiente capítulo. En el tercero, se presentan unas propuestas metodológicas de políticas públicas para la educación básica, centrado en las personas y el aprendizaje, en los que se considera como componentes clave: implementar un manejo curricular, desde la perspectiva del aprendizaje; ampliar y/o adecuar la infraestructura y el equipamiento; mejorar las capacidades y condiciones de los docentes; implementar un sistema de rendición de cuentas e incentivos; impulsar un modelo de gestión educativa estratégica e integral; y, se concluye con una breve descripción de las condiciones de educabilidad.

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La Constitución de la República vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución Política de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador, el Estado constitucional de derechos, es la implementación de la nueva acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la antigua acción de amparo constitucional. En efecto, la acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece como un proceso de conocimiento, declarativo, ampliamente reparatorio y no residual. Por tratarse de una garantía novedosa en el ámbito jurídico ecuatoriano, la presente tesis en su parte inicial procura poner de manifiesto las diferencias y semejanzas entre la antigua acción de amparo constitucional y la nueva acción de protección, con el fin de aportar al ejercicio y consolidación de esta nueva garantía jurisdiccional. Posteriormente, una vez constatadas dichas diferencias, se tendrá por justificada la necesidad de una regulación o delimitación que salvaguarde a ésta nueva garantía de aquellos vicios que corrompieron y desnaturalizaron a la acción de amparo en el pasado. Para ello, en base a un estudio de jurisdicciones constitucionales comparadas, se sugiere y analiza la implementación de una serie de filtros de forma y de fondo, tendientes a evitar un proceso de ordinarización de la acción de protección, y que guarden armonía y compatibilidad con el paradigma del Estado constitucional. Finalmente, se destaca el rol fundamental que debe desempeñar el legislador dentro del proceso de elaboración de la nueva Ley de Garantías y Control Constitucional. Su deber se reduce a utilizar técnicas legislativas proporcionales y respetuosas con los preceptos constitucionales que rigen a la acción de protección. Caso contrario, el producto de su actividad se tornaría inconstitucional y atentatorio a la voluntad del constituyente, que no fue otra que fortalecer al garantismo y no limitarlo.

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Reflexiones en torno a la globalización, mundialización y su vínculo con el respeto de los derechos humanos y de manera particular con la Corte Penal Internacional.

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Este artículo tiene como referente a los derechos humanos, constituidos como parámetro ético mínimo internacionalmente reconocido, anclados en el marco de una discusión histórica, política, cultural y social que no acaba y que no se origina y explica solamente desde el derecho, sino desde las más diversas posibilidades disciplinares y perspectivas que incluyen al género, lo étnico, lo generacional, en fin las diversidades.

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El razonamiento de los Derechos Humanos desde una visión sociológica, política, filosófica y jurídica, ha librado en el estudio humano una preocupación y a la vez una solución en el ánimo de la convivencia social. El siglo XX dejó en las páginas de la historia una lucha inclaudicable, ya no de hecho sino por el derecho; para la Protección de los Derechos Humanos ante la amenaza sea está desde y/o el Estado o de otras personas, generando así una gama de instrumentos jurídicos internacionales, regionales y medidas internas de los estados con el objeto de prevenir, juzgar, sancionar y en especial reparar la vulneración, restricción, prohibición o mejor dicho la violación a los derechos humanos. Hoy en el siglo XXI, los derechos humanos se ven nuevamente en peligro de ser vulnerados y la pluma de la historia vuelve a escribir estos dramas que consideramos que ya habrían terminado

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El análisis de la relación derechos humanos (DDHH), en particular los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y las políticas públicas es fundamental para la concreción de los derechos, y estos no sean solamente contenidos de carácter meramente declarativo. El enfoque de derechos implica la distinción entre un derecho y una necesidad. Mientras las necesidades no tienen valor de obligación y no se pueden demandar su cumplimiento por parte del Estado, los DDHH tienen una base legal y exigible local e internacionalmente. Mientras los DDHH se relacionan con el SER, las necesidades se relacionan con el TENER, y esto implica un marco temporal acotado y no necesariamente sustentable en el tiempo. El enfoque de derechos no concierne a un gobierno específico o a una corriente política sino que configura una obligación por parte del Estado de honrar la dignidad humana. En este sentido el aparato del Estado tiene las competencias, posibilidades y mandato de implementar políticas y programas para garantizar la calidad de vida de los habitantes. En América Latina, los Estados han firmado y ratificado los instrumentos fundamentales internacionales en materia de protección de DDHH, y por lo tanto están obligados a proteger, garantizar y promover los DDHH de la población. La protección y promoción de estos derechos pueden encontrar una vía efectiva a través de las políticas públicas. Analizar la vinculación del enfoque de derechos en las políticas públicas es pues el objetivo de este artículo, de manera de contribuir íntegramente con este enfoque desde el diagnóstico y diseño de las respuestas e iniciativas estatales.

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La ponencia que este autor comenta ofrece algunas ideas que, desde el Derecho, aportan a la generación de un nuevo paradigma para la comprensión de la vida política en democracia. Para el efecto, la crítica a los supuestos centrales del Estado Liberal y a eventos que el ponente atribuye autoría a los ubicuos procesos de ajuste estructural, son las estrategias asumidas. Como consecuencia de ello, la propuesta transita entre la denuncia social y la reflexión académica. De allí que el trabajo permite extraer al menos tres ejes de discusión respecto a los que me referiré de forma somera a lo largo de estos comentarios. El primero tiene que ver con los vínculos entre Derecho y Política; el segundo se refiere a la distinción entre el científico y el político; y, el final, guarda relación con la investigación empírica, sus alcances y resultados sociales.

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El estudio de la Acción de Protección constitucional, denominado amparo y otras según el país, para generar una herramienta procesal para su eficacia. Se desarrolla en cuatro capítulos. El primero, establece el origen y la vigencia de las garantías a los derechos fundamentales, el avance normativo, la influencia entre el derecho natural y el positivismo, y los sistemas jurídicos de oriente y occidente, ante la realidad social para su eficacia, incluyendo la penetración jurisprudencial para su adopción interna y universalización. El segundo, ha determinado la autoridad competente, los legitimados activos y pasivos incluyendo los terceros y la admisibilidad. El tercero, contiene las etapas y actos procesales, procedimiento, recursos y ejecución de la sentencia; y el Cuarto capítulo, comprenden elementos que no siendo parte están vinculados a la acción, como la consulta, y la jurisprudencia vinculante, como consecuencia de la sentencia seleccionadas o producto de la opinión resultado de la consulta. Incluyendo las conclusiones y recomendaciones.