748 resultados para Acción y defensa (Derecho)


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El presente trabajo tiene por objeto el estudio de la libertad de conciencia y el derecho de los pacientes a decidir al final de su vida, principalmente, a través del análisis de la eutanasia en su distinción entre eutanasia activa directa, eutanasia activa indirecta y eutanasia pasiva, y el respectivo tratamiento que reciben dichas modalidades en nuestro ordenamiento jurídico.

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Los virus fitopatógenos producen alteraciones en el metabolismo y la fisiología de sus huéspedes provocadas principalmente por alteraciones en la expresión génica durante las infecciones. Numerosos cambios están asociados a respuestas de estrés y defensa y sus efectos secundarios son probablemente causantes de los síntomas. El uso de plantas transgénicas que expresan proteínas virales constituye un sistema útil para estudiar la complejidad de la interacción planta-virus. Con el fin de determinar patrones de expresión génica alterados, se emplearon líneas que expresan proteínas del TMV sin función supresora del silenciamiento: la proteína de cápside mutada (CPT42W), la proteína de movimiento (MP) y una línea co-expresante (MPxCPT42W) que mostró alteraciones morfológicas (semejantes a síntomas) y de acumulación de miARNs. Se realizó un microarreglo para detectar cambios transcripcionales asociados a la coexpresión de CPT42W y MP, utilizando como control una línea isogénica con ambos transgenes silenciados y fenotipo normal (mpxcpT42W*). Se estudiaron procesos biológicos cuyos genes mostraron alteraciones por la co-expresión de CPT42W y MP, focalizando en vías relacionadas a estrés oxidativo, inmunidad innata y vías degradación de ARN. Se demostró que CPT42W y MP modularon la defensa innata de un modo complejo: MP parecería actuar como inductor de defensa, alterando los niveles de ERO y SA mientras que CP jugaría un rol antagónico, inhibiendo la expresión de PR-1 y RDR1. Por otro lado, estudios funcionales en vías de degradación de ARN, demostraron que genes componentes del ARN exosoma, inducidos por la expresión de MP y CPT42W, estarían implicados en la alteración de miARNs y constituirían mecanismos alternativos subyacentes a la generación de síntomas en infecciones virales. Este trabajo constituye un importante aporte al entendimiento de los mecanismos de defensa antiviral y de producción de síntomas, proporcionando herramientas para diseñar nuevas estrategias biotecnológicas de control de virosis en cultivos de interés agronómico.

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Se declaró infundado el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral proferido el 26 de agosto de 2010 por el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir las controversias surgidas en relación con el contrato de consultoría No. 104 de 2007, celebrado entre el señor Juan Bernardo Botero y la Empresa de Obras Sanitarias de Caldas S.A., E.S.P. - EMPOCALDAS S.A., E.S.P.

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Fundamentar una teoría de la Educación Física que clarifique su marco científico y sus posibilidades de intervención. Reflexión histórica, antropofilosófica y epistemológica acerca de la Educación Física. Reflexión histórica: estudio del acontecer físico-educativo desde la educación griega hasta nuestros días y estudio comparado de la Educación Física en Platón, Locke y Rousseau. Reflexión antropofilosófica: realización de un juicio crítico a las diferentes teorías sobre el hombre y defensa de la idea del cuerpo como cuerpo en movimiento. Reflexión epistemológica: análisis de las variables epistemológicas a tener en cuenta en la fundamentación científica de la Educación Física. Bibliografía. Síntesis y metodología estructural. Dentro de esta última utiliza la metodología cibernética. Históricamente la Educación Física ha sido considerada como una educación corporal, aunque también se han realizado intentos para unificarla con lo moral e intelectual. Se puede clasificar a los autores en tres grandes grupos: los que le conceden objetivos estrictamente corporales (Aristóteles, Galeno, Mercurial), los que además entienden que impone una actitud ética o moral (Platón, Da Feltre, Vives, Locke, Amorós, Arnold, Coubertin) y los que además creen que influye en la dimensión intelectual (Rousseau). El estudio comparado de la Educación Física en Platón, Locke y Rousseau demuestra que los tres son conscientes de que los objetivos que le otorgan son consecuencia directa del ejercicio físico del niño y además los tres sostienen una concepción idéntica del movimiento humano. Todo saber sistemático que intente profundizar en el conocimiento de la Educación Física debe plantearse dos cuestiones: la primera hace referencia a la motricidad humana y nos lleva a entrar en el campo de las Ciencias de la Motricidad humana: Kinantropología (Cagigal), Praxeología (Parlebas) y Psicokinética (Le Boulch); y la segunda a su dimensión educativa llevándonos al campo de las Ciencias de la Educación. Para el autor, la Educación Física es toda ciencia o actividad que gira en torno al hecho de educar con el empleo del movimiento humano. Propone un modelo cibernético que concibe la relación físico-educativa como una acción deliberada en un marco abierto y que constaría de tres momentos claves: percepción, decisión y actuación. Se puede encuadrar la Educación Física en el contexto de las Ciencias de la Educación con innegable carácter científico propio. El elemento compendiador que da sentido unívoco a la Educación Física es el movimiento humano. La cibernética es un instrumento metodológico válido para estudiar el fenómeno educativo-motor y permite sentar las bases de una Educación Física funcional.

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La Universidad del Rosario e Iniciativa Gestión para los intereses ambientales y Públicos – iniciativa GESAP, colocan a disposición del publico la reimpresión del libro Las acciones populares en el derecho privado colombiano de German Sarmiento Palacio, abogado egresado de la Facultad de Jurisprudencia de esta Universidad. El doctor Sarmiento Palacio fue uno de los precursores del uso de las acciones populares en Colombia así como del debate alrededor de los derechos e intereses colectivos. En el décimo aniversario de su fallecimiento se quiere rendir un homenaje con la presente publicación. Este libro constituye un documento de gran valor académico para la evaluación de las acciones populares en Colombia y para el análisis de los intereses colectivos. El estudio histórico y comparado que rescata las raíces del medio de defensa en el derecho romano y contrasta las legislaciones de otros países sobre la institución judicial de protección y defensa de los derechos lectivos, así como el análisis de los apartes pertinentes del código civil, fue en su momento un precedente que alentó el usos de las acciones populares en Colombia. Ese carácter histórico y comparado del texto tiene plena vigencia en el país. Iniciativa GESAP nace de un grupo interdisciplinario convencido de la importancia de una organización que se dedique a la protección de los derechos e interés colectivos, así como de los derechos fundamentales en Colombia. Esta institución busca contribuir, desde un escenario amplio de discusión y reconociendo los aportes previos realizados en el tema, al desarrollo del derecho de interés publico. Iniciativa GESAP se inspira en la obra y vida de German Sarmiento Palacio y rescata y exalta su memoria como defensor de los derechos e intereses colectivos

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El conflicto desatado en la República Democrática del Congo desde mediados de la década de los noventa, representa una de las crisis más profundas del continente africano debido a una compleja dinámica interna y regional. Así, las acciones de respuesta a las crisis y prevención y gestión de conflictos llevadas a cabo por la Unión Europea en la RDC representan las primeras operaciones autónomas y fuera de Europa, en un país altamente frágil que constituye una fuente de inestabilidad regional, convirtiéndolo así en un caso de investigación idoneo para examinar los exitos y desafios que se han presentado al concretar la política Europea de Seguridad y Defensa.

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El Derecho Penal Internacional es una rama bastante reciente del Derecho Internacional Público. En ese orden de ideas, el Derecho Penal Internacional le debe mucho a otras especialidades del Derecho Internacional, como lo son el Derecho de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, puesto que si bien estas dos especialidades pueden y deben separarse del Derecho Penal Internacional, ciertos crímenes involucran tanto infracciones a las normas de DIH como a las de Derechos Humanos. En consecuencia, han dotado al Derecho Penal Internacional de parte de su contenido y por tanto podríamos considerarlas –guardadas las proporciones- como ancestros evolutivos de la especialidad, materia de esta monografía.

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El actual escenario internacional está siendo definido por procesos de regionalización que han tenido lugar tanto en Europa, como en Asia, también en América y en la subregión de América del Sur que impulsan el surgimiento de potencias regionales en los diferentes contenientes. Estos nuevos centros de poder regional son de vital trascendencia debido a que modifican la configuración del orden internacional y suscitan el cambio de las estructuras de poder. En Suramérica este proceso se ha venido desarrollando a favor de Brasil, país que en los últimos años ha acrecentado y afianzado su liderazgo sobre los diversos procesos de concertación política e integración económica tanto en el cono sur como en la región andina. Esta monografía busca demostrar que Brasil jugó un rol creciente, influyente y determinante en materia de seguridad y defensa durante el periodo mencionado, llegando a erigirse como la potencia regional en ambos aspectos, al mismo tiempo que es percibida como un poder pacífico, mediador y estabilizador en Sudamérica.

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Los giros de la fortuna, con la reivindicación que significó la amnistía propiciada por el presidente Rafael Caldera, y la persistencia en un proyecto político que había concebido con tiempo suficiente, le permitieron a Hugo Chávez aparecer en los siguientes comicios como candidato abanderado de un proyecto alternativo, añorado quizás por muchos venezolanos. Puesto en el ejercicio del poder por la vía electoral mayoritaria, el presidente Chávez dio inicio a un proyecto político en el que las Ffuerzas Armadas cambiarían, bajo su liderazgo personal, la función que se les había atribuido en el Pacto de Punto Fijo. Conforme al nuevo esquema, éstas se convertirían en la principal organización con capacidad para adelantar los objetivos estratégicos de la Revolución Bolivariana. Los cambios constitucionales de la proclamada Quinta República se orientaron en esa dirección. >De acuerdo con la Constitución de 1999 (...), el tema de la Seguridad de la Nación (Cap. VII) adquirió por primera vez rango constitucional. Se incorporaron dos nuevos conceptos: “seguridad y defensa integral” y se estableció el principio de corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para la defensa de la seguridad de la nación. Una Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación (2002)(...) , vino a definir los conceptos de “seguridad de la nación, defensa integral y desarrollo integral”, que son los principales componentes de la actual visión venezolana sobre la seguridad. Sus campos de aplicación son múltiples: económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, dando a entender que los principales ámbitos de la vida social conciernen al tema de la seguridad y que el accionar de los militares se amplía por ese mismo conducto a las demás esferas. Conforme al nuevo esquema, desapareció el carácter plural de las Fuerzas Armadas Nacionales, separadas en fuerzas diferentes bajo el esquema anterior, para ser reemplazado por el singular de una Fuerza Armada Nacional, bajo el concepto de unidad en el mando. Dentro de las atribuciones del presidente se incluyó la de promover oficiales a partir de un cierto grado, poniendo fin a una atribución que le correspondía al Senado y que respondía al ejercicio del control civil. Se estableció, así mismo, el derecho al voto de los militares y se eliminaron diferentes características que permitían calificar a la institución militar como “apolítica” y “no deliberante”, para sustituir su carácter por el de una organización “sin militancia política”. Los conceptos, las estrategias y las definiciones anteriores han puesto en marcha un nuevo pensamiento militar que –al decir de su propio inspirador– se debe fundar en unas nuevas relaciones cívico-militares, y tener una orientación anti-imperialista, ésto es destinada a resistir a la influencia tradicional de los Estados Unidos como potencia continental. El desarrollo del proyecto implica el seguimiento de tres líneas estratégicas: el fortalecimiento del poder militar de la nación, la consolidación y profundización de la unión cívico-militar en diferentes actividades y la participación popular en las tareas de defensa nacional. Ésta es la línea de pensamiento que da origen a la condición cívico-militar del Gobierno, así como a la insistencia en la preparación generalizada contra una eventual intervención militar de los Estados Unidos en Venezuela. El proclamado carácter cívico-militar del régimen venezolano encuentra, entre otros, asidero institucional en la existencia de dos nuevas figuras llamadas Cuerpos Especiales, que se suman a los componentes tradicionales del Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, y que se denominan Reserva Nacional y Guardia Territorial (...). La creación de estos dos últimos cuerpos tiene profunda significación en el propósito de involucrar a la población civil en actividades complementarias del papel que corresponde a la Fuerza Armada Nacional. En la medida que la orientación del conjunto corresponde al propio Presidente de la República, se consolida un mecanismo que hace coincidir los propósitos de las fuerzas militares tradicionales con los de un pueblo en armas desde la civilidad, siempre al servicio de un propósito político controlado por el Ejecutivo, que a su vez, es el conductor supremo de la llamada Revolución Bolivariana. El presidente Chávez se refiere a la actual Fuerza Armada Nacional como un “ejército libertador”, agente y protagonista de los cambios que anuncia hacia el futuro, en unión de los sectores civiles que incorpora al mismo propósito. Ésta es la Venezuela dirigida por un esquema cívico-militar que de alguna manera se nutre, en el siglo XXI, de tradiciones y experiencias históricas que marcaron la vida nacional. El seguimiento del curso de acción de esa alianza resulta de gran importancia para Colombia, en la medida que la marcha de nuestros procesos sociales, políticos y económicos no se puede desligar de la del país vecino. Las credenciales democráticas del presidente Chávez, en cuanto al origen de su mandato, le confieren una legitimidad que, a su vez, le da un amplio margen de maniobra, tanto nacional como internacional. La orientación que en ambos escenarios tome su gobierno en desarrollo de sus estrategias, o ante circunstancias particulares, debe ser objeto de la mayor atención y análisis de parte nuestra. En todo caso, conviene tener en cuenta el propósito de combinación de lo civil y de lo militar, bajo su inspiración, porque de ello se pueden derivar consecuencias esencialmente diferentes de las correspondientes a un sistema de la índole del nuestro.

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El trabajo constituye en primer lugar, un ejercicio importante de recopilación y sistematización de la regulación existente en materia de competencia, y en especial, de la colusión en licitaciones como una de las prácticas restrictivas de la Competencia. De igual forma, contiene un análisis microeconómico de un cartel, a efectos de explicar las razones que lo promueven y lo desestimulan. Luego de ello, se hace un análisis profundo de las normas específicas en la materia, contenidas en el Decreto 2153 de 1992 y la Ley 1474 de 2011 y de las acciones que eventualmente podrían iniciarse para combatirla, dependiendo del momento en que se encuentre la licitación y del bien jurídico que pretenda protegerse.

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En el primer semestre de 2006, en el marco del segundo período de la legislatura 2005-2006, la Honorable Representante Gina María Parody organizó en las instalaciones del Congreso de la República un debate sobre la noción y el alcance de la Acción de Tutela respecto a providencias judiciales, tema de gran discusión por parte de diferentes sectores del Gobierno Nacional así como de las Altas Cortes, la Academia y la Doctrina en general. En ese orden de ideas, la Facultad de Jurisprudencia y la Decanatura del Medio Universitario de la Universidad del Rosario, a través de su Observatorio Legislativo y de Opinión, solicitaron a algunos docentes su opinión sobre el referido tema de amplia polémica, con el fin de presentar al público en general argumentos que sustenten las múltiples posturas que al respecto existen. Así las cosas, en el presente documento encontrarán recogidos los comentarios preliminares y generales de la posición sobre el tema en debate emitida por los doctores José Roberto Herrera, Manuel Fernando Quinche y Juan Enrique Medina, docentes de la Facultad de Jurisprudencia. El objetivo de esta publicación no es otro que el de brindar herramientas para adelantar este debate que cotidianamente se surte sobre este tema en diferentes escenarios de la vida nacional, y servir de sustento para el trabajo de aquellos que en adelante le den vida a éste tema al interior del Congreso, quizá de manera concreta en la realización de una iniciativa legislativa, como recientemente se ha anunciado.