998 resultados para ESTADO Y DERECHOS HUMANOS
Resumo:
Las nociones teóricas que constituyen el dispositivo conceptual del proyecto orientan el trabajo heurístico y circunscriben sus alcances y limitaciones. Lo que se pretende en esta nueva etapa es construir una teoría de análisis del discurso saramaguiano desde su intelección ético-política, a través de las nociones bajtinianas de «discurso, epistemología, antagonismo, ideología, sujeto y poder»(1) y recuperar conclusiones anteriores como la afirmación de que la dimensión ideológica del posicionamiento ético-político supone una «opción ética, social y política por las víctimas de la opresión y por quienes la combaten» (2). El «recorte» procedimental de las categorías enunciadas sirve como línea transversal de lectura que despliega las significaciones narrativas y las transforma en enunciados de valor y toma de posición. La dialéctica derechos/deberes, en la narrativa saramaguiana, exige una revisión histórica, que articulada a través de la memoria entendida en singular, recoge las tesis benjaminianas sobre el «concepto de historia». Estas operan sobre el campo de estudio que es el «pasado» y recuperan las voces acalladas de los «oprimidos», postulando una lectura «a contrapelo» de su versión oficial. El trabajo analítico focalizará en los modos de perduración de la memoria y la capacidad pregnante de irrumpir en el presente instaurando nuevos modos discursivos de resistencia. Desde esta perspectiva, la ficción saramaguiana se convierte en un campo propicio para la reflexión sobre los derechos y deberes humanos como fundamentos de la responsabilidad y la obligación ética y visibiliza la opresión que ejercen políticas, ideologías, estados, sociedad y ciudadanos. La conjunción bipartita de las nociones destacadas y su dinamicidad dialéctica aseguran la constitución de un referencial teórico que pretende instalar en el aparato crítico sobre la ficción del autor portugués, un dispositivo conceptual a partir del cual dialogar con el pensamiento y la filosofía contemporáneos.
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El objetivo de esta investigación es analizar y comprender la disponibilidad y permanencia del discurso de los derechos humanos en la nueva fase de consolidación democrática entre los años 1983 y 2007. En primer lugar se estudiarán dos formas de articulación política de la demanda de derechos humanos en la formación política argentina que tuvieron lugar a principios de los años ochenta y durante los primeros años del nuevo siglo. En ambas coyunturas, la articulación del discurso de los derechos humanos fue central en la constitución de los proyectos políticos que hegemonizaron la formación política de ese entonces, el Alfonsinismo y el Kirchnerismo. Sin embargo, estas dos formas de articulación política si bien contribuyeron a la credibilidad y disponibilidad de este discurso, condujeron a concepciones muy distintas de los derechos humanos. Por un lado, en la articulación Alfonsinista los derechos humanos quedaron sujetos a la noción de democracia y su sentido quedó plasmado en los significados de imparcialidad e inocencia. Por el otro, en el discurso de Kirchner, los derechos humanos se asociaron a la lucha contra la impunidad del pasado y del presente y quedaron atados a los predicados de lucha popular, militancia e idealismo de los años setenta. En segundo lugar, se buscará elucidar las distintas modalidades de lucha alrededor de los derechos humanos que estas dos formas particulares de articulación política posibilitaron. Ambas formas de articulación condujeron a concepciones distintas de los derechos humanos y también a diferentes sentidos de lucha y formas de reclamos poniendo en juego diferentes identidades sociopolíticas.
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El objetivo del proyecto consiste en desarrollar una investigación sobre derechos humanos y migración internacional en Córdoba. Específicamente, se pretende analizar y reflexionar sobre los derechos humanos de los migrantes consagrados a nivel internacional y local, sobre el efectivo goce y/o vulneración de derechos en comunidades migrantes residentes en Córdoba y el Gran Córdoba (paraguaya, boliviana, otras), y sobre los canales y mecanismos de protección y tutela existentes y disponibles, esto último en orden a elaborar y presentar un aporte propositivo específico. El problema central que motiva la investigación es la vulneración fáctica de derechos que experimentan integrantes de comunidades migrantes en nuestro entorno (derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la propiedad, a la identidad personal, a la diversidad cultural, a la educación, al acceso a la justicia, a la seguridad social, al trabajo digno, a la transferencia de ingresos, a la integridad física, a la protección policial, otros), y contempla el desarrollo de los siguientes componentes (y productos de mismo): 1) Desarrollo de una investigación-publicación sobre derechos humanos y migración internacional en Córdoba con enfoque teórico-práctico (derechos consagrados a nivel internacional, nacional y provincial -adecuación normativa-; goce de derechos, principales vulneraciones; canales y mecanismos de protección y tutela existentes y/o disponibles para las comunidades migrantes; 2) Diseño y presentación de propuestas de acción efectivas para la tutela de derechos humanos de integrantes de comunidades migrantes seleccionadas; 3) Conformación e implementación de una red interinstitucional local entre actores públicos y privados vinculados y/o interesados en la temática, y reforzadas sus capacidades institucionales. Se prevé un abordaje técnico-jurídico, una interacción directa con los sujetos de derecho (migrantes), el refuerzo de relaciones interinstitucionales que contribuyan a generar un cambio social positivo, y la instrumentación de un esquema reflexión-acción, basado en generar conocimientos y propuestas de mejora e intervención social en beneficio de grupos vulnerables de nuestro medio. A partir de lo expuesto, se aspira a contribuir a la generación de información científica sobre la temática, y reforzar el papel de nuestra Universidad y de sociedad civil en la promoción y la defensa de los derechos humanos de los migrantes, en orden a su tutela efectiva y la inclusión social.
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El objeto de este estudio radica en la identificación y el análisis de los principales estándares de derechos humanos producidos por las casi tres décadas de la Corte Interamericana. Para lograr los objetivos, nosotros aplicaremos una metodología de tipo deductiva y de contenido comparatista, que posibilite sistematizar la jurisprudencia relevante sobre cada uno de los artículos que prescriben los derechos en la Convención Americana de Derechos Humanos. Los resultados esperados, posibilitarían contar con una herramienta que pueda ser utilizada por docentes, operadores jurídicos, y la sociedad en general en el conocimiento como en la aplicación de denuncias o reclamos por violación a derechos humanos.
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Este artículo trata el tema del ne bis in idem como garantía procesal penal dentro del sistema interamericano de protección de los derechos humanos. Haciendo referencia a los casos llevados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se presentan algunas reflexiones que fueron tomadas en consideración para la flexibilización del principio. Esta garantía se compara con el sistema del “double jeopardy” de la common law. Asimismo, se compara también con otros sistemas de protección de los derechos humanos, como el europeo, el del Tribunal Penal Internacional y el del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas. Finalmente, se destaca la importancia de la armonización de garantías del proceso penal en la discusión de conflictos jurisdiccionales. Este texto es producto de las reflexiones debatidas en el curso de postgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo, “As Garantias do Processo Penal no Sistema Interamericano de Direitos Humanos”, 2008.
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Desde finales de los 80 se produce un aumento significativo y rápido de los programas de asistencia financiados por la Unión y que incluyen medidas destinadas a la protección y promoción de los derechos humanos. Sin embargo, este aspecto positivo de promoción encuentra su anverso en una serie de medidas que la UE introduce en sus acuerdos con terceros y que permiten, en caso de que se produzcan violaciones en este campo que la Unión pueda dar por terminado, o bien suspender, el acuerdo en cuestión. Este tipo de medidas son las llamadas cláusulas de condicionalidad democrática o de condicionalidad negativa, objeto de estudio del presente working paper. Dichas cláusulas establecen que los derechos humanos y los principios democráticos se consideren elementos esenciales en la relación con la Unión, lo que permite que en caso de incumplimiento se pueda llegar a la terminación del acuerdo. Si bien inicialmente los criterios que se tenían en cuenta para condicionar créditos o ayudas eran los económicos, con el tiempo vemos como crece la importancia que van adquiriendo los derechos humanos y la democracia como requisitos indispensables en base a los cuales se condicionan las ayudas económicas o la celebración de acuerdos internacionales, y un medio en manos de la UE para mostrar su disconformidad ante determinadas situaciones, y para presionar a los gobiernos infractores y que deseen establecer relaciones con la comunidad. En el presente working paper se analizará el origen y la posterior consolidación como práctica habitual en las relaciones con la UE. Asimismo, se dará un repaso a la tipología utilizada en el clausulado de los Tratados con países terceros
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Semblanza del concepto de Dignidad Humana en la legislación española y los derechos humanos.
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Este trabajo tiene por objeto el estudio y análisis del acceso al aborto legal y seguro como esencial para el disfrute y efectivo ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.Procuraré demostrar cómo el acceso al aborto seguro y legal es un elemento central para el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres en términos generales, incluyendo sus derechos reproductivos y aquellos relacionados a su inherente condición de persona, y cómo su penalización y demás restricciones de acceso, importan una violación de estos derechos humanos.Consecuentemente, más que de un "derecho al aborto" en sentido estricto, de lo que procuro hablar es de la concreción de los derechos a la libertad, la intimidad, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad, dado que, las decisiones de las mujeres en materia de aborto no tienen que ver solamente con sus cuerpos en términos abstractos, sino que, en términos másamplios, se encuentran relacionadas con sus derechos humanos inherentes a su condición de persona, a su dignidad y privacidad. Para su mejor entendimiento y desarrollo, dividiré el trabajo en 4 capítulos.El primer capítulo se dedicará al estudio y análisis de los aspectos legales del aborto: su contemplación en el marco de la Naciones Unidas, en el Consejo de Europa y en la Unión Europea. También se detallarán y explicaránlos diversos sistemas de regulación del aborto contemplados por las diferenteslegislaciones nacionales.En el segundo capítulo se analizará la problemática concerniente al aborto, realizando especial hincapié en sus causas y consecuencias; y se examinarán los principales argumentos de porqué no es útil la penalización del aborto.En el tercer capítulo abordaré, específicamente, porqué la penalización y las restricciones de acceso a un aborto legal y seguro importan una violación de los derechos humanos de las mujeres. Y en el cuarto capítulo efectuaré un análisis jurisprudencial de las principales sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por último expondré mis conclusiones.
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[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.
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La sociedad civil ha tenido un papel capital en el desarrollo de la justicia transnacional en el mundo. Las organizaciones de defensa de los derechos humanos en cada país a través de sus redes de apoyo y cooperación en el exterior han sido capaces de transformar episodios dolorosos de tránsito de la dictadura a la democracia en procesos de renovación jurídica nacional, que, a su vez, han tenido un alcance internacional. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en Argentina, ha cumplido justamente esta función. El CELS ha sido durante años uno de los referentes de la sociedad civil argentina en su lucha por la defensa de los derechos humanos, tanto por su contribución al logro de una plena justicia transicional después de la dictadura, como por su tutela de los derechos humanos en general. Su experiencia en los foros internacionales en busca de fórmulas que le permitieran soslayar las leyes de impunidad nacionales le ha proporcionado una base sólida en la que apoyar sus estrategias para la defensa de las víctimas de la violencia institucional y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
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La violencia doméstica contra las mujeres constituye una forma de discriminación basada exclusivamente en el género que impide a un amplio sector de la población europea disfrutar plenamente de los derechos que le son internacionalmente reconocidos. Pese a la dimensión paneuropea del problema y a su compromiso de salvaguardar y dar la mayor efectividad a los derechos humanos, el Consejo de Europa ha evitado durante años imponer obligaciones jurídicas internacionales a los Estados en relación con la erradicación de la violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica (excepción hecha de las disposiciones del Convenio europeo de derechos humanos, aunque se aplicaban sin tener en cuenta un enfoque de género). Sin embargo, ante los insuficientes resultados obtenidos se ha considerado necesario disponer de un tratado europeo en la materia, la Convención sobre la prevención y la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, que establece un marco integral de actuación sobre la base de los principios de igualdad y no discriminación y de diligencia debida.
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Este artículo se plantea como una revisión del proceso que se inició a partir de las“Normas sobre las responsabilidades de las transnacionales y otras empresascomerciales respecto a los derechos humanos” que aunque fueron aprobadas en el 55ºperíodo de sesiones de Naciones Unidas de agosto de 2003, finalmente no fueronadoptadas quedando de momento sin entrar en vigor. Se realiza una presentación del papel jugado por el profesor John Ruggie en el proceso posterior a la emisión de las normas, y del informe “Protect, respect and remedy” junto con el informe sobre líneas estratégicas de abril de 2009. Las normas finalmente fueron aprobadas el 16 de junio de 2011 siguiendo la pauta establecida en el informe anteriormente citado.
Resumo:
[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.
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La externalización mediante actores privados del uso de la fuerza en conflictos internos e internacionales es un fenómeno creciente que el artículo analiza desde la perspectiva de sus repercusiones en el respeto de las normas internacionales de protección de los derechos humanos y tomando como caso de estudio en conflicto en Irak.
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Tesis (Doctora en Derecho con orientación en Derecho Procesal) UANL, 2014