1000 resultados para Régimen fluvial
Resumo:
Los métodos de aprendizaje de la lectura en la Francia del Antiguo Régimen varían de unos lugares a otros. Es conveniente pues, examinar el efecto real de los métodos utilizados y medir su difusión a partir de los testimonios que se han conservado, y también, analizar las condiciones de elaboración de los métodos nuevos. En primer lugar, se presenta el método de lectura tradicional y que perdura hasta mucho después de la Revolución. A continuación, se trata la introducción de innovaciones en los procedimientos de aprendizaje por parte de las escuelas de beneficiencia. Por último, se insiste en el papel esencial desempeñado por la capital como laboratorio especialmente activo en la elaboración de experiencias nuevas. Se destaca que todos los métodos son fieles a la progresión tradicional del aprendizaje de la lectura al aprendizaje de la escritura.
Resumo:
La caída del antiguo régimen y la revolución burguesa del siglo XIX, tienen raíces y razones que no es el momento de abordar. Las viejas estructuras feudales y señoriales cambian en un proceso económico, político y social que afecta a toda Europa, pero en otros países las universidades renovadas, no sufrieron tan honda mutación como en España y Francia. En las universidades del antiguo régimen se elabora y conserva una ciencia que justifica el orden establecido y se cultivan y enseñan unos saberes que sirven para su conservación. La monarquía española de los Borbones encontraría en las universidades instrumentos adecuados para sus necesidades. En cuanto a su justificación y forma de dominio, para su burocracia y su ejército. Pero existirán dificultades que serán los motores de las reformas: la medicina universitaria no está a la altura de los tiempos al descuidarse la cirugía y no acoge bien las novedades científicas; la Universidad eclesiástica que defiende antes los intereses del Papa que del monarca. La expulsión de la Compañía de Jesús y la reforma de los colegios mayores porque son los mayores opositores del monarca; La intromisión de los monarcas en las universidades fue mayor para controlar mejor la política universitaria de los Borbones fue moderada. Pero con los liberales españoles se produjo un cambio complejo. Por ello, las reformas de las universidades deben insertarse en las luchas contra la iglesia y afán de dominio para controlar las universidades al tener otros intereses y necesitar otro tipo de universidad. Hasta la ley Moyano no se realizaría y consolidaría la destrucción de la vieja universidad y su sustitución por la contemporánea. Todos los cambios, todos los reglamentos, doble fin: control de la enseñanza superior y determinación de sus contenidos en función de unas finalidades. Las universidades realizan una labor política y directora, ideológica y técnica, en la España del siglo XIX. Tras diversos intentos la ley y reforma de Moyano en 1857 logra una estabilización de las reformas que duraría casi hasta nuestros días, con retoques y cambios menores.
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Se expone la conferencia pronunciada por D. Juan Manuel Pascual Quintana, Catedrático de Derecho y Jefe de la Sección de Recursos, en el Curso-Seminario de Administración de Personal en 1969, donde se trata el terma de los recursos en las vías gubernativa y contenciosa.
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Se reproduce la entrevista que D. Manuel Lora Tamayo, Ministro de Educación y Ciencia, concedió al diario ABC y publicó el 23 de noviembre. Entre sus declaraciones, destaca: la reforma del Bachillerato; la prueba de reválida; el nuevo método de enseñanza para el curso preuniversitario; el problema de la escolaridad obligatoria hasta los catorce años; el aumento de estudiantes matriculados; la combinación de Humanismo y Ciencia y el problema de los profesores adjuntos y las Cátedras a las que están adheridos.
Resumo:
Se transcribe el Decreto de 19 de febrero de 1942, por el que se crea el Cuerpo Docente de Profesores Adjuntos, y se establecen las normas para la provisión de las Cátedras de los Institutos, así como se fijan las categorías del Profesorado, atendiendo a la función que por jerarquía docente están obligados a desempeñar.
Resumo:
Se transcribe la Orden de 30 de diciembre de 1943 con la que se considera en vigor el régimen económico prescrito en la Ley de Ordenación de la Universidad española y los Centros se deben atener a sus prescripciones en todo lo relativo a ellos.
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Se promulga una orden ministerial sobre el régimen interno de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media en base a la Ley de la Jefatura del Estado sobre Reforma de la Enseñanza Media del 20 de septiembre de 1938. En la orden se definen los roles de los diferentes agentes dentro de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media, su estructura y organización. Se subraya la importancia de la educación religiosa, patriótica, artística, técnica y física, así como las llamadas disciplinas del hogar adscritas exclusivamente a Institutos femeninos. Se señala la importancia de esta reforma escolar para responder a la nueva noción de patria promovida por el Estado.
Resumo:
Se analizan las bases teóricas y prácticas de la aplicación del régimen disciplinario en las aulas de secundaria. Existe disparidad de criterios ya que algunas comunidades autónomas tienen su propia legislación sobre la materia mientras que otras siguen el Real Decreto 732-1995. Se estudian algunos aspectos del régimen disciplinario como el ámbito de la sanción, las conductas sancionables, los tipos de sanción y los órganos sancionadores. Se proponen las siguientes ideas para actualizar el panorama legislativo relativo al régimen disciplinario: un mayor protagonismo del director del centro, fomentar la resolución pacífica de los conflictos, aplicar diferentes sanciones según el nivel educativo y promover una mayor autonomía de los centros en la elaboración de su normativa sancionadora.
Resumo:
Se hace una cronología de las disposiciones legales, desde el dieciséis de julio de 1949 fecha en que la Cortes sancionan la Ley de Enseñanza Media y Profesional, para demostrar la labor desarrollada por los organismos competentes para poner en marcha los principios contenidos en dicha ley. Se resaltan los ofrecimientos y aportaciones para la instalación y dotación de los futuros centros de Enseñanza Media y Profesional: cesión de edificios, donación de campos de experimentación, viviendas para el profesorado, subvenciones económicas, aportaciones en material escolar realizados por municipios y otros medios de colaboración. Se explica cual es la finalidad de los institutos Laborales y cómo estos se establecerán en aquellas poblaciones que no tengan actualmente centros de Enseñanza Media o Profesional. Su primer curso se iniciará en octubre de este año.
Resumo:
Se repasa la historia de las construcciones escolares en España y se establece una relación con la Ley de 22 de diciembre de 1953 que las regulaba. Los contenidos y problemas que suponían su aplicación eran: los sistemas de construcción empleados, las Juntas Provinciales, la tramitación de expedientes ante las Juntas y los proyectos y ejecución de obras. Se ofrece una relación de datos estadísticos sobre las partidas presupuestarias invertidas según los años escolares, donde se aprecia claramente el crecimiento progresivo de las mismas. Por último, se examina en qué medida pueden sentirse afectadas las actuales Delegaciones administrativas por la Ley que crea las Junta Provinciales de Construcciones Escolares.
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Premios Educación y Sociedad, 1993. Anexo Memoria en C-Innov. 77
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Tratar en profundidad los derechos y deberes de los protagonistas de la educación, espigando para ello las normas constitucionales de los países de la Europa Occidental. Justificar la existencia de la enseñanza privada y las ayudas de los poderes públicos a ella. Ley Española General de Educación de 1970. Art. 27 de la Constitución de 1978 dedicado a la educación. Normas constitucionales de la Europa Occidental. El estudio se estructura en capítulos: introducción. 1. Derechos y deberes de las personas en materia educativa: ¿qué comprende la libertad de enseñanza? 2. Deberes y derechos del estado en la educación: sirve para justificar y delimitar la intervención estatal y sus funciones respecto a los centros privados y a la ayuda y fomento de las mismas. 3. Educación e igualdad: recoge los principios de libertad de enseñanza y de igualdad de oportunidades ante la educación. 4. Educación y gratuidad: se analiza la obligatoriedad de la asistencia a la escuela y la obligatoriedad de la gratuidad por parte de los centros que prestan la enseñanza. 5. Sobre las ayudas del estado a la enseñanza privada; examen sintético del derecho comparado europeo occidental. 6. Los conciertos educativos. 7. Examen evaluativo de las distintas formas jurídicas dependientes de la Iglesia o institutos religiosos acogidos al derecho canónico como los que utilizan formas de derecho mercantil. 8. Constitución y educación: regulación de los derechos y libertades educativas en la nueva Constitución Española. La gratuidad de la enseñanza no es un principio esencial de la educación. Este derecho corresponde al alumno y no a los centros educativos. La libertad de enseñanza mejora la calidad de ésta. La enseñanza no estatal, aun cuando se subvenciona, resulta más barata para el Estado ya que suele poseer mejor administración y mayor interés en el aquilatamiento de los costos y control de los gastos. El Estado tiene el derecho y el deber de crear directamente y sostener escuelas propias, mas no en régimen de monopolio ni cerrando indebidamente las privadas o suplantándolas de manera innecesaria. La homologación, como la apertura de nuevos centros, de ser reglada y concederse automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.
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Iniciar al alumno en el aprendizaje del método científico y conseguir que adquiera un pensamiento crítico. Favorecer su maduración personal y despertarle interés por el medio que le rodea. Grupos de alumnos del Colegio Familiar Rural La Vega, de Tordesillas (Valladolid). Se han seguido los siguientes pasos: grupos de alumnos organizados por pueblos han recogido datos directamente de la realidad a partir de los cuestionarios que se les proporcionaron; visitas a distintas instalaciones de la zona; charlas-debate en cada tema y confección de un cuaderno del medio colectivo. Se ha conseguido que el alumno se iniciase en el aprendizaje del método científico, a través de la observación de la realidad. Llegar a que el alumno adquiera un pensamiento crítico resulta dificil a causa de la edad de los muchachos. Se ha favorecido la maduración personal del alumno a través del contacto con entidades y personas ajenas al centro. Se ha conseguido despertar su interés por el medio que nos rodea y su mejor conocimiento. La participación de cada alumno en la elaboración del cuaderno les ha proporcionado muy claramente la imagen de la cultura como algo vivo.
Resumo:
Presenta la subestructura que canalizó la acción social del Movimiento en relación con la juventud universitaria en la época franquista. Se realiza una revisión de los hitos legislativos y organizativos que marcaron esta época culminando con la creación del Patronato de Obras Docentes del Movimiento, cuyas funciones eran las siguientes: docente, formativa, de orientación, de investigación educativa, de divulgación; reflejando aspectos más allá de lo estrictamente académico intensificándo la acción social desarrollada hasta el momento. Otro de los análisis que se realizan dentro del universo de variables a considerar en el estudio del tema, es el porcentaje de estudiantes universitarios respecto al total del mismo grupo de edad en ese periodo; planteando diversas hipótesis explicativas que necesitarían ser contrastadas a través de trabajos de investigación, así pues esas cuestiones que los autores plantean se configuran como posibles lineas de investigación. Asimismo los autores presentan datos sobre los colegios mayores por distritos y sexos, academias profesionales y alumnos por especialidades, aportando datos sobre este periodo.
Resumo:
Se analiza en tres etapas la evolución histórica sufrida en Rumania durante el periodo 1947-1989: el comunismo postbélico, el gobierno de Gheorghiu-Dej y la etapa de Ceaucescu, exponiendo la repercusión y consecuencia que tuvo cada una de ellas sobre los contenidos de la enseñanza en el área de historia y en la formación del profesorado. Este artículo forma parte de una sección monográfica de la revista dedicada al currículo en los países de emigración. - Conferencia pronunciada en la reunión de profesores de historia de secciones bilingües españolas de Europa Central y Oriental celebrado en la Agregaduría de Educación de la Embajada de España de Bucarest el 2 de marzo de 2006.