481 resultados para JUECES
Resumo:
Elaborar un plan de centro que potenciará: a) la conciencia de que es necesario el trabajo planificado y coordinado para evitar el fracaso escolar; b) la coordinación del profesorado al programar la actividad docente, tanto individual como conjunta; c) la respuesta al medio, que condiciona toda la actividad que se realiza en el centro. Se eligió el CP El Cascajo en Gran Canaria, es un centro semiurbano de 28 aulas. Con una matricula de 827 alumnos. En el modelo que se propone, se identifican tres fases: análisis, síntesis y evaluación. Análisis: se hace una descripción de tres elementos: valoración de necesidades, objetivos y diagnóstico inicial. Síntesis: se aplica el modelo sistemático a dos niveles de diseño diferentes: a) al nivel 3 de diseño: Programación general del centro, donde, se identifican una amplia gama de objetivos que serán graduados a través de un sistema de jueces, padres y profesores. Para ello se efectuará un diagnóstico del entorno del centro y de los alumnos. B) al nivel 5 de diseño: Ambito del aula; partiendo del nivel de diseño 2, en el cual llegan al centro los objetivos del currículum, y también del nivel 3, se hará una adaptación del bloque temático del área de CCNN de los programas renovados a la situación concreta de un grupo de alumnos. 1) Prueba psicológica para determinar el nivel mental de los alumnos. 2) Análisis del currículum para determinar la coherencia entre objetivos y capacidades de los alumnos. 3) Prueba de prerrequisitos y de evaluación inicial para secuencializar los objetivos adoptados. Porcentajes. 1) Se ha constatado el carácter sistemático del modelo utilizado: a) todos los elementos van dirigidos al mismo fin; b) la alteración de uno de ellos repercute en el resto; c) representa una realidad sociopolítica. 2) También la diversidad de aplicaciones que presenta el modelo empleado, desde el nivel 2, Comunidad Autónoma, hasta el nivel 5, concreción específica en el aula. 3) No existen diferencias en la tipología de los niveles psicológicos de los sujetos tratados. 4) Respecto a los programas renovados, no todos los objetivos se adaptan a las estructuras mentales de los alumnos. La instrumentalización utilizada es aceptable en su aplicabilidad concreta a este trabajo,aunque puede originar dificultades si se generaliza. Dado que en este trabajo sólo se ha aplicado la fase de análisis, se produce una expectativa con los resultados, pues las conclusiones estarán en función de las dos fases restantes: síntesis y evaluación. Esta adaptación de todos y cada uno de los elementos de la comunidad escolar, a unos objetivos concretos, es el trabajo coordinado del centro, que se vierte en el plan de centro.
Resumo:
1) Aplicar la metodología de la atención dividida a los nuevos planeamientos de los niveles de procesamiento. 2) Demostrar que el consumo atencional es mayor para las tareas semánticas, que para las tareas físicas. 3) Demostrar que la cantidad de atención requerida será mayor para los estímulos procesados con un grado de elaboración más extenso. 35 sujetos, estudiantes universitarios, de los cuales 20, 11 varones y 9 mujeres, actuaron como sujetos experimentales. De los 15 restantes, 10 fueron utilizados en el diseño piloto. El resto actuaron como jueces. Los sujetos se seleccionaron para el experimento final de acuerdo con la edad, el sexo, nivel cultural y pertenencia a la sección de Psicología. Diseño factorial 2x2x2 de factores cruzados. El primer factor lo constituirá la variable 'nivel de profundidad de procesamiento', con dos niveles: semántico y físico. El segundo factor lo constituirá la variable: 'grado de elaboración', con dos niveles: un atributo y dos atributos. El tercer factor lo constituirá la presencia o no de una tarea secundaria, que consistirá en la presentación de una carga de memoria, lista de 8 letras, para su retención y posterior recuerdo. Las dos primeras variables son intragrupo y la tercera variable es intergrupo. Como variable dependiente se utilizó el 'tiempo de reacción' de los sujetos ante los estímulos. 1) 105 tarjetas estímulos pictóricos; 2) Hoja de recogida de datos; 3) Hoja de respuesta para los sujetos; 4) Magnetofón y casete; 5) Hoja de instrucciones; 6) Hoja con preguntas acerca de los estímulos; 7) Taquistoscopio tipo Gerbrand; 8) Dos cronoscopios; 9) Dos interruptores para respuesta afirmativa y negativa. 1) Análisis de varianza de tres modos de clasificación con medidas repetidas en dos de ellas, para explicar la influencia de cada variable de forma aislada,así como las interacciones entre variable. 2) Prueba estadística W2, Hays, para averiguar cual de las variables había tenido más influencia a la hora del experimento. 1) No hay diferencias significativas en tiempo de reacción entre condiciones de doble tarea y la condición de tarea aislada. 2) Existen diferencias significativas en el rendimiento de la prueba de memoria, en la interacción entre juicios semánticos y perceptivos;los juicios de tipo semántico son analizados a un nivel más profundo que los juicios de tipo físico. 3) Existen diferencias significativas en tiempo de reacción entre los juicios que versan sobre un atributo y los que se refieren a dos atributos; estos resultados implican que el tiempo de reacción se incrementa a medida que el grado con que se elaboran los estímulos aumenta. El hombre está capacitado para llevar a cabo procesamientos paralelos de los estímulos. Parece ser que los análisis más profundos requieren un mayor consumo atencional que los análisis menos profundos.
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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.
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Esta investigación estudia de forma general el principio de colaboración armónica entre poderes, explora las bases teóricas que sustentan dicho principio constitucional, analiza las distintas ópticas jurisprudenciales construidas a partir de las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, y además abarca la problemática del principio de colaboración armónica en el contexto colombiano, con el objeto de proponer soluciones para mejorar la aplicación del principio de colaboración armónica. Con este escrito se pretende resolver las siguientes preguntas: ¿existe una base jurisprudencial sobre la cual se sustente el principio de colaboración armónica? ¿Se aplica este principio de forma efectiva en el Estado colombiano? ¿Qué alternativas permiten aplicar de forma efectiva dicho principio? ¿Existen mecanismos alternativos de solución de conflictos que puedan ayudar a mejorar la aplicación de este postulado?
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Como fin principal todo un planteamiento jurídico respecto a la solución del deterioro ambiental mediante la Acción de Tutela, la cual se ha convertido en un mecanismo jurídico de eficacia para la protección del derecho a un medio ambiente sano
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La Doctrina Constitucional de la Jurisprudencia Constitucional, distinción esta realmente importante para el posterior análisis de las valoraciones que los jueces deben hacer al proferir sentencias cuando actúan como Jueces Constitucionales
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La carta política de 1991 consagró una cláusula general de responsabilidad institucional del Estado según la cual éste responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión
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Mecanismos que tienen los administrados para acudir ante la jurisdicción y hacer valer sus derechos frente a la Administración. Esta se muestra dentro de una estructura organizativa en un plano de desigualdad superior respecto los particulares
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Analizar el rol de los 19 delegatarios de la Lista Nacional No.9, impulsada por la Alianza Democrática M-19, en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 y en la elaboración de la actual Constitución Política de Colombia
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La acción de tutela contra sentencias judiciales principalmente en la jurisprudencia emitida si se tiene en cuenta que el artículo 86 de la Constitución Política consagra el derecho, pero es la interpretación autorizada de la Corte Constitucional
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Teniendo en cuenta tres casos dentro del contexto del conflicto armado donde la jurisdicción penal colombiana estudia la admisión o exclusión de medios probatorios producidos a partir de injerencias de comunicaciones, encontramos que no siempre se aplica la regla de exclusión cuando no cuentan con una orden judicial previa. Ante este problema, buscamos como se ha solucionado, teniendo como referente la el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo anterior nos da base para entender la regla de exclusión de que se ha venido desarrollando dentro del Derecho Internacional Penal. Si bien estas reglas nos sirven para solucionar estos tres casos, terminan siendo contradictorios a lo que ha venido desarrollando la Corte Constitucional. De esta manera, si bien esta Corte consideró que la regla de Estatuto de Roma, va en concordancia con la nuestra regla de exclusión nacional, tal afirmación es errónea.
Resumo:
En el presente trabajo de grado, se realiza un acopio, valoración y respectivo análisis de la jurisprudencia nacional, la doctrina especializada y la legislación vigente en Colombia en materia de Facultades Administrativas Discrecionales, con el propósito de determinar, si en nuestro ordenamiento existe diferencia de fondo en el tratamiento de la Discrecionalidad Técnica entre la jurisprudencia contencioso administrativa y la constitucional. Así mismo, se resalta que en un Estado Social de Derecho como el nuestro, es necesario que el quehacer administrativo se aproxime cada vez más a los ideales constitucionales de transparencia y justicia social, de forma tal que las decisiones que se adopten, estén siempre sujetas a los principios de legalidad y debido proceso, y en todo caso, propendan por la salvaguarda del bien común y el interés general.
Resumo:
El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.
Resumo:
La presente investigación tiene como objeto analizar la influencia de la estrategia de guerra jurídica de las Farc en la autonomía del sistema judicial colombiano. Así mismo, se busca desarrollar un análisis de la VIII Conferencia Nacional Guerrillera de las Farc, con el fin de dar cuenta de la evolución de sus planes estratégicos, que han llevado a la inserción en nuevos teatros de operaciones. Lo anterior irá enfocado en la importancia que tiene para la guerrilla de las Farc el paso de la guerra de guerrillas a la guerra asimétrica; y en ésta última será posible encontrar el sustento teórico necesario para realizar el presente estudio. Por último, se pretende resaltar que la evolución del plan ha conllevado a una inseguridad jurídica perjudicial para los principales fines del Estado, causando con esto un debilitamiento de las instituciones.
Resumo:
La corrupción sigue siendo uno de los principales problemas del Estado de Derecho en el siglo XXI. Su incidencia reduce la eficacia de la inversión, aumenta el valor de los bienes y servicios, reduce la competitividad de las empresas, vulnera la confianza de los ciudadanos en el ordenamiento jurídico y sobre todo condena a la miseria a quienes deben ser destinatarios de las políticas públicas.Sin embrago, la lucha que han realizado muchos gobiernos y funcionarios judiciales contra este fenómeno ha modificado sus formas de aparición, pues es cada vez menos frecuente la apropiación directa de los caudales públicos o la entrega de sobornos a los funcionarios, prefiriéndose métodos mucho más sutiles como los sobrecostos, la subcontratación masiva o la constitución de complicadas sociedades, en las cuales tienen participación los funcionarios públicos o sus familias.Este libro constituye un esfuerzo por el estudio jurídico y criminológico de la corrupción y los delitos contra la administración pública en Europa y Latinoamérica y reúne la selección de los temas penales más relevantes de la tesis doctoral del profesor Carlos Guillermo Castro Cuenca, denominada Aproximación a la Corrupción en la contratación pública y defendida en la universidad de Salamanca en febrero de 2008, con lo cual obtuvo la calificación de sobresaliente por unanimidad.