1000 resultados para DERECHO COMPARADO
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[Tesis] (Maestría en Ciencias con Especialidad en Derecho Internacional Privado) U.A.N.L.
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UANL
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Tesis (Doctorado en Derecho) UANL, 2013.
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La Universidad del Rosario e Iniciativa Gestión para los intereses ambientales y Públicos – iniciativa GESAP, colocan a disposición del publico la reimpresión del libro Las acciones populares en el derecho privado colombiano de German Sarmiento Palacio, abogado egresado de la Facultad de Jurisprudencia de esta Universidad. El doctor Sarmiento Palacio fue uno de los precursores del uso de las acciones populares en Colombia así como del debate alrededor de los derechos e intereses colectivos. En el décimo aniversario de su fallecimiento se quiere rendir un homenaje con la presente publicación. Este libro constituye un documento de gran valor académico para la evaluación de las acciones populares en Colombia y para el análisis de los intereses colectivos. El estudio histórico y comparado que rescata las raíces del medio de defensa en el derecho romano y contrasta las legislaciones de otros países sobre la institución judicial de protección y defensa de los derechos lectivos, así como el análisis de los apartes pertinentes del código civil, fue en su momento un precedente que alentó el usos de las acciones populares en Colombia. Ese carácter histórico y comparado del texto tiene plena vigencia en el país. Iniciativa GESAP nace de un grupo interdisciplinario convencido de la importancia de una organización que se dedique a la protección de los derechos e interés colectivos, así como de los derechos fundamentales en Colombia. Esta institución busca contribuir, desde un escenario amplio de discusión y reconociendo los aportes previos realizados en el tema, al desarrollo del derecho de interés publico. Iniciativa GESAP se inspira en la obra y vida de German Sarmiento Palacio y rescata y exalta su memoria como defensor de los derechos e intereses colectivos
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La presente monografía hace un análisis comparado entre la teoría comunitarista del reconocido sociólogo alemán Amitai Etzioni y el Estado Comunitario del presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez en su discurso político durante su primer período presidencial 2002-2006. Este trabajo pretende determinar hasta qué punto las propuestas políticas de los gobiernos colombianos se basan en teorías políticas contemporáneas en la elaboración de sus proyectos y en qué medida el Estado Comunitario consolida o no el Estado Social de Derecho en Colombia.
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Con el paso del tiempo la humanidad ha vivido cruentas confrontaciones armadas, siendo las dos guerras mundiales, sucedidas durante la primera mitad del siglo XX las más determinantes en la transformación de las dinámicas en el Sistema Internacional y en el período de posguerra. Dichos conflictos trajeron importantes consecuencias entre ellas el desplazamiento forzado de más de 40 millones de refugiados en toda Europa. Por lo tanto, el recrudecimiento de algunas confrontaciones ya existentes, y el surgimiento de nuevos conflictos internos que en ocasiones trascienden la esfera mundial, son factores que han permitido violaciones masivas de Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, siendo las principales víctimas miembros de la población civil. Entonces, han sido estos escenarios de conflictividad interna en varios países, los que han dado paso a nuevas dinámicas en los procesos migratorios, en donde los afectados deben huir forzosamente de sus lugares de origen para salvaguardar sus vidas ante la constante situación de amenaza. Sin embargo, la problemática que supone el desplazamiento forzado no se limita a una movilización al interior del territorio nacional en presencia de conflictos armados, pues en muchas ocasiones los desplazados se ven obligados a cruzar las fronteras para escapar de la hostilidad y persecución, llevándolos a adquirir el estatus de refugiados.
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Los debates en torno al concepto de seguridad han aumentado debido al fortalecimiento de la Democracia Liberal, el Estado de Derecho y la protección de los Derechos Humanos. En este contexto, se han establecido nuevos enfoques de seguridad que responden a los desafíos actuales que enfrenta el ser humano como alimentación, trabajo, salud, educación y vivienda. De esta manera, el enfoque restringido del concepto de seguridad entendido como la protección del Estado ha sido complementado, y no reemplazado, por la seguridad humana. Entre una gran variedad de posturas, Canadá y Japón se destacan en el marco de los estudios de seguridad, especialmente, en el estudio y aplicación de la seguridad humana. Kosovo, por su parte, se vio beneficiado por la participación de Canadá y Japón a la luz de los principios de Freedom from Fear y Freedom from Want durante su proceso de reconstrucción.
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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.
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El presente trabajo busca demostrar que en los dispositivos de solución alternativa de conflictos (M.A.S.C.) que se dan con ocasión de conflictos de intereses del orden Civil o Mercantil, existe una Base Negocial, es decir, hay un negocio jurídico convencional que los involucrados en dicha disputa perfeccionan y que permite directa o indirectamente la resolución del conflicto; por tal razón, es menester desarrollar el tema de manera sistemática, iniciando por el estudio del Negocio Jurídico, para posteriormente analizar la naturaleza jurídica de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, y consecuentemente poder identificar, con referencia a cada uno de estos métodos, en qué momento se ajusta este negocio jurídico, su naturaleza jurídica, su contenido y sus efectos negociales.
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En el presente trabajo de grado, se realiza un acopio, valoración y respectivo análisis de la jurisprudencia nacional, la doctrina especializada y la legislación vigente en Colombia en materia de Facultades Administrativas Discrecionales, con el propósito de determinar, si en nuestro ordenamiento existe diferencia de fondo en el tratamiento de la Discrecionalidad Técnica entre la jurisprudencia contencioso administrativa y la constitucional. Así mismo, se resalta que en un Estado Social de Derecho como el nuestro, es necesario que el quehacer administrativo se aproxime cada vez más a los ideales constitucionales de transparencia y justicia social, de forma tal que las decisiones que se adopten, estén siempre sujetas a los principios de legalidad y debido proceso, y en todo caso, propendan por la salvaguarda del bien común y el interés general.
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Bajo la denominación de , la presente obra colectiva presenta las ponencias expuestas por los participantes en el Seminario que con el mismo nombre organizó la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario para conmemorar el décimo aniversario de la Maestría de Derecho Administrativo. El seminario tuvo como objetivos ofrecer una retrospectiva de la evolución histórica del derecho administrativo nacional y comparado con los ejes de internacionalización. Protección de los derechos y actuación administrativa y jurisdiccional: presentar una visión reflexiva acerca de los cambios ocurridos en los contenidos del derecho administrativo determinado por las transformaciones del Estado social y democrático de derecho; y mostrar las tendencias contemporáneas de construcción del derecho administrativo como respuesta a la globalización y la internacionalización.
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.
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Mostrar la relación sustancial entre democracia, educación y ciudadanía en la sociedad democrática occidental y cómo la propuesta democrática de los valores de la comunidad y la participaciòn ciudadana pueden servir de regeneración a la vida política democrática en la sociedad postmoderna y del bienestar de los albores del siglo XXI. Se estructura en cuatro partes. La primera procede a la aproximación conceptual en torno a la idea, fines y objetivos de la educación y su relación con la política y la organización jurídica de la Comunidad. La segunda desarrolla el discurso ilustrado sobre las propuestas de Rousseau. La tercera parte se centra en la función y reconocimiento de la educación en los regímenes jurídicos históricos españoles desdes la Constitución de 1812 hasta la presente de 1978, tomando como referente el desarrollo del pensamiento político occidental tras la Ilustración y la Revolución Francesa. La cuarta y última parte contiene un análisis de la realidad política y sociológica urgente, globalización y postmodernidad, donde, a través de un sistema de pensamiento de renovación democrática, el denominado republicanismo cívico o pensamiento republicano cívico, incorpora un análisis y propuesta de renovación y participación cívica democrática en los asuntos públicos. En esta compleja realidad contemporánea del siglo XXI, la educación inculca y transmite a la ciudadanía la necesidad de participación en la vida pública, y la asimilación y defensa de los valores democráticos. Por ello, se estima que la educaciòn para el estado democrático se ha transformado en uno de los instrumentos más valiosos para la legitimidad , subsistencia y renovación de los sistemas democráticos occidentales. Este proceso racional inductivo-deductivo se aplica desde la técnica de análisis de textos originales. El método comparado es necesario para buscar la contraposición entre universalismo y particularismo. Junto a la política, la educación representa la base de la cultura del sistema político, establece los fundamentos para que los individuos de una sociedad civil sean conscientes de quienes son y del lugar que ocupan, conozcan sus derechos y deberes, adquieran capacidad de juicio, criterio y decisión, y sean individuos más preclaros y más justos. La gestión de sistemas y políticas educativas por los poderes públicos, surgen con el nacimiento de la Universidades. La educación se convierte en una de las prioridades para las élites gobernantes de las sociedades medievales. Durante el Despotismo Ilustrado y en los albores de la Revolución Francesa, las ideas ilustradas incorporan a la educación una nueva misión de la educación como función pública. La educación del ciudadano democrático debe basarse en los principios democráticos de libertad política, igualdad, justicia y pluralismo político. Por ello, la educación puede representar un instrumento indispensable para el regeneracionismo democrático y social. En la presente propuesta, la educación se inserta en este punto como elemento fundamental y garantía de desarrollo del espíritu democrático y pieza de continuidad de la subsistencia de la comunidad al proporcionar, instruir y velar por el vivere civile de la comunidad política democrática.
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Realizar un estudio comparado de la función inspectora en Educación en la Unión Europea. Abordar la lenta gestión en el tiempo del concepto de la función inspectora, la notable ampliación de funciones y constatar el funcionamiento del sistema educativo. Marco histórico de la supervisión desde los griegos hasta la actualidad. Analizar funciones y tipos de supervisión educativa. Las nuevas funciones de la inspección definidas en relación, al sistema como eje innovador, al profesorado como agente de participación y al medio como agente de participación. Destacar las notas características en la inspección; Oportunidad, Continuidad, Progresividad, Sistematicidad, Comprensividad, Solvencia profesional. Desarrollar las características básicas de cada uno de los doce paises que conforman la Unión Europea. Profundizando en los casos de Inglaterra, Francia y España en la Unión Europea articulándose en tres aspectos, referido a las características comunes sobre la inspección educativa, referido a las características propias sobre la inspección educativa. La inspección debe tender a la profesionalización y que el docente que la realiza tenga una dedicación exclusiva. Los inspectores son y deben seguir siendo el nexo de unión existente entre los centros escolares y la Administración educativa. Debe hacer cumplir la ley. Deben ser ayuda para el docente cuando estos tengan dificultades para desarrollar su actividad educativa. Inspección y supervisión vienen a significar lo mismo. La inspección es necesaria para el control y asesoramiento administrativo y también para la evaluación y asesoramiento técnico. El inspector realiza una función de defensa del derecho a la educación de todos los ciudadanos. Esta función institucional ha ido requiriendo una especialización más específica, con el doble objeto de garantizar lo establecido educativamente. Esta actividad exige estar desligada de actuaciones superficiales y aisladas, será un seguimiento técnico que constantemente ha de estar facilitando tanto información a los responsables de la toma de decisiones como asesoramiento directo a los que llevan a cabo la labor docente.
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Resumen basado en el de la publicaci??n