796 resultados para Argentina. Asamblea General Constituyente, 1813-1815


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El presente artículo versa sobre de la realización de un diccionario digital de Lengua de Señas Argentina con la finalidad de obtener un medio que permita tanto el aprendizaje como el análisis de dicha lengua. A partir de la implementación de la Tecnicatura en Interpretación en Lengua de Señas en la Facultad de Educación Elemental y Especial en la Universidad Nacional de Cuyo, se llevaron adelante diversas investigaciones relacionadas con la temática, por lo que este trabajo pretende continuar la línea de investigación realizada por el equipo constituido por los autores de este artículo. A partir de esta propuesta, se pretende profundizar en conceptos específicamente lingüísticos atendiendo a los elementos propios de la Lengua de Señas Argentina, de Argentina en general y de Mendoza en particular. Este proyecto es llevado a cabo en forma conjunta entre los diferentes actores involucrados: estudiantes, egresados, profesores y miembros de la Comunidad Sorda de Mendoza. La elaboración de dicho material contribuirá por un lado, a legitimar la Lengua de Señas Argentina revirtiendo la situación sociolingüística actual de la Comunidad Sorda de Mendoza en particular, por otro añadir información lingüística específica del estudio de la lengua. Esto permitirá preservar el patrimonio lingüístico de la comunidad hablante de la Lengua de Señas Argentina.

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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At head of title: República Argentina.

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Description based on: 1895, t. 1.

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Imprint varies: 1924-1943 pub. by Casa Jacobo Preuser.

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Vol. 1 has half-title: Meteorología argentina.

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Los representantes del pueblo de los estados de Guatemala, El Salvador y Honduras, reunidos en la Asamblea Nacional Constituyente, en cumplimiento del pacto de unión firmado en San José de Costa Rica, el día 19 de enero de 1921, inspirándose en la letra y el espíritu de una unión perpetua e indisoluble y en el sentimiento general de los habitantes de esta parte del continente americano, constituyen una federación soberana e independiente que se denomina República de Centroamérica, también reconocen que por razones étnicas, geográficas e históricas también deben de integrar los Estados de Nicaragua y Costa Rica

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El proceso constitucional, bien sea su adopción o su reforma, es una constante en nuestra historia republicana. Durante el siglo XIX se expidieron como constituciones nacionales: la de la Provincias Unidas de la Nueva Granada, la de Colombia de 1821 y 1830 (conocida como la Gran Colombia), la del Estado de la Nueva Granada (1832 y 1843), la República de la Nueva Granada (1853), la Confederación Granadina (1858), los Estados Unidos de Colombia (1863) y la República de Colombia (1886). Las constituciones nacionales proferidas entre 1811 y 1886 fueron consecuencia de un pulso político en favor de unos intereses ideológicos claramente establecidos alrededor de la composición centralista o federalista de la naciente República. En el proceso constituyente de 1990/1991 se buscó la transformación política del Estado. Uno de sus elementos más significativos fue la convergencia de iniciativas para la búsqueda de la misma, y es así como la Constitución de 1991 representa una ruptura con el modo de proceder histórico de erección constitucional. Una de las premisas que se ha lanzado sobre el proceso del constituyente de 1990/1991 es que la participación ciudadana fue más una forma de democracia participativa que rompe la tradición representativa de la Carta Nacional vigente para el momento; esto debido, de un lado, a que el origen de la propuesta no estuvo vinculado exclusivamente a la iniciativa del ejecutivo, y del otro, a la urgencia por despertar el constituyente primario que había estado sosegado tanto por la normativa restrictiva como por los actores armados ilegales y la fuerza legítima e ilegítima del Estado. Justo sobre este debate se centra esta publicación, al derivar de un proyecto de investigación que tuvo como pregunta: ¿Cuáles fueron los alcances y las limitaciones de la participación ciudadana en la configuración de la Constitución colombiana de 1991?, Y hace un recorrido desde lo ocurrido desde la convocatoria para la votación a una Asamblea Nacional Constituyente y la participación ciudadana durante el funcionamiento de la misma.

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La Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad GOLDEN MEDICAL GROUP COLOMBIA SAS, por medio de la cual se nombraba el revisor fiscal y se aceptaba la renuncia del suplente del gerente. Esta decisión se fundamentó en 2 motivos: (1) No se indicó de manera clara el número de acciones representadas en la reunión. (con fundamento en los artículos 22 de la Ley 1258/08 y la ley 222/95) y (2) A título de recomendación: que por prohibición expresa del código, no es viable dejar un cargo de representación legal vacante, en consecuencia, debe o eliminarse el cargo, lo que acarrea una reforma estatutaria, o nombrar a alguien en dicho cargo.

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Informe final de investigación en el que se define el contenido y se delimita el alcance de la autonomía financiera en los entes municipales en Colombia. Lo anterior, partiendo del premisa del artículo 311 de la C.N., en donde el Municipio es concebido como la “entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado (…)”, al cual se le arrogó autonomía como derecho y como garantía institucional, para destinarlo a ser la piedra angular de la organización territorial del Estado, autonomía para la gestión de sus intereses que se manifiesta en la facultad de administrar sus recursos, establecer tributos y participar en las rentas nacionales; indicando que es éste el objeto de análisis del presente documento. La autonomía financiera en los municipios será analizada desde el punto de vista constitucional, normativo, jurisprudencial y doctrinal. Se demostrará que ésta es el resultado de la evolución en la forma en la cual se ha hecho y se hace el gasto público en Colombia, una transición que de manera simultánea al proceso político administrativo, ha demostrado que sólo a través del empoderamiento de los municipios puede concretarse la eficiencia como principio orientador del gasto público. Además, se examinará la autonomía financiera municipal en sus dos manifestaciones esenciales, es decir, revisando la forma en que los municipios obtienen sus recursos y la forma en que posteriormente los ejecutan.

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El interés de este Estudio de Caso es identificar y explicar los alcances de la construcción de memoria en la sociedad colombiana, no sólo como elemento de no olvido sino también como herramienta de resistencia y de acción de aquellos que la construyen y reconstruyen. Por ello, la investigación pretende determinar el vínculo existente entre memoria y participación política, analizando y explicando la manera como mujeres pertenecientes a Ruta Pacífica de las Mujeres han construido memoria respecto a los procesos de violencia que enfrentan y la forma como ello ha hecho posible la consolidación de una identidad colectiva por medio de la cual resisten a la violencia y a los códigos culturales que la perpetúan. En consecuencia, se efectúa un análisis a los documentos elaborados por Ruta Pacífica respecto a construcción de memoria y junto con ello, un examen a los procesos participativos que han adelantado las mujeres pertenecientes a Ruta Pacífica.

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La concepción de Estado moderno está íntimamente vinculada al ejercicio del monopolio legítimo de la fuerza, en tanto supone que la violencia es una de las principales prerrogativas que el Estado pretende detentar, para constituirse en una organización política de poder que perdure en la sociedad en la que se instaura. En este sentido, el proyecto de investigación tiene como uno de sus objetivos específicos, identificar, caracterizar y analizar los daños antijurídicos por los cuales el Comité de Conciliación del Ministerio de Defensa Nacional autoriza el ejercicio de la acción de repetición contra los funcionarios o ex-funcionarios de las Fuerzas Militares, limitando el análisis al periodo transcurrido durante los años 2010 a 2016. Lo anterior, con el fin de establecer cuáles son las causas generadoras de responsabilidad más frecuentes en las que han incurrido los agentes de la entidad, para luego observar su impacto en el erario de la nación y verificar cómo se constituyen en una necesidad de imposición de límites al ejercicio de la fuerza del Estado.