668 resultados para Responsabilidad extracontractual
Resumo:
Esta monografía busca analizar la problemática de la vinculación de niños y niñas en el conflicto armado colombiano, y la respuesta desarrollada por el Estado colombiano frente a esta problemática, durante el período de 2002-2005. A partir de lo anterior, se plantean como objetivos específicos: analizar y examinar las causas socio-económicas y culturales por las cuales el menor ingresa como actor del conflicto, al igual que los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, los mecanismos y avances del Estado en materia de prevención, y protección al menor que participa directamente en el conflicto, con la finalidad de establecer la responsabilidad estatal frente a esta problemática. Según los intereses que busca responder la presente investigación, se utilizó el método de análisis cualitativo descriptivo, y aunque se examinaron algunas cifras y comportamientos del menor en forma estadística, estos fueron instrumentos que fortalecieron el análisis cualitativo, en la medida que permitió una mejor aproximación, comprehensión y explicación de la vinculación del menor al conflicto.
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Dados los grandes cambios y desarrollos científicos, económicos y sociales, la industria ha generado avances tecnológicos de gran magnitud que contribuyen con el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes. A pesar de las buenas contribuciones que conlleva dicho desarrollo, se puede ver que soporta igualmente un sacrificio ambiental y social para hacerlos posibles. De acuerdo con el principio que establece la primacía del interés general sobre el particular, se han tolerado legalmente algunos daños ocasionados a los administrados en beneficio de la comunidad; pero lo anterior no puede desconocer las situaciones en las cuales se generan perjuicios que no deben ser soportados por la comunidad. Igualmente, la Constitución política establece mecanismos de protección en cabeza de todas las personas con el fin de proteger sus derechos, dentro de los cuales se encuentran los derechos de tercera generación. Estos derechos son protegidos a través de la acción popular como mecanismo idóneo, eficaz y directo, el cual busca su restablecimiento.
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La responsabilidad médica en su completo esplendor trata temas en cuanto a lo civil, penal y la relación con el estado y la prestación de servicios que se deriva del mismo. La responsabilidad medica a su vez trata en el fondo las imputaciones por conductas dolosas, culposas y preterintencionales que a su vez traen consigo las razones de exculpabilidad de las mismas y los beneficios que al médico trae la existencia de la llamada “Lex artis” El tratamiento de la culpa en el ámbito de la responsabilidad penal medica a través de la historia muestra como en el tiempo, desde la misma época arcáica se entendía como responsable el medico o aquella persona que tuviera conocimientos en medicina cuando por una imprudencia o por su propia negligencia o impericia hiciera que el paciente o la persona a cuidar sufriera una lesión que pudiese posteriormente llevarlo a la muerte.
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La Responsabilidad Social Empresarial (RSE), no es un tema nuevo pero en la actualidad se ha convertido en una estrategia de negocios que le permite a las empresas mejorar a su interior y así obtener mas beneficios externos ya que cuenta con mayor credibilidad y más aún con proyectos sostenibles en pro del la comunidad y de factores tales como el ambiente, los clientes entre otros. Este trabajo de investigación busca dar a conocer como alrededor de los negocios las empresas si pueden llegar a ser responsables socialmente, dando a conocer inicialmente los fundamentos teóricos del tema y posteriormente realizando un análisis a tres multinacionales con presencia en Colombia y simultáneamente en otros países de América Latina, tal como lo son Unilever, Telefónica y Coca Cola. Estos casos específicos, en su diagnóstico, dejan ver de una forma u otra como a través de los compromisos que han asumido estas empresas, los proyectos sostenibles que se han desarrollado a su interior han permitido mejorar aspectos de la comunidad que necesitada de estas soluciones muestran interés generando resultados que se dan por la gestión que se define con la ética de la misma empresa. Esto permite ver como de esta forma se puede preservar los recursos ambientales y culturales para las generaciones futuras, respetando la diversidad y promoviendo la disminución de las desigualdades sociales.
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El propósito del presente artículo es describir la operación del comité de Responsabilidad Social Empresarial en la compañía Cerro Matoso S.A en el departamento de Córdoba, Colombia. Para lograr dicho propósito se definieron indicadores agrupados en cuatro variables como lo son: Evolución del área, Plataforma Estratégica, División del trabajo y Coordinación del trabajo. Por medio de este trabajo se pretende identificar aprendizajes claves en la creación, diseño y ejecución de modelos de Responsabilidad Social Empresarial en las empresas. Los resultados muestran que la compañía no tiene un área especifica de Responsabilidad Social Empresarial sino que articula todas sus iniciativas y proyectos de manera transversal a través de toda la organización por medio de un comité que involucra todas las áreas de la compañía y la Fundación San Isidro. Todos los proyectos de Cerro Matoso S.A están enmarcados dentro de los estándares establecidos por BHP Billiton.
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Mucho se ha discutido sobre las herramientas jurídicas con las cuales cuenta un Estado para asumir un proceso de justicia transicional. Tradicionalmente, la literatura ha estado discutiendo el contenido de los estándares de “verdad, justicia y reparación”. No obstante, se le ha dedicado muy poca atención a las fuentes normativas que pueden limitar o permitir la exoneración parcial de responsabilidad en los procesos de justicia transicional. Esta exoneración puede ser parte de una política de selección y priorización de casos, lo cual puede estar vinculado a la concesión de amnistías o indultos parciales. El objetivo de este artículo es estudiar tres marcos regulatorios del derecho internacional: 1) el derecho internacional de los derechos humanos; 2) el derecho internacional humanitario; y 3) el derecho penal internacional. Un estudio cuidadoso demuestra que ningún instrumento internacional requiere que un Estado investigue o juzgue la totalidad de los casos relacionados con el conflicto. A grandes rasgos, el derecho internacional impide que se promulguen amnistías absolutas, pero permite que el Estado seleccione y priorice casos, sin castigar la exoneración parcial de responsabilidad de un grupo de involucrados.
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En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradascomo necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la proteccióny cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas dela ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.
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Analizar el fenómeno de la responsabilidad del Estado causada por los hechos del legislador ha sido un trabajo desarrollado tanto por la doctrina como por la jurisprudencia internacional a mediados del siglo xx. En Francia, por ejemplo, se presentó el primer antecedente jurisprudencial en el año de 1934. En España, su estudio empezó a gestionarse con la promulgación de la Constitución de 1978, dándose el primer fallo judicial en elaño de 1993. Para el caso colombiano, la Constitución de 1991 introdujo en su artículo 90 el fundamento constitucional de la responsabilidad patrimonial del Estado, sin que esto significase que la jurisprudencia del Consejo de Estado encontrase las bases de esta responsabilidad en diferentes disposiciones de la Constitución de 1886, tales como los artículos 2º, 16 y 30, que consagró el principio de legalidad del Estado para proteger la vida, honra y bienes de los ciudadanos, y garantizar la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con el título de derecho. Sin embargo, los primeros fallos relacionados con este título de imputación en Colombia fueron emitidos por el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo colombiano en el año de 1998 y por la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-038 de 2006, providencia judicial que estableció algunas de las características que posee esta figura jurídica.