1000 resultados para España-Ley agrícola
Resumo:
Introducción al número extraordinario de la Revista de Educación dedicado a la Ley General de Educación promulgada en 1970. Se explica que el monográfico se compone de tres partes: la primera está constituida por un conjunto de estudios donde especialistas e investigadores analizan diversos aspectos de la LGE y de su desarrollo posterior; la segunda parte se compone de testimonios de los agentes principales de la reforma, y la tercera parte recoge una descripción de la LGE y de sus principales disposiciones complementarias.
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Se hace un repaso del desarrollo que experimentan las enseñanzas medias en España durante el periodo de vigencia de la Ley General de Educación de 1970. Se exponen una serie de tablas que recogen datos sobre la evolución de las cifras de matrícula desde el año académico 1974-1975, el primero de vigencia en la enseñanza secundaria. Se aborda también el tema de las desigualdades sociales, de género, de clase y étnicas que surgen ante las enseñanzas medias. Esta falta de neutralidad de la enseñanza ante las distintas categorías y grupos conlleva al fracaso escolar masivo, aunque se considera un fracaso del sistema escolar.
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Se hace un repaso a los primeros precedentes legislativos surgidos en el siglo XIX en cuanto a la Educación de Adultos. Es a partir de principios del siglo XX cuando el Estado intensifica la labor legislativa aunque sin buenos resultados prácticos. Se desarrolla la Educación de Adultos en la política educativa del franquismo con el fin de entender la Ley General de Educación, sus principios y alcance. Se destaca el Libro Blanco como parte importante en la estructura y preocupación para afrontar la Educación de Adultos en España. Y se hace referencia a la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), donde se considera a la Educación Permanente punto de referencia obligado para la ordenación general del sistema educativo.
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Se presentan unos precedentes históricos centrados en la problemática y en los rasgos característicos de la Administración educativa española, debido a los cambios que supone la Ley General de Educación. Estos precedentes se dividen en dos periodos: el primero, desde el nacimiento del Estado moderno hasta el final de la etapa político-ideológica del franquismo; y el segundo, desde el final de la Segunda Guerra Mundial hasta la aprobación de la LGE. El estudio se centra en la plasmación legislativa y práctica de la LGE, en concreto, en la etapa educativa de escolarización obligatoria: la Educación General Básica en la Ley de 1970. También se pretende integrar en el marco historiográfico el campo de estudio referente a la evolución en el tiempo de dicha Administración. Por último, se aportan algunas hipótesis de trabajo de primera aproximación.
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Se aborda el tema de la reforma de Villar Palasí en cuanto al sistema educativo español y la inmadurez con la que se lleva a cabo esa reforma en sus inicios. Se expone que la reforma Villar no ofrece buenos resultados no sólo debido a la falta de dinero, sino por no tenerse en cuenta una serie de factores tan importantes como los técnicos y psicológicos. En concreto, se trata la formación del profesorado dentro de esta reforma. Se desarrolla la herencia técnica de Villar, en concreto, la creación de los Institutos de Ciencias de la Educación (ICEs) en 1969 como establecimiento en el proceso del reciclaje y formación permanente del profesorado. Se desarrollan las novedades de carácter espectacular que ofrece Villar Palasí en el panorama educativo español. Y se exponen algunos datos fruto de encuestas oficiales realizadas al profesorado público.
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Se destacan algunos de los elementos más problemáticos de los distintos movimientos sociales que, en el sector de la enseñanza, se oponen a la Ley General de Educación. Se elabora una alternativa democrática a la enseñanza centrada en el modelo de la nueva escuela pública. Estos movimientos se apoyan en la dinámica de la resistencia antifranquista y a favor de la democracia, y adquieren su mayor auge en los años setenta. Esta colaboración da lugar a una convergencia de intereses y voluntades entre: el movimiento de enseñantes, los movimientos ciudadanos y vecinales, los colectivos de renovación pedagógica y un amplio sector de fuerzas políticas y sociales comprometidas en la lucha antifranquista y por la democracia.
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La inadaptación del sistema educativo español en los años sesenta a las necesidades de una sociedad donde se producen cambios económicos, sociales y culturales importantes, da lugar a que grupos minoritarios de enseñantes reivindican mejoras específicas y concretas en el campo profesional y en el sistema educativo. Se desarrollan algunas de las reivindicaciones concretas planteadas por el profesorado de la enseñanza no estatal.
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Se desarrollan las disposiciones legislativas sobre orientación educativa en España, diferenciando dos períodos: antes y después de la Ley General de Educación de 1970. Se hace referencia a la orientación que se desarrolla en las diferentes Comunidades Autónomas, que tras el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a las diferentes comunidades elaboran su normativa específica y la regulación de los servicios de orientación. Se desarrollan también los objetivos de los Equipos Multiprofesionales de Educación Especial a través de los cuales el Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla las tareas de orientación, que pretenden lograr un mejor desarrollo del proceso educativo. Se aborda la situación de la orientación educativa en el plano universitario, en el sistema escolar español, y en la reforma global del sistema educativo.
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Se sugiere que la enseñanza profesional que se presenta en la LOGSE crece con los mismos problemas con los que convivió la FP, y que las expectativas son sólo eso, expectativas. Se hace un breve recorrido por la enseñanza profesional, partiendo de la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), y se analizan los veinte años de separación de los dos proyectos de reforma de la educación española en la segunda mitad del siglo XX.
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La educación es utilizada por todas las naciones, sin distinción, para dar a conocer los grandes avances técnicos, y sensibilizar sobre su capacidad destructiva, sobre todo la de los descubrimientos bélicos. Además el dominio de una nación sobre las otras ya no se va a fundamentar en grandes conquistas bélicas, sino en la capacidad tecnológica superior de unas naciones respecto a otras. De este modo tras el lanzamiento del Sputnik por parte de Rusia, Estados Unidos se lanza a dar un apoyo sin precedentes a sus programas educativos. Con este espíritu se promulga la National Defense Education Act, que firma Einsenhower en 1958. La ley está compuesta por diez apartados. Se analizan en profundidad los apartados de esta ley y su influencia en los institutos norteamericanos.
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En el terreno de la innovación educativa los éxitos fueron escasos, costaron demasiados esfuerzos y en muy pocas ocasiones cuajaron con carácter definitivo. Mientras que el pensamiento progresista educativo tuvo sólo en las dos repúblicas su chance histórica para realzar algunas ideas y reformas, el resto de los años los pasó en el exilio o en los frágiles muros de algunos centros, como fue el caso de la Institución Libre de Enseñanza: Pasos: 1. Camino hacia la secularización de la enseñanza. Hasta la revolucion liberal burguesa nadie disputó a la iglesia este monopolio con posibilidades de triunfo, sigue los pasos de la centralización liberal, que favorece el control de la enseñanza y su estatalización, como ocurre con la enseñanza universitaria. Desde ley de presupuestos de 1835, Plan Pidal de 1845 se consolidaron estos deseos; 2.Política e instrucción: la libertad de enseñanza. La Constitución de 1869 consagra ideológicamente el liberalismo democrático, al reconocer el sufragio universal y la democracia es un problema de instrucción. El movimiento político de 1868-1875 modificó muy poco la enseñanza primaria y la inestabilidad política impidió sin duda unos resultados efectivos. Pero existió libertad de enseñanza; 3.Lucha contra la libertad de la ciencia. La iglesia, apoyándose en los gobiernos conservadores, iba a reorganizar sus filas y plantear una dura batalla contra la libertad científica con la Restauración, ya que antes había carecido de unidad institucional Con la nueva constitución de 1875 estado confesional. Finalmente la libertad científica una quimera contra la que luchó la Institución Libre...pero inyectó una nueva savia en la vida educativa española cuando la Universidad mantenía al país en el más miserable de los ostracismos; 4. Analfabetismo y proletariado. El problema de la autonomía universitaria; a las puertas del siglo XX ningún gobierno había afrontado seriamente el problema de la enseñanza. El setenta por ciento de la población era analfabeta. Pero la Institución se preocupó y cumplió esta misión, aunque quedó restringida a las capas media y alta. Junto a iniciativas de la iglesia se fueron fundando escuelas; 6. Laicización de la enseñanza. Con la segunda republica se produjo este hecho y el desarrollo importante de la educación. Su programa consistió en la implantación de la escuela única, poniendo remedio a la lamentable situación de la enseñanza primaria porque en este momento el analfabetismo en España era del 32,4 por ciento de la población. Con la caída de la Segunda República se vuelve a la enseñanza confesional, siendo esta aún la única permitida en nuestro país.
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Se creó por Real Decreto el 18/04/1900 el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Se le encomiendan las cuestiones relativas a la enseñanza pública y privada en todos sus grados, el fomento de las ciencias, artes y letras, los archivos, museos y bibliotecas y el Instituto Geográfico y Estadístico. Nace así, un departamento ministerial específicamente dedicado al sector educativo y cultural, que ya se mantendrá hasta nuestros días (salvedad breve paréntesis de 1923-1925). En este tiempo, setenta y cinco años, han sucedido profundos cambios en la sociedad en la educación e incluso en el concepto mismo de la propia administración. En este sentido pueden señalarse cuatro etapas que presentan grandes diferencias importantes para una necesaria y adecuada comprensión de la evolución de la administración educativa. Son: 1. Etapa de consolidación de la autonomía administrativa (1900-1936); 2. Etapa de transición desde fines de la Guerra Civil hasta la promulgación de la Ley en 1955 de Reforma Orgánica del Ministerio; 3. Etapa de fortalecimiento y progresivo deterioro desde 1955-1968; 4. Años transcurridos desde la aprobación de la Ley General de Educación, con los intentos de poner en marcha una nueva administración que responda a las exigencias del nuevos sistema educativo.
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Partiendo de que existe un crónico déficit de escuelas ¿Quién las construye en España? Puede afirmarse que la escuela pública o nacional nace en nuestro país con las Cortes de Cádiz, y vinculada al municipio como una institución local, por lo tanto. Es obligatoria una escuela de primeras letras en cuantos pueblos puedan sostenerla, debiendo, cuando no pudieran, agruparse y acudiendo en última instancia a la ayuda de la Diputación. Así, con su desvinculación inicial del estado y su correlativo prohijamiento municipal, el destino de la escuela va a ser, ante todo desigual, al quedar ligado al destino de cada municipio, no identificable con las posibilidades del mismo, ya que en muchos casos, los ayuntamientos gestores, representantes de en cada caso de la comunidad local, no sabrán o querrán hacer causa común con dichas posibilidades. 1920 marca el fin del monopolio municipal y de la paralela abstención estatal en la construcción de escuelas. El primer plan de construcción se debe al quinquenio republicano. La República propuso la construcción de 27.000 escuelas, pero realizó, dadas las dificultades, bastantes 15.000. Con el nuevo régimen (1939-1951) no se construyen no sólo por falta de medios sino también por razones doctrinales o ideológicas. La primera y única norma sobre construcciones con rango de ley es de 1953, vigente hasta hoy. El rasgo más acusado es su carácter descentralizador, pero no totalmente. En 1965 se habilitan 25 millones de pesetas para construcciones escolares. Este respaldo económico fue el que faltó a la ley del 53 que llegó con esta ley y la creación de la Junta Central de Construcciones Escolares. Tras la ley del 56, los planes se sucederán y empalman con el primer Plan de desarrollo (1964-67) y a partir de este, los planes se sucederán sin solución de continuidad, hasta hoy, enmarcados nominalmente en los planes de desarrollo y confiada su ejecución al mismo organismo autónomo: la Junta de Construcciones. La situación actual arranca de 1974, cuyos propósitos son: erradicar definitivamente el crónico déficit de construcciones escolares, amplia descentralización y por primera vez en el curso 1974-75 toda la demanda de puestos escolares ha podido ser atendida y si el problema de puestos suficientes está saldado, subsiste el de que muchos puestos no son idóneos y no aseguran una correcta impartición de la enseñanza primaria.
Resumo:
Si nos referimos a la educación de adultos, la Ley Orgánica del Poder General Penitenciaria ( LOGP) no ofrece un desarrollo real en la práctica penitenciaria, ya que las condiciones de los establecimientos, el hacinamiento, la falta de espacios, la falta de personal, el aspecto regimental, etcétera, dificultan la aplicación y desarrollo pleno de sus preceptos. A ello se une la presencia de un establecimiento penitenciario de diferentes subculturas que conviven en los mismos espacios y tiempos, pero que tienen un componente común, su enraizamiento en la marginación. Estas dificultades estructurales y funcionales hacen pensar que el modelo escolar, que es el que más encaja con la reglamentación característica del sistema penitenciario y que se mantiene en la actualidad, no es el más adecuado para aportar la realidad diferencial de la prisión. Por el contrario, en la prisión bien podrían adoptarse otros modelos de intervención más ajustados a las características de la vida carcelaria. Creemos que podemos tratar a los delincuentes desde y en el contexto penitenciario, para alcanzar la reinserción y reeducación social. La prisión no es un instrumento pedagógico idóneo, pero debe ser un ámbito para la actuación de la pedagogía. Será necesario reflexionar al amparo del nuevo Reglamento sobre las funciones del pedagogo dentro de las instituciones penitenciarias. Esta reflexión debe partir del propios colectivo y centrarse en la definición de objetivos y en la intervención de la educación social. Su intervención se caracteriza por dos acciones: primero, el contenido de su ámbito le facilita la posesión de una estructura integral de lo que significa aprender y modificar conductas, tanto a nivel individual como social; en segundo lugar, el pedagogo adopta estrategias educativas, y no clínicas, lo que refuerza el aspecto preventivo, la generalización de los procedimientos a otros contextos (escuela, familia, barrio) y hace posible adopción de programas comprensivos y globales.
Resumo:
Existe la tendencia a pensar que ambas representaron en la historia de la vida española un momento de ruptura total respecto a los principales aspectos del sistema educativo y de sus distintos niveles. Aunque, parte de esta apreciación es cierta, conviene tener en cuenta que durante la década de los sesenta se fueron creando las condiciones para que esta reforma se materializara. Los dos documentos mencionados no fueron momentos de una política educativa que se improvisaron repentinamente, sino que fueron el fruto de una gestación que duró una década. Otro hecho a tener en cuenta fue la extensión de la obligatoriedad de la escolaridad hasta los catorce años. Y facilitó que al llegar la Ley General de Educación se unificara en un solo ciclo educativo la escolaridad hasta los catorce años, terminando con la división entre los que cursaban la primaria y los que estudiaban bachiller, lo que supuso otra característica de este periodo. Suponía una aproximación real a la democratización de la educación. Pero no hubiera sido posible sin el cambio político. España dejó de estar aislada con el régimen de Franco. Tres hechos lo confirman: Firma del Concordato con la Santa Sede (1953), Acuerdo con Estados Unidos (1953) y entrada de España en Organismos Internacionales ( Organización de las Naciones Unidas en1955, Organización Internacional del Trabajo en 1956, Fondo Monetario Internacional en 1958). Importantes cambios de 1960-1973. Lo que permiten explicar las grandes transformaciones que van a introducirse en Educación como es la ampliación de la escolaridad obligatoria hasta los catorce años; generalización del primer ciclo de la educación secundaria, llamada en la Ley General Segunda Etapa de Enseñanza General Básica. Se rompería así con la tradicional división a partir de los diez años o bien continuar en la Enseñanza Primaria o se iniciarían los estudios de Bachiller; introducción de Formación Profesional de primer y segundo grado en enseñanza media y su comunicación con la Universidad, al permitirse el acceso a estudios de primer ciclo universitario ( diplomaturas ); incremento de centros estatales, equilibrio con la enseñanza privada, predominante hasta entonces; adaptación del sistema educativo al sistema productivo; democratización de la enseñanza media (suben los alumnos de este nivel, el número de becas por el apoyo del estado).