999 resultados para LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA


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Este manual resume de forma breve y a modo de tablas los conceptos básicos necesarios para la Contratación de Obras Públicas con la Administración. Estos conocimientos son imprescindibles para los Ingenieros de Caminos desde el punto de vista del Proyecto y del de la obra. La estructura del manual es la de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas de 18 de mayo de 1995. La obra se divide en tres partes y cada una de ellas consta de cinco subapartados formados por, las Disposiciones Generales y particulares de cada caso y la descripción de los distintos procesos de la Contratación, en general y para cada tipo de Contrato que son: la Preparación, la Adjudicación, la Ejecución y la Extinción.

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Como consecuencia de la reglamentación Constitucional, surgieron en Colombia dos postulados legales de sin igual importancia en el año 1993, como lo son el estatuto contractual del Estado y el estatuto de la seguridad social

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La administración pública cumple los variados cometidos que le han sido asignados, atados necesariamente a la satisfacción de las finalidades de interés público o social, no solamente utilizando el poder de mando (expedición de actos administrativos)

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El proceso licitatorio está sometido a la ley y encaminado al cumplimiento de las finalidades que le asigna el ordenamiento jurídico circunstancias que han de tener en cuenta todas las entidades contratantes con la finalidad de evitar irregularidades

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El Ordenamiento jurídico colombiano desde sus inicios se ha enmarcado en la familia jurídica Romano Germánica, donde la Jurisprudencia ocupa un papel secundario en el momento de tomar decisiones por parte de los jueces, fungiendo como un instrumento meramente auxiliar, totalmente opacado por la ley. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, con la creación de la Corte Constitucional junto al valor vinculante que se ha dado a sus decisiones, el tradicional sistema de fuentes ha presentado una evolución que lo aproxima al uso de instituciones, como el precedente judicial, que parecían exclusivas del Common Law. De esta manera, lo novedoso del problema de investigación es que la discusión sobre la alteración de la jerarquía de las fuentes del derecho, se aborda desde una perspectiva teórica, pero desarrolla puntualmente, mecanismos como las sentencias de unificación y la extensión de jurisprudencia, que posiblemente dan alcance al concepto de precedente judicial en el Contencioso Administrativo en la práctica.

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La problemática que aborda este trabajo comprende el análisis de las implicaciones y del significado de la reafirmación del trámite de los recursos administrativos como un requisito de procedibilidad que el particular debe agotar para poder acudir a la jurisdicción administrativa cuando pretende dirimir una controversia originada en una decisión adoptada por una autoridad pública. Nos preguntamos, si con ello, se cumplió todo aquello que inspiró a los precursores de la expedición del nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. La investigación se desarrolló a partir de un plan de trabajo divido en dos partes. En la primera, se analizó la doble connotación que caracteriza a los recursos administrativos, así como la evolución, la efectividad y la importancia de aquellos de cara a los privilegios de la administración pública. También se abordaron las modificaciones que el legislador ha efectuado a esta herramienta de autocontrol de las decisiones administrativas y la jurisprudencia expedida por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en esta materia. En la segunda parte, con el fin de establecer si la reafirmación del agotamiento del recurso de apelación como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción administrativa, traduce los propósitos del legislador al expedir el nuevo código administrativo y de lo contencioso administrativo, se plasmaron aspectos que debieron considerarse en esta reforma, en el marco de las tendencias de un Estado Social de Derecho y de la problemática de la congestión judicial que intenta afrontar el legislador. En ese marco, se explicaron los aspectos que permitieron constatar que los propósitos del legislador se desdibujaron al mantener la obligatoriedad de agotar los recursos administrativos para que el particular pueda someter una controversia a la jurisdicción administrativa.

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La geografía colombiana es fuente de un sinnúmero de recursos socio-económicos y naturales así como también de amenazas a la población, ya que es un territorio propenso a ciertos fenómenos que desencadenan desastres, como inundaciones, deslizamientos, sismos, etc. Sin embargo, el Estado tiene una inmensa responsabilidad en la mitigación del riesgo de desastres que sufre la ciudadanía, pero las instituciones no han tenido la fortaleza para implementar políticas públicas eficientes que eviten que el impacto de estos fenómenos sea mayor. La presente monografía es un estudio de las políticas públicas en materia de desastres implementadas por el Estado, tomando como base los postulados del neo-institucionalismo y la teoría de Levitsky y Murillo sobre la fortaleza de las instituciones, reflejando una baja estabilidad y fuerza de implementación.

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El presente artículo reúne los aspectos más relevantes de la forma en que el estado de Chile está enfrentando el problema de los adolescentes inculpados de infringir la ley penal. El estudio se realizó durante el año 2002, tomando como fuentes principales los documentos orientadores de la Política Pública hacia el menor infractor de la ley y el Proyecto de ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que se encuentra actualmente en proceso de estudio por el Parlamento chileno. El objetivo que se persigue es analizar estas políticas para mejorar las estrategias implementadas..

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Resumen tomado de la revista

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Se destacan algunos de los elementos más problemáticos de los distintos movimientos sociales que, en el sector de la enseñanza, se oponen a la Ley General de Educación. Se elabora una alternativa democrática a la enseñanza centrada en el modelo de la nueva escuela pública. Estos movimientos se apoyan en la dinámica de la resistencia antifranquista y a favor de la democracia, y adquieren su mayor auge en los años setenta. Esta colaboración da lugar a una convergencia de intereses y voluntades entre: el movimiento de enseñantes, los movimientos ciudadanos y vecinales, los colectivos de renovación pedagógica y un amplio sector de fuerzas políticas y sociales comprometidas en la lucha antifranquista y por la democracia.

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Monográfico con el título: “Transparencia y mejora de la educación”

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Todo contrato celebrado es ley para los contratantes. Este principio enseña que todas las personas y órganos del poder público están sometidos al ordenamiento jurídico del Estado. Otros principios bajo los cuales se puede contratar son el de la reciprocidad de las prestaciones y buena fe de los contratantes, porque si cada una de las partes no se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer, no puede haber contrato; y bajo este supuesto las dos partes lo hacen de buena fe. Ahora bien, durante la ejecución del contrato de obra pública se podrían generar factores que obstaculizan el equilibrio económico del mismo y producen contraposición en los principios jurídicos, haciendo insuficientes los mecanismos previstos en la ley y la doctrina. Con estos antecedentes, pretendo mediante el presente trabajo determinar los factores que producen el desequilibrio económico en la contratación de obra, identificar los principios jurídicos que se contraponen al darse el desequilibrio económico en los contratos y finalmente después del análisis de los mecanismos previstos en la ley o en la doctrina para conservar el equilibrio económico proponer unos nuevos. En definitiva académicamente se pretende contribuir de forma científica a generar nuevos mecanismos que produzcan de manera efectiva un equilibrio económico en el contrato de obra pública.

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La investigación Opinión pública 2.0 en el entorno de Twitter respecto al proyecto de Ley Orgánica de Comunicación en Ecuador realiza una aproximación desde el análisis de contenido a los mensajes de Twitter respecto al asunto de la Ley en cuestión. Muestra la diversidad de opiniones de una comunidad dialogante que trata de aportar con ideas a la discusión política de la Ley en el seno de la Asamblea Nacional. Los datos muestran que existe un imaginario de censura y coartamiento a las libertades pero al mismo tiempo la necesidad de impostar una ley que cambie el panorama comunicacional del Ecuador, acorde con las exigencias del mandato popular. Aunque existe esta dicotomía, el trabajo muestra que a partir de estas evidencias es necesario pensar la noción de comunidad social y comunidad democrática a partir de la idea de la conversación, base de lo que acontece en Twitter. El autor asimismo plantea la necesidad de pensar una nueva formación social, cual es la opinión pública 2.0 diferente a las clásicas convenciones que se tienen de esta.

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Dado que el problema central de los recursos hídricos en el Ecuador y en el mundo es un problema relacionado fundamentalmente con la gestión del agua, en esta tesis se reflexiona sobre dos enfoques de gestión, desde lo público - estatal y desde lo comunitario, y se analiza cómo estos enfoques se concretan en la Constitución y en la Ley de Aguas del Ecuador. En el Ecuador, durante la época de aplicación de las políticas de ajuste estructural (década de los 80) se desarrollaron políticas de ajuste hídrico orientadas a establecer un modelo de gestión del agua basado en el mercado, que no resolvieron el problema de la gestión de los recursos hídricos y por el contrario profundizaron las condiciones de inequidad en el acceso y distribución del agua. Posteriormente, en los últimos años se ha impuesto un modelo de gobernabilidad donde lo que impera es el fortalecimiento del poder estatal para gestionar los recursos hídricos. Desde las organizaciones sociales vinculadas a la gestión del agua se fueron gestando procesos de movilización social y surgieron propuestas para recuperar el sentido del agua como un bien común, que no puede ser considerado como una mercancía sujeta a las reglas del mercado y que debe ser gestionado colectivamente. En la formulación de la nueva Constitución y de la Ley de Recursos Hídricos se evidencia una permanente tensión entre una visión de gobernabilidad que implica imponer el rol del Estado en la gestión del agua, frente a una visión de gobernanza que supone una cooperación con la sociedad civil. El presente trabajo está basado en el análisis e interpretación de las disposiciones jurídicas de la Constitución del 2008 y de la Ley de Recursos Hídricos aprobada en el 2014. Sin embargo, no es un análisis puramente jurídico - legal, de eso ya se han encargado otros estudios, sino más bien en este caso se trata de una reflexión desde una perspectiva sociológica y política a partir fundamentalmente del análisis de fuentes secundarias. En el desarrollo de la tesis y en las conclusiones se plantea la posibilidad y las ventajas de llevar a la práctica un modelo de cogestión de los recursos hídricos, que combine roles y responsabilidades tanto públicas como comunitarias.