833 resultados para Comunidad Económica Europea


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En el siglo XX, se concretan las premisas de una nueva Europa universitaria junto a una Europa política y económica. Uno de los objetivos de Europa es la cooperación universitaria lo que conlleva a abrir un debate institucional sobre el contenido de los tratados y los proyectos. Se realiza una aproximación institucional a los problemas de la cooperación universitaria. Se crea el Comité de Educación con el fin de incrementar la cooperación universitaria, abriendo una dimensión europea a la enseñanza superior. Y se constituye el Instituto Universitario Europeo de Florencia como centro de excelencias para desarrollar la obra de los institutos de estudios europeos. Se abordan algunos artículos del Tratado de Roma y se describen las aportaciones del Consejo de Europa, de la UNESCO y de la OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico) en el campo de la educación y la enseñanza superior.

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Se desarrollan los cambios acontecidos en la educación y titulaciones europeas, consecuencia de la apertura del mercado de trabajo a la libre circulación de las personas. Se presentan algunos aspectos clave para llevar a cabo una investigación que de la oportunidad de sacar ventaja al modo distintivo en que se realiza el cambio en Europa, mediante: una mezcla de estipulaciones de tratados que establecen marcos generales y metas comunes, regulaciones que tienen origen en una autoridad central, acuerdos profesionales específicos, programas de alcance comunitario, e iniciativas individuales de los Estados miembros encaminadas hacia las metas comunes acordadas.

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Se expone el desarrollo de la acción educativa conjunta europea desde 1971, que se manifiesta en la creación de programas de cooperación universitaria como ERASMUS y COMETT y que se amplia a partir del Tratado de Maastricht con la introducción de la educación y la Formación Profesional en la política comunitaria específica. Se enumeran los distintos programas educativos y redes de información sobre educación creados en la Comunidad Europea; y se destaca su política de integración y coordinación de la Formación Profesional, así como de consolidación de la enseñanza abierta y a distancia con propuestas para afirmarla como un sistema educativo de pleno ejercicio.

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Se recoge bibliografía con referencias analíticas de artículos de revistas y publicaciones unitarias de entre 1979 y 1986, sobre la repercusión de la crisis económica en la situación del sistema educativo. Las fuentes de documentación utilizadas son de ámbito europeo, por la importancia concedida al debate formación-empleo en la comunidad europea y, por tanto, incluye documentación de la Comisión de las Comunidades Europeas, la Unidad Europea de Eurydice y el CEDEFOP (Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional). La información bibliográfica elaborada se ordena por temas atendiendo a los problemas planteados: cambio social/cambio tecnológico; formación Profesional y Alternada; política de empleo; educación y empleo; cooperación Universidad-Empresa y transición a la vida profesiona.

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Conocer lo más detalladamente posible los sistemas de Formación Profesional reglada de los distintos Estados miembros de la Comunidad Europea, con el fin de poder ir adecuándolos a los cambios tecnológicos y sociales, entre otros, a que los acontecimientos del 92 darán lugar. El objetivo básico será la revisión de su estado actual. Currículum de la Formación Profesional reglada de los países: Bélgica, Países Bajos, Francia, Grecia, Portugal, Italia, Estados Unidos, República Federal de Alemania, Dinamarca, Luxemburgo, Reino Unido, Irlanda. En primer lugar se analizan los distintos antecedentes de la Formación Profesional que se encuentran en los diferentes currícula. Es decir, como cada uno de los Estados va introduciendo a lo largo de los distintos niveles de enseñanza, concretamente en Primaria o en Primaria y Secundaria inferior, según los países, asignaturas de carácter pre-tecnológico o pre-profesional que, en cierto modo, apuntan a lo que posteriormente va a ser la Formación Profesional reglada. Dentro ya de lo que es la Formación Profesional reglada, se trata, en primer lugar, su dependencia administrativa, para, posteriormente, introducirnos en su estructura. Con la FP se busca formar cualitativa y cuantitativamente los trabajadores que el mercado de trabajo demanda, y hacer una buena planificación de ésta implica una buena prospectiva del mercado laboral de la sociedad en la que se va a implantar. La formación tecnológica (asignaturas técnicas, educación politécnica, técnica y manual) parece dar al sujeto una mayor oportunidad de ingreso en la vida activa. La diferenciación ofrecida a los alumnos es importante como modo de tener en cuenta las distintas capacidades de los mismos. Es importante ofrecer en los últimos años de la educación obligatoria cursos pre-profesionales para aquellos que terminada la escolaridad obligatoria deseen ingresar inmediatamente en la vida laboral activa. Los sistemas de FP que comienzan con un año de formación básica ocupacional, seguido por una especialización gradual, dan una mejor formación que aquellos otros sistemas que sólo ofrecen FP muy especializada desde el primer momento. Los sistemas educativos que consiguen reducir los asistentes a los cursos académicos y atraer más gente a la FP, dan mayores y mejores oportunidades de promoción que aquellos que adoptan la política contraria.

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El artículo pertenece a una sección de la revista dedicada a acción comunitaria. - Resumen tomado parcialmente de la revista.

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Material no publicado

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El objetivo principal de este trabajo investigativo se centra en explicar cómo los principios de subsidiariedad y proporcionalidad aparecen en el ámbito comunitario europeo. Con este fin trataremos la naturaleza jurídica de estos principios, sus antecedentes histórico-filosóficos y jurídicos, y acompañaremos la teoría con algunos ejemplos que permitan apreciar de qué manera se desempeñan estos principios en la práctica comunitaria. En el presente trabajo analizaremos la cuestión del reparto y regulación del ejercicio de competencias entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros y el papel determinante que el principio de subsidiariedad está llamado a desempeñar en este aspecto. Asimismo, indagaremos acerca de los órganos políticos y jurisdiccionales a quienes se les encomienda velar por su correcta aplicación. Sobre la base de los elementos teóricos y el modelo práctico de funcionamiento del principio de subsidiariedad en la Comunidad Europea, a través de la presente investigación se propondrá las bases de un esquema de subsidiariedad en la Comunidad Andina, en calidad de una nueva norma básica jurídicamente vinculante y a través de la cual por primera vez en la Comunidad Andina, exista una delimitación clara de los tipos de acciones que pueden llevarse a cabo dentro de las competencias compartidas entre la Comunidad Andina y sus Países Miembros.

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La presente tesis tiene por objeto el análisis de la interpretación prejudicial en base a los ordenamientos jurídicos comunitarios con énfasis en la correlación existente con el derecho de los Estados miembros. El estudio principal, se basa en la estructura jurídica de la figura legal, y entiende sus relaciones, puesto que el derecho interno no puede abstraerse de la realidad jurídica comunitaria y, conforme esta perspectiva, le interesa incorporarse a la dinamia que presenta el desarrollo de la normativa supranacional. Para alcanzar este paradigma, los países han sabido crear comunidades políticas que los representen y busquen una sincronización de su colectivo social, ubicando mecanismos que les permita armonizar su desarrollo conjunto, siendo una de las herramientas para este propósito, las disposiciones legales comunes. Este ordenamiento normativo común, que se encuentra interrelacionado con un proceso de aproximación entre legislaciones, conlleva a que el derecho interno necesariamente se vea influenciado y advierta directrices respecto de ámbito y de acción. Los aspectos referidos se ven desarrollados en tres capítulos, el primero, por el cual se introduce a un estudio, que partiendo de una generalidad, enmarca su realidad jurídica dentro de los ámbitos previstos para su desarrollo, el segundo, que agrupa los principios básicos para el ejercicio del derecho comunitario y desarrolla sus implicaciones normativas y un tercero que sustenta los efectos de la aplicación de la interpretación, sin desconocer la vasta experiencia que ha desarrollado a partir de su vigencia.

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