676 resultados para Excepción
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UANL
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En la filosofía política pueden distinguirse dos grandes corrientes de pensamiento que son las teorías liberales, humanistas, y la Real Politik a la que podemos calificar de antihumanista. De esta última y, particularmente, del trabajo de Carl Schmitt, ha surgido el concepto de excepción para designar el elemento constituyente de la comunidad política, que resulta ser solidario del concepto de lo político como relación amigo-enemigo. En este trabajo se busca articular el concepto de excepción a los desarrollos de la teoría psicoanalítica del sujeto en tanto que determinado por el significante y, haciendo alusión a la falta estructural que define la cadena significante, se mostrará cómo lo político se constituye en relación con lo imposible y con el carácter de excepción que tiene el sujeto, en tanto en cuanto éste existe en el síntoma que lo separa de la comunidad política al tiempo que es resorte del lazo social. Con estos elementos de fondo, se adelantará una crítica al concepto de lo político que ha desarrollado el liberalismo, para lo cual se abordarán algunos representantes del pensamiento liberal que exponen los conceptos que definen a esa corriente de la filosofía política.
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Al margen de la tensión entre las orientaciones teóricas o conceptuales y la investigación empírica, el presente texto pretende exponer la figura estado de excepción, desarrollada en la reflexión teórica de Giorgio Agamben, como instrumento conceptual que puede ofrecer una valoración de los hechos ocurridos en Colombia durante el periodo presidencial 2002-2006.
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La presente investigación tiene por objetivo primordial establecer una relación entre los mecanismos excepcionales que le ha conferido el vigente ordenamiento constitucional al ejecutivo y la aplicación directa de medidas en materia de seguridad para el caso Colombiano.
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Dentro de un Estado Democrático de Derecho, todas las instituciones tienen obligaciones, deberes, derechos, facultades, atributos de actuación y órdenes jerárquicos, que deben dirigirse todos al logro de los cometidos estatales
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se estudiará el contenido y alcance preciso del control efectuado por la Corte Constitucional del ya mencionado acto de declaratoria, todo en estricta armonía con los demás principios y presupuestos contenidos en la Carta fundamental.
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Este texto, que se presenta a consideración de la comunidad académica y del público de habla portuguesa y española, contiene las ponencias de la sección cinco, "Justicia, memoria y violencia. Obstáculos para la gobernabilidad y la democracia", presentadas a discusión en el seno del XI Simposio de la Asociación Iberoamericana de Filosofía Política, Iberoamérica doscientos años. Democracia, comunidad e instituciones, que deliberó entre el 23 y el 26 de septiembre de 2009 en Bahía Blanca, República Argentina. Justicia, estados de excepción y memoria condensa los inmensos desafíos que enfrentamos para pensar nuestras sociedades, desde dos elementos centrales: la justicia y la violencia.
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Crónica de los actos acontecidos con motivo de la inauguración de dieciséis nuevos edificios culturales en Madrid pertenecientes al Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Se abrieron los actos con la celebración de una misa en la Iglesia del Espíritu Santo de la calle Serrano de Madrid presidida por el Caudillo Franco y acompañado de diversas autoridades como los Ministros de Industria, Exteriores o Gobernación. A continuación, se inició el acto académico en la sede principal del Consejo, por el que toda la comitiva hizo un recorrido visitando todas las instalaciones. El Ministro de Educación Nacional impuso la medalla de miembro de honor del Consejo Superior de Investigaciones Científicas a Franco y este, en agradecimiento, pronunció un discurso. Seguidamente, las autoridades hicieron una visita al Instituto de Enseñanza Media 'Ramiro de Maeztu', donde Franco fue aclamado con vítores por boca de los alumnos del centro. Se dirigieron después al 'Internado Hispano-Marroquí', donde se educaban los hijos de musulmanes notables y de españoles residentes en África. A medio día, llegó el Jefe del Estado al Instituto 'Leonardo Torres Quevedo', de instrumental científico, cuyas dependencias visitó con atención y en donde dio por terminada su visita a los centros del Consejo.
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La contratación pública por excepción en el país es una forma de poner en práctica un procedimiento especial con el fin de preservar el orden en unos casos y superar las situaciones de peligro que se presentan en otros. El presente trabajo implica el análisis de los mecanismos que poseen las entidades para hacer viable este tipo de procedimientos y llevar adelante las diferentes contrataciones, estos procesos que, sin estar al margen de la Ley, están exentos de ciertas formalidades y requisitos. El surgimiento de situaciones emergentes hace que se tomen decisiones valiéndose de leyes, decretos, estatutos, reglamentos, resoluciones etc. con el fin de solucionar las diferentes coyunturas. El tema propuesto implica el estudio de estos procedimientos de excepción, la celebración y ejecución de estos contratos, etapa inicial, ejecución y terminación, los derechos y obligaciones de las partes, analizados desde el punto de vista del equilibrio económico y el interés público y la toma de decisiones cuando un contrato no concluye de manera normal.
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El impulso de este trabajo se efectúa a base de un proceso de investigación y de experiencias personales en el trámite de contrataciones sometidas a la norma de excepción contemplada en el artículo seis, letra a) de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, pues he podido establecer que dentro de una misma Institución del Estado, a quienes es aplicable las disposiciones de la mencionada Ley, no existe uniformidad de criterios para procesar las contrataciones bajo el régimen de excepción, ya que se establecen procedimientos, términos, condiciones y plazos, que difieren unos de otros, no obstante que se trata de procesos similares respecto de la ejecución de una obra o prestación de servicio vía exoneración de procedimientos precontractuales bajo declaratoria de emergencia. El objetivo principal del análisis, evaluación, conclusiones y recomendación, en el que se incluyen ciertas reformas principalmente al Art. 5to. del Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, a los que se llega en el desarrollo de esta Tesis, es procurar que las Entidades que conforman el Sector Público, para contratar bajo el régimen de excepción, cuenten con parámetros claros y determinados para que se uniformice el procedimiento de contratación bajo excepción, coartando la ambigüedad y la interpretación antojadiza que al momento contempla el Reglamento General a la Ley de Contratación Pública, lo que en cierta forma y a mi criterio, a dado lugar para que una determinada contratación vía emergencias, adolezca de transparencia.
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La institución jurídica constitucional del estado de excepción no siempre ha sido conocida con este nombre en el constitucionalismo ecuatoriano, sino que ha tenido varias denominaciones tales como: facultades extraordinarias, estados de urgencia, estado de sitio y estado de emergencia, no obstante, con la vigencia de la Constitución de 2008, se introdujo la denominación “estado de excepción”, concebido como un mecanismo jurídico, constitucional y político que permite restablecer el orden público en circunstancias extraordinarias con el fin de garantizar, los derechos constitucionales, la democracia y el Estado de Derecho. La declaratoria del estado de excepción es emitida por el ejecutivo, mediante decreto ejecutivo el mismo que está sujeto a control político, constitucional e internacional, ya que en algunos casos podría restringir o suspender derechos constitucionales (contexto nacional) y derechos humanos (contexto internacional), los cuales son protegidos por tratados internacionales y por el Derecho Internacional Humanitario. En este contexto, la presente tesis iniciará revisando la evolución del estado de excepción en el constitucionalismo ecuatoriano, abordaremos de forma analítica y comparada (Estados miembros de la Comunidad Andina -CAN-) la naturaleza jurídica del estado de excepción, su regulación, funcionamiento, así como su relación con el Estado de Derecho (concebido éste como una estado legal y constitucional), fortaleciendo nuestro trabajo con el auxilio de la norma, la doctrina y la jurisprudencia.
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Aborda el uso del estado de excepción y su adecuación constitucional y a los estándares de protección de derechos humanos, desde el retorno a la democracia, con particular énfasis en el período del actual gobierno, develando una tendencia a la institucionalización de esta facultad que se ha incorporado a la gestión ordinaria del Estado, pasando de excepción a regla, sin que los mecanismos de control político y jurisdiccional interno ejerzan un control efectivo formal y material de la expedición de estados de excepción. Propone un proceso de adecuación constitucional a nivel normativo, institucional y de políticas públicas.
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En el presente artículo se ubica la frecuencia en la utilización de los estados de excepción en Ecuador en 2012, se determina su correspondencia con los requisitos y principios establecidos en la Constitución de la República del Ecuador; y se analiza el estado de excepción permanente de las instalaciones de la Asamblea Nacional, como una las situaciones más preocupantes del año.