2 resultados para Supuestos teóricos

em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro


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El Código Penal venezolano vigente desde 1915 prohíbe el aborto en sus diversas formas, excepto cuando corre riesgo la vida de la parturienta, no obstante, esta penalización no ha reducido la realización de abortos. Si bien se han dado varios intentos por modificar esta penalización no se han logrado avances efectivos. El trabajo que se presenta a continuación es una primera entrega sobre el marco conceptual de una investigación en curso dirigida a analizar los temas centrales del debate sobre la despenalización del aborto para los diferentes actores claves, con miras a desarrollar argumentos teóricos que favorezcan su despenalización.

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El Derecho, como sistema de regulación de conductas, establece cuáles están permitidas, prohibidas u ordenadas. En el caso del aborto, un enfoque conservador se orienta a su prohibición absoluta, lo que equivale a que el sistema legal indica que todos los embarazos deben culminar en nacimientos, proscribiéndose cualquier intervención en ese transcurso. No obstante lo anterior, existe otra tendencia en materia de aborto: aquella orientada a su permisión en determinados supuestos que son más bien excepcionales. En ese contexto, algunos ordenamientos jurídicos otorgan tratamientos diferentes al aborto que se produce en circunstancias en los que las mujeres no han podido decidir sobre el embarazo, pues las relaciones sexuales les fueron impuestas, como es el caso de las víctimas de violación sexual o en circunstancias en las que a mujeres a quienes han consentido continuar con su embarazo se les indica médicamente que el feto tiene malformaciones que hacen no viable su vida extrauterina. No es el caso peruano en que ambas situaciones son consideradas delitos.