3 resultados para España y Argentina

em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro


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Este informe forma parte del proyecto “Necesidades, Experiencias y conocimientos en salud sexual reproductiva entre los profesionales de salud y las mujeres inmigrantes en San Juan (Puerto Rico), Madrid (España) y Nueva York (EE.UU.): Anticoncepción y Embarazo No Deseado” auspiciado por Saludpromujer, Departamento de Obstetricia y Ginecología de la Escuela de Medicina, Universidad de Puerto Rico. En esta parte de la investigación hemos explorado el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva (SSR) de las mujeres inmigrantes en Madrid a partir de las experiencias y conocimientos de un grupo de profesionales de la salud acerca del uso del misoprostol como alternativa para interrumpir embarazos no deseados en población inmigrante y española. Este acercamiento nos ha permitido profundizar en las necesidades en salud sexual y reproductiva del colectivo de mujeres inmigrantes en Madrid y las estrategias para satisfacerlas.

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El Derecho, como sistema de regulación de conductas, establece cuáles están permitidas, prohibidas u ordenadas. En el caso del aborto, un enfoque conservador se orienta a su prohibición absoluta, lo que equivale a que el sistema legal indica que todos los embarazos deben culminar en nacimientos, proscribiéndose cualquier intervención en ese transcurso. No obstante lo anterior, existe otra tendencia en materia de aborto: aquella orientada a su permisión en determinados supuestos que son más bien excepcionales. En ese contexto, algunos ordenamientos jurídicos otorgan tratamientos diferentes al aborto que se produce en circunstancias en los que las mujeres no han podido decidir sobre el embarazo, pues las relaciones sexuales les fueron impuestas, como es el caso de las víctimas de violación sexual o en circunstancias en las que a mujeres a quienes han consentido continuar con su embarazo se les indica médicamente que el feto tiene malformaciones que hacen no viable su vida extrauterina. No es el caso peruano en que ambas situaciones son consideradas delitos.